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Dokument 52017BP1670

    Resolución (UE) 2017/1670 del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2017, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2015

    DO L 252 de 29.9.2017, str. 226–230 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2017/1670/oj

    29.9.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 252/226


    RESOLUCIÓN (UE) 2017/1670 DEL PARLAMENTO EUROPEO

    de 27 de abril de 2017

    que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2015

    EL PARLAMENTO EUROPEO,

    Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para el ejercicio 2015,

    Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento,

    Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A8-0098/2017),

    Visto el Informe Especial n.o 12/2016 del Tribunal de Cuentas: «Uso de subvenciones por las agencias: no siempre es adecuado ni puede demostrarse su eficacia»,

    A.

    Considerando que, según sus estados financieros, el presupuesto definitivo de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (en lo sucesivo, «Autoridad») para el ejercicio 2015 ascendió a 79 659 347 EUR; que la totalidad del presupuesto de la Autoridad procede del presupuesto de la Unión;

    B.

    Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria correspondientes al ejercicio 2015 (en lo sucesivo, «Informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad y la legalidad y regularidad de las operaciones correspondientes;

    Gestión presupuestaria y financiera

    1.

    Observa que los esfuerzos de supervisión del presupuesto durante el ejercicio 2015 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 99,81 %, lo que representa un incremento del 0,12 % en comparación con 2014; constata, además, que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 90,10 %, lo que representa un incremento del 0,80 % en comparación con 2014;

    2.

    Recuerda que 2015 fue el segundo año de funcionamiento de la Autoridad en el marco financiero plurianual de la Unión; señala que el importe de los créditos no utilizados fue de 1 089 millones EUR; destaca que este déficit de ejecución corresponde a los ingresos afectados no utilizados (la ejecución de la Autoridad en 2014), que se reutilizaron en 2016;

    Procedimientos de contratación pública y selección de personal

    3.

    Toma nota de la reducción de la plantilla de personal de la Autoridad en un 2 %, porcentaje correspondiente a siete puestos, lo que se tradujo en unos mayores esfuerzos de la Autoridad para establecer unos procedimientos más eficientes y eficaces; toma nota de que, a finales de 2015, de los 477 puestos disponibles estaban cubiertos 446, entre los que figuraban puestos de funcionarios, agentes temporales, agentes contractuales y expertos nacionales en comisión de servicio; observa que el porcentaje medio anual de ocupación fue del 94,7 % (423 puestos ocupados de los 447 disponibles);

    4.

    Toma nota de que el personal de la Autoridad está obligado jurídicamente a cumplir el Estatuto de los funcionarios, que establece un marco general de derechos y obligaciones para los funcionarios y los agentes; toma nota, además, de que el Estatuto de los funcionarios se complementa con el Código de buena conducta administrativa de la Autoridad, en el que se determina el tipo de servicio que el público puede esperar del personal de la Autoridad, y con la Guía práctica de ética y conducta del personal, en la que se establecen los principios éticos para alcanzar los estándares más elevados en materia de integridad; observa que la Autoridad reconoce la importancia de la comunicación con los medios de comunicación y cuenta con un servicio específico dentro del Departamento de Comunicaciones para tramitar las solicitudes de los medios de comunicación y explicar su labor a los periodistas; toma nota de que, entre 2014 y 2015, la Autoridad aumentó en un 1 % la proporción de los recursos humanos dedicados a actividades científicas, proporción que pasó a un total del 75 %;

    5.

    Reconoce que la Autoridad ha desarrollado una herramienta avanzada de análisis de los conflictos de intereses en el ámbito de la contratación pública que se estableció por decisión de su director ejecutivo; señala que esa herramienta se concibió para impedir los conflictos de intereses en los procedimientos de contratación pública de carácter científico;

    6.

    Teme que cualquier recorte en los efectivos de la Autoridad afecte considerablemente a sus capacidades y reputación; opina, por tanto, que conviene garantizar que no se efectúe recorte alguno en la dotación de personal;

    Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

    7.

    Observa que la Autoridad inició una revisión de su política en materia de independencia y procesos de toma de decisiones científicas que incluirá una consulta pública para garantizar que las opiniones de las partes interesadas se tienen en cuenta; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los resultados de esa revisión una vez se haya finalizado;

    8.

    Toma nota de que la Autoridad finalizó la centralización del proceso de validación de todas las declaraciones anuales de intereses presentadas por sus expertos y miembros de su personal a su servicio de asuntos jurídicos y reglamentarios;

    9.

    Subraya que no debe permitirse que los expertos con intereses financieros vinculados a las empresas cuyos productos son evaluados por la Autoridad no deben formar parte de los grupos de expertos o grupos de trabajo científicos de la Autoridad, ni que sean designados por la Autoridad antes de que transcurran dos años después de que dejen de existir dichos intereses; expresa su convicción de que conviene dotar a la Autoridad con un presupuesto que le permita recurrir a expertos independientes ajenos a cualquier conflicto de intereses;

    10.

    Solicita a la Autoridad que introduzca en su nueva política en materia de independencia un período de carencia de dos años sobre todos los intereses materiales relacionados con las empresas cuyos productos sean evaluados por la Autoridad, así como con cualquier organización financiada por las mismas;

    11.

    Toma nota de que la Autoridad ya se ha comprometido a establecer períodos de carencia de dos años en relación con los intereses siguientes: pertenencia a una entidad de gestión u organismo científico consultivo, empleo y consultoría; lamenta que la Autoridad no haya incluido la financiación de la investigación en la lista de intereses que serán cubiertos por el período de carencia de dos años, como ya determinó autoridad de aprobación de la gestión en las últimas decisiones sobre aprobación de la gestión; pide a la Autoridad que aplique sin demora la medida, de acuerdo con la solicitud reiterada de la autoridad de aprobación de la gestión;

    12.

    Observa que la Autoridad puso en marcha un procedimiento de trabajo permanente sobre los cursos de formación obligatorios destinados a concienciar al personal sobre cuestiones específicas, reducir los riesgos en materia de organización y garantizar el respeto de la normativa, las políticas horizontales y las normas de control de la Unión;

    13.

    Toma nota de que, desde su creación, la Autoridad pública las actas de su Junta Directiva en su sitio web; observa además que las reuniones están abiertas al público previa inscripción, y que las grabaciones sonoras de las sesiones públicas están disponibles en el sitio web de la Autoridad;

    14.

    Toma nota de que, desde la adopción de su política de 2011 en materia de independencia, la Autoridad evalúa y valida el 100 % de las declaraciones de intereses presentadas por sus expertos, lo que, por término medio, corresponde a un total comprendido entre 6 000 y 7 000 declaraciones de intereses anuales que son evaluadas y validadas por el personal de la Autoridad, de conformidad con su política en materia de independencia y sus normas sobre las declaraciones de intereses; toma nota de que, además, miembros del personal de la Autoridad no implicados en los controles ordinarios mencionados más arriba realizan, dos veces al año, controles de cumplimiento y veracidad adicionales; pide a la Autoridad que publique los resultados de los controles como un anexo a su Informe Anual; toma nota de que está en curso una revisión de la política de 2011, habiéndose previsto una consulta pública en la primavera de 2017 y una fecha de adopción de la nueva política independiente para el verano de 2017; toma nota con preocupación de que la política de la Autoridad en materia de prevención y gestión de conflictos de intereses no se aplica a su personal interino;

    15.

    Insiste en que la Autoridad aplique su política en materia de independencia de manera coherente y, en particular, a los presidentes y vicepresidentes de los grupos de expertos;

    16.

    Señala que, después de que la autoridad de aprobación de la gestión hubiera atraído la atención de la Autoridad sobre el asunto, todas las declaraciones de intereses de los miembros de la Junta Directiva se publican ahora en el sitio web de la Autoridad; hace hincapié en la importancia de publicar esos documentos para garantizar que la gestión de la Autoridad sea objeto de la supervisión y el control necesarios;

    17.

    Toma nota de que, a la espera de la adopción de las normas de desarrollo en materia de denuncia de irregularidades, la Autoridad estableció en enero de 2016 un nuevo procedimiento normalizado de trabajo para la tramitación de las solicitudes presentadas por denunciantes que afrontan represalias; toma nota de que la Autoridad está a la espera de recibir más directrices de la Comisión antes de elaborar sus normas internas sobre la denuncia de irregularidades; pide a la Comisión que proporcione orientación adicional lo antes posible, y hace un llamamiento a la Autoridad para que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre el establecimiento y la aplicación de sus normas sobre la denuncia de irregularidades;

    18.

    Toma nota con satisfacción de que la Autoridad adoptó su estrategia de lucha contra el fraude y el plan de acción conexo en marzo de 2015, y que, en un informe de ejecución presentado a la Junta Directiva en diciembre de 2016, se indicaba que se habían aplicado todas las medidas; señala que las medidas previstas se referían a los ámbitos de la prevención, la detección, la investigación y el seguimiento;

    19.

    Observa que la Autoridad puso en marcha en 2015 el proyecto denominado «Transparencia y participación en la evaluación de riesgos» para aportar claridad con respecto a sus procesos científicos para 2020 y desarrollar nuevos enfoques en materia de transparencia y participación en ellos, en consonancia con su estrategia de comunicación, fomentando un contacto periódico con sus interlocutores y el público a lo largo de todo el desarrollo de las evaluaciones y aportaciones científicas, principalmente a través de mecanismos de consulta pública;

    20.

    Observa que la Autoridad ha puesto en marcha una serie de mecanismos estructurados para gestionar su interacción con las partes interesadas, con el fin de garantizar que la participación se desarrolla de manera transparente y evitar el riesgo de influencias indebidas; toma nota de que en los mecanismos se incluyen consultas públicas sobre una selección de dictámenes y documentos de orientación científicos, sesiones de información para los solicitantes, reuniones plenarias científicas abiertas, reuniones de las partes interesadas y reuniones del director ejecutivo;

    21.

    Toma también nota de que todos los miembros del personal de la Autoridad reciben anualmente una formación obligatoria y han de presentar una declaración anual de intereses en la que se detallen los intereses financieros o intelectuales que ellos o sus familias puedan tener, también en relación con cualesquiera relaciones privadas con representantes de grupos de presión; toma nota de que los expertos externos de la Autoridad también están obligados a presentar, anualmente y antes de participar en los trabajos científicos de la Autoridad, las correspondientes declaraciones de intereses, estando todas ellas a disposición del público en el sitio web de la Autoridad; observa que dichas declaraciones de intereses se ajustan a la política de la Autoridad en materia de independencia, y, si se detecta la existencia de conflictos de intereses, no se permite que el experto en cuestión participe en los trabajos científicos de la Autoridad; pide a la Autoridad que mantenga informada a la autoridad de aprobación de la gestión sobre la aplicación y los resultados de esas medidas;

    22.

    Toma nota de que la Autoridad no aplica períodos de carencia a los expertos una vez finalizada su cooperación con la Autoridad, pero que ha implantado períodos de carencia proporcionados en el contexto del procedimiento de selección de dichos expertos, limitando su participación en determinadas funciones por un período de tiempo de entre dos y cinco años cuando hayan sido contratados o hayan prestado servicios de asesoramiento sobre asuntos que se solapen con la participación en la labor de la Autoridad;

    23.

    Toma nota de que el 64 % de las solicitudes de acceso público a los documentos obtuvo un acceso parcial a los documentos solicitados, y que el motivo de protección más invocado para el acceso parcial fue la excepción relativa a los datos de carácter personal (para el 51 % de los casos de acceso parcial), seguido de la excepción relativa a los intereses comerciales (para el 33 % de los casos) y la excepción para la toma de decisiones en curso (para el 23,5 % de los casos);

    24.

    Observa que, en julio de 2016, la Junta Directiva de la Autoridad aprobó un nuevo enfoque para la participación de partes interesadas por el que se habilita a la Autoridad a interactuar con un abanico de partes interesadas a través de diferentes canales con el fin de ampliar la participación de organizaciones representativas, incluidas organizaciones de consumidores y otros actores de la sociedad civil en la cadena alimentaria;

    25.

    Señala que a partir de 2017 la Autoridad emitirá en directo por medio de retransmisiones por internet reuniones científicas abiertas al público en aras de la transparencia;

    26.

    Pide a la Autoridad que publique su lista de organizaciones de seguridad alimentaria y el resultado de sus evaluaciones de los intereses de los expertos;

    27.

    Considera que la Autoridad debería seguir prestando una atención especial a la opinión pública y comprometerse en la medida de lo posible con la apertura y la transparencia; acoge con satisfacción, a este respecto, el hecho de que en 2015 la Autoridad probara con éxito su nuevo enfoque metodológico para la utilización de pruebas científicas; celebra, asimismo, en este contexto, las mejoras introducidas en el intercambio de datos mediante la apertura del centro de datos de la Autoridad a un número creciente de partes interesadas; acoge con satisfacción la Evaluación de impacto (1), un informe científico externo, publicado en junio de 2016, referente a medidas de la Autoridad orientadas específicamente a aumentar la transparencia y la participación en su proceso de evaluación de riesgos; alienta a la Autoridad a seguir avanzando en este sentido, sobre todo en el contexto de su revisión de independencia de 2017;

    28.

    Señala que numerosas normas de la Unión, entre ellas, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, confieren a los ciudadanos el derecho de acceso a los documentos públicos; recuerda a la Autoridad que la transparencia y la rendición de cuentas con respecto a los resultados ofrecen las mayores garantías de rigor científico;

    Controles internos

    29.

    Toma nota de que, en 2015, la estructura de auditoría interna de la Autoridad realizó varios encargos de fiabilidad y otras tareas especiales, según lo previsto en el Plan anual de auditoría aprobado por el Comité de Auditoría de la Autoridad; toma nota de que los encargos de auditoría cubrieron la aplicación de las normas de control interno, la validación de los derechos de acceso de los usuarios concedidos en el sistema de contabilidad ABAC (sistema de contabilidad de ejercicio), dos informes sobre el seguimiento del Servicio de Auditoría Interna de la Comisión (SAI) y las recomendaciones del Tribunal pendientes, así como las conclusiones preliminares relativas a la auditoría sobre «Gobernanza empresarial, el papel de los expertos de la EFSA en el proceso de toma de decisiones científicas»;

    30.

    Señala que, con arreglo a la estructura de auditoría interna de la Autoridad, el actual sistema de control interno de esta ofrece garantías razonables por lo que respecta a la consecución de los objetivos operativos establecidos para los procesos auditados, excepto en lo que se refiere a la formalización y mejora de las evaluaciones ex ante, intermedias y ex post, y las discrepancias entre los actos de delegación y los derechos de acceso al sistema contable ABAC; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las medidas adoptadas para subsanar las deficiencias de su sistema de control interno;

    31.

    Toma nota de que, según el Informe del Tribunal de Cuentas, la Autoridad todavía no ha implantado una estrategia de control financiero ex post clara y completa que abarque todos los ámbitos de operaciones y precise la frecuencia y el alcance de los controles de ese tipo; pide a la Autoridad que examine si esa fase de control adicional cumpliría su cometido en su entorno de evaluación basada en el riesgo;

    Auditoría interna

    32.

    Toma nota de que el SAI hizo público un informe sobre el apoyo científico a la evaluación del riesgo y la evaluación de los productos regulados centrándose en la recogida y el análisis de datos; observa que el SAI concluyó que, aunque el proceso global de la Autoridad para la recogida y el análisis de datos apoya adecuadamente sus actividades científicas de evaluación de riesgos y evaluación de productos regulados, siguen existiendo puntos débiles, en particular respecto de su gobernanza en materia de datos; toma nota de que la Autoridad ha adoptado un plan de acción para responder a las observaciones del SAI, y que, al final del año, todas las medidas previstas en el plan de acción iban avanzando dentro de los plazos fijados;

    33.

    Toma nota de que, según el Informe Anual de la Autoridad, a comienzos de 2015 el SAI formuló ocho recomendaciones «muy importantes»; toma nota de que, a raíz de los efectos combinados de la auditoría sobre el apoyo científico a la evaluación del riesgo y la evaluación de los productos regulados centrándose en la recogida y el análisis de datos, y de la auditoría de seguimiento de todas las recomendaciones pendientes, solo tres recomendaciones «muy importantes» seguían pendientes; toma nota de que la Autoridad aplicó ya en 2015 parte de las medidas previstas en el plan de acción e iba a definir y adoptar un marco global de gestión de datos en 2016;

    Rendimiento

    34.

    Toma nota de que la Autoridad estableció o prolongó actividades científicas conjuntas e iniciativas de cooperación con una serie de organizaciones asociadas a escala de la Unión, incluida la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, la Agencia Europea de Medicamentos, la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, y la Food Standard Agency (agencia de normas alimentarias) del Reino Unido; toma nota asimismo de que la Autoridad llevó a cabo intercambios de cooperación adicionales con varias agencias internacionales asociadas; toma nota con satisfacción de que esa cooperación tiene por objeto compartir métodos y enfoques para mejorar la seguridad alimentaria, incluidos los métodos para una mejor evaluación de los riesgos, la rápida detección de riesgos emergentes y el intercambio de datos sobre temas de interés común;

    Otros comentarios

    35.

    Señala que los cinco puestos del equipo de alta dirección de la Autoridad se distribuyen con arreglo a un equilibro de género óptimo del 40 %/60 %; toma nota con preocupación, no obstante, de un significativo desequilibrio de género del 20 %/80 % en la Junta Directiva de la Autoridad;

    36.

    Observa que 24 miembros del personal participaron en 2015 en jornadas externas cuyo coste fue de 5 816 EUR (242,33 EUR por persona); toma nota de que 31 miembros del personal participaron en «conferencias cerradas» cuyo coste fue relativamente elevado, ascendiendo a 23 096,16 EUR (745,03 EUR por persona); pide a la Autoridad que aporte aclaraciones más específicas a la autoridad de aprobación de la gestión sobre el contenido y el coste de sus conferencias cerradas;

    37.

    Acoge con satisfacción la contribución de la Autoridad a la seguridad de la cadena alimentaria humana y animal de la Unión, en la medida en que ofrece a los gestores de riesgos de la Unión un asesoramiento científico amplio, independiente y actualizado sobre cuestiones relacionadas con la cadena alimentaria, comunica al público con claridad sus resultados y la información sobre la que se basan y colabora con las partes interesadas y los socios institucionales con miras a promover la coherencia y la confianza en el sistema de seguridad alimentaria de la Unión;

    38.

    Constata que la Autoridad ha elaborado más de 600 contribuciones científicas que abarcan toda la cadena alimentaria y contribuyen a la mejora de la salud pública;

    39.

    Toma nota, asimismo, de que la Autoridad ha evaluado los riesgos para la salud pública en colaboración con el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, sobre la base de series de datos combinados; se congratula de que la Autoridad también trabaje en colaboración ocasional con la Agencia Europea de Medicamentos (por ejemplo, presentando un primer informe conjunto sobre el análisis integrado del consumo de sustancias antimicrobianas y de la aparición de resistencia a los antimicrobianos en bacterias de humanos y animales productores de alimentos) y con la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (por ejemplo, en lo referente al desarrollo conjunto de orientaciones científicas para la identificación de alteradores endocrinos);

    40.

    Acoge con satisfacción el hecho de que en 2015 la Autoridad lanzara un proyecto plurianual dirigido a evaluar los factores de estrés y las características de las colonias de abejas melíferas sanas, en particular con miras a establecer un marco que facilite la medición precisa y armonizada del estado sanitario de las colonias de abejas en las encuestas de campo;

    41.

    Subraya que la transparencia en torno a los estudios científicos consultados y la reproductibilidad de los resultados constituyen elementos clave para la credibilidad científica;

    42.

    Destaca que en 2015 tuvieron lugar una serie de hitos importantes en la comunicación de la Autoridad con los gestores de riesgos y con el público, por ejemplo, el lanzamiento de su nuevo sitio web basado en un estudio en profundidad sobre las necesidades de los usuarios y la transferencia del «EFSA Journal» a una plataforma de publicación profesional externa, o los progresos realizados por el servicio «front office» de atención y asistencia a los solicitantes («Applications Helpdesk») para la evaluación de la seguridad de los productos regulados; con estos y otros muchos proyectos e iniciativas, la Autoridad garantizó que sigue siendo un proveedor eficaz y fiable de asesoramiento científico en favor de los intereses de los consumidores en la Unión;

    43.

    Toma nota de que en 2015 la Autoridad abrió una oficina de enlace en Bruselas con el fin de mejorar la comunicación y el diálogo con las instituciones de la Unión, los medios de comunicación y las partes interesadas;

    44.

    Opina que la Autoridad debe seguir alentando a las partes interesadas y a los ciudadanos a que participen con regularidad y a que contribuyan a través de puntos definidos de interacción durante todo el desarrollo de los resultados científicos, también cuando se trate de productos reglamentados, como se indica en la Estrategia 2020 de la EFSA;

    45.

    Subraya que la Autoridad debe comenzar con la revisión de los cinco indicadores de impacto existentes y también desarrollar indicadores nuevos; opina que dichos indicadores de impacto son instrumentos esenciales para medir la efectividad de la Autoridad;

    46.

    Opina que la Autoridad debe intentar limitar los trayectos de los expertos fomentando el recurso a herramientas informáticas tales como las videoconferencias interactivas o los seminarios web;

    47.

    Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 27 de abril de 2017 (2) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.


    (1)  «Impact Assessment of Specific Measures Aimed at Increasing Transparency and Engagement in EFSA Risk Assessment Process» (Evaluación de impacto sobre medidas específicas orientadas a aumentar la transparencia y la participación en el proceso de evaluación de riesgos de la EFSA), Publicación de referencia de la EFSA 2016:EN-1047.

    (2)  Textos aprobados de esa fecha, P8_TA(2017)0155 (véase la página 372 del presente Diario Oficial).


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