This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52017AE3055
Opinion of the European Economic and Social Committee on the ‘Proposal for a Regulation of the European Parliament and of the Council laying down the legal framework of the European Solidarity Corps and amending Regulations (EU) No 1288/2013, (EU) No 1293/2013, (EU) No 1303/2013, (EU) No 1305/2013, (EU) No 1306/2013 and Decision No 1313/2013/EU’ (COM(2017) 262 final — 2017/0102(COD))
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.° 1288/2013, (UE) n.° 1293/2013, (UE) n.° 1303/2013, (UE) n.° 1305/2013 y (UE) n.° 1306/2013 y la Decisión n.° 1313/2013/UE» [COM(2017) 262 final — 2017/0102(COD)]
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.° 1288/2013, (UE) n.° 1293/2013, (UE) n.° 1303/2013, (UE) n.° 1305/2013 y (UE) n.° 1306/2013 y la Decisión n.° 1313/2013/UE» [COM(2017) 262 final — 2017/0102(COD)]
DO C 81 de 2.3.2018, pp. 160–166
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
|
2.3.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 81/160 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco jurídico del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1288/2013, (UE) n.o 1293/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1305/2013 y (UE) n.o 1306/2013 y la Decisión n.o 1313/2013/UE»
[COM(2017) 262 final — 2017/0102(COD)]
(2018/C 081/21)
|
Ponente: |
Pavel TRANTINA (CZ-III) |
|
Coponente: |
Antonello PEZZINI (IT-I) |
|
Consulta |
Parlamento Europeo, 20.6.2017 Consejo de la Unión Europea, 20.6.2017 |
|
Fundamento jurídico |
Artículo 165, apartado 4, y artículo 166, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
|
|
|
|
Sección competente |
Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía |
|
Aprobado en sección |
27.9.2017 |
|
Aprobado en el pleno |
19.10.2017 |
|
Pleno n.o |
529 |
|
Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
124/0/1 |
1. Conclusiones y recomendaciones
|
1.1. |
El CESE acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión como un buen punto de partida para un debate más amplio, aun entendiendo que contiene muchos elementos que deben aclararse y mejorarse. Nos complace observar que algunas de las prioridades que destacaron las organizaciones de la sociedad civil en las distintas consultas con las partes interesadas organizadas por la Comisión se han incluido en el fundamento jurídico (por ejemplo, más financiación, voluntariado local, intención de mejorar el acceso a los jóvenes procedentes de entornos desfavorecidos o con necesidades específicas, hincapié en garantizar la calidad de las colocaciones o simplificación de los procedimientos administrativos). |
|
1.2. |
El CESE considera que el valor añadido de los proyectos financiados por el Cuerpo Europeo de Solidaridad (en lo sucesivo, CESE) reside en su mensaje de solidaridad europea. En comparación con iniciativas anteriores, los proyectos del CESE pretenden concienciar plenamente de la ciudadanía europea y crear entre los participantes y las comunidades que los albergan un sentimiento de pertenencia a una Unión. En opinión del Comité, el aspecto innovador del CESE —que consiste en el hecho de que se basa en unos valores vinculados a la identidad europea y en que dichos valores se integran en un diseño de proyecto y se traducen en logros prácticos— es de vital importancia. Estos valores se estipulan de forma clara en el Tratado de la UE; son los valores de paz, respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad y respeto de los derechos humanos —incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías—, la tolerancia, la no discriminación, la igualdad entre mujeres y hombres, el Estado de Derecho, y el respeto y la aplicación de los principios de una economía social de mercado. |
|
1.3. |
El CESE acoge favorablemente el anuncio de esta nueva inversión en los jóvenes, pero manifiesta su preocupación por que se haya logrado en gran medida a costa de reasignar el presupuesto del Servicio de Voluntariado Europeo (en adelante SVE) en el marco del programa Erasmus+ a partir de 2018. El CESE considera que la inversión en el presupuesto del CESE no debe obtenerse a expensas de programas de éxito que ya ofrecen oportunidades inestimables a los jóvenes, y especialmente de Erasmus+, que ya está infrafinanciado. Por lo tanto, solicitamos que se inviertan nuevos fondos en este programa. |
|
1.4. |
No obstante, el CESE manifiesta su gran preocupación por la fusión de los objetivos del CESE con las políticas de empleo juvenil. En consecuencia, el CESE sugiere que se reconsidere la inclusión de prácticas y empleo en el programa. El CESE sugiere que la parte de empleo y prácticas debería ofrecerse a través de otros programas de la UE ya existentes que se centraran en el empleo y las prácticas, cuyo aspecto solidario debería reforzarse. La concentración del CESE únicamente en la vertiente voluntaria permitiría una mayor claridad y atención, y ayudaría a evitar la confusión con los demás programas de la UE disponibles para jóvenes. |
|
1.5. |
Tras una amplia consulta con las principales partes interesadas, el CESE ha elaborado las siguientes propuestas para mejorar el proyecto de fundamento jurídico (véase el punto 4 para más información):
Más adelante se especifican detalles de las propuestas del CESE, así como otras sugerencias. |
2. Resumen de la iniciativa de la Comisión
|
2.1. |
La puesta en marcha de la iniciativa del CESE fue anunciada por el presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, en su discurso sobre el estado de la Unión en septiembre de 2016. En él estableció la solidaridad como uno de los elementos constitutivos de la Unión Europea y expresó su disposición a implicar a más jóvenes en acciones solidarias y de voluntariado. |
|
2.2. |
El CESE se inauguró oficialmente el 7 de diciembre de 2016, con el objetivo de dar la bienvenida a los primeros 100 000 participantes de aquí a 2020. El objetivo fundamental del CESE es fortalecer la cohesión e impulsar la solidaridad en la sociedad europea permitiendo a los jóvenes participar en una gran variedad de actividades basadas en la solidaridad, como ayudar a gestionar emergencias como la crisis de refugiados, pero también en aquellos casos en que se necesitan acciones ad hoc (como es el caso de las catástrofes naturales). |
|
2.3. |
Si se aprueba, el CESE se (re)inaugurará el 1 de enero de 2018 con un presupuesto de 341 millones EUR que se articulará en torno a tres actividades principales:
Estas colocaciones se ofrecerán a jóvenes de entre dieciocho y treinta años. Actualmente, el programa está limitado a los veintiocho Estados miembros de la UE. |
|
2.4. |
El programa durará tres años, de 2018 a 2020. El 80 % del presupuesto del CESE se destinará a la colocación de voluntariado y el 20 % a la colocación profesional (es decir, a puestos de trabajo y a períodos de prácticas). De los 341 millones EUR asignados al programa, casi el 58 % (aproximadamente 197,7 millones EUR) procederá de Erasmus +. La gran mayoría de estos fondos provendrá del SVE (191 millones EUR). |
|
2.5. |
A los participantes inscritos se les pide que creen un perfil en un portal de internet e indiquen sus preferencias por lo que respecta a las áreas de trabajo y tipo de colocación. A continuación, recibirán ofertas de colocación de entidades públicas o privadas u organizaciones internacionales que hayan obtenido el sello de calidad del CESE. Para obtener el sello del CESE y acceder a la base de datos, la organización deberá someterse a un proceso de acreditación (similar al del SVE) en el que demuestre que cumple los requisitos de la Carta del CESE (1) (es decir, garantizar, entre otras cosas, el desarrollo de competencias, unas condiciones de trabajo seguras y dignas y formación adecuada). |
|
2.6. |
La Comisión Europea y la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA) supervisarán la aplicación del CESE a escala de la UE, y las agencias nacionales de Erasmus+ controlarán su implantación a escala nacional. |
|
2.7. |
En el caso de las colocaciones de voluntariado, se sufragarán a todos los participantes los gastos de manutención (alimentación y alojamiento), los viajes y los seguros, y además recibirán 155 EUR al mes. En cuanto a los empleos y las prácticas, se fijarán un contrato de trabajo, acuerdos de remuneración y de prácticas por escrito y una remuneración de acuerdo con la legislación nacional. En estas colocaciones se adelantan las ayudas económicas para los viajes. |
|
2.8. |
Se prevé un complemento económico para jóvenes desfavorecidos y también podrán cubrirse algunos costes de las organizaciones de acogida (como administración, gestión o apoyo). La asistencia previa a la colocación (como el aprendizaje de idiomas) se ofrecerá fundamentalmente en línea, pero las organizaciones pueden complementarla con sus propios sistemas de apoyo. Se crearán centros de recursos del CESE en las agencias nacionales de Erasmus+ para prestar ayuda a las organizaciones participantes. |
3. Observaciones generales sobre el CESE
|
3.1. |
El CESE acoge con satisfacción la creación de un nuevo programa que se centre en la juventud —en particular, en el voluntariado joven— y que no existe en la actual estructura de la UE. El CESE celebra asimismo la variedad de los tipos de colocaciones que ofrece el CESE, como los «proyectos solidarios» a escala local, en los que se recupera un elemento de las antiguas Iniciativas Juveniles, que tuvieron un gran éxito. |
|
3.2. |
El CESE espera que, con este programa, pueda desarrollarse una estrategia de voluntariado más amplia a escala de la UE, no solo para los 100 000 jóvenes que participan en el programa, sino para los cerca de 100 millones de ciudadanos de la UE, jóvenes y adultos, actualmente comprometidos con el voluntariado en toda Europa. Como ya destacó el Comité en su dictamen sobre las políticas de la UE y el voluntariado (2), es necesario un enfoque más coordinado en materia de política de voluntariado por parte de las instituciones de la UE. Este debe ser reconocido como un tema de política transversal y ser coordinado por una unidad especial en el seno de la Comisión Europea, impulsado por las estructuras políticas necesarias en otras instituciones de la UE. Con esta finalidad, la Agenda de Políticas para el Voluntariado en Europa (APVE) ofrece una serie de propuestas inspiradoras para seguir desarrollando el voluntariado a escala de la UE y los Estados miembros, así como para los interlocutores sociales y las ONG. El CESE también podría reforzar e impulsar la creación de estructuras nacionales de voluntariado y acabar con los numerosos obstáculos a los que sigue enfrentándose el voluntariado transfronterizo. |
|
3.3. |
El CESE debe contribuir a los valores sociales europeos. No obstante, el CESE manifiesta su gran preocupación por la fusión de los objetivos del CESE con las políticas de empleo juvenil. Un enfoque de este tipo corre el riesgo de sustituir el trabajo retribuido por la mano de obra no remunerada de los jóvenes europeos. En este sentido, al CESE le preocupa que la definición de «voluntariado» propuesta por el documento sobre el fundamento jurídico del CESE (servicio voluntario no remunerado, llevado a cabo a tiempo completo y de forma continua cinco días a la semana, siete horas al día) se acerca mucho a la descripción de un empleo. Sin embargo, el voluntariado no suele ser un empleo a tiempo completo, sino que tiene lugar durante el tiempo libre del voluntario. |
|
3.4. |
El CESE sugiere que la parte de empleo y prácticas debería ofertarse a través de otros programas de la UE ya existentes que se centren en el empleo y las prácticas, cuyo aspecto solidario debería reforzarse. Centrar el CESE únicamente en torno a la vertiente voluntaria permitiría dotarle de mayor claridad y concreción, y ayudaría a evitar confusiones con otros programas de la UE a disposición de los jóvenes. |
|
3.5. |
Si, en cualquier caso, se mantuvieran en el CESE los empleos y las prácticas, al CESE le gustaría que se cumpliesen las normas de calidad (Carta europea de formación y períodos de prácticas de calidad, el próximo Marco de acción para el aprendizaje, acordado conjuntamente por los interlocutores sociales europeos) y que la remuneración se ajustase plenamente a las legislaciones nacionales en materia de salarios o convenios colectivos aplicables. Asimismo, las prácticas deberían limitarse a organizaciones sin ánimo de lucro, fundaciones y empresas sociales. También sería necesario proporcionar una orientación laboral a los aprendices y becarios, contratos que cubran el seguro médico y la seguridad social, y objetivos claros en materia de educación y formación. |
|
3.6. |
La puesta en marcha del CESE debería supervisarse con participación de organizaciones juveniles e interlocutores sociales, que desempeñarían un papel particular para garantizar que se hace una distinción clara entre las actividades de voluntariado y el empleo. |
|
3.7. |
El CESE se muestra convencido de que el CESE debe ponerse en marcha plenamente bajo el auspicio de Erasmus+, en lugar de recurrir a la creación de un programa totalmente nuevo, administrado por las estructuras de Erasmus+. Esto podría contribuir también a una adaptación plena de las condiciones del resto del SVE al CESE. Además, significaría que el programa no estaría amenazado después de 2020. Sin embargo, en cualquier caso se necesita financiación y apoyo adicional. |
|
3.8. |
En vista de la experiencia obtenida en el pasado, el CESE considera importante:
|
4. Observaciones específicas sobre el CESE
4.1. Definición de voluntariado y acciones solidarias
La definición de voluntariado en el documento actual es restrictiva y no refleja la diversidad del voluntariado en Europa. Actualmente se define el voluntariado como un «servicio voluntario no remunerado a tiempo completo [es decir, llevado a cabo de forma continua, cinco días a la semana, siete horas al día] durante un período de hasta doce meses». Una manera de resolver este problema sería utilizar la palabra «voluntariado» para describir todas las acciones en las que los jóvenes actúan como voluntarios (por ejemplo, las colocaciones de voluntariado, el voluntariado en grupo o las iniciativas de voluntariado en el tiempo libre).
La definición de acciones solidarias también es vaga y muy amplia, y plantea interrogantes sobre los tipos de proyectos que se organizarán al auspicio del CESE.
4.2. Prácticas
La propuesta actual no hace una distinción formal entre el voluntariado y los empleos o las prácticas, creando una confusión innecesaria entre dos realidades diferentes, como son el voluntariado y el trabajo. Los mismos criterios de calidad que se están aplicando a todas las actividades y a todas las organizaciones participantes también plantean interrogantes sobre las garantías de calidad de las ofertas, ya que se utilizarían los mismos criterios para acreditar a empresas sin ánimo de lucro, a organizaciones de la sociedad civil y a otras organizaciones públicas y privadas. Por tanto, el CESE está convencido de que las prácticas deberían limitarse a organizaciones sin ánimo de lucro, fundaciones y empresas sociales.
4.3. Impacto del CESE en Erasmus+
El CESE acoge favorablemente el anuncio de esta nueva inversión en los jóvenes, pero manifiesta su preocupación por que se haya logrado en gran medida a costa de reasignar el presupuesto del SVE en el marco del programa Erasmus+ a partir de 2018. Esto nos lleva a preguntarnos dónde residen las prioridades de la Comisión en un momento en el que las tasas de éxito de los usuarios en otras partes del actual capítulo dedicado a la juventud de Erasmus+ están descendiendo rápidamente y muchos proyectos de calidad siguen careciendo de financiación (como reveló también el documento informativo del CESE sobre Erasmus+ (3)). El CESE considera que la inversión en el presupuesto del CESE no debe obtenerse a expensas de programas que ya ofrecen oportunidades inestimables a los jóvenes, y especialmente de Erasmus+, que ya está infrafinanciado. Además, podría estar en juego el futuro del programa Erasmus+, con su amplia dimensión de aprendizaje para toda la vida que aúna la educación formal y la no formal.
4.4. Un portal de inscripción en línea como instrumento interactivo y de gestión realmente eficaz
El CESE considera que un portal de inscripción podría simplificar realmente los procedimientos y hacer que el CESE fuera más accesible para un mayor número de jóvenes. Sin embargo, la dependencia excesiva del portal para la inscripción, la selección y el apoyo a los participantes antes de la colocación no basta para garantizar la calidad y la igualdad de los procedimientos de selección y seguimiento. El carácter pasivo del proceso de selección (por ejemplo, los participantes tienen que esperar a que las organizaciones acreditadas contacten con ellos) resta capacidad, crea una relación desequilibrada entre los participantes y las organizaciones de acogida y es una posible fuente de frustración del programa del CESE.
Por lo tanto, el CESE propone cambiar significativamente el portal para hacerlo interactivo para ambas partes y permitir que apoye la simplificación de la administración a lo largo del ciclo de vida del proyecto, desde la manifestación inicial de interés, pasando por una búsqueda activa de organizaciones de acogida, la solicitud, la selección, la preparación, el rendimiento y la evaluación, e incluso la posibilidad de crear redes de antiguos participantes. No habrá que introducir ningún dato dos veces.
Debe garantizarse la igualdad de oportunidades para todos, incluidos los que tienen dificultades para acceder a internet. Para ellos, debe existir una ayuda fuera de línea.
4.5. La preparación previa a la colocación, incluido el apoyo a los jóvenes procedentes de entornos desfavorecidos
Limitarse a ofrecer formación en línea antes de una colocación no basta para garantizar una experiencia satisfactoria. El CESE considera que debe proporcionarse a los jóvenes más apoyo y preparación –en particular a aquellos que de una manera u otra se hallan en una situación desfavorecida– antes de su colocación y que las organizaciones juveniles, con sus conocimientos técnicos, pueden actuar como organizaciones de apoyo en todas las fases del programa y deben recibir los incentivos adecuados para hacerlo.
4.6. Implicación de las organizaciones juveniles y los interlocutores sociales en la gestión compartida del CESE
Para que el programa sea un éxito, las partes interesadas clave deben implicarse en su diseño desde el principio. Actualmente, la propuesta no contempla la implicación de organizaciones juveniles u otras organizaciones de voluntarios, ni de interlocutores sociales, en la implantación, la gestión compartida y la supervisión del CESE. La propuesta da prioridad a las agencias nacionales de Erasmus+ en la gestión del programa, con una estructura muy similar a la del programa del SVE. La asignación del presupuesto también se decidirá con arreglo a las actividades clave en los programas de trabajo anuales de la Comisión, siguiendo sus propios criterios. El CESE sigue creyendo que debería consultarse con regularidad a las organizaciones juveniles y a otras organizaciones de la sociedad civil, incluidos los interlocutores sociales, en el proceso de programación, ejecución y seguimiento de la iniciativa recurriendo a grupos consultivos y otros medios, formales e informales. Los jóvenes también deberían implicarse en el proceso de seguimiento y evaluación, por ejemplo, mediante un instrumento que les permitiera evaluar su experiencia a todos los niveles (europeo, nacional y local).
4.7. Accesibilidad, carga administrativa y agencias nacionales
Como señaló el CESE en su documento informativo sobre la evaluación intermedia de Erasmus+ (4), solicitar el Erasmus+ y participar en él sigue siendo un reto para las organizaciones de base voluntaria que no están completamente profesionalizadas. La cantidad total de trabajo requerido no tiene por qué ser siempre excesiva, pero los recursos humanos y económicos limitados implican que o bien estas organizaciones no prueban o bien buscan enfoques alternativos menos onerosos. Por lo tanto, es de suma importancia que las agencias nacionales cambien su enfoque de la manera que resulte más fácil para el usuario a fin de atraer y ayudar en sus esfuerzos a posibles solicitantes del CESE y a sus posibles organizaciones de acogida. Unos controles menos formales y una orientación más informal contribuirían en gran medida al éxito del programa. Conviene, en este sentido, ofrecer un apoyo adecuado a las agencias nacionales y dotarlas de financiación adicional para el personal de apoyo a los usuarios.
4.8. Otras cuestiones dignas de consideración
|
a) |
¿Cómo podemos garantizar que la información sobre la iniciativa llegue a todos los jóvenes, todas las regiones y todas las organizaciones para recién llegados, en particular a aquellos en situaciones más vulnerables? ¿O se tratará de un «acceso limitado» para unos pocos afortunados? |
|
b) |
¿Cómo podemos asegurar que los jóvenes con menos oportunidades podrán realmente acceder al programa? Es fundamental prestar apoyo económico para actividades de divulgación dirigidas a organizaciones implicadas en el programa. El papel de las organizaciones de apoyo sería esencial para mantener las actividades de divulgación y respaldar el compromiso posterior. El programa debería potenciar el compromiso de los jóvenes con la sociedad más allá de la actividad del CESE. |
|
c) |
Debe garantizarse la calidad del programa para los participantes, pero ¿cómo evaluaremos la calidad de la solidaridad (los resultados de cada uno de los proyectos)? |
|
d) |
¿Deberíamos integrar el CESE en otros programas europeos? También podría incluirse en los programas de movilidad de estudiantes Erasmus+ una dimensión de voluntariado local, que podría vincularse al CESE. |
|
e) |
¿Qué criterios objetivos utilizará la Comisión para ajustar cada año el presupuesto disponible para cada acción específica? Los ajustes basados en el nivel de demanda de cada actividad ayudarían a evitar la presión sobre ciertas actividades, por un lado, y servirían para evitar la desconexión de los jóvenes y las organizaciones participantes, por el otro. |
|
f) |
¿Cómo podemos garantizar que las solicitudes de fondos serán lo suficientemente flexibles para las organizaciones de voluntariado y los grupos juveniles? Un proceso simplificado resultaría útil para garantizar que pueden presentarse microsubsidios (por debajo de 5 000 EUR) en cualquier momento, sin plazos establecidos y con un formulario de solicitud simplificado. |
Bruselas, 19 de octubre de 2017.
El Presidente del Comité Económico y Social Europeo
Georges DASSIS
(1) https://europa.eu/youth/solidarity/charter_es.
(2) Dictamen del CESE «Comunicación sobre políticas de la UE y voluntariado: Reconocimiento y fomento de actividades voluntarias transfronterizas en la UE», DO L 181 de 21.6.2012, p. 150.
(3) SOC/552: Evaluación intermedia de Erasmus+, aprobado el 31 de mayo de 2017.
(4) SOC/552: Evaluación intermedia de Erasmus+: último párrafo del apartado «¿Se ha reducido la carga administrativa de la gestión de los proyectos de Erasmus+ en tu área de trabajo?» del anexo técnico.