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Document 52017AE0265

    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación conjunta al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Gobernanza internacional de los océanos: una agenda para el futuro de nuestros océanos» [JOIN(2016) 049 final]

    DO C 209 de 30.6.2017, p. 60–65 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    30.6.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 209/60


    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación conjunta al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Gobernanza internacional de los océanos: una agenda para el futuro de nuestros océanos»

    [JOIN(2016) 049 final]

    (2017/C 209/11)

    Ponente:

    Jan SIMONS

    Consulta

    Comisión Europea, 27.1.2017

    Fundamento jurídico

    Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

     

     

    Sección competente

    Sección REX

    Aprobado en la sección

    6.3.2017

    Aprobado en el pleno

    29.3.2017

    Pleno n.o

    524

    Resultado de la votación

    (a favor/en contra/abstenciones)

    201/2/2

    1.   Conclusiones y recomendaciones

    1.1.

    El Comité Económico y Social Europeo (CESE) toma nota de que la Comunicación conjunta aborda la gobernanza tanto de los océanos como de los mares. El CESE sugiere que el título de la Comunicación conjunta se cambie a «Una agenda para el futuro de nuestros océanos y mares».

    1.2.

    El CESE comparte la creciente preocupación por la necesidad de mejorar la gobernanza y la protección de los océanos a medida que aumenta la presión. Durante siglos, se ha creído que nuestros océanos eran demasiado vastos como para que cualquiera de nuestras acciones les afectase, pero el aumento de la actividad humana los está poniendo en peligro. Nuestros océanos se enfrentan a la pesca insostenible, una protección inadecuada, el turismo, un tráfico intenso, la contaminación y los efectos del cambio climático, como la subida del nivel del mar y la modificación de la distribución de las especies. El marco actual para la gobernanza internacional de los océanos es incapaz de garantizar la gestión sostenible de los océanos y sus recursos, por lo que han de adoptarse medidas urgentemente.

    1.3.

    El CESE acoge con agrado la Comunicación conjunta de la Comisión Europea (en lo sucesivo, «la Comisión») y el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «el Alto Representante») sobre la mejora de la gobernanza de los océanos. La Comunicación conjunta establece una agenda «para el futuro de nuestros océanos», un futuro que está en peligro. Sin embargo, sigue siendo indispensable que la Comisión y el Alto Representante den prioridad a las amenazas que encaran nuestros océanos en la actualidad a fin de reflejar debidamente la necesidad acuciante de intervenir al respecto.

    1.4.

    Una de las causas de la ineficacia de la gobernanza internacional de los océanos es la existencia de vacíos en el actual marco internacional de gobernanza de los océanos. El CESE recomienda que la Comisión y el Alto Representante cubran estos vacíos e incoherencias pero también que impulsen el cumplimiento de las normas existentes, por ejemplo mediante la mejora de la aplicación de la Directiva marco sobre la estrategia marina. La UE debería abstenerse de proponer nuevos actos legislativos cuando una aplicación mejor o más coordinada de las normas y reglamentaciones existentes resultaría más eficiente.

    1.5.

    El CESE refrenda las acciones recogidas en la Comunicación conjunta destinadas a aumentar nuestro conocimiento de los océanos europeos. La UE podría desempeñar un papel importante a la hora de mejorar la gobernanza de nuestros océanos, sobre todo apoyando la investigación científica de los océanos del planeta. Se ha de hacer un uso adecuado y eficaz de los datos disponibles en la actualidad. Hay un gran volumen de información sobre nuestros mares que está en gran medida fragmentada. Por tanto, el CESE anima encarecidamente a la UE a que desarrolle la Red Europea de Observación e Información del Mar con miras a transformarla en una red mundial de datos marinos. La UE podría convertirse en un centro de coordinación para tales investigaciones.

    1.6.

    El CESE exhorta a la UE a que coopere con países socios al objeto de reducir riesgos y amenazas para la seguridad marina como, por ejemplo, la piratería, la trata de seres humanos y el tráfico de armas y estupefacientes, aprovechando la capacidad de la nueva Guardia Europea de Fronteras y Costas, de la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM) y la Agencia Europea de Control de la Pesca (AECP). El uso de un entorno común de intercambio de información (CISE) factible garantizará que los datos se recopilan una vez y se comparten entre los Estados miembros de la UE de manera eficaz.

    1.7.

    El CESE considera que la creación de capacidades para una mejor gobernanza de los océanos es indispensable a efectos de lograr un desarrollo sostenible y permitir a los países en desarrollo usar los océanos y sus recursos de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM). Así pues, las medidas de la UE identificadas en la Comunicación conjunta son bien recibidas, pero la Comisión y el Alto Representante aún tienen que concretar las acciones y los instrumentos específicos para conseguir la mencionada creación de capacidades.

    1.8.

    El CESE anima enérgicamente a que se cree un foro de partes interesadas de la UE dedicado a los océanos y los mares del mundo, sobre todo en vista de que la gobernanza de los océanos es una cuestión transversal que atañe a varias partes interesadas. Sin embargo, este foro debería evitar la duplicación de todo debate que ya se esté produciendo a escala internacional. El CESE insta a la Comisión a que implique a todas las partes interesadas; se ha de movilizar a la sociedad civil en conjunto si queremos lograr una gobernanza eficaz de nuestros océanos.

    1.9.

    El CESE señala que, a fin de evitar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, se han de poner en marcha instrumentos eficientes de control del Estado de abanderamiento y garantía del cumplimiento, incluidas las medidas de control y vigilancia. Los datos de pesca de todos los Estados miembros de la UE deberían recogerse de forma más correcta y compartirse de manera adecuada. Esto se podría lograr tal vez mediante el uso de los fondos disponibles en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).

    1.10.

    El CESE considera que la gobernanza de los océanos debería buscar el equilibrio entre el desarrollo socioeconómico y la conservación marina. Las tecnologías de explotación de los recursos de los fondos marinos deben aplicarse con precaución y cautela. Su carácter innovador y su importancia para el desarrollo económico no deben ocultar los riesgos que entrañan para los entornos ambientales en las que se despliegan sus actividades. Las experiencias con las evaluaciones de impacto ambiental de las actividades que se desarrollan en tierra podrían servir para desarrollar evaluaciones equivalentes específicas para cada zona para la explotación de los recursos oceánicos.

    2.   Contexto de la Comunicación conjunta

    2.1.

    En junio de 2015, los Estados miembros de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) acordaron oficialmente crear un instrumento jurídicamente vinculante en el marco de la CNUDM para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en zonas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales (1). Dado que los Estados se fijan cada vez más en los océanos para desarrollar sus economías, la mayoría de los ámbitos relacionados con los océanos se ven afectados negativamente por las actividades insostenibles que tienen lugar en el mar o en tierra firme, agravadas por la repercusión del cambio climático y los efectos de la acidificación de los océanos.

    2.2.

    La Unión Europea estableció un programa para mejorar la gobernanza de los océanos basado en un enfoque internacional, transversal y basado en normas. La Comunicación es también la respuesta de la UE a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, en particular al objetivo de desarrollo sostenible 14: «Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los recursos marinos» como parte de un plan de actuación muy interconectado. Se basa en el mandato político otorgado por el presidente de la Comisión, Juncker, al comisario Vella de participar en la configuración de la gobernanza internacional de los océanos.

    2.3.

    La Comunicación conjunta de la Comisión y el Alto Representante propone catorce conjuntos de acciones en tres ámbitos prioritarios: 1) mejorar el marco de gobernanza internacional de los océanos; 2) reducir la presión a la que están sometidos los océanos y los mares y crear las condiciones para que pueda florecer una economía azul sostenible; y 3) fortalecer la investigación y la obtención de datos sobre los océanos a escala internacional.

    2.3.1.   Mejorar el marco de gobernanza internacional de los océanos

    2.3.1.1.

    La Comisión y el Alto Representante han diseñado una serie de acciones para abordar cuestiones como la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en zonas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales, la consecución del objetivo del 10 % de zonas marinas protegidas de aquí a 2020 y la reducción de las amenazas y los riesgos para la seguridad marítima, como la piratería, la trata de seres humanos y el tráfico de armas y estupefacientes.

    2.3.2.   Reducir la presión a la que están sometidos los océanos y los mares y crear las condiciones para que pueda florecer una economía azul sostenible

    2.3.2.1.

    La Comisión y el Alto Representante han propuesto acciones para aplicar el Acuerdo de París centrando la atención en las medidas relacionadas con los océanos con el objetivo de combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) y la basura marina y trabajar en pos de la elaboración de unas directrices internacionales sobre la ordenación del espacio marítimo.

    2.3.3.   Fortalecer la investigación y la obtención de datos sobre los océanos a escala internacional

    2.3.3.1.

    La Comisión y el Alto Representante han diseñado acciones para mejorar la comprensión y obtener un riguroso conocimiento científico con miras a la gestión sostenible de los recursos de los océanos y la reducción de la presión humana.

    3.   Observaciones generales

    3.1.

    El CESE toma nota de que la Comunicación conjunta aborda la gobernanza tanto de los océanos como de los mares. Debido a la considerable interconexión de estas aguas, el CESE sugiere que la Comunicación conjunta pase a denominarse «Una agenda para el futuro de nuestros océanos y mares» a fin de ofrecer una mayor claridad sobre el alcance de esta iniciativa.

    3.2.

    El CESE reconoce la gran contribución de la CNUDM al refuerzo de la paz, la seguridad y la cooperación entre todas las naciones y a la promoción del progreso económico y social de todos los pueblos del mundo, de acuerdo con los principios de las Naciones Unidas, así como su contribución al desarrollo sostenible de los océanos y los mares.

    3.3.

    El CESE señala que la Asamblea General de las Naciones Unidas lleva a cabo una revisión anual de los avances en los asuntos relativos a los océanos y el Derecho marítimo y adopta cada año dos resoluciones en las que ofrece orientaciones políticas integradas de carácter mundial, una sobre los océanos y el Derecho marítimo y otra sobre la pesca sostenible. La UE debería intensificar su colaboración con los socios internacionales para facilitar la aplicación de las medidas definidas por las Naciones Unidas.

    3.4.

    El CESE considera que la gobernanza de los océanos debería buscar el equilibrio entre el desarrollo socioeconómico y la conservación marina. Su objetivo principal debería ser garantizar el uso sostenible múltiple de los recursos y los entornos marinos, también para las generaciones futuras. La explotación de recursos no debería llevarse a cabo en detrimento del ecosistema sino que, por el contrario, debería ser compatible con el ecosistema y efectuarse mediante las políticas y las estructuras de gobernanza adecuadas.

    3.4.1.

    Las tecnologías de explotación de los recursos de los fondos marinos deben aplicarse con precaución y cautela. Su carácter innovador y su importancia para el desarrollo económico no deben ocultar los riesgos que entrañan para los entornos ambientales en las que se despliegan sus actividades. Las experiencias con las evaluaciones de impacto ambiental de las actividades que se desarrollan en tierra podrían servir para desarrollar evaluaciones equivalentes específicas para cada zona para la explotación de los recursos oceánicos.

    3.5.

    El CESE anima encarecidamente a que se cree un foro de partes interesadas de la UE dedicado a los océanos y los mares del planeta, pero señala que debería incluir la participación de la sociedad civil. Este foro podría servir de plataforma para el intercambio de conocimientos, experiencias y buenas prácticas sobre una mejor gobernanza de los océanos. También podría usarse para ajustar la distribución de los fondos de la UE para mejorar la gobernanza de los océanos y podría intensificar los esfuerzos encaminados a evaluar la eficacia económica de las inversiones públicas en la investigación y la observación marinas.

    3.6.

    El CESE considera que la Unión Europea debería tener en cuenta el panorama general a la hora de formular nuevas propuestas para mejorar la gobernanza de los océanos de modo que los ámbitos de esta gobernanza que ya hayan alcanzado la madurez y funcionen sin problemas no se vean afectados de manera involuntaria. Asimismo, la Unión Europea debería evitar la duplicación de todo debate que ya se esté produciendo a escala internacional.

    3.7.

    El CESE reconoce que las lagunas normativas pueden permitir las actividades no reguladas y no declaradas, la sobreexplotación de los recursos marinos y la destrucción de los ecosistemas de la Tierra. A fin de abordar tales cuestiones y colmar las lagunas, son fundamentales los estudios científicos sobre estos ecosistemas unidos a una mejor comprensión de la estructura actual de gobernanza. El CESE opina que la UE podría llevar la delantera en la investigación científica sobre los océanos del mundo y convertirse en el centro de coordinación de esta investigación.

    3.8.

    Aparte de identificar las lagunas y las incoherencias de la normativa, uno de los objetivos de la actuación de la Comisión y el Alto Representante debería ser reforzar el cumplimiento de las normas existentes, algo que se podría lograr usando el peso del mercado de la UE en determinados ámbitos políticos, como la pesca, para conseguir que agentes importantes se sumen, como puso de relieve el comisario Vella al comentar la actuación de la UE en la lucha contra la pesca ilegal (2).

    3.9.

    El CESE está de acuerdo en que todos los sectores han de trabajar continuamente en pos de un modelo mejorado de gobernanza de los océanos a medida que aumenta la presión sobre nuestros océanos. El CESE señala como ejemplo que organizaciones como las organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) y la Organización Marítima Internacional (OMI) están intentando mejorar sus principios de gobernanza a fin de consolidar el marco estratégico actual.

    3.10.

    El CESE considera que la Comisión y el Alto Representante deberían evaluar toda necesidad desde el punto de vista de las capacidades, las competencias y la formación a fin de facilitar el desarrollo anticipado de los empleos en los sectores que operan en los océanos, una cuestión que se ha pasado por alto en la Comunicación.

    4.   Observaciones específicas

    4.1.    Mejorar el marco de gobernanza internacional de los océanos

    4.1.1.

    El CESE acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión y el Alto Representante de trabajar con los Estados miembros y los socios internacionales para garantizar la aprobación, ratificación y aplicación de los instrumentos clave de gobernanza de los océanos a escala mundial que existen, como el Convenio sobre el trabajo en la pesca de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como para elaborar los nuevos instrumentos necesarios como el acuerdo de aplicación que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) prevé para las zonas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales. El CESE también anima a la Comisión y al Alto Representante a cooperar con la OMI a fin de facilitar la aplicación y el debido cumplimiento de sus instrumentos. La Comisión ha de identificar las acciones y los instrumentos prácticos necesarios para lograr este objetivo.

    4.1.2.

    El CESE acoge favorablemente el compromiso de la Comisión y el Alto Representante para mejorar la coordinación y la cooperación entre las organizaciones regionales y mundiales y las asociaciones con los principales agentes de los océanos. Esto pone de manifiesto los esfuerzos de la UE por aplicar un enfoque integrado e intersectorial para la gestión de las actividades marítimas, que sigue siendo en gran medida sectorial. El CESE recomienda enérgicamente la participación de la Comisión Europea y el Alto Representante en NU-Océanos, un mecanismo que persigue el refuerzo de la coordinación, la coherencia y la eficacia de las organizaciones competentes en el sistema de las Naciones Unidas.

    4.1.3.

    La creación de capacidades es indispensable para lograr un desarrollo sostenible y permitir que los países en desarrollo usen los océanos y sus recursos de manera sostenible y de conformidad con la CNUDM. Con todo, la Comisión y el Alto Representante aún tienen que identificar las medidas específicas para la creación de capacidades en la UE.

    4.1.3.1.

    El CESE toma nota de que la Comunicación conjunta se refiere a recursos para mejorar la creación de capacidades con vistas a impulsar el desarrollo sostenible y la economía azul en el Mediterráneo. Sin embargo, es necesario movilizar recursos similares para todos los mares de Europa así como para la región del Ártico.

    4.1.4.

    El CESE está a favor de proteger mejor los recursos árticos, que constituyen un capital natural para las futuras generaciones, así como de considerar los actuales cambios medioambientales en el Ártico como una medida de progreso europeo y mundial en la protección del clima. El CESE considera que la Comisión podría aumentar el nivel de concienciación entre los operadores del Ártico sobre la vulnerabilidad de la zona y la creciente necesidad de desarrollarla de manera sostenible. La preservación de las regiones árticas y la lucha contra el cambio climático no deben llevarse a cabo sin tener en cuenta a los habitantes o en su detrimento. Las poblaciones locales, si bien quieren conservar sus culturas, también desean poder beneficiarse de las posibilidades que ofrece el desarrollo económico y social sostenible.

    4.1.4.1.

    El CESE aboga por que la sociedad civil pueda tener un papel activo en la promoción de los intereses y preocupaciones de las poblaciones locales. La UE podría también organizar debates públicos en los que los agentes principales pudieran presentar sus contribuciones al desarrollo sostenible de la zona, con la participación de los pueblos indígenas. Asimismo, se podría contemplar la posibilidad de crear un centro de información sobre el Ártico con sede en Bruselas (3).

    4.1.5.

    Ha aumentado la migración no segura por mar, lo que recalca la necesidad de actuar urgentemente para prevenir las muertes en el mar. Por consiguiente, el CESE acoge con satisfacción la adopción del nuevo Reglamento (UE) 2016/1624 sobre la Guardia Europea de Fronteras y Costas, a pesar de que el Comité había recomendado encarecidamente que se denominara «Agencia Europea de la Guardia de Fronteras». El CESE también refrenda los Reglamentos modificados relativos a la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM) y la Agencia Europea de Control de la Pesca (AECP).

    4.1.5.1.

    En su Dictamen sobre la modificación del Reglamento por el que se crea la AESM (4), el CESE declaró que valoraba positivamente el papel que asumiría la Agencia en la mejora de la seguridad marítima en los Estados miembros. En ese mismo Dictamen se afirmaba también que era de suma importancia ya entonces que las tareas y competencias de la AESM se ampliaran de manera responsable.

    4.1.6.

    El CESE señala las medidas de la UE en relación con la lucha contra la pesca ilegal y el refuerzo de la gestión sostenible de los recursos alimenticios de los océanos. La política pesquera común se introdujo en los años sesenta y requiere una revisión constante. El Comité acoge favorablemente el proceso de actualización de la política motivado por la necesidad de seguir el ritmo de la evolución tecnológica a fin de mejorar la conservación y protección de las poblaciones de peces.

    4.1.6.1.

    El CESE señala que, a fin de evitar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, se han de poner en marcha instrumentos eficientes de control y garantía del cumplimiento, incluidas las medidas de control y vigilancia. El Comité llama la atención de la Comisión y el Alto Representante sobre el hecho de que las Naciones Unidas han observado con preocupación que la falta de información fiable ha dificultado en algunas zonas la gestión eficaz de la pesca de captura marina. Así pues, todos los Estados miembros de la UE deberían contribuir a compartir y mejorar la información sobre los datos de pesca en sus aguas. Esto se podría lograr tal vez mediante el uso de los fondos disponibles en el marco del FEMP.

    4.1.6.2.

    El CESE anima a la Comisión a que continúe sus esfuerzos tendentes a mejorar el rendimiento de la labor de las OROP. Además, en el marco del enfoque integrado para los asuntos marítimos, la Comisión debería buscar una mejor coordinación entre los diferentes foros, por ejemplo, entre los convenios marinos regionales y las organizaciones mundiales.

    4.2.    Reducir la presión a la que están sometidos los océanos y los mares y crear las condiciones para que pueda florecer una economía azul sostenible

    4.2.1.

    El CESE apoya firmemente las medidas de la UE, incluida la comunicación sobre la aplicación del acuerdo COP 21 y la mitigación del impacto perjudicial del cambio climático en el calentamiento de los océanos, la subida del nivel del mar y la acidificación. Asimismo, el CESE anima a la Comisión y al Alto Representante a que sean proactivos y evalúen el impacto de estos impactos en la economía azul, no solo para los sectores bien establecidos sino también para las industrias emergentes.

    4.2.2.

    El CESE apoya la acción de la Comisión para impulsar la aplicación del Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto, que entró en vigor en junio de 2016 como un tratado internacional vinculante diseñado para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR). Se prevé que la aplicación debida del Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto contribuya al aumento de la sostenibilidad de la industria y que provoque un efecto dominó significativo en el conjunto de la cadena de suministro pesquera.

    4.2.3.

    El CESE considera que deberían aplicarse sanciones estrictas a los casos de violación de la legislación pesquera. La aplicación del Convenio sobre el trabajo en la pesca de la OIT es importante para evitar los abusos laborales en los barcos de pesca y la competencia desleal resultantes de la violación de los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Las condiciones de vida y de trabajo en el mar deben ser conformes a los máximos estándares internacionales y de la UE.

    4.2.4.

    El CESE señala que las subvenciones a la pesca perjudiciales, ya sean para aumentar la capacidad de las flotas o concedidas a los pescadores que llevan a cabo actividades de pesca INDNR, son una de las principales causas de la sobrepesca y, por tanto, acoge con agrado el compromiso de la UE de acelerar la labor para concluir las negociaciones en curso sobre esta cuestión en la Organización Mundial del Comercio.

    4.2.5.

    Con respecto a la basura marina, el CESE observa con inquietud las pruebas cada vez mayores de sus efectos perjudiciales en la fauna y los hábitats y en la biodiversidad y el entorno marinos. El CESE subraya con especial preocupación el problema de los microplásticos, que, introducidos directamente o debido a la degradación de la basura de mayor tamaño, llegan hasta las zonas más remotas, en este caso también las zonas de aguas profundas, y desprenden sustancias químicas perjudiciales que pueden contaminar la cadena alimentaria.

    4.2.5.1.

    El CESE celebra los esfuerzos hechos en el marco de cada uno de los convenios marinos regionales para prevenir y reducir la basura marina, como la creación de planes de acción regionales específicos. El CESE anima a los Estados miembros de la UE a mejorar la aplicación de la Directiva marco sobre la estrategia marina con el fin de conseguir y mantener un buen estado medioambiental del medio marino. La Comisión debería también animar a las regiones de fuera de la UE a que desarrollen planes de acción similares.

    4.2.5.2.

    El CESE coincide en la relevancia de los mecanismos internacionales, como el Convenio MARPOL, para combatir la basura marina procedente de los barcos e insta a la Comisión a que propongan una revisión de la Directiva sobre instalaciones portuarias receptoras en 2017 y a que busque una armonización aún mayor con el ámbito de aplicación y las definiciones del MARPOL.

    4.2.5.3.

    El CESE señala que la UE debería adquirir un mayor conocimiento de las características regionales, así como de las fuentes, las cantidades, las rutas, las tendencias en la distribución, la naturaleza y la repercusión de la basura marina, incluidos los microplásticos, e insta a la Comisión y al Alto Representante a que aborden las fuentes de basura marina situadas en el mar y las fuentes de basura marina situadas en tierra.

    4.2.6.

    El CESE respalda la acción de la Comisión y el Alto Representante para lograr una ordenación del espacio marítimo satisfactoria y acelerar su consecución a escala mundial implicando a todas las partes interesadas clave (5).

    4.2.7.

    El CESE anima a la Comisión y al Alto Representante a que fomenten la cooperación regional e internacional para desarrollar mecanismos de financiación sostenible y a largo plazo para las zonas marinas protegidas, garantizando que están bien gestionadas y constituyen una red coherente desde el punto de vista ecológico.

    4.3.    Fortalecer la investigación y la obtención de datos sobre los océanos a escala internacional

    4.3.1.

    El CESE refrenda las acciones recogidas en la Comunicación conjunta destinadas a aumentar el conocimiento de los océanos europeos. Por tanto, el CESE anima encarecidamente a la UE a que desarrolle la Red Europea de Observación e Información del Mar con miras a transformarla en una red mundial de datos marinos. La UE podría convertirse en un centro de coordinación para tales investigaciones. Sin embargo, antes de recabar y analizar más información, se ha de hacer un uso adecuado y eficaz de los datos disponibles en la actualidad. Hay un gran volumen de información sobre nuestros mares que está en gran medida fragmentada.

    4.3.2.

    El CESE anima a la Comisión a fomentar una mayor cooperación internacional en materia de ciencia y tecnología marítimas, como propone la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), en cuanto que medio para estimular la innovación y reforzar el desarrollo sostenible de la economía azul.

    4.3.3.

    Por último, el CESE propone que la Comisión y los Estados miembros trabajen en la mejora de la base estadística y metodológica a nivel europeo y nacional para la medición de la escala y el rendimiento de las industrias marítimas afianzadas y emergentes y su contribución al conjunto de la economía.

    Bruselas, 29 de marzo de 2017.

    El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

    Georges DASSIS


    (1)  A/RES/69/292.

    (2)  Comisión Europea: comunicado de prensa sobre EU acts on illegal fishing: Yellow card issued to Thailand while South Korea & Philippines are cleared, 21 de abril de 2015, http://europa.eu/rapid/press-release_IP-15-4806_en.htm

    (3)  DO C 75 de 10.3.2017, p. 144.

    (4)  DO C 107 de 6.4.2011, p. 68.

    (5)  Referencia a la 2.a Conferencia Internacional sobre OEM, organizada conjuntamente por la DG MARE de la Comisión Europea y la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI) de la UNESCO. Tendrá lugar del 15 al 17 de marzo de 2017 en la sede de la UNESCO en París (Francia).


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