COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 29.11.2016
COM(2016) 742 final
Propuesta de
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en respuesta a una solicitud de los Países Bajos (EGF/2016/005 NL / Drenthe Overijssel Retail)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CONTEXTO DE LA PROPUESTA
1.Las normas aplicables a las contribuciones financieras del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se establecen en el Reglamento (UE) n.º 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1927/2006 («el Reglamento del FEAG»).
2.El 12 de julio de 2016, los Países Bajos presentaron la solicitud «EGF/2016/005 NL / Drenthe Overijssel Retail», relativa a una contribución financiera del FEAG, a raíz de los despidos de trabajadores en el sector económico clasificado en la división 47 de la NACE Rev. 2 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas) en las regiones de nivel NUTS 2 de Drenthe (NL13) y Overijssel (NL21), en los Países Bajos.
3.Tras evaluar la solicitud, la Comisión ha llegado a la conclusión de que, con arreglo a todas las disposiciones aplicables del Reglamento del FEAG, se cumplen las condiciones para conceder una contribución financiera del FEAG.
RESUMEN DE LA SOLICITUD
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Solicitud de ayuda del FEAG
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«EGF/2016/005 NL / Drenthe Overijssel Retail»
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Estado miembro
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Países Bajos
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Regiones afectadas (nivel NUTS 2)
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NL13: Drenthe
NL21: Overijssel
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Fecha de presentación de la solicitud
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12 de julio de 2016
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Fecha de acuse de recibo de la solicitud
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12 de julio de 2016
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Fecha de solicitud de información adicional
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15 de julio de 2016
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Plazo para la presentación de la información adicional
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6 de septiembre de 2016
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Plazo para completar la evaluación
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29 de noviembre de 2016
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Criterio de intervención
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Artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG
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Número de empresas afectadas
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6
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Sectores de actividad económica
(División de la NACE Rev. 2)
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División 47 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas)
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Período de referencia (nueve meses):
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1 de agosto de 2015 – 1 de mayo de 2016
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Número de despidos durante el período de referencia (a)
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1 096
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Número de despidos antes o después del período de referencia (b)
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0
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Número total de despidos
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1 096
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Número total de beneficiarios admisibles
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1 096
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Número total de beneficiarios previstos
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800
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Número de jóvenes beneficiarios previstos que ni trabajan ni siguen estudios o formación (ninis)
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0
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Presupuesto para servicios personalizados (EUR)
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2 910 000
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Presupuesto para la intervención del FEAG (EUR)
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121 250
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Presupuesto total (EUR)
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3 031 250
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Contribución del FEAG (60 %) (EUR)
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1 818 750
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EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD
Procedimiento
4.Los Países Bajos presentaron la solicitud «EGF/2016/005 NL / Drenthe Overijssel Retail» el 12 de julio de 2016, dentro del plazo de doce semanas a partir de la fecha en la que se cumplieron los criterios de intervención del artículo 4 del Reglamento del FEAG. La Comisión acusó recibo de la solicitud ese mismo día y pidió información adicional a los Países Bajos el 15 de julio de 2016. La información adicional se facilitó dentro del plazo de seis semanas a partir de la petición. El plazo de doce semanas a partir de la recepción de la solicitud completa en el cual la Comisión debe finalizar su evaluación para determinar si la solicitud cumple las condiciones de concesión de una contribución financiera termina el 29 de noviembre de 2016.
Admisibilidad de la solicitud
Empresas y beneficiarios afectados
5.La solicitud se refiere a 1 096 trabajadores despedidos en el sector económico clasificado en la división 47 de la NACE Rev. 2 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas). Los despidos han tenido lugar en las regiones de nivel NUTS 2 de Drenthe (NL13) y Overijssel (NL21).
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Empresas y número de despidos durante el período de referencia
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Aktiesport (Drenthe)
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41
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Perry Sport (Drenthe)
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19
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Aktiesport (Overijssel)
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84
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Perry Sport (Overijssel)
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36
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Dolcis (Drenthe)
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19
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Scapino (Drenthe)
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209
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Dolcis (Overijssel)
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44
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Scapino (Overijssel)
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213
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Manfield (Drenthe)
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11
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V&D (Drenthe)
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125
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Manfield (Overijssel)
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27
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V&D (Overijssel)
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268
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Número total de empresas: 6
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Número total de despidos:
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1 096
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Número total de trabajadores por cuenta propia cuya actividad ha cesado:
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0
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Número total de trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia admisibles:
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1 096
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Criterios de intervención
6.Las autoridades neerlandesas presentaron la solicitud con arreglo al criterio de intervención del artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG, que requiere que se haya despedido como mínimo a quinientos trabajadores durante un período de referencia de nueve meses en empresas que operen en un mismo sector económico definido en una división de la NACE Rev. 2 y estén situadas en una región o en dos regiones contiguas de nivel NUTS 2 de un Estado miembro. Conjuntamente hubo 1 096 despidos en las regiones de nivel NUTS 2 de Drenthe (NL13) y Overijssel (NL21). El período de referencia de nueve meses para la solicitud abarca del 1 de agosto de 2015 al 1 de mayo de 2016.
Cálculo de los despidos y del cese de actividad
7.Los 1 096 despidos durante el período de referencia se han calculado a partir de la fecha de notificación de los despidos colectivos, en la que el empresario, de conformidad con el artículo 3, apartado 1, de la Directiva 98/59/CE del Consejo, notificó por escrito a la autoridad pública competente los despidos colectivos previstos. Los Países Bajos confirmaron, antes de la fecha de finalización de la evaluación por parte de la Comisión, que esos 1 096 despidos se habían efectuado realmente.
Beneficiarios admisibles
8.El número total de beneficiarios admisibles es de 1 096.
Vínculo entre los despidos y la crisis económica y financiera mundial que se aborda en el Reglamento (CE) n.º 546/2009
9.A fin de establecer el vínculo entre los despidos y la crisis económica y financiera global que se aborda en el Reglamento (CE) n.º 546/2009, los Países Bajos alegan que el sector del comercio al por menor está en crisis. El sector ha tenido que hacer frente a cambios fundamentales y sigue teniendo grandes dificultades para hacer frente a dichos cambios. Tales dificultades han tenido importantes consecuencias negativas para el empleo en el sector.
10.En los últimos años se han producido cambios significativos en el criterio de los consumidores, como el descenso de las ventas en el segmento de los precios medios y la creciente popularidad de las compras por internet. El desarrollo de nuevas zonas comerciales en muchas ciudades neerlandesas situadas fuera de los centros urbanos y el descenso de la confianza de los consumidores en la economía también han afectado negativamente a la posición del sector al por menor convencional.
11.Los Países Bajos alegan que, dado que su sector financiero desempeña un papel importante en la escena internacional, está sometido a normas internacionales, que incluyen normas sobre reservas financieras, a fin de alcanzar los nuevos niveles exigidos a nivel internacional. Como consecuencia de ello, los bancos tienen menos recursos que antes para financiar la economía.
12.Los Países Bajos argumentan que los bancos se han vuelto más reticentes a la hora de conceder créditos a las empresas. En ninguno de los casos de quiebra de comercios al por menor pudieron reestructurarse los créditos ni obtenerse unos nuevos, lo cual se debió al endurecimiento de las normas bancarias, que a su vez tuvo lugar como consecuencia de la crisis económica y financiera. Un análisis reciente muestra la tendencia a la baja de los créditos concedidos por los principales bancos neerlandeses.
13.La frágil situación financiera de los grandes almacenes más importantes imposibilitó que se invirtiera en otros modelos de comercio al por menor para hacer los cambios necesarios y para que volvieran a ser competitivos.
14.Hasta la fecha, el sector 47 de la NACE ha sido objeto de seis solicitudes de intervención del FEAG, todas ellas motivadas por la crisis económica y financiera mundial.
Hechos que dieron lugar a los despidos y al cese de la actividad
15.Si bien el mercado laboral neerlandés se está recuperando lentamente de los efectos de la crisis, estos aún son visibles en determinados sectores. Algunos de ellos, como el de la venta al por menor, han empezado recientemente a sufrir verdaderamente las consecuencias de la crisis económica y financiera.
16.Las principales causas de la citada evolución negativa del sector minorista son la evolución negativa de los ingresos de los consumidores, provocada por la crisis económica, en combinación con su nivel de endeudamiento. También desciende la confianza de los consumidores, a la vez que su poder adquisitivo. En un primer momento solo los grandes almacenes de tamaño más reducido se vieron afectados por la crisis económica y financiera y, después, también los más grandes.
17.En el sector minorista neerlandés se han producido numerosos despidos en los últimos meses. Los principales grandes almacenes del sector están sufriendo quiebras, que dieron lugar a un total de 27 052 despidos en el período 2011-2015.
18.Durante la crisis económica y financiera, los indicadores de confianza de los consumidores disminuyeron primero durante el período 2011-2013. En 2014 la confianza se recuperó un poco pero siguió siendo negativa. En 2014 la venta de bienes de consumo en el comercio minorista se recuperó en cierta medida, en un + 1 %, siguiendo la tendencia de la confianza de los consumidores.
19.En 2016 está volviendo a bajar su confianza. El volumen de las ventas en el sector minorista siguió esta pauta, pasando de un - 2 % (2011) a un - 4 % (2013). En 2014 internet contribuyó a que se produjese una ligera recuperación. Sin embargo, las compras siguen estando un 2,7 % por debajo del nivel de 2008, el año en que comenzó la crisis económica y financiera.
20.El consumo de productos al por menor, sobre todo de productos de gama media, sigue sufriendo la crisis. La causa principal es el deterioro de la situación de los ingresos de los consumidores y su menor potencial de compra de bienes de consumo. Como se ha señalado, la evolución dinámica del poder adquisitivo aún no se ha recuperado de la evolución negativa de los ingresos durante los años 2008-2013.
21.Este efecto negativo de la disminución del poder adquisitivo se ve acentuado por el alto nivel de endeudamiento del hogar neerlandés medio. La mayor parte de estas deudas se deben a hipotecas. El endeudamiento y la menor capacidad de obtener créditos de los hogares han tenido importantes efectos negativos en el sector minorista.
22.Desde el inicio de la crisis han quebrado 5 200 comercios minoristas, entre los que se encuentran grandes almacenes que se han visto afectados recientemente.
23.Algunos de los mayores comercios al por menor se declararon en quiebra a finales de 2015. Existe un análisis que detalla las diez principales quiebras en el sector minorista a lo largo de los años, el número de sucursales y tiendas que se han cerrado y el número de puestos de trabajo que se han perdido. La tendencia a la quiebra ya se estaba produciendo en el período intermedio de la crisis (2011-2013), golpeando primero a las pequeñas cadenas de minoristas y actualmente a las grandes (2015-2016).
Impacto previsto de los despidos en la economía y el empleo a nivel local, regional o nacional
24.En ambas provincias el sector minorista es uno de los principales sectores de la economía regional. De las cifras se desprende que el sector comercial (que incluye el sector minorista) es el segundo sector en importancia de Drenthe, con 7 800 sucursales y 37 410 puestos de trabajo en 2015, y el primero en Overijssel, con 19 400 sucursales y 104 000 puestos de trabajo. Desde 2013, en Drenthe se ha producido una tendencia a la baja en el número de sucursales.
25.Tanto Drenthe como Overijssel están sufriendo de forma considerable, especialmente por las quiebras en el sector minorista. El porcentaje de este sector en el empleo total en ambas provincias es considerable, por lo que la pérdida de puestos de trabajo tiene un efecto muy negativo para la economía de ambas regiones. En particular, la pérdida de comercios en las ciudades del interior tiene una influencia muy negativa en la economía regional.
26.En la provincia de Overijssel, el comercio muestra una ligera tendencia positiva en el número de sucursales, así como en el empleo. No obstante, esta tendencia se debe principalmente a las sucursales que venden productos alimenticios, los supermercados y el comercio por internet. Los despidos se producen en otras ramas del sector minorista, como los comercios de productos no alimenticios, culturales y de ocio, las tiendas de equipos de información y comunicación, y las tiendas de electrodomésticos.
27.En Drenthe sigue disminuyendo el número total de puestos de trabajo, mientras que en Overijssel puede apreciarse una ligera recuperación del empleo en 2015 en comparación con 2013, cuando se produjo la mayor pérdida de puestos de trabajo.
28.El número de quiebras en el sector minorista tiene un impacto considerable en la economía y en el mercado laboral de ambas provincias. La proporción del sector minorista respecto al empleo total en Drenthe y Overijssel oscila entre el 17 y el 19 %. La evolución del empleo (2015-2016) en el sector de los servicios, que incluye el comercio al por menor, en las regiones de Drenthe y Overijssel se encuentra un 1 % por debajo de la media de los Países Bajos.
29.Tanto Drenthe como Overijssel ponen de manifiesto que el número total de puestos de trabajo ha disminuido. Los despidos en el sector minorista han contribuido a esta evolución.
30.En 2015, en el sector minorista, el aumento total de prestaciones por desempleo fue de 410 en el caso de Drenthe y de 905 en el caso de Overijssel. En 2016 tal aumento ascendió a 711 en el caso de Drenthe y a 1 435 en el caso de Overijssel. Varios grandes almacenes quebraron entre finales de 2015 y principios de 2016. En los tres primeros meses de 2016 se observó un fuerte aumento de las prestaciones por desempleo con respecto al año 2015 en su conjunto. En total 1 121 desempleados de Drenthe y 2 340 de Overijssel tuvieron que solicitar prestaciones de desempleo en un período de quince meses. Si tenemos en cuenta el sector del comercio —incluido el comercio minorista— las cifras son aún más preocupantes.
31.El número total de personas que se quedaron sin empleo el año pasado aumentó en mayor medida en Overijssel que en Drenthe. En lo que respecta al sector minorista, los despidos no se habían previsto. Algunos de los grandes almacenes habían sufrido anteriormente las consecuencias negativas de la crisis económica y financiera, pero su quiebra no se había previsto en absoluto, especialmente con tan escasa antelación y con un número tan grande de despidos.
Beneficiarios previstos y acciones propuestas
Beneficiarios previstos
32.Se calcula que participarán en las medidas 800 trabajadores despedidos. El desglose de estos trabajadores por sexo, nacionalidad y grupo de edad es el siguiente:
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Categoría
|
Número de
beneficiarios previstos*
|
|
Sexo:
|
Hombres:
|
570
|
(71,2 %)
|
|
|
Mujeres:
|
230
|
(28,8 %)
|
|
Ciudadanía:
|
Ciudadanos de la UE:
|
800
|
(100 %)
|
|
|
Ciudadanos de terceros países:
|
0
|
(0 %)
|
|
|
|
|
|
|
Grupo de edad:
|
15-24 años:
|
492
|
(61,5 %)
|
|
|
25-29 años:
|
45
|
(5,6 %)
|
|
|
30-54 años:
|
198
|
(24,8 %)
|
|
|
55-64 años:
|
64
|
(8,0 %)
|
|
|
Mayores de 64 años:
|
1
|
(0,1 %)
|
* Los porcentajes están redondeados.
Admisibilidad de las acciones propuestas
33.Las acciones propuestas descritas constituyen medidas activas del mercado de trabajo que entran dentro de las acciones elegibles expuestas en el artículo 7 del Reglamento del FEAG. Estas acciones no sustituyen a las medidas pasivas de protección social.
34.Los servicios personalizados que se prestarán a los trabajadores despedidos consisten en las acciones siguientes:
–Inscripción: esta medida hará un inventario de los participantes en función de su capacidad, su potencial y sus perspectivas de empleo. Toda inscripción finalizará con una recomendación.
–Ayuda en la búsqueda de empleo y gestión de cada caso: esta medida comenzará con la oferta de un programa personalizado. Entre otras cosas, incluirá la elaboración de documentos de traslado, formación intensiva para formular solicitudes de empleo, organización de los mercados de trabajo y contacto intensivo con los empleadores.
– Grupo de movilidad: esta medida consiste en crear un grupo flexible para los solicitantes de empleo y los empleadores que ofrezcan puestos de trabajo temporales. Este servicio puede utilizarse para colocaciones flexibles. Esta medida dará experiencia laboral a los trabajadores (reciclaje) y les ayudará a presentarse a nuevos empleadores.
–Ayuda a la recolocación: esta medida ofrecerá orientación y asesoramiento profesionales, así como formación en distintas competencias.
–Formación y reciclaje: esta medida proporcionará formación, reciclaje y otros recursos educativos, tanto para el sector minorista como para nuevos perfiles profesionales, como el transporte, los servicios informáticos, las profesiones técnicas, etc.
–Formación y tutoría para fomentar el emprendimiento: algunos de los participantes pueden utilizar sus capacidades y experiencia comerciales para crear su propia empresa. Esta medida les proporcionará formación y tutoría, al desarrollar sus capacidades, elaborar un plan de negocios sostenible y orientarlos a través de los procedimientos legislativos.
–Subvención para fomentar el emprendimiento: esta medida concederá una subvención para cubrir los costes de inversión en caso de que el participante obtenga las cualificaciones necesarias y cuente con un plan empresarial sostenible.
35.El paquete de medidas mencionado anteriormente complementa a los servicios que se prestan regularmente a las personas despedidas. Estas medidas son personalizadas y están dirigidas específicamente a los trabajadores despedidos.
Presupuesto estimado
36.Los costes totales estimados ascienden a 3 031 250 EUR, que incluyen gastos de servicios personalizados por valor de 2 910 000 EUR y gastos de actividades preparatorias, de gestión, de información y publicidad y de control y presentación de informes por valor de 121 250 EUR.
37.La contribución financiera total solicitada al FEAG asciende a 1 818 750 EUR (el 60 % de los costes totales).
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Acciones
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Número estimado de participantes
|
Coste estimado por participante*
(en EUR)
|
Costes totales estimados
(en EUR)
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|
Servicios personalizados [acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letras a) y c), del Reglamento del FEAG]
|
|
Inscripciones (Intake)
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800
|
356
|
285 000
|
|
Ayuda en la búsqueda de empleo y gestión de cada caso (Trajectbegeleiding reintegratie)
|
800
|
1 006
|
805 000
|
|
Grupo de movilidad (Mobiliteitspool)
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200
|
3 310
|
662 000
|
|
Ayuda a la recolocación (Outplacement begeleiding)
|
50
|
1 600
|
80 000
|
|
Formación y reciclaje (Scholing en cursussen)
|
180
|
3 611
|
650 000
|
|
Formación y tutoría para fomentar el emprendimiento (Promotie, cursussen en begeleiding ondernemerschap)
|
25
|
2 120
|
53 000
|
|
Subvención para fomentar el emprendimiento (Toelage ondernemerschap)
|
25
|
15 000
|
375 000
|
|
Subtotal (a):
Porcentaje del paquete de servicios personalizados:
|
–
|
2 910 000
|
|
|
|
(100 %)
|
|
Subsidios e incentivos [acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG]
|
|
|
0
|
0
|
0
|
|
Subtotal (b):
Porcentaje del paquete de servicios personalizados:
|
–
|
0
|
|
|
|
(0 %)
|
|
Acciones con arreglo al artículo 7, apartado 4, del Reglamento del FEAG
|
|
1. Actividades preparatorias
|
–
|
0
|
|
2. Gestión
|
–
|
30 312
|
|
3. Información y publicidad
|
–
|
60 625
|
|
4. Control y presentación de informes
|
–
|
30 313
|
|
Subtotal (c):
Porcentaje de los costes totales:
|
–
|
121 250
|
|
|
|
(4 %)
|
|
Costes totales (a + b + c):
|
–
|
3 031 250
|
|
Contribución del FEAG (60 % de los costes totales)
|
–
|
1 818 750
|
* Las cifras están redondeadas.
38.Los Países Bajos han confirmado que no prevén subsidios.
39.Asimismo, los Países Bajos han confirmado que los costes de las inversiones para el empleo por cuenta propia, la creación de empresas y la compra de empresas por los trabajadores no superarán los 15 000 EUR por beneficiario.
Período de admisibilidad de los gastos
40.Los Países Bajos empezaron a facilitar servicios personalizados a los beneficiarios previstos el 22 de agosto de 2016. Por tanto, los gastos de las acciones podrán optar a una contribución financiera del FEAG entre el 22 de agosto de 2016 y el 12 de julio de 2018.
41.Los Países Bajos empezaron a sufragar los gastos administrativos de ejecución del FEAG el 22 de agosto de 2016. Por tanto, los gastos de preparación, gestión, información y publicidad, control y presentación de informes podrán optar a una contribución financiera del FEAG entre el 22 de agosto de 2016 y el 12 de enero de 2019.
Complementariedad con acciones financiadas con fondos nacionales o de la Unión
42.Las fuentes de cofinanciación nacional son los gobiernos locales de las dos provincias afectadas y los representantes del sector. Cofinanciarán el 40 % de los costes.
43.Los Países Bajos han confirmado que las medidas descritas anteriormente que reciban una contribución financiera del FEAG no recibirán contribución financiera alguna de otros instrumentos financieros de la Unión.
Procedimientos para consultar a los beneficiarios previstos o sus representantes, o a los interlocutores sociales, así como a las autoridades locales y regionales
44.Los Países Bajos han indicado que la solicitud, en particular el paquete coordinado de servicios personalizados se ha elaborado en consulta con partes interesadas, interlocutores sociales y representantes del sector minorista y de las regiones.
45.La Agencia de seguro de empleo (UWV), que es responsable del registro de los trabajadores despedidos, consultó a dichos trabajadores. Se ha elaborado junto con la UWV un inventario de la naturaleza y la magnitud del problema.
46.Se han celebrado varias reuniones con los representantes del sector y de las regiones (provincias). También se ha elaborado un plan para aumentar las oportunidades de reinserción profesional de los trabajadores despedidos.
Sistemas de gestión y control
47.La solicitud contiene una descripción del sistema de gestión y control en la que se especifican las responsabilidades de los organismos implicados. Es idéntica a la estructura correspondiente al FSE. Los costes relacionados con estas actividades están incluidos en los costes totales del proyecto. Los Países Bajos han informado a la Comisión de que la Agencia del Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo (Agentschap SZW) se encargará de la gestión.
48.El control financiero correrá a cargo del director general de la Agencia de empresas de los Países Bajos (RVO, Rijksdienst voor Ondernemend Nederland), como autoridad de certificación. La autoridad de auditoría independiente será el director del organismo de auditoría del Ministerio de Hacienda.
49.No se ha asignado un presupuesto separado para la parte política del proyecto del Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo. Se considera que es parte de su trabajo. El departamento de regulación de los empleadores se encarga del FEAG en general.
Compromisos contraídos por el Estado miembro afectado
50.Los Países Bajos han proporcionado todas las garantías necesarias con respecto a lo siguiente:
–se respetarán los principios de igualdad de trato y no discriminación en el acceso a las acciones propuestas y su aplicación;
–se han cumplido los requisitos establecidos en la legislación nacional y en la legislación de la UE sobre despidos colectivos;
–las acciones propuestas no recibirán apoyo financiero de otros fondos o instrumentos financieros de la Unión, y se evitará cualquier doble financiación;
–las acciones propuestas serán complementarias de las acciones financiadas con cargo a los Fondos Estructurales;
–la contribución financiera del FEAG cumplirá las normas procedimentales y de fondo de la Unión sobre ayudas estatales.
REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS
Propuesta presupuestaria
51.El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020.
52.Tras examinar la solicitud con respecto a las condiciones establecidas en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento del FEAG, y teniendo en cuenta el número de beneficiarios previstos, las acciones sugeridas y los costes estimados, la Comisión propone movilizar el FEAG por un importe de 1 818 750 EUR, que representa el 60 % de los costes totales de las acciones propuestas, a fin de proporcionar una contribución financiera a la solicitud.
53.La Decisión de movilización del FEAG propuesta será adoptada conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo, de conformidad con lo establecido en el apartado 13 del Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera.
Actos conexos
54.Al mismo tiempo que presenta esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo una propuesta de transferencia a la correspondiente línea presupuestaria por un importe de 1 818 750 EUR.
55.Al mismo tiempo que adopte esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión adoptará, mediante un acto de ejecución, una decisión relativa a una contribución financiera, que entrará en vigor en la fecha en que el Parlamento Europeo y el Consejo adopten la propuesta de Decisión de movilización del FEAG.
Propuesta de
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en respuesta a una solicitud de los Países Bajos (EGF/2016/005 NL / Drenthe Overijssel Retail)
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.º 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1927/2006, y en particular su artículo 15, apartado 4,
Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, y en particular su apartado 13,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1)El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) tiene por finalidad apoyar a los trabajadores que han sido despedidos y a los trabajadores por cuenta propia que han tenido que poner fin a su actividad como consecuencia de los importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial provocados por la globalización, de la continuación de la crisis financiera y económica mundial o de una nueva crisis económica y financiera mundial, así como ayudarles a reincorporarse al mercado laboral.
(2)El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo.
(3)El 12 de julio de 2016, los Países Bajos presentaron una solicitud para movilizar el FEAG en relación con los despidos de trabajadores que se habían producido en el sector económico clasificado en la división 47 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas) de la nomenclatura estadística de actividades económicas en la Comunidad Europea (NACE) Rev. 2, en las regiones de nivel 2 de la nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) de Drenthe (NL13) y Overijssel (NL21), en los Países Bajos. Dicha solicitud se complementó con información adicional aportada de conformidad con el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 1309/2013. La solicitud cumple los requisitos para determinar una contribución financiera del FEAG según establece el artículo 13 del Reglamento (UE) n.º 1309/2013.
(4)Procede, por tanto, movilizar el FEAG para proporcionar una contribución financiera de 1 818 750 EUR en respuesta a la solicitud presentada por los Países Bajos.
(5)Con el fin de reducir al mínimo el tiempo necesario para movilizar el FEAG, la presente Decisión debe aplicarse a partir de la fecha de su adopción.
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2017, se movilizará el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para proporcionar la cantidad de 1 818 750 EUR en créditos de compromiso y de pago.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del [the date of its adoption].
Hecho en Bruselas, el
Por el Parlamento Europeo
Por el Consejo
El Presidente
El Presidente