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Document 52015AP0327
European Parliament legislative resolution of 6 October 2015 on the draft Council implementing decision on subjecting 5-(2-aminopropyl)indole to control measures (10012/2015 — C8-0186/2015 — 2013/0207(NLE))
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 6 de octubre de 2015, sobre el proyecto de Decisión de Ejecución del Consejo por la que se somete el 5-(2-aminopropil)indol a medidas de control (10012/2015 — C8-0186/2015 — 2013/0207(NLE))
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 6 de octubre de 2015, sobre el proyecto de Decisión de Ejecución del Consejo por la que se somete el 5-(2-aminopropil)indol a medidas de control (10012/2015 — C8-0186/2015 — 2013/0207(NLE))
DO C 349 de 17.10.2017, p. 85–85
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
17.10.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 349/85 |
P8_TA(2015)0327
Decisión de Ejecución por la que se somete el 5-(2-aminopropil)indol a medidas de control *
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 6 de octubre de 2015, sobre el proyecto de Decisión de Ejecución del Consejo por la que se somete el 5-(2-aminopropil)indol a medidas de control (10012/2015 — C8-0186/2015 — 2013/0207(NLE))
(Consulta)
(2017/C 349/16)
El Parlamento Europeo,
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Visto el proyecto del Consejo (10012/2015), |
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Visto el artículo 39, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, modificado por el Tratado de Ámsterdam, y el artículo 9 del Protocolo no 36 sobre las disposiciones transitorias, conforme a los cuales ha sido consultado por el Consejo (C8-0186/2015), |
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Vista la Decisión 2005/387/JAI del Consejo, de 10 de mayo de 2005, relativa al intercambio de información, la evaluación del riesgo y el control de las nuevas sustancias psicotrópicas (1), y en particular su artículo 8, apartado 3, |
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Visto el artículo 59 de su Reglamento, |
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Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0263/2015), |
1. |
Aprueba el proyecto del Consejo; |
2. |
Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento; |
3. |
Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente el texto aprobado por el Parlamento; |
4. |
Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión. |
(1) DO L 127 de 20.5.2005, p. 32.