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Document 52014XG0212(01)
Notice from the Ministry of Economic Development of the Italian Republic pursuant to Article 3(2) of Directive 94/22/EC of the European Parliament and of the Council on the conditions for granting and using authorisations for the prospection, exploration and production of hydrocarbons
Anuncio del Ministerio de Desarrollo Económico de la República Italiana con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
Anuncio del Ministerio de Desarrollo Económico de la República Italiana con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
DO C 41 de 12.2.2014, p. 3–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 41/3 |
Anuncio del Ministerio de Desarrollo Económico de la República Italiana con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
2014/C 41/03
El Ministerio de Desarrollo Económico comunica la recepción de una solicitud de permiso de exploración de hidrocarburos denominada convencionalmente «GALLIA», presentada por la empresa Enel Longanesi Developments Srl, en una zona situada en la región de Lombardía, más concretamente en la provincia de Pavía, delimitada por los arcos de meridiano y paralelo cuyos vértices están determinados por las siguientes coordenadas geográficas:
Vértices |
Coordenadas geográficas |
|
Longitud O Monte Mario |
Latitud N |
|
a |
– 3°48′ |
45°08′ |
b |
– 3°34′ |
45°08′ |
c |
– 3°34′ |
45°04′ |
d |
– 3°48′ |
45°04′ |
Las coordinadas arriba indicadas corresponden a la cartografía nacional realizada por el Istituto Geografico Militare (IGM) (Instituto Geográfico Militar), folio no 58 del mapa de Italia, a escala 1:100 000.
La superficie del área geográfica así definida es de 135,60 km2.
De conformidad con la Directiva antes mencionada, con el artículo 4 del Decreto legislativo no 625 de 25 de noviembre de 1996, con el Decreto ministerial de 4 de marzo de 2011 y con el Decreto directivo de 22 de marzo de 2011, el Ministerio de Desarrollo Económico publica un anuncio para que todas las entidades interesadas puedan presentar solicitudes de permiso de exploración de hidrocarburos en competencia en la misma zona, delimitada por los puntos y las coordenadas antes indicados.
La autoridad competente para conceder el correspondiente permiso de exploración es el Ministerio de Desarrollo Económico, Departamento de Energía, Dirección General de Recursos Mineros y Energéticos, División VI.
Las normas sobre adjudicación de títulos mineros se especifican en los siguientes actos:
Ley no 613 de 21 de julio de 1967, Ley no 9 de 9 de enero de 1991, Decreto legislativo no 625 de 25 de noviembre de 1996, Decreto ministerial de 4 de marzo de 2011 y Decreto directivo de 22 de marzo de 2011.
El plazo para la presentación de candidaturas es de tres meses a partir de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Las candidaturas presentadas fuera de plazo serán desestimadas.
La dirección a la que deben remitirse las candidaturas es:
Ministero dello sviluppo economico |
Dipartimento per l’energia |
Direzione generale delle risorse minerarie ed energetiche |
Divisione VI |
Via Molise 2 |
00187 Roma RM |
ITALIA |
Las solicitudes también podrán enviarse a la dirección de correo electrónico certificado (PEC) siguiente: «ene.rme.div.6@pec.sviluppoeconomico.gov.it», adjuntando la documentación pertinente en formato electrónico junto con la firma electrónica de un representante legal de la empresa solicitante.
En virtud del Decreto no 22 del Presidente del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2010, anexo A, punto 2, el procedimiento único para la adjudicación del permiso de exploración tiene una duración total máxima de 180 días.