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Document 52014PC0184

Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se aprueba la actualización del programa de ajuste macroeconómico de Portugal

/* COM/2014/0184 final - 2014/0102 (NLE) */

52014PC0184

Propuesta de DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO por la que se aprueba la actualización del programa de ajuste macroeconómico de Portugal /* COM/2014/0184 final - 2014/0102 (NLE) */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A petición de Portugal, el Consejo concedió el 17 de mayo de 2011 una ayuda financiera a este país (Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo) en apoyo a un estricto programa económico y de reformas destinado a restablecer la confianza, permitir el regreso de la economía a una senda de crecimiento sostenible y preservar la estabilidad financiera de Portugal, de la zona del euro y de la UE.

De conformidad con el artículo 3, apartado 10, de la Decisión 2011/344/UE, la Comisión, conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y en concertación con el Banco Central Europeo (BCE), ha realizado la undécima evaluación de los progresos realizados en la aplicación de las medidas acordadas, así como de la eficacia e incidencia económica y social de dichas medidas.

Teniendo en cuenta la nueva información de que se dispone, mediante la propuesta [insert reference] la Comisión ha propuesto modificar la Decisión 2011/344/UE.

Es necesaria un nueva Decisión tras la entrada en vigor del paquete de dos instrumentos legislativos («Two Pack») —en concreto, del Reglamento (UE) nº 472/2013—, que también rige las modalidades de modificación de las condiciones de política económica a las que se supedita un programa de ajuste económico. El Reglamento (UE) nº 472/2013 se aplica a los programas de ajuste macroeconómico existentes en la fecha de su entrada en vigor, lo que, como consecuencia, requiere que los ajustes sigan el procedimiento a que se hace referencia en el artículo 7, apartado 5.

2014/0102 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

por la que se aprueba la actualización del programa de ajuste macroeconómico de Portugal

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n° 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre el reforzamiento de la supervisión económica y presupuestaria de los Estados miembros de la zona del euro cuya estabilidad financiera experimenta o corre el riesgo de experimentar graves dificultades[1], y en particular, su artículo 7, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)       El Reglamento (UE) nº 472/2013 se aplica a los Estados miembros que, en el momento de su entrada en vigor, ya reciben una ayuda financiera, en particular, del Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera (MEEF) y/o de la Facilidad Europea de Estabilización Financiera (FEEF).

(2)       Dicho Reglamento establece normas para la aprobación del programa de ajuste macroeconómico de los Estados miembros que reciben ayuda financiera, las cuales deben aplicarse conjuntamente con el Reglamento (UE) nº 407/2010[2], por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera, cuando el Estado miembro recibe ayuda del MEEF y de otras fuentes.

(3)       Se ha concedido una ayuda financiera a Portugal procedente del MEEF, mediante la Decisión de Ejecución 2011/344/UE[3], y de la FEEF.

(4)       Por razones de coherencia, la actualización del programa de ajuste macroeconómico de Portugal en virtud del Reglamento (UE) nº 472/2013 debe aprobarse con arreglo a las disposiciones pertinentes de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE.

(5)       De conformidad con el artículo 3, apartado 10, de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, la Comisión, conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y en concertación con el Banco Central Europeo (BCE), ha realizado la undécima evaluación de los progresos realizados por las autoridades portuguesas en la aplicación de las medidas acordadas en el marco del programa de ajuste macroeconómico, así como de la eficacia e incidencia económica y social de dichas medidas. Como consecuencia de esta evaluación, deben introducirse algunas modificaciones en el actual programa de ajuste macroeconómico.

(6)       Estos cambios se establecen en las disposiciones pertinentes de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE, modificada por la Decisión de Ejecución 2014/[…]/UE del Consejo, de […][4],

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se aprueban las medidas establecidas en el artículo 3, apartados 8 y 9, de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE que debe adoptar Portugal como parte de su programa de ajuste macroeconómico.

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión será la República Portuguesa.

Hecho en Bruselas, el

                                                                       Por el Consejo

                                                                       El Presidente

[1]               DO L 140 de 27.5.2013, p. 1.

[2]               Reglamento (UE) nº 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera (DO L 118 de 12.5.2010, p. 1).

[3]               Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo, de 17 de mayo de 2011, sobre la concesión por la Unión de ayuda financiera a Portugal (DO L 159 de 17.6.2011, p. 88).

[4]               OJ: please insert the number, the date and the OJ publication reference of the document.

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