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Document 52014IR3235

    Dictamen del Comité de las Regiones — La financiación a largo plazo de la economía europea

    DO C 415 de 20.11.2014, p. 1–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.11.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 415/1


    Dictamen del Comité de las Regiones — La financiación a largo plazo de la economía europea

    2014/C 415/01

    Ponente

    Witold Krochmal (PL/AE), Concejal de Wołów

    Documento de referencia

    Comunicación sobre la financiación a largo plazo de la economía europea

    COM(2014) 168 final

    I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

    EL COMITÉ DE LAS REGIONES

    1.

    acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión Europea al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la financiación a largo plazo de la economía europea, que supone el reconocimiento de la financiación a largo plazo de la economía europea como un parámetro esencial para superar la crisis económica y situar a las empresas europeas en la senda de un crecimiento estable y competitivo;

    2.

    considera que las medidas propuestas en la Comunicación contribuirán a establecer principios básicos para la financiación de la economía europea que pueden fomentar la creación de empleo;

    3.

    considera que la financiación a largo plazo de la economía europea contribuirá a aumentar las posibilidades de financiar importantes inversiones en infraestructuras, lo que facilitará la labor de los entes locales y regionales a la hora de poner en práctica esos proyectos;

    4.

    para ello, las fuentes de financiación a largo plazo deben orientarse hacia proyectos económicos que estén en consonancia con los objetivos políticos de la UE y la Estrategia Europa 2020, y a la vez tener en cuenta el paquete de medidas sobre clima y energía para 2030;

    5.

    confía en que una regulación jurídica adecuada del sistema de financiación a largo plazo de la economía europea ayudará a superar la aversión al riesgo de los inversores potenciales;

    6.

    solicita, por lo tanto, un marco político de la UE para promover la calidad de la inversión pública en ámbitos sujetos a la acción de la UE, como se señala en las Conclusiones del Consejo Europeo de diciembre de 2012, donde se pide a los Estados miembros y a las instituciones de la UE que «(aprovechen) las posibilidades que ofrece el marco presupuestario actual de la UE para encontrar un equilibrio entre las necesidades de inversión pública productiva y los objetivos de disciplina presupuestaria en la rama preventiva del PEC» (1);

    7.

    destaca que las condiciones de financiación de la economía real se han visto transformadas de manera importante por la actual crisis financiera, económica y social. En este contexto, las inversiones públicas y privadas a largo plazo se complementan cada vez más. De hecho, la inversión pública no sólo es un estímulo a la inversión privada, sino que constituye con gran frecuencia un requisito previo para crear las condiciones estructurales adecuadas en una economía regional y desempeña un papel de estabilizador automático, es decir, como amortiguador anticíclico en momentos de condiciones económicas negativas. La inversión pública también consiste en la consecución de objetivos de interés general en ámbitos (tales como la educación, la formación, la investigación, las infraestructuras, la salud, el medio ambiente, etc.) en los que se requiere la intervención pública debido a que los beneficios más amplios para la sociedad no son coincidentes con los patrones de inversión privada y, por lo tanto, es probable que las deficiencias del mercado conduzcan a un gasto insuficiente;

    8.

    considera que hay que examinar los mecanismos de financiación como parte de una reforma de la vida laboral en su conjunto. Mediante el desarrollo de unas normas adecuadas es posible establecer las condiciones para una gran reforma de la vida laboral y la creación de puestos de trabajo facilitadas por un entorno digital. Además, de este modo puede aumentarse la capacidad de canalizar el ahorro a través de un sector financiero abierto, seguro y competitivo, todo lo cual reforzará de manera conjunta la competitividad de la industria y la economía europeas;

    Sector bancario

    9.

    destaca que cualquier reglamentación sobre los requisitos de capital en relación con la gestión de la liquidez deberá tener en cuenta el impacto de dicha reglamentación sobre la capacidad de los bancos para conceder préstamos con vencimientos largos;

    10.

    considera que, en algunos Estados miembros, las entidades de crédito municipales y regionales pueden jugar un papel especial en el marco de la financiación a largo plazo, ya que son las que tienen un mejor conocimiento de la economía regional y las que a menudo están mejor situadas para desarrollar políticas de financiación a largo plazo eficientes y eficaces en su región;

    11.

    señala asimismo que el sistema de información financiera –en particular para las PYME– debe ser lo suficientemente transparente y creíble como para permitir también a los bancos que están situados fuera de la región en la que opera la empresa tomar decisiones responsables en materia de apoyo financiero;

    12.

    reitera su apoyo (2) a la propuesta de realizar una reforma estructural del sector bancario europeo (3), separando las actividades financieras en forma de préstamos a las empresas de las actividades especulativas. Esta regulación deberá ayudar a limitar la financiación de operaciones especulativas mediante depósitos y a canalizar los recursos hacia actividades en la economía real;

    Sector de los seguros

    13.

    solicita que se creen condiciones para la financiación a largo plazo de la economía por parte de las compañías de seguros, por ejemplo, mediante inversiones en infraestructuras, PYME y empresas de la economía social;

    14.

    considera que los fondos de pensiones tienen una mayor predisposición a invertir recursos a largo plazo, habida cuenta de que han de cumplir con sus obligaciones a largo plazo. Insta las instituciones de UE y a las autoridades nacionales y regionales a que desarrollen sistemas de garantía que, mediante la reducción de los riesgos, alienten a los inversores a utilizar los recursos de los fondos de pensiones y seguros para la financiación a largo plazo;

    15.

    dado el escaso rendimiento anual de los fondos de pensiones y de los regímenes de seguros de larga duración, como consecuencia, en particular, de la fragmentación nacional de los mercados, pide a la Comisión que contemple la creación de un nuevo producto de ahorro europeo con portabilidad, certificado por un pasaporte europeo para los productos de ahorro-jubilación basado en el modelo de las SICAV. Un sistema de estas características debería garantizar que los productos de pensiones individuales puedan financiar de manera segura y eficiente inversiones a largo plazo;

    16.

    considera que aún no se están aprovechando de manera suficiente las finanzas públicas, lo que se refleja en una tasa de rendimiento demasiado baja de la inversión pública y una capacidad limitada para impulsar la inversión privada, reduciendo así su contribución al crecimiento económico;

    Mercados de capitales

    17.

    considera que, en el marco de los esfuerzos por diversificar las fuentes de financiación de la economía europea, deben crearse unas condiciones óptimas para el desarrollo de los mercados de capitales europeos, con instrumentos financieros estructurados que permitan invertir en las PYME que cotizan en bolsa;

    18.

    considera que es necesario difundir los conocimientos relativos al funcionamiento de los mercados de capitales tanto entre los empresarios como entre los inversores potenciales. En este contexto, es necesaria la cooperación entre las instituciones y agencias de la UE y las autoridades nacionales y regionales sobre medidas actuales para ampliar las posibilidades de apoyo a la economía mediante la aportación de capital, incluidas las PYME;

    19.

    llama la atención sobre el desarrollo de mercados de colocación privada en algunos países de la UE, así como sobre el número creciente de emisores europeos en el mercado de colocación privada de Estados Unidos. Pide a las instituciones de la Unión que adopten normas para suprimir los obstáculos que impiden el desarrollo de estos mercados, en particular los relativos a la información sobre los emisores;

    20.

    insta a la Comisión a que agilice los trabajos conducentes a definir las normas de la UE relativas a la calificación de solvencia y a estudiar la viabilidad de armonizar y mejorar la comparabilidad de los datos sobre las PYME en toda la UE;

    Financiación de las infraestructuras

    21.

    dado que se están agotando las fuentes ordinarias de financiación de las inversiones en infraestructuras, considera que es necesario adoptar un nuevo enfoque con respecto a la financiación, que tenga en cuenta todas las políticas desarrolladas actualmente por la UE. Dicho enfoque deberá tener en cuenta distintas fuentes de financiación, incluidas las de carácter privado, así como el estado de desarrollo de las infraestructuras en los distintos países de la UE;

    22.

    lamenta el escaso nivel de ambición de la Comisión Europea en lo que respecta a la introducción de una cuenta de ahorro europea, dado que se limita a anunciar que «los servicios de la Comisión emprenderán antes de finales de 2014 un estudio de los posibles fallos del mercado y otras deficiencias en relación con los flujos transfronterizos del ahorro, que comprenderá un examen general de los modelos nacionales de cuentas de ahorro y una evaluación de la pertinencia de introducir una cuenta de ahorro de la UE»  (4);

    23.

    insta a los entes regionales y locales a que realicen inversiones estructurales con un nivel de rendimiento lo suficientemente alto como para hacer que la cooperación en la ejecución de proyectos de infraestructuras resulte atractiva para los fondos de inversiones en infraestructuras;

    24.

    considera indispensable la divulgación de buenas prácticas en materia de inversión de capital privado en infraestructuras, tanto entre las instituciones públicas como entre los inversores potenciales. Los ejemplos de buenas prácticas pueden servir para desarrollar modelos de procedimiento que mejoren el proceso de financiación de las infraestructuras;

    25.

    considera que deben apoyarse todas las iniciativas de inversión locales y regionales destinadas a la financiación de infraestructuras mediante capital privado vinculado a la zona de funcionamiento de dichas infraestructuras, ya que esto ayuda considerablemente tanto a los inversores como a los residentes a asumir la responsabilidad de los proyectos y a identificarse con los mismos;

    26.

    está plenamente de acuerdo con la afirmación de que la posibilidad de atraer capital para la financiación a largo plazo de la economía europea depende, en gran medida, del entorno normativo y empresarial de la economía europea, así como de las economías nacionales de los distintos Estados miembros de la UE;

    Observaciones finales

    27.

    considera muy importantes las siguientes medidas enunciadas en la Comunicación para su aplicación por las instituciones de la UE:

    gobierno corporativo articulado en torno a la participación financiera de los trabajadores. Debería contribuir a aumentar la calidad y la eficiencia del trabajo, garantizando una orientación a largo plazo, que es un factor importante para los posibles inversores. Este enfoque con respecto al gobierno corporativo implica una mayor estabilidad laboral, que es importante para las comunidades locales y regionales;

    una información clara y completa sobre el gobierno corporativo, y canales de información fiables, a fin de que los inversores puedan tomar las decisiones adecuadas teniendo en cuenta las necesidades de las PYME, que tienen mayores dificultades para tomar decisiones en materia de inversión debido a su acceso más limitado a servicios de consultoría;

    creación de normas contables que favorezcan las inversiones a largo plazo y que permitan aplicar normas contables simplificadas para las PYME que cotizan en bolsa, manteniendo al mismo tiempo un nivel adecuado de confianza por parte de los inversores;

    establecimiento de un marco contable autónomo para las PYME que no cotizan en bolsa, que debería activar las agrupaciones transfronterizas, cuyo establecimiento se ve obstaculizado por el hecho de que las PYME están sujetas a las normas contables nacionales;

    eliminar la preferencia por la financiación de la deuda de empresas frente a la financiación del capital, mediante la posibilidad de deducir los gastos de captación de capital social, o suprimiendo la deducibilidad de los costes de los intereses;

    acabar con las diferencias jurídicas entre los países, que dificultan las inversiones transfronterizas a largo plazo y, por lo tanto, limitan la capacidad de las empresas para establecerse y desarrollarse, en particular de las PYME, sobre todo las que atraviesan una difícil situación financiera.

    Bruselas, 7 de octubre de 2014.

    El Presidente del Comité de las Regiones

    Michel LEBRUN


    (1)  Conclusiones del Consejo Europeo, de 14 de diciembre de 2012, sobre la realización de la UEM, punto 2.

    (2)  Véase el dictamen del CDR de 26 de junio de 2014 (ECOS-V-055).

    (3)  COM(2014) 043.

    (4)  Comunicación de la Comisión, p. 8.


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