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Document 52013PC0413
Proposal for a COUNCIL DECISION amending Council Directive 2010/18/EU because of the change in status of Mayotte
Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva 2010/18/UE del Consejo debido al cambio de estatuto de Mayotte
Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva 2010/18/UE del Consejo debido al cambio de estatuto de Mayotte
/* COM/2013/0413 final - 2013/0189 (NLE) */
Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva 2010/18/UE del Consejo debido al cambio de estatuto de Mayotte /* COM/2013/0413 final - 2013/0189 (NLE) */
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. CONTEXTO DE LA PROPUESTA Mediante la Decisión 2012/419UE, el Consejo
Europeo modificó el estatuto de Mayotte respecto de la Unión, con efectos a
partir del 1 de enero de 2014. Por lo tanto, a partir de esta fecha Mayotte
dejará de ser territorio de ultramar para convertirse en región ultraperiférica
con arreglo a los artículos 349 y 355, apartado 1, del TFUE. El
Derecho de la Unión se aplicará en Mayotte a partir del 1 de enero de 2014. Esta propuesta se basa en el examen de la solicitud
presentada por las autoridades francesas con vistas a una modificación del
acervo de la Unión, mediante prórroga de la aplicación de la Directiva
2010/18/UE, de 8 de marzo de 2010, por la que se aplica el Acuerdo marco
revisado sobre el permiso parental, celebrado por BUSINESSEUROPE, la UEAPME, el
CEEP y la CES, y se deroga la Directiva 96/34/CE. Esta solicitud de prórroga parece
objetivamente fundada, dada la peculiar situación económica de la isla de
Mayotte: ·
el trabajo asalariado está poco desarrollado y
la tasa de actividad es bastante baja para una población activa de alrededor de
43 200 personas; ·
el 15 % del empleo total pertenece aún a
sectores tradicionales (agricultura alimentaria, pequeños trabajos en la
artesanía y el comercio) que son actividades de subsistencia; ·
el PIB per cápita es inferior en un
30 % a la media de la UE; ·
el aumento progresivo de los derechos sociales
previsto por las autoridades francesas para evitar una posible
desestabilización económica de la isla. El previsto aumento de las cotizaciones
es, por lo tanto, muy lento con un escalonamiento hasta 2036 para la adaptación
de las cotizaciones al Derecho común. 2. RESULTADO DE LAS CONSULTAS DE LAS PARTES
INTERESADAS Y DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO La Comisión no ha llevado a cabo una
evaluación de impacto. No obstante, tras analizar los distintos puntos y, en
particular, la petición de Francia, la Comisión ha mantenido contactos con los
representantes de las autoridades francesas a fin de evaluar mejor las razones
de la medida de prórroga solicitada. 3. ELEMENTOS JURÍDICOS DE LA PROPUESTA De conformidad con el artículo 155,
apartado 2, del TFUE, el Consejo es competente para adoptar las medidas de
aplicación de los acuerdos celebrados a nivel de la Unión entre interlocutores
sociales en el ámbito de la igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo
que respecta a sus oportunidades en el mercado laboral y la igualdad en el
trabajo. La petición francesa de prórroga de
aplicación al 31 de diciembre de 2018 parece fundada, a la vista de la peculiar
situación económica del nuevo departamento de ultramar de Mayotte, que requiere
una adaptación progresiva de la legislación local (mahoresa) a la legislación
francesa y europea, así como un aumento progresivo de los derechos sociales para
evitar cualquier posible desestabilización económica de la isla por culpa de un
aumento no progresivo de los derechos sociales y garantizar la realización
progresiva de la igualdad de trato en el ámbito específico del permiso
parental. Sobre esta base, se propone modificar la
Directiva 2010/18/UE del Consejo, de 8 de marzo de 2010, con el fin de conceder
a Francia un aplazamiento de la aplicación de la misma en Mayotte hasta el 31
de diciembre de 2018. 2013/0189 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva
2010/18/UE del Consejo debido al cambio de estatuto de Mayotte EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea y, en particular, su artículo 155, apartado 2, Vista la propuesta de la Comisión
Europea, Considerando lo siguiente: (1) Mediante Decisión
2012/419/UE[1],
el Consejo Europeo ha decidido modificar el estatuto de Mayotte respecto de la
Unión Europea a partir del 1 de enero de 2014. Por lo tanto, a partir de esta
fecha, Mayotte dejará de ser territorio de ultramar para convertirse en región
ultraperiférica con arreglo a los artículos 349 y 355, apartado 1,
del Tratado. El derecho de la Unión se aplicará en Mayotte a partir de dicha
fecha. Es conveniente fijar determinadas medidas específicas justificadas por
la peculiar situación de Mayotte. (2) Habida cuenta del
peculiar contexto económico y social de Mayotte, en particular, del hecho de
que el trabajo asalariado está poco desarrollado y que la tasa de actividad es
bastante baja, parece apropiado conceder un plazo adicional de aplicación de la
Directiva 2010/18/UE del Consejo, de 8 de marzo de 2010, por la que se aplica
el Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental, celebrado por
BUSINESSEUROPE, la UEAPME, el CEEP y la CES, y se deroga la Directiva 96/34/CE[2], con el fin de
garantizar la realización progresiva de la igualdad de trato en el ámbito
específico del permiso parental y para no desestabilizar el desarrollo
económico de la isla, que permitirá mejorar esta particular situación. (3) Procede, por lo tanto,
modificar la Directiva 2010/18/UE en consecuencia. HA
ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 En el artículo 3, apartado 2,
de la Directiva 2010/18/UE, se añade el párrafo siguiente: «Para el departamento francés de ultramar
de Mayotte, el plazo adicional contemplado en el primer párrafo se ampliará
hasta el 31 de diciembre de 2018.». Artículo 2 El
destinatario de la presente Decisión será la República Francesa. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente [1] DO L 204 de 31.7.2012, p. 131. [2] DO L 68 de 18.3.2010, p. 13.