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Document 52013PC0413

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva 2010/18/UE del Consejo debido al cambio de estatuto de Mayotte

/* COM/2013/0413 final - 2013/0189 (NLE) */

52013PC0413

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se modifica la Directiva 2010/18/UE del Consejo debido al cambio de estatuto de Mayotte /* COM/2013/0413 final - 2013/0189 (NLE) */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.           CONTEXTO DE LA PROPUESTA

Mediante la Decisión 2012/419UE, el Consejo Europeo modificó el estatuto de Mayotte respecto de la Unión, con efectos a partir del 1 de enero de 2014. Por lo tanto, a partir de esta fecha Mayotte dejará de ser territorio de ultramar para convertirse en región ultraperiférica con arreglo a los artículos 349 y 355, apartado 1, del TFUE. El Derecho de la Unión se aplicará en Mayotte a partir del 1 de enero de 2014.

Esta propuesta se basa en el examen de la solicitud presentada por las autoridades francesas con vistas a una modificación del acervo de la Unión, mediante prórroga de la aplicación de la Directiva 2010/18/UE, de 8 de marzo de 2010, por la que se aplica el Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental, celebrado por BUSINESSEUROPE, la UEAPME, el CEEP y la CES, y se deroga la Directiva 96/34/CE.

Esta solicitud de prórroga parece objetivamente fundada, dada la peculiar situación económica de la isla de Mayotte:

· el trabajo asalariado está poco desarrollado y la tasa de actividad es bastante baja para una población activa de alrededor de 43 200 personas;

· el 15 % del empleo total pertenece aún a sectores tradicionales (agricultura alimentaria, pequeños trabajos en la artesanía y el comercio) que son actividades de subsistencia;

· el PIB per cápita es inferior en un 30 % a la media de la UE;

· el aumento progresivo de los derechos sociales previsto por las autoridades francesas para evitar una posible desestabilización económica de la isla. El previsto aumento de las cotizaciones es, por lo tanto, muy lento con un escalonamiento hasta 2036 para la adaptación de las cotizaciones al Derecho común.

2.           RESULTADO DE LAS CONSULTAS DE LAS PARTES INTERESADAS Y DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO

La Comisión no ha llevado a cabo una evaluación de impacto. No obstante, tras analizar los distintos puntos y, en particular, la petición de Francia, la Comisión ha mantenido contactos con los representantes de las autoridades francesas a fin de evaluar mejor las razones de la medida de prórroga solicitada.

3.           ELEMENTOS JURÍDICOS DE LA PROPUESTA

De conformidad con el artículo 155, apartado 2, del TFUE, el Consejo es competente para adoptar las medidas de aplicación de los acuerdos celebrados a nivel de la Unión entre interlocutores sociales en el ámbito de la igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que respecta a sus oportunidades en el mercado laboral y la igualdad en el trabajo.

La petición francesa de prórroga de aplicación al 31 de diciembre de 2018 parece fundada, a la vista de la peculiar situación económica del nuevo departamento de ultramar de Mayotte, que requiere una adaptación progresiva de la legislación local (mahoresa) a la legislación francesa y europea, así como un aumento progresivo de los derechos sociales para evitar cualquier posible desestabilización económica de la isla por culpa de un aumento no progresivo de los derechos sociales y garantizar la realización progresiva de la igualdad de trato en el ámbito específico del permiso parental.

Sobre esta base, se propone modificar la Directiva 2010/18/UE del Consejo, de 8 de marzo de 2010, con el fin de conceder a Francia un aplazamiento de la aplicación de la misma en Mayotte hasta el 31 de diciembre de 2018.

2013/0189 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

por la que se modifica la Directiva 2010/18/UE del Consejo debido al cambio de estatuto de Mayotte

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 155, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)       Mediante Decisión 2012/419/UE[1], el Consejo Europeo ha decidido modificar el estatuto de Mayotte respecto de la Unión Europea a partir del 1 de enero de 2014. Por lo tanto, a partir de esta fecha, Mayotte dejará de ser territorio de ultramar para convertirse en región ultraperiférica con arreglo a los artículos 349 y 355, apartado 1, del Tratado. El derecho de la Unión se aplicará en Mayotte a partir de dicha fecha. Es conveniente fijar determinadas medidas específicas justificadas por la peculiar situación de Mayotte.

(2)       Habida cuenta del peculiar contexto económico y social de Mayotte, en particular, del hecho de que el trabajo asalariado está poco desarrollado y que la tasa de actividad es bastante baja, parece apropiado conceder un plazo adicional de aplicación de la Directiva 2010/18/UE del Consejo, de 8 de marzo de 2010, por la que se aplica el Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental, celebrado por BUSINESSEUROPE, la UEAPME, el CEEP y la CES, y se deroga la Directiva 96/34/CE[2], con el fin de garantizar la realización progresiva de la igualdad de trato en el ámbito específico del permiso parental y para no desestabilizar el desarrollo económico de la isla, que permitirá mejorar esta particular situación.

(3)       Procede, por lo tanto, modificar la Directiva 2010/18/UE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2010/18/UE, se añade el párrafo siguiente:

«Para el departamento francés de ultramar de Mayotte, el plazo adicional contemplado en el primer párrafo se ampliará hasta el 31 de diciembre de 2018.».

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.

Hecho en Bruselas, el

                                                                       Por el Consejo

                                                                       El Presidente

[1]               DO L 204 de 31.7.2012, p. 131.

[2]               DO L 68 de 18.3.2010, p. 13.

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