Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52011DC0186

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Evaluación intermedia del programa conjunto Eurostars

    /* COM/2011/0186 final */

    52011DC0186

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Evaluación intermedia del programa conjunto Eurostars /* COM/2011/0186 final */


    [pic] | COMISIÓN EUROPEA |

    Bruselas, 8.4.2011

    COM(2011) 186 final

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

    Evaluación intermedia del programa conjunto Eurostars

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

    Evaluación intermedia del programa conjunto Eurostars

    CONTEXTO

    El programa conjunto Eurostars tiene por objetivo apoyar a las PYME que realizan actividades de I + D cofinanciando sus proyectos de investigación orientados al mercado y dotándolas del necesario marco jurídico y organizativo. Se basa en una cooperación europea a gran escala entre los Estados miembros en el campo de la investigación aplicada y la innovación en cualquier ámbito tecnológico o industrial. Ha sido establecido por todos los Estados miembros de la UE[1] y 6 países asociados al Séptimo Programa Marco[2], en el contexto de Eureka, organización intergubernamental europea encargada de respaldar las actividades de I+D próxima al mercado[3].

    Mediante Decisión de 9 de julio de 2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, la UE decidió participar en la financiación de Eurostars[4] con una contribución de hasta 100 millones EUR para el período 2008-2013[5], equivalente a la tercera parte como máximo de las contribuciones efectivas de los Estados miembros participantes y los demás países participantes. El Secretariado de Eureka es responsable tanto de la ejecución del programa como de recibir, asignar y supervisar la contribución financiera de la UE.

    La Decisión mencionada (en lo sucesivo denominada «la Decisión Eurostars») se basa en el artículo 185 del TFUE (antiguo artículo 169 del Tratado CE) que, en la ejecución del programa marco plurianual, permite coordinar los programas nacionales de investigación a través de un proceso voluntario de integración entre los Estados miembros, que cubre los aspectos científicos, financieros y de gestión.

    En la Decisión Eurostars, el Parlamento Europeo y el Consejo mencionan, en particular, la importancia de las PYME para el crecimiento y la competitividad de Europa, la necesidad de que los Estados miembros y la Comisión refuercen la eficacia y complementariedad de los programas nacionales y europeos de apoyo a las PYME[6], la importancia de promover la innovación industrial (incluidos los vínculos con Eureka, en especial con referencia a las PYME) y la importancia de coordinar los programas nacionales para el desarrollo del Espacio Europeo de Investigación (EEI).

    En su reciente Comunicación sobre la iniciativa emblemática «Unión por la innovación»[7], adoptada en el contexto de la nueva estrategia de crecimiento de la UE «Europa 2020»[8], la Comisión confirmó la importancia de las PYME, especialmente de las que tienen un elevado potencial de crecimiento, siendo capaces de convertir fácilmente los resultados en productos y servicios nuevos. Estas PYME constituyen la espina dorsal de la economía europea y contribuyen considerablemente a su competitividad y crecimiento. Se asumió el compromiso inequívoco de diseñar los programas de investigación e innovación de la UE de manera que quedaran garantizados un acceso sencillo de las PYME y una mayor participación de estas. Para alcanzar este objetivo, la Comisión mencionaba también la necesidad de recurrir en mayor medida a las asociaciones con las agencias de los Estados miembros, apoyándose en particular en la experiencia de la iniciativa Eureka-Eurostars.

    El Consejo Europeo ha insistido en la necesidad de racionalizar los instrumentos de financiación de la investigación y la innovación de la UE, incluidos los destinados a las PYME[9]. Actualmente, el apoyo a las PYME se encuentra muy disperso y la Comisión Europea está reconsiderándolo globalmente. Reconociendo la importancia de las PYME para impulsar la innovación en la Unión Europea, el Consejo Europeo ha invitado a la Comisión a explorar la viabilidad de un plan de investigación para la innovación en la pequeña empresa, dentro de un ejercicio general de evaluación encaminado a satisfacer las necesidades de las empresas innovadoras en rápido crecimiento a través de un enfoque basado en el mercado.

    La «revisión del presupuesto»[10] propuso que todos los instrumentos relacionados con la investigación y la innovación de la UE se conjuntaran en un marco estratégico común para la financiación de la investigación y la innovación[11], concepto que ha recibido el respaldo del Consejo Europeo y que pretende mejorar la eficiencia de la financiación de la investigación y la innovación a nivel nacional y de la UE, haciendo posible una financiación sin discontinuidades en todo el sistema de innovación y una racionalización de los instrumentos, con la eliminación de eventuales repeticiones.

    La Decisión Eurostars exige que se lleve a cabo una evaluación intermedia a los dos años de iniciado el programa. Esta evaluación corrió a cargo de un grupo de expertos independientes («el Grupo»), presidido por la Sra. Laperrouze, antigua diputada europea y vicepresidenta de la comisión ITRE.

    Basándose en una amplia documentación, estudios de caso, informes de países y entrevistas con las PYME y las partes interesadas, el informe de evaluación provisional (en lo sucesivo denominado, «el Informe») presentó un análisis de los principales aspectos (operativos y estratégicos) del programa Eurostars, así como recomendaciones a corto y largo plazo. El Grupo examinó en particular el progreso realizado hacia la consecución de los principales objetivos de Eurostars, a saber, respaldar a las PYME que efectúan I+D y aproximar y sincronizar los programas nacionales de investigación e innovación.

    El presente informe contiene las opiniones de la Comisión sobre las principales recomendaciones formuladas por los expertos.

    EVALUACIÓN INTERMEDIA DEL GRUPO DE EXPERTOS INDEPENDIENTES: OBSERVACIONES DE LA COMISIÓN

    Con arreglo al artículo 13, apartado 2, de la Decisión Eurostars, la evaluación intermedia debe valorar los avances hacia los objetivos fijados en el anexo 1 de la Decisión e incluir recomendaciones sobre la mejor manera de reforzar la integración científica, administrativa y financiera , evaluar la capacidad de las PYME que realizan actividades de I + D para acceder al programa conjunto Eurostars , y evaluar la calidad y eficacia de su ejecución .

    El Informe del Grupo cubrió todos estos aspectos, aportando un elevado número de datos, observaciones y recomendaciones. La Comisión considera que el Informe en su totalidad[12] forma parte integrante del proceso de evaluación intermedia previsto en el artículo 13, apartado 2. Por consiguiente, la Comisión comentará en las siguientes secciones solamente los resultados o recomendaciones más importantes en relación con los próximos pasos, y sobre ellos centrará sus observaciones.

    Avance de Eurostars hacia sus objetivos

    Necesidad de Eurostars

    El Grupo indicó que está llegándose realmente a la población objetivo de PYME europeas que realizan I+D, en consonancia con el objetivo principal expuesto en el anexo 1 de la Decisión Eurostars, y que esta población representa un nicho sostenible desde la perspectiva de la demanda. El programa, con su peculiar combinación de características, parece responder a necesidades reales de las PYME que realizan I+D y ha atraído un elevado número de solicitudes, de modo que el número de proyectos aprobados rebasa las dotaciones presupuestarias iniciales. Dado que el enfoque abierto con respecto a la innovación se está generalizando rápidamente y que se reconoce la importancia de la I+D para el rendimiento de las PYME, el Grupo considera probable que aumente la demanda de colaboración internacional en la I+D por parte de las PYME. Por consiguiente, el Grupo recomienda que Eurostars prosiga después de 2013 y que en la siguiente edición de este programa la Comisión Europea prepare una propuesta que permita aumentar el presupuesto, recurriendo a cláusulas de flexibilidad, para dar respuesta a la creciente demanda .

    La Comisión saluda el gran interés de las PYME por Eurostars. Será interesante ver si se mantiene este nivel de demanda y si los países de Eurostars son capaces de satisfacerla. Además, la mayoría de las PYME que participan actualmente han tomado ya parte en la investigación internacional, según se explica en la sección 2.3. Podría discutirse si este constituye el grupo objetivo previsto. Los debates sobre la futura dotación presupuestaria de Eurostars deben desarrollarse a la luz de la futura evolución del programa y, en último término, en el contexto global del futuro marco estratégico común para la financiación de la investigación y la innovación y de las conclusiones del Consejo Europeo de 4 de febrero de 2011.

    Impacto socioeconómico de Eurostars

    El programa Eurostars es muy joven, y por ello es escaso el número de proyectos concluidos. Según reconoce el Grupo, es difícil apreciar cualitativamente el impacto midiendo la adicionalidad de un proyecto (adicionalidad de recursos, de resultados, de comportamientos) en ausencia de datos concretos, la mayoría de los cuales se recogen cuando este termina.

    Una estimación precisa de la adicionalidad exige aplicar las técnicas adecuadas, para las que hacen falta datos específicos que el Grupo ha enumerado en sus recomendaciones y que deben recoger el Secretariado de Eureka y los organismos de financiación nacionales.

    La Comisión saluda las recomendaciones sobre los indicadores de impacto y sobre los datos necesarios, que deben llevar a una mejor evaluación del impacto de los proyectos creados por Eurostars. Insta al Secretariado de Eureka a desarrollar esos indicadores y a recoger esos datos, sin que ello imponga, empero, un trabajo de notificación excesivo a las PYME. La Comisión los tendrá en cuenta con vistas a la evaluación final, que tendrá lugar en 2013 con arreglo a la Decisión Eurostars. Resultará esencial que en ese momento pueda entenderse perfectamente el impacto de Eurostars sobre el negocio de las PYME participantes.

    F inanciación de los proyectos admisibles

    Con relación a los recursos de Eurostars para el periodo anterior a 2013 , el Grupo observó que los fondos disponibles para cada convocatoria no bastan para financiar todos los proyectos que han superado el umbral de la evaluación. El Grupo recomienda a la Comisión Europea y a los Estados miembros que aporten fondos suficientes para que pueda financiarse una proporción mayor de los proyectos que rebasan el umbral de evaluación de Eurostars .

    La Comisión está de acuerdo con esta recomendación, en la medida en que permitiría financiar la totalidad de los mejores proyectos con arreglo al principio del fondo común. Según se menciona en la Decisión Eurostars, «la asignación de fondos de la contribución comunitaria y de los presupuestos nacionales destinados a los proyectos Eurostars seleccionados se efectuará según el orden de la lista de clasificación». No obstante, dado el modo de funcionamiento del actual modelo de financiación (no centralizado), parece poco probable que un aumento del presupuesto vaya a generar un aumento equivalente del número de proyectos financiados. Esto solo puede conseguirse si los países de Eurostars aportan los fondos suficientes para financiar todos los proyectos mejor clasificados. Además, la Comisión observa que los datos actuales sobre los fondos comprometidos efectivamente por los organismos de financiación nacionales demuestran que hasta ahora solo se ha utilizado una modesta parte del presupuesto. Es preciso también tener en cuenta el impacto de la actual crisis financiera sobre la disponibilidad de fondos en muchos Estados miembros.

    La Comisión sugiere, por lo tanto, estudiar soluciones alternativas, tales como endurecer los criterios de evaluación de proyectos, según propone el Grupo, o reafectar presupuesto de las convocatorias futuras a las actuales, con la posibilidad de transferir de un año a otro el presupuesto no gastado.

    Seguir reforzando la integración científica, financiera y de la gestión

    El Grupo afirmó que, conceptualmente, Eurostars ha exhibido un buen nivel de integración de los programas nacionales en los tres aspectos (científico, financiero y de gestión), estableciendo los principales órganos y procedimientos previstos en la Decisión.

    No obstante, quedan pendientes mejoras para conseguir el nivel de integración deseado en la ejecución, en especial en las áreas siguientes: armonización de los porcentajes nacionales y de las normas nacionales de financiación, sincronización y reducción del plazo para la firma del contrato y armonización de las prácticas de presentación de informes. Estos aspectos, vinculados más profundamente a los aspectos operativos o de ejecución de Eurostars, se abordan en la sección 2.4.

    El Grupo recomienda abordar estas importantes cuestiones a través de la elaboración de una hoja de ruta con hitos mensurables que facilite el seguimiento y la implantación del proceso de integración, así como del establecimiento de un grupo de trabajo permanente para el intercambio de buenas prácticas.

    La Comisión acepta las recomendaciones del Grupo con vistas a acelerar más aún el proceso de integración. La Comisión invita a los países de Eurostars a tener en cuenta el objetivo de integración del programa conjunto Eurostars mediante una mayor armonización y simplificación de la normativa sobre admisibilidad de proyectos y la adaptación de las prácticas de financiación y pago.

    Además, el Grupo indicó y comentó nuevos «ámbitos susceptibles de mejora» (que se enumeran más abajo) que la Comisión considera fundamentales para el éxito completo y a largo plazo del programa, por encontrarse en el mismo núcleo de la construcción de Eurostars.

    Cumplimiento de las normas de Eurostars: criterios de admisibilidad comunes y acuerdos bilaterales firmados

    Aun sin referirse a países concretos, el Grupo señala que los criterios de admisibilidad de Eurostars deben aplicarse universalmente en todos los países participantes. No debe permitirse que un país imponga condiciones que vayan más allá de dichos criterios. También recomienda que los acuerdos bilaterales con el Secretariado de Eureka los firmen todos los organismos de financiación nacionales[13] .

    La Comisión respalda plenamente esta recomendación para el Secretariado de Eureka y los países de Eurostars. Es prioritario finalizar el proceso de firma de los acuerdos bilaterales restantes. Debe garantizarse que los criterios de admisibilidad de Eurostars sean condición necesaria y suficiente para que cualquier proyecto participante sea financiado en cualquier país participante. El cumplimiento de las normas de Eurostars resulta esencial para desbloquear plenamente el gran potencial del programa, fortalecer su credibilidad a largo plazo y facilitar el proceso de integración. La Decisión Eurostars prevé que se respeten un conjunto de criterios comunes y un conjunto de normas comunes para financiar los proyectos seleccionados que forman parte de una lista ordenada común siguiendo el orden dado. La Comisión subraya la necesidad de cumplir íntegramente este compromiso a fin de garantizar el éxito a largo plazo del programa.

    El «fondo común virtual» (FCV)

    Eurostars ha iniciado el programa partiendo de un modelo de financiación de «fondo común virtual», lo que significa que los países y regiones pagan a sus participantes aplicando la normativa nacional existente y un principio de «justa compensación». Sin embargo, con arreglo al Acuerdo de Delegación, el Secretariado debe proponer a medio plazo, dentro del proceso de integración financiera, medidas concretas que permitan avanzar hacia un «fondo común real».

    El Grupo considera que el FCV ha constituido un principio organizativo adecuado para la financiación de la actividad de Eurostars. Pese a ello, también observa que el hecho de que a un país participante se le acabe el presupuesto asignado puede afectar negativamente a todos los proyectos posteriores cuyos participantes requieran financiación de dicho país.

    El Grupo recomienda que Eurostars siga organizándose en torno a un principio de «fondo común virtual». No obstante, recomienda también que el programa conjunto Eurostars experimente con la posibilidad de asignar un 10 % de los fondos totales atribuidos a un fondo común real, que se utilizaría para financiar los proyectos bien clasificados que corran el peligro de no obtener fondos por problemas en un país .

    La Comisión reconoce los méritos del «fondo común virtual» en esta fase del programa Eurostars. Sin embargo, le preocupa que la aplicación continuada del mismo como modelo de financiación pueda ocasionar un desequilibrio en los porcentajes de éxito de los países de Eurostars en función de la disponibilidad de financiación nacional, pues el programa debería ofrecer «igualdad de oportunidades» a las PYME de todos los países y basarse plenamente en el principio de excelencia.

    Como ya se indicó claramente con motivo de la adopción del Programa Conjunto de Investigación y Desarrollo sobre el Mar Báltico (BONUS) basado en el artículo 185 del TFUE (antiguo artículo 169 del Tratado CE) el «fondo común real», aunque no sea un objetivo en sí mismo, constituye uno de los medios de garantizar la excelencia y el compromiso financiero de los Estados miembros para todas las iniciativas relacionadas con la financiación y colaboración transfronterizas, que sigue siendo crucial para progresar en la realización del Espacio Europeo de Investigación.

    Por lo tanto, la Comisión apoya la recomendación de someter a prueba este enfoque del «fondo común real» parcial, a más tardar en 2013. La Comisión invita al Secretariado de Eureka a proponer otras medidas pertinentes que contribuyan al mismo fin. Todo ello se ajusta al principio de que para cualquier iniciativa del artículo 185 es preciso el compromiso pleno, tanto financiero como político, de los Estados miembros, pues constituye una condición imprescindible para la recepción de fondos europeos.

    Capacidad de las PYME que realizan I+D para acceder a Eurostars

    Sobre la base de un completo análisis en el que se utilizaron en particular los datos de la encuesta a los solicitantes de registro de Eurostars[14] y de la encuesta de la Comunidad sobre la innovación[15], el Grupo llegó a tres conclusiones: Eurostars es fácilmente accesible y los solicitantes comprenden fácilmente sus normas, el coste de presentar una solicitud es razonable y las herramientas disponibles son fáciles de utilizar.

    El programa parece atraer principalmente a PYME embarcadas ya en colaboraciones internacionales. Aun cuando parece que su potencial para facilitar la colaboración internacional en I+D basada en experiencias previas es elevado, hay pocos testimonios de relaciones totalmente nuevas, por lo que el impacto sobre la generación de nuevas asociaciones es limitado.

    El Grupo recomienda que el Secretario de Eureka y los coordinadores nacionales de programa de Eureka traten, de aquí a 2013, de llegar a las PYME que no poseen vínculos internacionales preexistentes.

    La Comisión acepta esta recomendación, considerando que se supone que Eurostars debe complementar las oportunidades que ofrecen a las PYME los instrumentos existentes para la realización de investigación internacional y que el principio de transparencia, esencial para que el programa tenga un impacto satisfactorio, debe ser plenamente respetado.

    Invita al Secretariado de Eureka y a los países de Eurostars a afrontar este problema y encontrar la manera de atraer a nuevas PYME haciendo que el programa resulte más accesible y transparente. En el futuro, debe hacerse más hincapié en trabajar con las PYME que posean el perfil requerido que en reclutar a más PYME.

    La Comisión trabajará para facilitar la interacción y la creación de sinergias con otras iniciativas de la UE que presten apoyo a la creación de redes entre los proponentes potenciales, incluidas las PYME sin experiencia en investigación internacional.

    Calidad y eficiencia en la ejecución de Eurostars

    Según lo previsto en un régimen de gestión centralizada indirecta, el Secretariado de Eureka, en calidad de estructura de ejecución especializada, es plenamente responsable de la gestión y la ejecución operativa y financiera de Eurostars. En su análisis de las diferentes actividades que incluye la ejecución del programa (convocatorias, evaluación, financiación, gestión de proyectos, seguimiento), el Grupo considera que el proceso se desarrolla sin problemas. No obstante, indica algunos ámbitos susceptibles de mejora, principalmente relacionados con el proceso de evaluación: el Grupo encontró una complejidad evidente, en primer lugar en la asignación de los fondos nacionales a los proyectos, y en segundo, en las negociaciones de los contratos entre los solicitantes seleccionados y los organismos de financiación nacionales.

    Proceso de evaluación centralizada

    La evaluación sigue un procedimiento en dos etapas: una primera evaluación por los expertos técnicos y una segunda por el panel de evaluación independiente, que efectúa asimismo la clasificación general de las propuestas.

    En relación con los expertos técnicos, el Grupo recomienda que el Secretariado de Eureka tome las medidas necesarias para conseguir, antes de que finalice 2013, que aumente su número manteniendo, no obstante, un elevado nivel de conocimientos y mejorando el equilibrio dentro del conjunto de expertos entre, por un lado, los conocimientos técnicos y los del mercado y, por otro, su procedencia geográfica entre los países participantes.

    En relación con el panel de evaluación independiente, el Grupo recomienda que se conceda más tiempo a sus miembros para que puedan analizar con más precisión las propuestas que van a clasificarse y que aporten información más precisa y sistemática a los solicitantes de los proyectos y a los expertos técnicos.

    Como el Informe acertadamente señala, el éxito de Eurostars depende de la credibilidad del proceso de evaluación en su conjunto. Tres aspectos de dicho proceso destacan en lo que a esto se refiere: imparcialidad, calidad y diligencia.

    La Comisión coincide plenamente con las recomendaciones precedentes. En particular, es necesario que los expertos dispongan de los conocimientos necesarios para evaluar también el impacto socioeconómico de los proyectos, que es uno de los rasgos distintivos de Eurostars.

    La Comisión recuerda que la transparencia de la totalidad del proceso constituye un principio clave que está en la base de la Decisión Eurostars. Por consiguiente, aprueba plenamente la petición del Grupo de mejorar la calidad de la información que los evaluadores aportan a los solicitantes.

    La Comisión insta al Secretariado de Eureka a tomar las medidas necesarias para mejorar la calidad de las evaluaciones, partiendo de la selección y contratación de los expertos, utilizando por ejemplo un enlace con la herramienta por la que se solicita convertirse en experto en la página web pública de Eurostars que sea más fácil de utilizar y movilizando a los coordinadores nacionales de programa de Eureka para llevar a cabo estas tareas.

    Financiación descentralizada: plazo para la firma el contrato

    Una segunda serie de recomendaciones operativas que deben aplicarse a más tardar en 2013 hacen referencia al proceso de financiación, en el que el nivel nacional se convierte en protagonista. El Grupo considera que el proceso de ejecución varía enormemente de un país a otro. Es importante para Eurostars lograr un elevado nivel de armonización entre los países para conseguir un rendimiento operativo homogéneo y reforzar la eficiencia global del programa. La fase de negociación entre un solicitante y su organismo de financiación nacional, que se inicia en el momento en que una propuesta ha sido seleccionada para su financiación, es la que resulta más complicada, en opinión del Grupo.

    El Grupo considera que reducir el plazo para la firma del contrato (definido como el tiempo que transcurre entre la fecha límite de una convocatoria y la firma del acuerdo de subvención) debe seguir siendo una de las prioridades básicas de todas las partes interesadas en el programa Eurostars, y se invita a los países participantes a aplicar las medidas necesarias .

    El Grupo sugiere también posibles medidas para reducir el mencionado plazo: rápida iniciación de la evaluación financiera por parte del nivel nacional; seguimiento por el Secretariado e interacción con los países más lentos; plazos comunes y más estrictos para la firma de los acuerdos de consorcio y de subvención.

    La Comisión está de acuerdo con las recomendaciones que preceden e insta a los países de Eurostars a adelantar lo más posible los procesos en las administraciones nacionales. El objetivo, según lo previsto en el Acuerdo de Delegación[16] entre la Comisión Europea y el Secretariado de Eureka, era firmar, mediado el programa, cada acuerdo de subvención con los participantes en un proyecto a más tardar seis meses después de la fecha límite. Compartiendo plenamente la opinión del Grupo, la Comisión insta al Secretariado a proseguir sus esfuerzos de vigilancia del plazo para la firma del contrato y de identificación de las mejores prácticas.

    CONCLUSIONES

    En sus primeros años, Eurostars ha puesto de manifiesto sus grandes posibilidades como programa de interés para las PYME que realizan I+D, a las que ayuda a innovar. Por lo tanto, la Comisión seguirá respaldando el programa actual hasta 2013 según lo previsto.

    Toda vez que el programa se inició en 2008, su rendimiento operativo debe mejorar todavía. En lo que a esto se refiere, la medida clave para el éxito es una reducción sustancial del plazo para la firma del contrato.

    Desde una perspectiva más amplia, es preciso reforzar el proceso de integración de los programas nacionales participantes. Por ello, el Secretariado de Eureka y los países de Eurostars deberían redoblar sus esfuerzos para acelerar la armonización de las normas nacionales, respetando plenamente los criterios y procedimientos comunes de admisibilidad y evaluación de Eurostars.

    Por último, la Comisión tomará parte activa en los debates sobre una posible continuación del actual programa Eurostars en el contexto del próximo período de programación, sin perjuicio de la preparación del marco estratégico común para la financiación de la investigación y la innovación y del marco financiero plurianual de la UE, teniendo en cuenta el contexto político más amplio de la iniciativa emblemática «Unión por la innovación» y las conclusiones del Consejo Europeo de 4 de febrero de 2011.

    [1] Eurostars incluía inicialmente a 26 Estados miembros. Con la incorporación de Malta en octubre de 2010, participan ya en él todos los Estados miembros de la UE.

    [2] Decisión nº 1982/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativa al Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007 a 2013) (DO L 412 de 30.12.2006, p. 1). Los países asociados son Croacia, Islandia, Israel, Noruega, Suiza y Turquía.

    [3] EUREKA fue creado por una Conferencia de Ministros de 17 países y miembros de la Comisión de las Comunidades Europeas en una reunión celebrada en Paris el 17 de julio de 1985.

    [4] Decisión nº 743/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre la participación de la Comunidad en un programa de investigación y desarrollo, emprendido por varios Estados miembros, destinado a apoyar a las PYME que realizan actividades de investigación y desarrollo (DO L 201 de 30.7.2008, p. 58).

    [5] La contribución de la UE procede del presupuesto del 7º PM asignado a la «Investigación en beneficio de las PYME» dentro del programa específico «Capacidades».

    [6] Conclusiones del Consejo, 25-26 de noviembre de 2004.

    [7] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 6.10.2010, «Iniciativa emblemática de Europa 2020 Unión por la innovación» (COM(2010)546 final).

    [8] Comunicación de la Comisión de 3.3.2010, «Europa 2020» Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador (COM(2010) 2020 final.

    [9] Conclusiones del Consejo Europeo de 4 de febrero de 2011.

    [10] Revisión del presupuesto de la UE – COM(2010) 700.

    [11] Libro Verde «Del reto a la oportunidad: hacia un marco estratégico común para la financiación de la investigación y la innovación por la UE» COM(2011) 48.

    [12] Informe publicado en http://ec.europa.eu/research/evaluations/index_en.cfm?pg=fp7-evidence dentro del apartado Other FP7 Panel Evaluations .

    [13] Son siete los Acuerdos Bilaterales aún no firmados.

    [14] El Secretariado de Eureka puso en marcha en mayo de 2010 una encuesta a los 3 182 solicitantes de registro de Eurostars de las fechas límite 1 a 3. Se obtuvieron 442 respuestas. Los resultados de esta encuesta fueron puestos a disposición del grupo de expertos.

    [15] El Grupo utilizó diferentes olas de la encuesta de la Comunidad sobre la innovación.

    [16] Acuerdo de Delegación del programa conjunto Eurostars (30-CE-0270684/00-14) de 19.6.2009 entre la Comisión Europea y el Secretariado de Eureka AISBL.

    Top