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Document 52011AP0134

    Participación de Ucrania en programas de la Unión *** Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 6 de abril de 2011 , sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Protocolo del Acuerdo de colaboración y cooperación por el que se establece una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, relativo a un Acuerdo Marco entre la Unión Europea y Ucrania sobre los principios generales para la participación de Ucrania en programas de la Unión (13604/2010 – C7-0401/2010 – 2010/0218(NLE))

    DO C 296E de 2.10.2012, p. 177–177 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    2.10.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 296/177


    Miércoles 6 de abril de 2011
    Participación de Ucrania en programas de la Unión ***

    P7_TA(2011)0134

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 6 de abril de 2011, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Protocolo del Acuerdo de colaboración y cooperación por el que se establece una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, relativo a un Acuerdo Marco entre la Unión Europea y Ucrania sobre los principios generales para la participación de Ucrania en programas de la Unión (13604/2010 – C7-0401/2010 – 2010/0218(NLE))

    2012/C 296 E/33

    (Aprobación)

    El Parlamento Europeo,

    Visto el proyecto de Decisión del Consejo (13604/2010),

    Visto el proyecto de Protocolo del Acuerdo de colaboración y cooperación por el que se establece una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, celebrado el 14 de junio de 1994 (1), relativo a un Acuerdo Marco entre la Unión Europea y Ucrania sobre los principios generales para la participación de Ucrania en programas de la Unión (13962/2010),

    Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con los artículos 114, 168, 169, 172, 173, apartado 3, 188 y 192, y el artículo 218, apartado 6, párrafo 2, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7-0401/2010),

    Vistos el artículo 81 y el artículo 90, apartado 8, de su Reglamento,

    Vista la recomendación de la Comisión de Asuntos Exteriores (A7-0063/2011),

    1.

    Concede su aprobación a la celebración del Protocolo;

    2.

    Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento, al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y a Ucrania.


    (1)  DO L 49 de 19.2.1998, p. 3.


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