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Document 52010DC0107
Draft amending budget n° 1 to the general budget 2010 Statement of revenue and expenditure by section Section I - Parliament
Proyecto de presupuesto rectificativo n° 1 al presupuesto general 2010 estado de ingresos y de gastos por sección Sección I - Parlamento
Proyecto de presupuesto rectificativo n° 1 al presupuesto general 2010 estado de ingresos y de gastos por sección Sección I - Parlamento
/* COM/2010/0107 final */
Proyecto de presupuesto rectificativo n° 1 al presupuesto general 2010 estado de ingresos y de gastos por sección Sección I - Parlamento /* COM/2010/0107 final */
[pic] | LA COMISIÓN EUROPEA | Bruselas, 19.3.2010 COM(2010)107 final PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N° 1 AL PRESUPUESTO GENERAL 2010 ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓNSección I - Parlamento(presentado por la Comisión) PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N° 1AL PRESUPUESTO GENERAL 2010 ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓNSección I - Parlamento(presentado por la Comisión) Vistos: - el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 314, en relación con el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular, su artículo 106 bis , - la Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas[1], - el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[2] y, en particular, su artículo 37, - el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio presupuestario 2010 adoptado el 17 de diciembre de 2009, - el proyecto de estado de previsiones para un presupuesto rectificativo 2010 adoptado por el Parlamento Europeo el 25 de febrero de 2010, La Comisión Europea presenta a la Autoridad Presupuestaria el proyecto de presupuesto rectificativo n° 1 al presupuesto de 2010 por las razones que se indican en la exposición de motivos. ÍNDICE 1. Introducción 4 2. Incidencia para el Parlamento Europeo de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa 4 3. Cuadro sinóptico por rúbricas del Marco Financiero 5 CAMBIOS EN EL ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN Los cambios en el estado de ingresos y de gastos por sección están disponibles en Eurlex (http://eur-lex.europa.eu/budget/www/index-es.htm). A título informativo, se adjunta como anexo presupuestario una versión inglesa de los cambios en dichos estados por sección. 1. Introducción Durante el procedimiento presupuestario de 2010, se acordó, con vistas al uso del margen disponible de la Rúbrica 5, dar prioridad a la financiación de gastos adicionales que se derivan directamente de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa por el que se modifica el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Esto implicaba que, en caso de que fuera necesario, los gastos adicionales correspondientes se consignarían a través de un presupuesto rectificativo posterior a la adopción del presupuesto inicial de 2010. Se puso de relieve que, en tal caso y en la mayor medida posible, la redistribución de recursos existentes debía examinarse en profundidad antes de proceder a cualquier solicitud de recursos adicionales. El proyecto de presupuesto rectificativo (PPR) n° 1 para el año 2010 cubre el impacto que para el Parlamento Europeo tiene la entrada en vigor del Tratado de Lisboa según lo adoptado en su proyecto de declaración de previsiones. La incidencia financiera neta de este presupuesto rectificativo es de 9,4 millones EUR en créditos de compromiso y de pago adicionales con cargo a la Rúbrica 5 del Marco Financiero Plurianual. 2. Incidencia para el Parlamento Europeo de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa La entrada en vigor del Tratado de Lisboa tendrá un impacto, directa o indirectamente, en todo el abanico de servicios del Parlamento Europeo. Los recursos presupuestarios y humanos adicionales necesarios para que el Parlamento pueda desempeñar su nuevo papel como colegislador en pie de igualdad con el Consejo se obtendrán a través de este presupuesto rectificativo para 2010. El Parlamento Europeo pone de relieve la excelencia legislativa como prioridad del Parlamento y la necesidad de dotar a los miembros, comités y grupos políticos de los medios necesarios para lograrlo. Se ha propuesto concentrar los esfuerzos en aumentar el apoyo ofrecido a los europarlamentarios, que podrán así consolidar su papel como legisladores. Por lo tanto, la propuesta se refiere a los siguientes elementos: - refuerzo de las secretarías de los comités mediante la creación de 70 puestos adicionales y de la dirección para las relaciones con los parlamentos nacionales mediante la creación de 5 puestos adicionales, con un total de 75 puestos adicionales, - refuerzo de la ayuda personal a los europarlamentarios a través de un aumento en sus asignaciones para gastos de secretaría, - refuerzo de la capacidad de asistencia de los grupos políticos a través de la creación de 75 puestos temporales adicionales, Los créditos necesarios para las medidas propuestas ascienden a 13,4 millones EUR, de los cuales 4 millones EUR proceden de la reserva para edificios y se solicitan 9,4 millones EUR como créditos adicionales. 3. Cuadro si NÓPTICO POR RÚBRICAS DEL MARCO FINANCIERO Marco Financiero Rúbrica/Subrúbrica | Marco Financiero 2010 | Presupuesto 2010 | PPR nº 1/2010 | Presupuesto 2010 (incluido el PPR nº 1) | |CC |CP |CC |CP |CC |CP |CC |CP | | 1. CRECIMIENTO SOSTENIBLE | | | | | | | | | | 1a. Competitividad para el crecimiento y el empleo |14 167 000 000 | |14 861 853 253 |11 342 270 803 | | |14 861 853 253 |11 342 270 803 | |1b. Cohesión para el crecimiento y el empleo |49 388 000 000 | |49 387 592 092 |36 384 885 000 | | |49 387 592 092 |36 384 885 000 | | Total | 63 555 000 000 | |64 249 445 345 |47 727 155 803 | | |64 249 445 345 |47 727 155 803 | | Margen[3] | | |-194 445 345 | | | |-194 445 345 | | | 2. CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES | | | | | | | | | | Incluidos gastos de mercado y pagos directos |47 146 000 000 | |43 819 801 768 |43 701 207 586 | | |43 819 801 768 |43 701 207 586 | | Total | 59 955 000 000 | |59 498 833 302 |58 135 640 809 | | |59 498 833 302 |58 135 640 809 | | Margen | | |456 166 698 | | | |456 166 698 | | | 3. CIUDADANÍA, LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA | | | | | | | | | | 3a. Libertad, Seguridad y Justicia |1 025 000 000 | |1 006 487 370 |738 570 370 | | |1 006 487 370 |738 570 370 | |3b. Ciudadanía |668 000 000 | |668 000 000 |659 387 500 | | |668 000 000 |659 387 500 | | Total | 1 693 000 000 | |1 674 487 370 |1 397 957 870 | | |1 674 487 370 |1 397 957 870 | | Margen[4] | | |18 512 630 | | | |18 512 630 | | | 4. LA UNIÓN EUROPEA COMO ACTOR MUNDIAL[5] |7 893 000 000 | | 8 141 006 470 |7 787 695 183 | | | 8 141 006 470 |7 787 695 183 | | Margen | | | 875 530 | | | | 875 530 | | | 5. ADMINISTRACIÓN[6] |7 882 000 000 | |7 889 055 335 |7 888 550 335 |9 397 164 |9 397 164 |7 898 452 499 |7 897 947 499 | | Margen | | | 72 944 665 | | | | 63 547 501 | | | TOTAL | 140 978 000 000 |134 289 000 000 |141 452 827 822 |122 937 000 000 |9 397 164 |9 397 164 |141 462 224 986 |122 946 397 164 | | Margen | | |549 054 178 |11 680 882 000 | | |539 657 014 |11 671 484 836 | | [1] DO L 163 de 23.6.2007, p.17. [2] DO L 248 de 16.9.2002, p. 1. [3] El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) no está incluido en el cálculo del margen de la Subrúbrica 1ª (500 millones EUR). Los 195 millones EUR por encima del techo se financian mediante la movilización del Instrumento de flexibilidad. [4] El importe del Fondo de Solidaridad de la UE se consignará por encima de las rúbricas correspondientes, como así lo prevé el AI de 17 de mayo de 2006 (DO C 139 de 14.6.2006). [5] El margen de 2010 para la Rúbrica 4 no tiene en cuenta los créditos vinculados a la Reserva de Ayuda de Emergencia (248,9 millones EUR). [6] Para el cálculo del margen dentro del techo de la Rúbrica 5 se tiene en cuenta la nota a pie de página nº 1 del Marco Financiero 2007-2013, con un importe de 80 millones EUR de las contribuciones del personal al régimen de pensiones.