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Document 52009AE1953

    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Comercio y seguridad alimentaria» (Dictamen exploratorio)

    DO C 255 de 22.9.2010, p. 1–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    22.9.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 255/1


    458A SESIÓN PLENARIA DE LOS DÍAS 16 Y 17 DE DICIEMBRE DE 2009

    Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Comercio y seguridad alimentaria»

    (Dictamen exploratorio)

    (2010/C 255/01)

    Ponente: Mario CAMPLI

    Coponente: Jonathan PEEL

    Mediante carta del 21 de enero de 2009, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Margot Wallström, Vicepresidenta de la Comisión Europea, solicitó al Comité Económico y Social Europeo que elaborara un dictamen exploratorio sobre el tema:

    «Comercio y seguridad alimentaria».

    La Sección Especializada de Relaciones Exteriores, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 19 de noviembre de 2009 (ponente: Mario Campli; coponente: Jonathan Peel).

    En su 458o Pleno de los días 16 y 17 de diciembre de 2009 (sesión del 16 de diciembre), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 191 votos a favor, 1 voto en contra y 6 abstenciones el presente Dictamen.

    1.   Conclusiones y recomendaciones

    1.1   Conclusiones

    1.1.1   El CESE considera derechos cívicos fundamentales el derecho a la alimentación y el derecho de la sociedad civil a intervenir en todos los aspectos de esta cuestión; asimismo, considera que la seguridad alimentaria mundial es uno de los derechos humanos fundamentales.

    1.1.2   Hoy en día, en un mundo que produce lo suficiente para alimentar al conjunto de la población, más de mil millones de personas carecen de acceso a una cantidad suficiente de alimentos. La causa fundamental de esta situación de inseguridad alimentaria es la pobreza, en un contexto de desmembración de las economías, tradiciones alimentarias e infraestructuras locales de mercado como consecuencia de las estrategias internacionales seguidas desde los años ochenta.

    1.1.3   El CESE es consciente de que el comercio regulado puede contribuir, en el ámbito de políticas complementarias de desarrollo para reducir la pobreza y aumentar la renta, a que determinadas personas y grupos dejen de encontrarse en una situación de inseguridad alimentaria, sobre todo mediante el desarrollo de los mercados regionales.

    1.1.4   El recurso encubierto a medidas proteccionistas no ayuda a conseguir la seguridad alimentaria mundial, puesto que obra en detrimento de la necesaria flexibilidad y obstaculiza, sobre todo en África, cualquier forma de integración regional concreta.

    1.1.5   El CESE considera que un comercio regulado debe integrar en su proceso decisorio y de aplicación los principios del derecho a la alimentación, y que los Estados deben abstenerse de contraer compromisos internacionales que resulten incompatibles con estos principios.

    1.1.6   El CESE es consciente de que las políticas destinadas a garantizar la autosuficiencia alimentaria resultan económicamente onerosas y no coherentes con un planteamiento de gobernanza mundial. Al mismo tiempo, reconoce que el planteamiento de la soberanía alimentaria constituye un derecho legítimo de los pueblos a formular de manera autónoma las políticas que permitan garantizar su propia seguridad alimentaria y alimentar sosteniblemente su población, en el respeto de la soberanía alimentaria de los demás.

    1.1.7   El CESE reitera la necesidad de reformar los instrumentos, los organismos y las políticas de gobernanza mundial de la seguridad alimentaria y del comercio con arreglo al principio y la aplicación práctica de la coherencia de las políticas en favor del desarrollo.

    1.1.8   El CESE considera que todas las estrategias posibles y útiles destinadas a luchar contra la pobreza y aumentar la seguridad alimentaria podrán lograr resultados positivos y estables, siempre que avancen al mismo tiempo los procesos democráticos y se consolide el Estado de Derecho en los países en situación de inseguridad alimentaria.

    1.2   Recomendaciones

    1.2.1   El CESE, con referencia a un planteamiento político mundial, recomienda de manera general:

    1.2.1.1   a la Unión Europea, que ponga en práctica el «Consenso europeo sobre el desarrollo», al objeto de seguir una estrategia política única que pueda ser reconocida por los socios mundiales y promueva una reforma profunda del sistema FAO-PMA-FIDA;

    1.2.1.2   a la Unión Europea, que integre estructuralmente los principios del derecho a la alimentación en sus políticas comerciales y que emprenda una oportuna acción de concertación con los demás miembros de la OMC, a fin de integrar estructuralmente dichos principios en las negociaciones multilaterales;

    1.2.1.3   a la Unión Europea, que investigue cómo pueden supervisarse, en el contexto de las políticas sobre la responsabilidad social de las empresas (RSC), las actividades económicas y comerciales de las sociedades europeas o con sede en la UE, en lo que se refiere a su repercusión en la seguridad alimentaria mundial; a este respecto, el CESE se compromete a elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema «La industria agroalimentaria europea en el mundo: estrategias, retos y buenas prácticas»;

    1.2.1.4   a la Unión Europea, que prevea en los futuros acuerdos de asociación económica (AAE) y en los acuerdos de libre comercio, un papel institucional para la sociedad civil al igual que en el Acuerdo Cariforum-CE;

    1.2.1.5   a las instituciones financieras internacionales, que establezcan una adecuada reglamentación de los mercados financieros que impida la especulación sobre los productos agrarios;

    1.2.1.6   a las organizaciones internacionales en los ámbitos de la sanidad pública y el medio ambiente, que desalienten las dietas que hagan un uso excesivo de proteínas animales;

    1.2.1.7   a la comunidad internacional, la creación de un sistema de reservas alimentarias internacionales que pueda coordinarse estrechamente con el sistema de alerta precoz instaurado por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO);

    1.2.1.8   a la comunidad internacional, que revise la clasificación de las Naciones Unidas para una clara diferenciación entre los países en desarrollo con una renta media e inferior y los países menos avanzados;

    1.2.1.9   a todos los países miembros de la OMC y, sobre todo, a la Unión Europea, que integren en los mandatos de negociación los análisis de impacto y los puntos vulnerables concretos de cada país y grupo específico de personas;

    1.2.1.10   a los miembros de la OMC, que den su visto bueno a las medidas temporales de restricción de las exportaciones que, al permitir una eficaz contención de los precios de los alimentos en los países en desarrollo, ayuden a hacer frente a la aparición de crisis alimentarias que afecten a grupos sociales específicos;

    1.2.1.11   a los gobiernos de los países en desarrollo, que permitan a las organizaciones de agricultores participar de manera estable en la programación del desarrollo agrícola y refuercen todos los métodos de organización de la producción concebidos por los agricultores, así como los apoyados por los trabajadores y consumidores.

    1.2.2   El CESE, con referencia específica a las negociaciones de los AAE (acuerdos de asociación económica) en curso, recomienda a la UE que:

    1.2.2.1   favorezca, sobre todo en África, una mayor integración regional, no sólo como factor determinante del fomento del desarrollo y la seguridad alimentaria, sino también como elemento clave de la revisión del Acuerdo de Cotonú prevista para 2010;

    1.2.2.2   garantice la sinergia entre las diversas iniciativas de integración regional que se superponen y entre los diferentes AAE provisionales y los acuerdos globales;

    1.2.2.3   procure que las negociaciones puedan adecuarse rápidamente a la capacidad y al potencial de los países ACP (Estados de África, del Caribe y del Pacífico), garantizando resultados inmediatos en ámbitos como la simplificación de las normas de origen;

    1.2.2.4   anime al mayor número posible de países ACP a que consideren la agricultura y el desarrollo rural como sectores prioritarios;

    1.2.2.5   aumente aún más la suma de más de 2 000 millones de euros, asignada por la UE en concepto de ayuda al comercio y a la asistencia en materia comercial, habida cuenta de las consecuencias de la crisis económica;

    1.2.2.6   fomente el desarrollo y el crecimiento de las industrias de transformación africanas, que aportan un gran valor añadido, en particular las que producen alimentos, sobre todo mediante la mejora de las infraestructuras;

    1.2.2.7   favorezca de modo significativo la investigación y el desarrollo tecnológico a nivel local, sobre todo en los sectores vinculados a la agricultura.

    1.2.3   El CESE, con referencia específica a las negociaciones de la Ronda de Doha para el Desarrollo (RDD) de la OMC en curso, recomienda:

    1.2.3.1   a los países miembros de la OMC, que aprovechen la revisión estratégica de la política comercial para reactivar el debate sobre el modo en que deberán desarrollarse las futuras negociaciones en materia de comercio agrícola –en cuyo contexto deberá reconocerse de forma específica el requisito de la seguridad alimentaria– y la forma que deberá tomar en el futuro la asistencia técnica a los países en desarrollo;

    1.2.3.2   a los países miembros de la OMC, que concluyan la RDD (Ronda de Doha para el desarrollo) antes de 2010, tal como ha solicitado el G-20, a fin de demostrar el compromiso adquirido con el desarrollo y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM);

    1.2.3.3   a la Unión Europea, que consolide las concesiones ya obtenidas por los países en desarrollo en lugar de intentar conseguir nuevas concesiones para sí misma;

    1.2.3.4   a la Unión Europea, que amplíe la iniciativa «Todo menos armas» (TMA) a todos los países que, según la FAO, se encuentran en situación de «crisis alimentaria» o de «alto riesgo», aunque no formen parte de los países menos avanzados (PMA) o los países ACP;

    1.2.3.5   a la Unión Europea, que adopte medidas comerciales para fomentar una mayor seguridad alimentaria como, por ejemplo, una aplicación anticipada del acuerdo propuesto por la OMC para «facilitar los intercambios», así como la asistencia sanitaria y fitosanitaria o el apoyo a los pequeños agricultores independientes que no forman parte de la cadena de suministro controlada.

    2.   La seguridad alimentaria ante la doble crisis

    2.1   Definiciones

    2.1.1   El CESE se muestra de acuerdo con la definición de la seguridad alimentaria establecida en la Cumbre Mundial de la Alimentación (1996) y universalmente aceptada, según la cual existe seguridad alimentaria cuando «todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos a fin de llevar una vida activa y sana».

    2.1.2   Por consiguiente, el CESE hace hincapié en que la seguridad alimentaria es un problema complejo en relación con el cual procede tener en cuenta, al mismo tiempo, los cuatro aspectos siguientes:

    a)

    disponibilidad de una cantidad suficiente de alimentos;

    b)

    acceso físico, económico y social;

    c)

    utilización correcta;

    d)

    estabilidad en términos de disponibilidad, acceso y utilización.

    2.2   La situación actual y las dos crisis (alimentaria y financiera)

    2.2.1   Un análisis de la inseguridad alimentaria pone de relieve las siguientes características principales (1): a) está aumentando y actualmente, tras las dos crisis, afecta a más de mil millones de personas; b) está cada vez más concentrada (afecta al 89 % de la población en Asia, el Pacífico y el África subsahariana); c) sigue siendo de carácter muy rural (el 70 % de las personas que padecen inseguridad alimentaria residen en zonas rurales), si bien está creciendo su componente urbano y suburbano.

    2.2.2   La acción conjunta de la crisis de los precios agrícolas y de la crisis financiera es la causa principal del reciente aumento del número de personas que padece inseguridad alimentaria. Además, tienden a multiplicarse las catástrofes que inciden en la seguridad alimentaria. Entre los desastres provocados por el hombre, los de carácter socioeconómico son, sin embargo, cada vez más importantes respecto de las guerras y los conflictos.

    2.2.3   Los precios de los productos agrarios se han caracterizado por fluctuaciones en el curso de los últimos treinta años, con una tendencia, no obstante, decreciente en términos reales. La subida registrada por los precios en 2007-2008 fue particularmente drástica tanto por su magnitud como por su rapidez (en poco más de doce meses, el índice de precios de los productos alimentarios de la FAO aumentó cerca del 60 %). Sin embargo, hay que tener en cuenta que los precios, incluso en el momento más álgido de la crisis (marzo de 2008), se mantuvieron por debajo de los máximos históricos registrados a principios de los años setenta.

    2.2.4   En cuanto a la evolución más reciente, cabe subrayar que, tras el estallido de la burbuja especulativa, los precios agrícolas registraron un descenso considerable, si bien se mantienen a un nivel superior al registrado antes de la crisis de 2007-2008.

    2.2.5   El CESE destaca que a esta evolución fluctuante de los precios y a su considerable y creciente volatilidad contribuyen, asimismo, factores estructurales, coyunturales e incluso especulativos.

    2.2.6   El CESE observa, en particular, una estrecha correlación entre la reciente evolución de los precios agrícolas y el precio del petróleo, que influye al mismo tiempo en los costes de producción de la agricultura y la conveniencia de producir biocarburantes, sobre todo mediante ayudas públicas.

    2.2.7   También intervienen en la crisis alimentaria otros factores, como la gradual disminución de las inversiones agrícolas y la escasa productividad crónica de las explotaciones agrícolas en los países pobres, la urbanización acelerada, el aumento de las rentas en determinados países emergentes (China e India), lo que incita a la población a consumir más productos cárnicos, y el desmantelamiento de los sistemas de reservas alimentarias.

    2.2.8   El CESE subraya que esta nueva realidad se traduce en una mayor tendencia, por parte del capital especulativo y los fondos de inversiones, incluidos los europeos, a incluir en sus carteras valores relacionados con productos agrarios, lo que acentúa la volatilidad de los precios y genera distorsiones en los mercados de futuros.

    2.2.9   El CESE insiste, por lo tanto, que a falta de una reforma rápida y profunda de los mercados financieros, durante los próximos meses y en el futuro, los precios de los productos agrarios volverán a verse sometidos a una fuerte especulación, lo que podría tener consecuencias potenciales para el aumento de la inseguridad alimentaria.

    2.2.10   La crisis financiera sumada a la de los precios de los productos agrarios ha dado lugar, en los países en desarrollo, a procesos concatenados como, por ejemplo, una reducción de los flujos de capitales de inversión exteriores, una disminución de las remesas, la imposibilidad de poner en marcha programas gubernamentales de gasto público, una tendencia a volver a las «ayudas supeditadas», una disminución de las inversiones nacionales, un aumento de la pobreza y una reducción de las siembras, con la perspectiva de cosechas menos abundantes y una nueva subida de los precios de los alimentos.

    2.2.11   Las categorías sociales más afectadas son las que presentan mayores factores de vulnerabilidad: la población rural sin tierras, las familias en las que el cabeza de familia es la mujer y los urbanitas pobres. Por lo que respecta a los diferentes países, los más afectados son los caracterizados por una dependencia estratégica de las importaciones, lo que pone de relieve la necesidad vital de un desarrollo agrario local.

    2.2.12   El CESE, a la vista de cuanto antecede, subraya que urge proceder a un aumento de los recursos financieros internacionales destinados al desarrollo; a este respecto el Comité sostiene la idea de imponer gravámenes a las transacciones financieras (2), cuya recaudación podría destinarse a las intervenciones para la seguridad alimentaria.

    2.2.13   Asimismo, es fundamental un uso diferente de los recursos del Fondo Europeo de Desarrollo (FED), por parte de los países ACP, a fin de aumentar la seguridad alimentaria; ciertamente, si bien el 70 % de las personas que padecen actualmente inseguridad alimentaria se encuentran en zonas rurales, los gobiernos de los países ACP han asignado al desarrollo rural sólo el 7,5 % de los recursos del 9o Fondo Europeo de Desarrollo (2000-2007) y solamente el 1,5 % a actividades claramente relacionadas con la agricultura.

    2.3   Nuevos problemas

    2.3.1   Un análisis a largo plazo de la inseguridad alimentaria exige un conocimiento del contexto de otros fenómenos emergentes y estructuralmente relacionados entre sí:

    el agua: el vínculo entre la seguridad alimentaria y la cuestión del agua quedó plasmado en la Resolución de las Naciones Unidas de 20 de abril de 2001; es necesario que el concepto de «derecho de acceso al agua» sea objeto de reconocimiento político y jurídico, ya que el acceso al agua potable es una condición fundamental para la salud pública y constituye un complemento de una alimentación cualitativamente adecuada;

    la tierra «en liquidación»: recientemente, un nuevo fenómeno de carácter económico y político ha empezado a contribuir a la escasez de tierras de cultivo: a saber, las adquisiciones de grandes extensiones de tierra por parte de Estados, empresas privadas y fondos de inversiones, que se hacen con el control de la producción e incluso amenazan la independencia de otros Estados (3). Por consiguiente, es urgente concebir un marco jurídico bilateral y multilateral, que defina un reparto equitativo de los beneficios, con referencia al trabajo, a las normas medioambientales, al desarrollo tecnológico y a la seguridad alimentaria del país afectado;

    el clima: las personas más afectadas por el cambio climático son los pequeños agricultores con una menor capacidad de adaptación y los operadores del sector pesquero en los países en desarrollo;

    los biocarburantes: el CESE ya ha subrayado en anteriores dictámenes el impacto de la producción de biocarburantes sobre el aumento de los precios de los alimentos y la volatilidad de los mismos;

    la cuestión demográfica: durante estos últimos años, el crecimiento demográfico mundial no se ha visto acompañado de un aumento correspondiente de la productividad agrícola, dadas las escasas inversiones realizadas en este sector; por lo tanto, siguen siendo determinantes las políticas demográficas específicas, sobre todo en los países expuestos a un mayor riesgo.

    3.   Derecho a la alimentación

    3.1   El CESE hace hincapié en que, junto con los instrumentos de gestión de las tendencias de los mercados y sus instituciones específicas, se necesita una nueva normativa internacional. La acción combinada de la plena afirmación del derecho de los pueblos y el aumento gradual de la eficacia de los instrumentos de la economía de mercado podría proporcionar un nuevo marco estratégico para regular la compleja cuestión de la seguridad alimentaria.

    3.2   Esta estrategia dará resultados positivos y duraderos, siempre que vaya acompañada de una consolidación del proceso democrático y del Estado de Derecho en los países que padecen inseguridad alimentaria.

    3.3   El CESE acoge favorablemente la definición del derecho a la alimentación como el derecho a tener acceso, de manera regular, permanente y libre, sea directamente, sea mediante compra en dinero, a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones culturales de la población a que pertenece el consumidor y que garantice una vida psíquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y digna (4). Esta definición está estrechamente relacionada con el concepto de seguridad alimentaria que se recoge en el primer párrafo del «Plan de Acción de la Cumbre Mundial de la Alimentación» y se examina en el punto precedente del presente dictamen.

    3.4   En noviembre de 2004 los Estados miembros de la FAO se dotaron de «directrices voluntarias» (5) para interpretar tal derecho social, económico y cultural y recomendar las acciones específicas que convendría emprender para la concreta realización del derecho a la alimentación.

    3.5   En la actualidad, diversos países cuentan con una Constitución que menciona expresamente el derecho a la alimentación, aunque pocos han adoptado leyes que obliguen a respetar este derecho. Entre estos últimos, se encuentran Sudáfrica y Brasil, que incluso han adoptado una legislación ordinaria que reconoce que el derecho a la alimentación y al agua puede constituir el fundamento de una acción judicial (interposición de recursos ante los tribunales, etc.).

    3.6   Profundizando en este sentido, en su misión ante la OMC, el relator especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la alimentación expuso cuatro líneas directrices (6): el papel del comercio debe definirse en relación con los derechos humanos y los objetivos de desarrollo; se ha de destacar la importancia que reviste un marco multilateral para los intercambios comerciales; se requiere un cambio de perspectiva que permita evaluar el impacto de la liberalización en función de las necesidades de las personas que padecen inseguridad alimentaria y no sobre la base de valores agregados (como el PIB por habitante); se ha de integrar de forma duradera en las negociaciones el impacto en la salud, la alimentación y el medio ambiente. Los Estados deberían, por lo tanto, abstenerse de contraer compromisos internacionales que resulten incompatibles con estos objetivos prioritarios.

    3.7   En consecuencia, algunos Estados han empezado a desarrollar estrategias precisas y a considerar la seguridad alimentaria como un bien público. Por su parte, muchos países en desarrollo han reclamado medidas concretas a fin de mantener su seguridad alimentaria mediante la introducción de la categoría «desarrollo/seguridad alimentaria» en el acuerdo sobre la agricultura. Otros países, en el curso de las negociaciones, han propuesto la introducción de una «cláusula de seguridad alimentaria» que reconozca las necesidades particulares de seguridad alimentaria. Con arreglo a esta «cláusula», el programa de negociación podría incluir posibles exenciones que otorgarían a determinados países mayor autonomía a la hora de proteger su producción básica de alimentos, considerando que la seguridad alimentaria es un fundamento esencial de la seguridad nacional.

    3.8   El CESE pide a la UE una iniciativa política decidida con vistas a una adhesión formal a los principios del derecho a la alimentación y la integración en los futuros mandatos de negociación del carácter imperativo del derecho a la alimentación, tal como lo han definido las Naciones Unidas.

    4.   Comercio y seguridad alimentaria

    4.1   Interdependencia y consecuencias

    4.1.1   El CESE reconoce la importancia que revisten unos mercados internacionales abiertos y regulados para la mejora de la producción agrícola mundial.

    4.1.2   El CESE expresa, no obstante, su preocupación por la creciente vulnerabilidad de determinados países que, como consecuencia de la especialización, son cada vez más dependientes de los mercados internacionales. La seguridad alimentaria puede verse amenazada por una dependencia excesiva de la evolución de los precios de las exportaciones y de los productos alimenticios importados, que se han mostrado especialmente volátiles en los últimos años.

    4.1.3   Además, es evidente que la apertura de los mercados no sólo tiene efectos que están lejos de ser neutros en términos de suministro, sino que genera costes de adaptación que a menudo resultan insostenibles para determinados estratos de la población.

    4.1.4   El CESE subraya que la apertura de los mercados puede abrir perspectivas importantes de desarrollo rural gracias al crecimiento de las exportaciones, siempre que se tomen medidas para abordar la falta de equilibrio entre las fuerzas del mercado en toda la cadena de producción, así como las deficiencias tecnológicas, institucionales o de infraestructuras, que podrían transformar en consecuencias negativas el impacto positivo de la apertura de los mercados en términos de acceso a los alimentos.

    4.1.5   La mayoría de las personas en situación de inseguridad alimentaria son pequeños propietarios de tierras o trabajadores agrícolas. Al no disponer de créditos, infraestructuras ni conocimientos tecnológicos o mercantiles, estas personas en particular no están precisamente capacitadas para adaptar su modo de producción y aprovechar las posibilidades de desarrollo ofrecidas por la apertura de los mercados.

    4.1.6   El CESE llama la atención sobre el fenómeno de la creciente concentración del comercio mundial de productos alimentaros en un número reducido de operadores, especialmente en el sector de los cereales. El CESE observa con preocupación que se trata de un fenómeno en expansión en todo el sector agroindustrial alimentario, empezando por el estratégico sector de las semillas.

    4.1.7   El CESE constata que la apertura de los mercados puede acentuar tales tendencias de tipo oligopolístico, si dicho proceso no se gestiona y regula convenientemente. Por consiguiente, es necesario preservar la competitividad de los mercados en el pleno respeto de las normas de competencia.

    4.1.8   Por lo tanto, los vínculos entre el comercio y la seguridad alimentaria son numerosos y tienen efectos diferenciados. Por lo general, los análisis econométricos demuestran que, a falta de otras políticas y medidas complementarias, el crecimiento económico inducido por el proceso de liberalización del comercio no basta por sí solo para reducir de forma significativa el número de personas que vive en condiciones de pobreza e inseguridad alimentaria.

    4.1.9   Una estrategia mundial de seguridad alimentaria debería articularse, por lo tanto, en torno a las siguientes actuaciones y políticas: reducción de la pobreza y aumento de las rentas; políticas de bienestar y de protección social; políticas agrícolas y desarrollo rural; investigación y desarrollo; comercio y desarrollo integrado regional; ayuda alimentaria; políticas demográficas y lucha contra la corrupción.

    4.2   Negociaciones comerciales: problemas y retos actuales

    4.2.1   Deberían adoptarse medidas inmediatas en el marco de las negociaciones de la OMC (Ronda de Desarrollo de Doha), por lo que es esencial reactivar el Programa de Doha para el Desarrollo (PDD) con el fin de demostrar que se ha contraído un compromiso subyacente y finalizar estas negociaciones antes de 2010 con arreglo a lo que propone el G-20.

    4.2.2   La Comisión afirma que la política comercial está llamada a desempeñar un importante papel en la resolución de la crisis alimentaria, pero que no constituye el factor principal. En este contexto, son factores clave el cambio climático, la inestabilidad política y la falta de seguridad, la ausencia de gobierno y de Estado de Derecho, la corrupción, el crecimiento demográfico y las crisis económica y energética, por no hablar de las crecientes amenazas que se ciernen sobre el suministro de agua en mucha partes del planeta y el aumento del precio de los carburantes. No obstante, la política comercial, utilizada de modo apropiado, podría paliar el problema, aunque la situación también podría verse agravada por una utilización indebida de la misma. Además, es importante hacer una clara distinción entre la ayuda alimentaria urgente y la seguridad alimentaria más a largo plazo.

    4.2.3   El CESE observa que, bajo la presión de la crisis alimentaria y financiera, algunos países han adoptado medidas proteccionistas (en 2008 se notificaron a la OMC más de sesenta de estas medidas) que a largo plazo no ayudan a conseguir la seguridad alimentaria, no garantizan la necesaria flexibilidad, obstaculizan, especialmente en África, toda integración regional efectiva y son incompatibles con un planteamiento global para la seguridad alimentaria.

    4.2.4   Ahora bien, tal como se subrayó en el Informe del CESE (7) elaborado con motivo del 10o Seminario regional ACP-UE, celebrado en junio de 2009 en Gaborone, los intercambios comerciales internacionales de productos agrícolas y alimenticios sólo representan entre el 10 y el 11 % (en términos de tonelaje) de las reservas de alimentos disponibles a nivel mundial.

    4.2.5   A pesar de ello, es necesario examinar la política comercial de la UE, tanto a corto como a más largo plazo. A corto plazo, cabe mencionar, sobre todo, las estancadas negociaciones de la Ronda de Desarrollo de Doha de la OMC, así como la serie de negociaciones comerciales bilaterales de la UE previstas en la Comunicación de la Comisión «Una Europa global», de octubre de 2006, y las negociaciones de los AAE en curso con países ACP. En cuanto a estas últimas negociaciones, hasta la fecha sólo se ha celebrado un AAE con el Cariforum, eso sí, con consecuencias significativas para la futura participación de la sociedad civil. Sin embargo, los AAE celebrados con otros países ACP también desempeñarán un importante papel.

    4.2.6   Más a largo plazo, resulta fundamental una revisión estratégica. Convendría reconocer de forma específica el requisito de la seguridad alimentaria. Se debería volver a entablar el debate sobre el tipo de equilibrio (especialmente entre los países desarrollados y los países en desarrollo, teniendo en cuenta el cambio climático, la escasez de agua prevista y otros problemas análogos) que idealmente se requiere para las futuras negociaciones de la OMC sobre agricultura. A este respecto, también debería determinarse qué tipo de asistencia técnica debería prestarse en el futuro a los países en desarrollo y si procede continuar con el acuerdo de «compromiso único», que a menudo resulta perjudicial para estos países. La asistencia técnica debería destinarse al desarrollo de la capacidad de los países o las regiones para formular y negociar la política comercial, en lugar de su simple capacitación para afrontar todo lo relacionado con la aplicación.

    4.2.7   A corto plazo, es importante examinar qué instrumentos comerciales son los más válidos en un sistema comercial abierto y regulado para alcanzar los objetivos de lucha contra el incremento de la inseguridad alimentaria en los países más pobres, contribuir a realizar el primer Objetivo de Desarrollo del Milenio (ODM 1), con el fin de reducir el número de personas que sufren desnutrición y aumentar la producción mundial de alimentos para satisfacer la demanda prevista.

    4.2.8   La FAO enumera aparte a diecisiete países en condiciones de inseguridad alimentaria, que describe como «en situación de crisis alimentaria», y a otros diecisiete que tienen «un elevado riesgo». De estos 34 países (8), 23 son miembros de la OMC, otros 25 son PMA y 25 son países ACP. Algunos de estos países son miembros de la OMC desde hace tiempo, aunque desempeñan un papel limitado en las negociaciones del PDD, mientras que otros, como Kenia y Zimbabue, están atravesando momentos difíciles. Kenia es el país que más participa en las negociaciones. Actualmente, Nicaragua es el único país que participa en las negociaciones bilaterales entabladas en el marco del programa «Una Europa global», pero la mayoría participa en las negociaciones de AAE.

    4.2.9   Dada la inclusión de algunos países en desarrollo en el G-20, el CESE considera que debe revisarse la clasificación de las Naciones Unidas al objeto de establecer una clara distinción entre los países en desarrollo de renta media y los países menos avanzados.

    4.2.10   En cuanto a las negociaciones del Programa de Doha para el Desarrollo (PDD) sobre agricultura:

    para todas las partes negociadoras, un retorno a los pilares de la ayuda interna y la ayuda a las exportaciones en aras de una mayor seguridad alimentaria sería inapropiado;

    en lo que respecta al tercer pilar y el acceso a los mercados, tampoco es necesario cambiar radicalmente el enfoque de la UE. Este pilar engloba los niveles de reducción arancelaria previstos y otros aspectos agrícolas importantes que han llevado al callejón sin salida actual del PDD, aunque se realizaron avances significativos a finales de 2008 en numerosos ámbitos, incluidas las nuevas facilidades para los «países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios», lo que el Comité acoge con especial satisfacción;

    el Comité insta a la UE a que acepte y consolide las concesiones ya hechas en ámbitos clave como el mecanismo de salvaguardias especiales (que permite a los países en desarrollo incrementar los aranceles de forma provisional en caso de aumento de las importaciones y hundimiento de los precios), el de los productos especiales (que permite a los países en desarrollo aplicar reducciones arancelarias menos importantes, en particular por motivos de seguridad alimentaria) o los contingentes arancelarios, en vez de insistir en un acuerdo más sólido a costa de los países en desarrollo. No obstante, estas medidas no deben suponer una amenaza para el desarrollo del comercio Sur-Sur;

    el Comité insta, asimismo, a la UE a que su iniciativa «Todo menos armas» (que ya representa un logro significativo) y las concesiones previstas para los 49 PMA en materia de franquicia de los derechos de aduanas en el marco del PDD se hagan extensivas a los otros nueve (9) países que figuran en la lista de la FAO, salvo que resulte inaceptable desde el punto de vista político, con arreglo a los AAE provisionales y con la posibilidad de incluir a los países que la FAO decida añadir a su lista. Con esta actitud la UE puede contribuir mejor, por lo que se refiere a los instrumentos comerciales previstos por el PDD, a una mayor seguridad alimentaria a nivel mundial.

    4.2.11   Sin embargo, el Comité estima que es mediante las negociaciones de AAE en curso como la Comisión puede contribuir de la mejor forma posible a la seguridad alimentaria mundial, especialmente en vista de la revisión del Acuerdo de Cotonú prevista para 2010.

    4.2.12   La UE considera, acertadamente, que el comercio es uno de los seis ámbitos prioritarios de su política de desarrollo. En estas negociaciones, la UE y los países ACP intentarán concluir siete nuevos acuerdos comerciales de carácter regional y compatibles con las reglas de la OMC, a fin de eliminar progresivamente las barreras comerciales y reforzar la cooperación en todos los ámbitos relacionados con el comercio. El comercio se percibe, sobre todo, como una herramienta de desarrollo. Cabe recordar que los objetivos regionales iniciales incluyen el fomento del desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza, la integración regional y la inclusión gradual de los países ACP en la economía mundial. Estos objetivos deben seguir ocupando un primer plano en todas las negociaciones en curso.

    4.2.13   La UE debería esforzarse por alcanzar los siguientes objetivos mediante estas negociaciones:

    incrementar la integración regional: como objetivo fundamental sobre todo en África, no sólo como poderosa herramienta de promoción del desarrollo y la seguridad alimentaria, sino también como elemento clave de la revisión del Acuerdo de Cotonú;

    favorecer las sinergias entre las iniciativas relacionadas de integración regional y entre los AAE provisionales y los acuerdos completos;

    hacer que las negociaciones puedan adecuarse fácilmente a las posibilidades y capacidades de los países ACP, cosechando resultados inmediatos en ámbitos como, por ejemplo, la simplificación de las normas de origen (lo que contribuiría a fomentar industrias basadas en la agricultura) y la seguridad jurídica para garantizar el acceso libre a los mercados comunitarios con franquicia de los derechos de aduana, si bien estas negociaciones no deberían utilizarse para introducir o presionar sobre otras cuestiones no relacionadas con los AAE, en particular la contratación pública;

    animar al mayor número posible de países ACP a que definan la agricultura y el desarrollo rural como sectores prioritarios (sólo cuatro de 78 países lo han hecho para la agricultura y sólo quince países más han designado el desarrollo rural en el marco del 9o FED, en virtud del cual la UE ofrece unos 522 millones de euros en concepto de integración regional y asistencia relacionada con el comercio), comprometiendo recursos adicionales, especialmente en favor de un aumento considerable de la I+D a nivel local en materia de alimentación y agricultura;

    incrementar de nuevo el importe –ya decidido por la UE y aprobado por el CESE– de más de 2 000 millones de euros en concepto de ayudas al comercio y a la asistencia relacionada con el comercio de aquí a 2010. Este aumento es necesario para hacer frente a las consecuencias de la crisis económica mundial.

    4.2.14   El CESE (10) ha subrayado la necesidad de que el desarrollo económico de África pase «en primer lugar y ante todo, por la profundización de su mercado interior, capaz de desarrollar un crecimiento endógeno que permita estabilizar y asentar el continente en la economía mundial. La integración regional y el desarrollo del mercado interior son los puntos de apoyo, los trampolines que permitirán que África pueda abrirse positivamente al comercio mundial». Una vez más, el CESE reitera este llamamiento, especialmente para aumentar la seguridad alimentaria.

    4.2.15   Son las industrias de transformación las que crean productos con valor añadido, por lo que es preciso animarlas a desarrollarse y crecer. Sobre todo en lo que se refiere a la agricultura, la existencia de un mercado local suficientemente amplio es indispensable para el desarrollo de una industria de transformación alimentaria a nivel local, pese a lo cual el comercio interafricano se mantiene a un nivel terriblemente bajo, y representa menos del 15 % de todos los intercambios realizados en territorio africano.

    4.2.16   No obstante, los AAE son esencialmente acuerdos de carácter regional o bilateral, por lo que es importante que no levanten obstáculos al multilateralismo. Por lo tanto, deberían percibirse como un respaldo al planteamiento multilateral y han de considerarse no sólo como un elemento compatible con el multilateralismo, sino como un refuerzo de éste (11). En efecto, el Comité considera que los posibles progresos alcanzados regional y bilateralmente pueden estimular el proceso multilateral gracias a los debates más pormenorizados y al acercamiento de posiciones que facilitan los planteamientos bilaterales. Es importante que el poder de negociación de los países en desarrollo más pobres y de los PMA no se vea debilitado en ninguna de las fases de negociación.

    4.2.17   La UE debería estudiar, asimismo, un aumento de su contribución a la seguridad alimentaria mundial a través de otros mecanismos relacionados con el comercio, como:

    más esfuerzos dirigidos específicamente a aumentar la capacidad en los países con problemas de seguridad alimentaria, incluido un sistema eficaz de ayuda al comercio como parte integrante de las negociaciones multilaterales, concretamente a través de una mayor I+D a nivel local, el aumento de la transferencia de tecnología, la creación de mejores normas de producción y una mayor utilización de la asistencia técnica relativa al comercio, conforme a lo ya previsto en las negociaciones de AAE;

    la facilitación del comercio, completando y aplicando todos los acuerdos antes de cualquier compromiso único dentro del PDD;

    un mayor respaldo en cuestiones relativas a las normas sanitarias y fitosanitarias: problemas de salud pública, animal y vegetal, como el abuso de antibióticos, la gripe porcina o la fiebre aftosa;

    iniciativas como el Sistema de Preferencias Generalizadas Plus (SPG+), cuyos beneficiarios deben respetar las normas internacionales en materia de derechos humanos, buena gobernanza, derecho al trabajo, normas medioambientales y comercio ético (fomentando los principios del «comercio justo y solidario», que tienen en cuenta la cuestión de la trazabilidad, ampliando este concepto para incluir también las ventas en subasta);

    respaldar el desarrollo de una mayor capacidad de transformación de alimentos en los países en desarrollo, en especial apoyando a los operadores clave de la industria de la UE, inspirándose en la labor de la Comisión y la Unctad;

    estudiar la posibilidad de tomar medidas de salvaguarda contra la especulación de productos en otras zonas, que tenga efectos perjudiciales entre los cultivadores y para la producción (cacao, café, etc.).

    4.2.18   Si bien los AAE se concibieron, entre otras cosas, para abordar la erosión de las preferencias, subsisten cuestiones importantes que afectan de manera más intensa al comercio Sur-Sur. Algunos países de América Latina aspiran a una liberalización mayor y más rápida para los productos tropicales, incluidos el plátano y el azúcar –que han originado largas controversias comerciales–, lo que va en contra de los intereses de otros países, especialmente los Estados ACP. A este respecto, lo que está en juego es la capacidad de determinados países exportadores netos de productos alimenticios de vender más barato que otros países algunos productos, incluido el azúcar, poniendo en peligro la viabilidad económica de estos cultivos en los países que quizá los necesiten más. Se trata de otro problema fundamental que se sitúa en el núcleo del tema de la inseguridad alimentaria.

    4.2.19   Conviene, además, tener en cuenta las consecuencias de las pérdidas de ingresos fiscales para los países en desarrollo que deben reducir sus derechos de aduana, lo cual también incide en sus políticas sociales.

    4.2.20   Ahora bien, la UE debería fomentar el comercio Sur-Sur en general, sobre todo porque se puede lograr un crecimiento considerable que ayudaría a abordar de modo exhaustivo la amenaza de una mayor inseguridad alimentaria.

    4.3   Reforma de la gobernanza mundial

    4.3.1   El CESE subraya, ante todo, que una situación de seguridad alimentaria requiere un proyecto mundial de desarrollo socioeconómico, resultado de una doble convergencia: entre las diferentes políticas (sociales, económicas y territoriales) y entre las diferentes instituciones nacionales e internacionales. Para llevar a acabo esta medida concreta de gobernanza es necesaria la participación y la colaboración de la sociedad civil organizada.

    4.3.2   En lo que respecta, en particular, a la actuación de las instituciones y las autoridades actualmente responsables de la gobernanza mundial de la seguridad alimentaria, el CESE constata que más que nuevos organismos, lo que se necesita es una reorganización y reforma en profundidad de los organismos existentes, con arreglo al doble criterio de la especialización de cada organismo en tareas específicas (para evitar los solapamientos y la dispersión de los recursos humanos y financieros) y la unicidad de la gobernanza mundial, en particular con respecto al sistema de las Naciones Unidas (FAO, FIDA y PAM), que debería asumir el liderazgo en todo lo relacionado con la seguridad alimentaria. Un Comité de la Seguridad Alimentaria (CSA), oportunamente reformado y renovado, puede constituir un instrumento para coordinar las políticas de seguridad alimentaria y los diversos niveles en los que se desarrollan.

    4.3.3   El CESE recalca, además, que es imprescindible una coordinación de las actuaciones en materia de seguridad alimentaria del Banco Mundial y otras instituciones pertinentes, a quienes la UE debe dirigirse imperativamente con una sola voz.

    4.3.4   El CESE subraya, por otra parte, en lo que se refiere a los flujos de productos alimenticios internacionales de Norte a Sur, que se ha de tener en cuenta que las intervenciones en forma de ayudas alimentarias masivas podrían perturbar considerablemente los mercados locales y poner en peligro la seguridad alimentaria de los propios productores agrícolas. Por lo tanto, el CESE expresa su apoyo al PAM en cuanto a su decisión de adoptar un enfoque diferente para las intervenciones.

    5.   Las percepciones y el papel de la sociedad civil

    Las percepciones de la sociedad civil europea

    5.1   El CESE, en lo que respecta a la problemática vital de la alimentación, destaca los siguientes aspectos fundamentales:

    a)

    buena parte de las preocupaciones cotidianas de las personas guarda relación con la alimentación (la comida como «elemento nutritivo»);

    b)

    una parte importante de las aspiraciones de las personas a vivir bien y de forma placentera está relacionada con la alimentación (la comida como cultura y estilo de vida);

    c)

    para una parte muy significativa de la humanidad, la alimentación sigue representando, a principios del tercer milenio, una búsqueda cotidiana de carácter incierto (la comida como «fuente de vida»).

    5.2   Por consiguiente, el CESE, como representante de la sociedad civil organizada de la UE, subraya, por una parte, que la problemática actual de la alimentación (salubridad, calidad y disponibilidad de los alimentos) se ha convertido en un componente permanente de las relaciones entre las personas y los grupos sociales y de los circuitos informativos de los medios de comunicación; considera, por otra parte, que el derecho de la sociedad civil a opinar sobre todos los aspectos de la alimentación forma parte de los derechos de ciudadanía, y que la seguridad alimentaria también es un derecho, por lo que el acceso a los alimentos debe considerarse como un derecho humano fundamental.

    5.3   El CESE constata, además, que primero en el contexto de la crisis alimentaria y, posteriormente, en el de la crisis financiera, se ha podido observar, en los diferentes componentes de la sociedad civil, a nivel mundial y europeo, reacciones diversas, e incluso opuestas, que confirman su fuerte implicación en la dinámica de la alimentación, así como su desorientación: desde las revueltas en protesta por el hambre (al menos 22 en 2008, con víctimas mortales) hasta la atención prestada también por una parte de los consumidores europeos a determinados productos financieros de carácter especulativo vinculados a los precios de los productos agrícolas, pasando por las preocupaciones de los productores agrícolas que se hicieron sentir en Europa y en todo el mundo y, de manera general, la creciente inquietud de todos los ciudadanos frente a las cuestiones de seguridad alimentaria, salud pública y gestión hídrica.

    El papel de la sociedad civil

    5.4   En lo que respecta a la búsqueda de un justo equilibrio entre la seguridad alimentaria y un comercio regulado, el CESE destaca la necesidad de reforzar el papel de la sociedad civil e instaurar un diálogo más estructurado entre ésta y los responsables de la toma de decisiones a diferentes niveles; subraya, en particular, la función de concertación de las organizaciones de productores agrícolas y la importancia de sus diferentes métodos de organización de la producción.

    5.5   El CESE considera, por lo tanto, que reviste importancia estratégica la contribución de las organizaciones de productores agrícolas a la elaboración de las políticas nacionales de desarrollo, así como su participación en los procesos decisorios y las evaluaciones de impacto relativas a los acuerdos comerciales y su aplicación.

    5.6   Para ello, es preciso destinar ayudas financieras específicas a la formación profesional de los agricultores y, en particular, de las mujeres, dado el papel estratégico que desempeñan en las zonas rurales, para que los agricultores y las agricultoras puedan afianzarse como protagonistas activos de los procesos políticos y del desarrollo tecnológico.

    5.7   Asimismo, el CESE subraya la importancia de la economía social y de sus empresas y organizaciones en los países ACP, incluso para responder a los diversos efectos de las crisis alimentaria y financiera, especialmente en el caso de las personas que trabajan en la economía informal y en las áreas rurales (12).

    5.8   Por último, el CESE ratifica su propia contribución activa en este ámbito. Ciertamente, su experiencia le permite identificar posibles socios en otros países y en todos los sectores de la sociedad civil (productores, trabajadores y consumidores), a fin de reforzar el papel que desempeñan sobre el terreno, lo cual reviste la máxima importancia a la hora de resolver problemas locales. Al mismo tiempo, el CESE representa un «barómetro» que permitirá a la UE apreciar si sus iniciativas en los diferentes países son eficaces e incluso mejorarlas. El Comité consultivo de la sociedad civil Cariforum-CE es un buen ejemplo de ello.

    Bruselas, 16 de diciembre de 2009.

    El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

    Mario SEPI


    (1)  FAO, El estado de la inseguridad alimentaria en el mundo, informe de 2008 e informe de 2009.

    (2)  Véanse los dictámenes del CESE sobre el tema «El Informe De Larosière» (DO C 318 de 23.12.2009, p. 57)

    (3)  Véanse FAO, IIED e IFAD, Land grab or development opportunity? (¿Apropiación de tierras u oportunidad de desarrollo?), 2009.

    (4)  Naciones Unidas, El derecho a la alimentación, Comisión de los Derechos Humanos, Resolución no 2001/25 e Informe del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación (Jean Ziegler), párrafo 14, 7 de febrero de 2001.

    (5)  Consejo de la FAO, «Directrices voluntarias en apoyo a los esfuerzos encaminados a alcanzar la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional», noviembre de 2004.

    (6)  Informe del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación, Oliver De Schutter, Misión ante la Organización Mundial del Comercio, 9 de marzo de 2009.

    (7)  DI CESE 34/2009, Garantizar una seguridad alimentaria sostenible en los países ACP.

    (8)  Camerún, República Centroafricana, Comoras, República Democrática del Congo, Costa de Marfil, Yibuti, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bissau, Haití, Kenia, Lesotho, Liberia, Madagascar, Mongolia, Mozambique, Nicaragua, Níger, Palestina, Ruanda, Senegal, Sierra Leona, Islas Salomón, Somalia, Suazilandia, Tanzania, Tayikistán, Timor Oriental, Yemen, Zambia y Zimbabue.

    (9)  Camerún, Costa de Marfil, Kenia, Mongolia, Nicaragua, Palestina, Suazilandia, Tayikistán y Zimbabue.

    (10)  DO C 77 de 31.3.2009, pp. 148-156.

    (11)  DO C 211 de 19.8.2008, pp. 82-89.

    (12)  OIT, Declaración y Plan de Acción para el fomento de las empresas y organizaciones de economía social en África, Johannesburgo, 19-21 de octubre de 2009.


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