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Document 52007PC0339
Proposal for a Council Decision on a Community position within the Ministerial Council of the Energy Community on the 2007 budget of the Energy Community
Propuesta de decisión del Consejo sobre una posición comunitaria en el seno del Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía en relación con el presupuesto de 2007 de la Comunidad de la Energía
Propuesta de decisión del Consejo sobre una posición comunitaria en el seno del Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía en relación con el presupuesto de 2007 de la Comunidad de la Energía
/* COM/2007/0339 final */
[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | Bruselas, 14.6.2007 COM(2007) 339 final Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre una posición comunitaria en el seno del Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía en relación con el presupuesto de 2007 de la Comunidad de la Energía (presentada por la Comisión) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La segunda reunión del Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía se celebró el 29 de junio de 2007. El Consejo Ministerial tendrá que aprobar el presupuesto de la Comunidad de la Energía, necesario para su buen funcionamiento. Con arreglo al artículo 88 del Tratado de la Comunidad de la Energía, los actos relativos a aspectos presupuestarios deben ser elaborados y presentados por la Comisión Europea. El presupuesto de la Comunidad de la Energía se financiará por medio de suscripciones de las Partes signatarias de su Tratado constitutivo, una de las cuales es la Comunidad Europea. En noviembre de 2006, durante el Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía, la Comisión propuso un presupuesto total de 2,45 millones de euros, de los cuales 2,4 millones serían financiados por la Comisión. Sin embargo, tras un detallado análisis de las necesidades de la Comunidad de la Energía, el presupuesto proyectado se ha reducido a 2,032 millones de de euros. Para la financiación del presupuesto se aplica el mecanismo siguiente: La Comisión y el Ministerio de Empleo e Industria de la República de Austria han suscrito un Contrato de subvención que financia actualmente las actividades de la Secretaría de la Comunidad de la Energía, la cual actúa en calidad de asociación con arreglo al Derecho austriaco con la finalidad de ultimar el establecimiento de la Secretaría. La Comunidad de la Energía no es ella misma parte en dicha asociación. El Contrato de subvención, financiado con fondos CARDS, expira el 30 de junio de 2007. El Gobierno de la República de Austria firmó el 29 de mayo de 2007 un Acuerdo de sede con la Comunidad de la Energía sobre la situación legal de la Secretaría, como consecuencia del cual esta última recibirá el estatuto de organización internacional a partir del 1 de julio de 2007. Por lo tanto, el año 2007 constituye un período de transición de la Comunidad de la Energía hacia el funcionamiento pleno de su Secretaría. La Comunidad de la Energía sólo podrá percibir directamente los pagos procedentes de las suscripciones de sus miembros cuando su Secretaría haya obtenido el estatuto jurídico de organización internacional según la legislación austriaca, tal como se ha mencionado, es decir, desde el 1 de julio de 2007. Sobre la base del mecanismo descrito, el presupuesto que se detalla a continuación se desglosa en dos componentes: Componente 1: 1-1-2007 hasta el 30-6-2007: costes financiados por la Comisión Europea y el Ministerio de Empleo e Industria de Austria a través del Contrato de subvención en vigor. Esta parte del presupuesto será financiada al 100% por los dos signatarios del Contrato de subvención. Componente 2: 1-7-2007 hasta el 31-12-2007: costes financiados con arreglo al artículo 73 del Tratado; se aplicarán las suscripciones correspondientes debidas por las Partes en el Tratado de la Comunidad de la Energía, lo que supone un porcentaje del 98,1% para la Comunidad Europea. Dado que el presupuesto se debe aprobar con ocasión de la reunión ministerial del 29 de junio de 2007, se propone que el Consejo adopte la propuesta adjunta, en la que se acepta el presupuesto y se faculta a la Comunidad para que adopte una posición al respecto. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre una posición comunitaria en el seno del Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía en relación con el presupuesto de 2007 de la Comunidad de la Energía EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 300, apartado 2, párrafo segundo, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente: (1) La Comunidad Europea es Parte en el Tratado de la Comunidad de la Energía, cuyos artículos 74 y 88 disponen que el Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía adoptará el presupuesto de la Comunidad de la Energía mediante acto procedimental a propuesta de la Comisión. (2) La Comisión Europea y el Ministerio de Empleo e Industria de la República de Austria han suscrito un Contrato de subvención que financia actualmente las actividades de la Secretaría de la Comunidad de la Energía, la cual actúa en calidad de asociación con arreglo al Derecho austriaco con la finalidad de ultimar el establecimiento de la Secretaría. La Comunidad de la Energía no es ella misma parte en dicha asociación. El Contrato de subvención, financiado con fondos CARDS, expira el 30 de junio de 2007. El Gobierno de la República de Austria firmó el 29 de mayo de 2007 un Acuerdo de sede con la Comunidad de la Energía sobre la situación legal de la Secretaría, como consecuencia del cual esta última recibida el estatuto de organización internacional a partir del 1 de julio de 2007. Por lo tanto, el año 2007 constituye un período de transición de la Comunidad de la Energía hacia el pleno funcionamiento de su Secretaría. La Comunidad de la Energía sólo podrá percibir directamente los pagos procedentes de las suscripciones de sus miembros cuando su Secretaría haya obtenido el estatuto jurídico de organización internacional según la legislación austriaca, tal como se ha mencionado, es decir, a partir del 1 de julio de 2007. (3) Sobre la base del mecanismo descrito, el presupuesto que se detalla a continuación se desglosa en dos componentes: - Componente 1: 1-1-2007 hasta el 30-6-2007: costes financiados por la Comisión Europea y el Ministerio Ministerio de Empleo e Industria de Austria a través del Contrato de subvención en vigor. Esta parte del presupuesto será financiada al 100% por los dos signatarios del Contrato de subvención. - Componente 2: 1-7-2007 hasta el 31-12-2007: costes financiados con arreglo al artículo 73 del Tratado; se aplicarán las suscripciones correspondientes debidas por las Partes en el Tratado de la Comunidad de la Energía, lo que supone un porcentaje del 98,1% para la Comunidad Europea. DECIDE: Artículo 1 La posición que deberá adoptar la Comunidad Europea en el seno del Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía en relación con la adopción del presupuesto de la Comunidad de la Energía para 2007 es la definida en el proyecto de acto procedimental adjunto (anexo I) sobre la adopción del presupuesto de la Comunidad de la Energía para 2007 expuesto en los anexos II, III y IV. Hecho en Bruselas, Por el Consejo El Presidente ANEXO I Proyecto de ACTO PROCEDIMENTAL DEL CONSEJO MINISTERIAL DE LA COMUNIDAD DE LA ENERGÍA 2006/07/MC-EnC: Decisión del Consejo Ministerial de …… 2007 sobre la adopción del presupuesto de la Comunidad de la Energía para 2007 El Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad de la Energía y, en particular, su artículo 74, apartado 2, Visto el artículo 88 del Tratado constitutivo de la Comunidad de la Energía, Considerando lo siguiente: 1. El año 2007 constituye un período de transición en lo que respecta a la financiación de la Comunidad de la Energía, ya que la situación jurídica y el funcionamiento de su Secretaría al amparo de la legislación de la República de Austria sólo se hará oficial con la entrada en vigor del Acuerdo de sede de 29 de mayo 2007 con la República de Austria, el cual surtirá efecto a partir del 1 de julio de 2007. 2. La Secretaría provisional y las actividades de la Comunidad de la Energía están siendo financiadas actualmente al 100% por la Comisión y el Ministerio de Empleo e Industria de Austria a través de un Contrato de subvención CARDS. Dicho Contrato expira el 30 de junio de 2007. 3. Para el segundo semestre de 2007 las suscripciones al presupuesto deben atenerse a lo dispuesto en el artículo 73 del Tratado de la Comunidad de la Energía. 4. De conformidad con el artículo 88 del Tratado constitutivo de la Comunidad de la Energía, la Comisión Europea propone el proyecto de presupuesto que figura en el anexo 1 de la presente Decisión. Sobre la base de los mecanismos de financiación descritos, la propuesta de presupuesto para 2007 se desglosa en dos componentes: 5. Componente 1: 1-1-2007 hasta el 30-6-2007: costes financiados por la Comisión Europea y el Ministerio de Empleo e Industria de Austria a través del Contrato de subvención en vigor. Esta parte del presupuesto será financiada al 100% por los dos signatarios del Contrato de subvención; 6. Componente 2: 1-7-2007 hasta el 31-12-2007: costes financiados con arreglo al artículo 73 del Tratado; se aplicarán las suscripciones correspondientes debidas por las Partes en el Tratado de la Comunidad de la Energía. DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado el presupuesto de la Comunidad de la Energía correspondiente al año natural 2007, según figura en el anexo 1. Artículo 2 En el período cubierto por el componente 1 del presupuesto que se contempla en el artículo 1, la Secretaría provisional de la Comunidad de la Energía seguirá aplicando sus normas y procedimientos provisionales en lo que respecta al uso de los fondos puestos a su disposición a través de la Comisión Europea y el Ministerio de Empleo e Industria de la República de Austria hasta que sean aplicables los Procedimientos para el establecimiento y ejecución del presupuesto de la Comunidad de la Energía, la auditoría y la inspección. En el período cubierto por el componente 2 del presupuesto que se contempla en el artículo1 , la Secretaría de la Comunidad de la Energía aplicará los Procedimientos para el establecimiento y ejecución del presupuesto de la Comunidad de la Energía, la auditoría y la inspección. Artículo 3 El Director de la Secretaría de la Comunidad de la Energía será responsable de la aplicación del presente acto procedimental. Artículo 4 La presente Decisión se dirige a todas las Partes e instituciones amparadas por el Tratado constitutivo de la Comunidad de la Energía. Artículo 5 El Director de la Secretaría de la Comunidad de la Energía pondrá la presente Decisión y su anexo a disposición de todas las Partes e instituciones amparadas por el Tratado constitutivo de la Comunidad de la Energía en el plazo de siete días tras su adopción. Hecho en ……..el ………. ………………….. Por el Consejo Ministerial ANEXO II Narrativa Comunidad de la Energía Presupuesto 2007 Antecedentes El proyecto de presupuesto se desglosa en dos componentes: - Componente 1: 1-1-2007 hasta el 30-6-2007: costes financiados por la Comisión Europea y el Ministerio de Empleo e Industria de Austria a través del Contrato de subvención en vigor. Esta parte del presupuesto será financiada al 100% por los dos signatarios del Contrato de subvención, - Componente 2: 1-7-2007 hasta el 31-12-2007: costes financiados con arreglo al artículo 73 del Tratado; se aplicarán las suscripciones correspondientes debidas por las Partes en el Tratado de la Comunidad de la Energía. Componente 1 El formato del Presupuesto de la Comunidad de la Energía presentado para el período 1-1-2007 a 30-6-2007 se atiene al formato del anexo III del Contrato de subvención (ref.: 100-231). Componente 2 El formato del Presupuesto de la Comunidad de la Energía presentado para el período 1-7-2007 a 31-12-2007 se atiene al artículo 74 del Tratado de la Comunidad de la Energía. En general, el nivel de las asignaciones para recursos humanos considerado en el proyecto de presupuesto ha sido objeto de consultas con la Comisión Europea y se basa en criterios de referencia externos (otras organizaciones internacionales con sede en Austria, como la AIE, la OPEP, las Naciones Unidas y el ICMPD) e internos (se ha considerado el nivel de unidad de las direcciones de la CE, véase el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, artículo 66). Presupuesto para 2007 de la Comunidad de la Energía: subtotales La cuantía de 2,032 millones de euros correspondiente al presupuesto de 2007 difiere del proyecto inicial de la Comisión, que ascendía a 2,450 millones de euros y había sido concluido el 17 de noviembre de 2007 por el Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía. El presupuesto total para 2007 de 2,032 millones de euros, según el formato presentado, se desglosa del siguiente modo: - Subtotal Recursos humanos 858 372 EUR - Subtotal Viajes 48 958 EUR - Subtotal Equipo y suministros 41 605 EUR - Subtotal Oficina 187 030 EUR - Subtotal Otros costes y servicios 896 765 EUR Presupuesto de la Comunidad de la Energía para 2007: Desglose institucional pormenorizado del gasto De conformidad con lo prescrito en el artículo 74 del Tratado constitutivo de la Comunidad de la Energía, el presupuesto de 2007 que se presenta hace referencia en detalle a los gastos de cada institución establecida en virtud de dicho Tratado. En general, el desglose por instituciones del presupuesto total de la Comunidad de la Energía para el año 2007 es el siguiente: - Consejo Ministerial 49 000 EUR - Grupo Permanente de Alto Nivel 40 619 EUR - Consejo Regulador de la Comunidad de la Energía (CRCE) 248 712 EUR - Foro de Atenas 23 533 EUR - Foro del Gas 29 650 EUR - Secretaría la Comunidad de la Energía 1 641 215 EUR Conclusión Los gastos totales previstos para el ejercicio presupuestario de 2007 ascienden a 2,032 millones de euros. De esa cantidad, 788 630 euros serán sufragados al 100% con los fondos disponibles en el Contrato de subvención 100 321 suscrito por la CE y el Ministerio de Empleo e Industria de Austria y 1 244 100 euros mediante las suscripciones de los miembros de la Comunidad de la Energía. ANEXO III: Organigrama propuesto para la Secretaría de la Comunidad de la Energía Figura 1: Organigrama propuesto para la Secretaría de la Comunidad de la Energía ANEXO IV: Desglose del presupuesto de 2007 de la Comunidad de la Energía [pic] [pic] [pic] [pic] [pic] [pic] [pic] [pic] [pic]