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Document 52005AP0020

Resolución legislativa de Parlamento Europeo sobre la propuesta de decisión del Consejo relativa a la posición de la Comunidad Europea sobre el proyecto de Reglamento de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas referente a la homologación de los sistemas de calefacción y de los vehículos en relación con su sistema de calefacción (COM(2004)0450 — 15634/2004 — C6-0033/2005 — 2004/0135(AVC))

DO C 304E de 1.12.2005, pp. 88–89 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

52005AP0020

Resolución legislativa de Parlamento Europeo sobre la propuesta de decisión del Consejo relativa a la posición de la Comunidad Europea sobre el proyecto de Reglamento de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas referente a la homologación de los sistemas de calefacción y de los vehículos en relación con su sistema de calefacción (COM(2004)0450 — 15634/2004 — C6-0033/2005 — 2004/0135(AVC))

Diario Oficial n° 304 E de 01/12/2005 p. 0088 - 0089


P6_TA(2005)0020

Sistemas de calefacción de los vehículos (homologación) ***

Resolución legislativa de Parlamento Europeo sobre la propuesta de decisión del Consejo relativa a la posición de la Comunidad Europea sobre el proyecto de Reglamento de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas referente a la homologación de los sistemas de calefacción y de los vehículos en relación con su sistema de calefacción (COM(2004) 0450 — 15634/2004 — C6-0033/2005 — 2004/0135(AVC))

(Procedimiento de dictamen conforme)

El Parlamento Europeo,

- Vista la propuesta de decisión del Consejo (COM(2004) 0450 — 15634/2004) [1],

- Vista la solicitud de dictamen conforme presentada por el Consejo de conformidad con el segundo guión del apartado 2 del artículo 4 de la Decisión 97/836/CE del Consejo de 27 de noviembre de 1997 [2] (C6-0033/2005),

- Vistos el apartado 1 del artículo 75 y el apartado 1 del artículo 43 de su Reglamento,

- Vista la recomendación de la Comisión de Comercio Internacional (A6-0028/2005),

1. Emite dictamen conforme sobre la propuesta de Decisión del Consejo;

2. Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

[1] Pendiente de publicación en el DO.

[2] DO L 346 de 17.12.1997, p. 78.

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