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Document 52004XX0218(01)
Final report of the Hearing Officer in case COMP/M.2434 — Grupo Villar Mir/ENBW/Hidroeléctrica del Cantábrico (pursuant to Article 15 of Commission Decision 2001/462/EC, ECSC of 23 May 2001 on the terms of reference of Hearing Officers in certain competition proceedings (OJ L 162, 19.6.2001, p. 21)) (Text with EEA relevance)
Informe final del consejero auditor en el asunto COMP/M.2434 — Grupo Villar Mir/ENBW/Hidroeléctrica del Cantábrico [establecido de acuerdo con el artículo 15 de la decisión (2001/462/CE, CECA) de la Comisión del 23 de mayo de 2001 relativa al mandato de los consejeros-auditores en ciertos procedimientos de competencia (DO L 162 de 19.6.2001, p. 21)] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Informe final del consejero auditor en el asunto COMP/M.2434 — Grupo Villar Mir/ENBW/Hidroeléctrica del Cantábrico [establecido de acuerdo con el artículo 15 de la decisión (2001/462/CE, CECA) de la Comisión del 23 de mayo de 2001 relativa al mandato de los consejeros-auditores en ciertos procedimientos de competencia (DO L 162 de 19.6.2001, p. 21)] (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO C 42 de 18.2.2004, p. 10–10
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Informe final del consejero auditor en el asunto COMP/M.2434 — Grupo Villar Mir/ENBW/Hidroeléctrica del Cantábrico [establecido de acuerdo con el artículo 15 de la decisión (2001/462/CE, CECA) de la Comisión del 23 de mayo de 2001 relativa al mandato de los consejeros-auditores en ciertos procedimientos de competencia (DO L 162 de 19.6.2001, p. 21)] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Diario Oficial n° C 042 de 18/02/2004 p. 0010 - 0010
Informe final del consejero auditor en el asunto COMP/M.2434 -- Grupo Villar Mir/ENBW/Hidroeléctrica del Cantábrico [establecido de acuerdo con el artículo 15 de la decisión (2001/462/CE, CECA) de la Comisión del 23 de mayo de 2001 relativa al mandato de los consejeros-auditores en ciertos procedimientos de competencia (DO L 162 de 19.6.2001, p. 21)] (2004/C 42/04) (Texto pertinente a efectos del EEE) El proyecto de decisión no suscita observaciones particulares en cuanto al procedimiento que, en su fase escrita, se ha desarrollado con normalidad. Las partes no han solicitado una audición oral. Los derechos de la defensa han sido respetados plenamente. De la misma forma que del derecho de RTE de ser escuchada en tanto que tercero interviniente. El proyecto de decisión no contiene quejas respecto a las cuales las partes no hayan tenido la ocasión de dar a conocer su punto de vista. Bruselas, 5 de septiembre de 2001. Helmuth Schröter