Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52002PC0575

    Propuesta modificada de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad (Aduana 2007) (presentada por la Comisión con arreglo al apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE)

    /* COM/2002/0575 final - COD 2002/0029 */

    52002PC0575

    Propuesta modificada de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad (Aduana 2007) (presentada por la Comisión con arreglo al apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE) /* COM/2002/0575 final - COD 2002/0029 */


    Propuesta modificada de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad (Aduana 2007) (presentada por la Comisión con arreglo al apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE)

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    I procedimiento

    1. El Programa Aduana 2002 en vigor [1] expira el 31 de diciembre de 2002. El 23 de enero de 2002, la Comisión propuso una continuación y extensión de este programa. El nuevo programa se denominará "Aduana 2007".

    [1] Decisión nº 105/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad (Programa Aduana 2002), DO L 13 de 19.01.2000, p.1.

    2. El Parlamento Europeo ha acogido con satisfacción la propuesta y ha sugerido que se introduzcan varias modificaciones. Éstas no alteraban sustancialmente la propuesta y estaban dirigidas principalmente a mejorar los objetivos, la evaluación y la comitología.

    3. La propuesta también fue acogida con satisfacción por el Consejo, que la consideró como una evolución natural del programa vigente y un respaldo a la Comunicación de la Comisión [2] y la Resolución del Consejo [3] sobre una estrategia para la unión aduanera. Durante la discusión en el Consejo, quedó claro que estaba de acuerdo en lo fundamental con la posición del Parlamento.

    [2] COM(2001) 51 final de 8.2.2001.

    [3] DO C 171 de 15.6.2001, p. 1.

    4. El Comité Económico y Social acogió con satisfacción la propuesta y el informe del Sr. Simpson (el ponente) fue aprobado en la sesión plenaria del 17 de julio de 2002.

    II Objetivos de la propuesta

    1. El objeto de esta propuesta modificada es incorporar las modificaciones adoptadas en la propuesta original de la Comisión, a fin de lograr la adopción de la decisión tras una sola lectura.

    2. Los cambios introducidos por las modificaciones pueden resumirse del siguiente modo:

    - Los objetivos están contenidos ahora en un solo artículo y se han desarrollado para reflejar este cambio.

    - Los objetivos específicos (artículo 4 de la propuesta de la Comisión) son a partir de ahora prioridades y se han realizado algunas mejoras en su contenido.

    - El papel y las funciones del Comité se han aclarado a fin de reflejar las distintas responsabilidades de las instituciones. Se ha mantenido sin embargo, e incluso mejorado, la flexibilidad.

    - Se ha añadido una cláusula en el artículo 6 para permitir la continuación de los sistemas vigentes.

    - El artículo 2 (que hace referencia a los países candidatos) se ha simplificado para adoptar el término "países participantes".

    - El apartado 3 del artículo 15 (gastos que corren a cargo de los países participantes) se ha reordenado y simplificado.

    - Los apartados sobre evaluación e información (artículo 18) se han consolidado.

    - La derogación de Aduana 2002 se ha suprimido (artículo 19) para asegurarse de que se elabore un informe final y de que se mantenga la obligación de los Estados miembros en relación con la puesta en práctica del NCTS.

    3. Las modificaciones propuestas por el Parlamento son el resultado de intensas discusiones entre la Comisión, el Consejo y el Parlamento, durante las cuales se han rechazado varios cambios sugeridos. Las modificaciones son el producto final de estas negociaciones y han sido aceptadas por todas las partes. Algunas de las modificaciones suponen cambios importantes desde el punto de vista de la Comisión (por ejemplo, cuando se distinguen los objetivos de las prioridades), otras son esenciales (por ejemplo, la posibilidad de ampliar la financiación para la Oficina de Información Antifraude (AFIS) para 2003, tal como lo ha pedido la OLAF) y alguna otra refleja simplemente las medidas que la Comisión pretende tomar (por ejemplo, sobre la evaluación), aunque estas últimas fueron consideradas importantes por el Parlamento y ciertos Estados miembros. Las modificaciones deberían considerarse, por lo tanto, como un conjunto equilibrado en el que se han rechazado los cambios inaceptables.

    2002/0029 (COD)

    Propuesta modificada de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad (Aduana 2007)

    1. Objeto de la propuesta

    El Programa Aduana 2002 en vigor [4] expira el 31 de diciembre de 2002. El 23 de enero de 2002, la Comisión propuso una continuación y extensión de este programa. El objetivo central del nuevo programa (conocido como Aduana 2007) es garantizar que las aduanas aplican la legislación comunitaria de manera que se mantenga el funcionamiento eficaz del mercado único en una Comunidad ampliada.

    [4] Decisión nº 105/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad (Programa Aduana 2002), DO L 13 de 19.01.2000, p.1.

    2. Contexto

    - La Comisión adoptó su propuesta inicial [COM(2002) 26 final] el 23 de enero de 2002.

    - Tras varios contactos tripartitos informales, El Parlamento Europeo adoptó 41 modificaciones tras una primera lectura el 3 de septiembre de 2002.

    - El Comité Económico y Social acogió con satisfacción la propuesta y el informe "Simpson" fue aprobado en la sesión plenaria del 17 de julio de 2002.

    3. Dictamen de la Comisión sobre las modificaciones del Parlamento Europeo

    3.1 Evaluación general

    Las modificaciones adoptadas por el Parlamento Europeo están en la línea de la propuesta de la Comisión. Las modificaciones de los objetivos, el establecimiento de prioridades, la supresión de la derogación de Aduana 2002 y la inserción de una cláusula sobre las aplicaciones existentes se consideran todas ellas adiciones valiosas, las disposiciones relativas a la evaluación se han mejorado y los cambios introducidos en los artículos 2 y 15 constituyen aclaraciones útiles. La Comisión, por lo tanto, acepta todas las modificaciones.

    3.2 Examen de las modificaciones

    - Establecimiento del programa [Artículo 1]

    El Parlamento propone reforzar el artículo 1 de manera que se refiera explícitamente a la necesidad de garantizar el funcionamiento eficaz del mercado único. Esto está de acuerdo con los objetivos del programa y resulta aceptable para la Comisión.

    - Definición de los países que participan en el programa [Artículo 2]

    El Parlamento ha simplificado el artículo 2 y ha adoptado el término "países participantes". Este término figura por lo tanto a lo largo de la Decisión. Constituye una aclaración útil que la Comisión acepta.

    - Objetivos del programa [artículo 3]

    En la propuesta de la Comisión, los objetivos se dividieron entre "objetivos generales" (artículo 3) y "objetivos específicos" (artículo 4). El Parlamento mostró su preocupación porque la diferencia entre los dos tipos de objetivos no estaba clara y propone un artículo único sobre los objetivos. Ha desarrollado por lo tanto los objetivos del programa en el artículo 3. La Comisión considera que esta formulación revisada, junto con los cambios introducidos en el artículo 4 (véase más adelante) mejora y aclara los objetivos del programa y es por lo tanto aceptable. La Comisión opina que la modificación subsiguiente del apartado 2 del artículo 3 es coherente con los objetivos revisados.

    - Prioridades del programa [artículo 4]

    A raíz de los cambios introducidos en el artículo 3, el Parlamento propone que los objetivos específicos se consideren como prioridades en la aplicación de los objetivos del programa. También propone algunos cambios, sobre todo por lo que respecta a la cooperación y la coordinación entre laboratorios. Los cambios del artículo 4, junto con las modificaciones del artículo 3 propuestas, son aceptables para la Comisión.

    - Comitología: apartado 2 del artículo 4, apartado 2 del artículo 6, apartado 1 del artículo 11 y artículo 13

    El Parlamento mostró su preocupación porque la propuesta de la Comisión daba autoridad legislativa al Comité Aduana 2007 en virtud del apartado 2 del artículo 4, el apartado 2 del artículo 6, el apartado 1 del artículo 11 y el artículo 13. La supresión del apartado 2 del artículo 4 resulta aceptable para la Comisión, teniendo en cuenta los otros cambios en los artículos 3 y 4 (véase más arriba). El apartado 2 del artículo 6, el apartado 1 del artículo 11 y el artículo 13 se han modificado todos para suprimir la referencia al Comité Aduana 2007, a la vez que se conserva la flexibilidad para el desarrollo conforme a los objetivos del programa. Estos cambios también son aceptables para la Comisión.

    - Continuación de los sistemas IT vigentes [artículo 6]

    El Parlamento ha añadido una cláusula al artículo 6 que permite la continuación de los sistemas comunitarios IT vigentes. Esto garantiza la financiación del sistema AFIS hasta el 31 de diciembre de 2003 y es por lo tanto aceptable para la Comisión.

    - Gastos a cargo de los países participantes [apartado 3 del artículo 15]

    Aunque no se han introducido modificaciones en el apartado 3 del artículo 15 de la propuesta de la Comisión relativa a los gastos que corren a cargo de los países participantes, el Parlamento propone reordenar y simplificar este apartado. Con ello se mejora la redacción y comprensión del apartado, con lo cual es aceptable para la Comisión.

    - Evaluación y presentación de informes [artículo 18]

    El Parlamento mostró su preocupación sobre la evaluación y presentación de informes sobre el programa y desea que se establezcan indicadores en el primer año del programa. También propone extender el período de evaluación en la primera parte del programa, para que esta evaluación sea más representativa, y pide que los informes se presenten al Parlamento Europeo y al Consejo, en vez de presentarlos simplemente al Comité Aduana 2007. Estos cambios reflejan las intenciones de la Comisión y mejoran la evaluación del programa, con lo cual son aceptables para la Comisión.

    - Derogación de Aduana 2002 [artículo 19]

    El Parlamento mostró su preocupación porque la derogación de Aduana 2002 suprimiría la obligación por parte de la Comisión de preparar un informe final sobre este programa, así como las obligaciones de los Estados miembros en relación con la aplicación del nuevo sistema de tránsito informatizado (NCTS). La Comisión acepta estas modificaciones.

    4. CONCLUSIÓN

    De conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado de la CE, la Comisión modifica su propuesta tal como se establece más arriba.

    Top