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Document 52000SC1704
Draft Decision of the EEA joint Committee amending Protocol 31 to the EEA Agreement, on cooperation in specific fields outside the four freedoms - Draft common position of the Community
Proyecto de decisión del Comité mixto del EEE por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades - Proyecto de postura conjunta de la Comunidad
Proyecto de decisión del Comité mixto del EEE por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades - Proyecto de postura conjunta de la Comunidad
/* SEC/2000/1704 final */
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Proyecto de decisión del Comité mixto del EEE por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades - Proyecto de postura conjunta de la Comunidad /* SEC/2000/1704 final */
Proyecto de DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades - Proyecto de postura conjunta de la Comunidad (presentado por la Comisión) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. El Protocolo 31 del Acuerdo EEE contiene disposiciones específicas sobre la cooperación entre la Comunidad y los Estados AELC-EEE al margen de las cuatro libertades. 2. El proyecto de Decisión adjunto del Comité Mixto del EEE pretende modificar el Protocolo 31 a fin de extender la cooperación en materia de educación, formación y juventud. Proporciona un marco para la cooperación y establece las modalidades de la plena participación de los Estados AELC-EEE en los programas y acciones de la Comunidad en este ámbito: - 32000 D 1934: Decisión n° 1934/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, por la que se establece el Año Europeo de las Lenguas 2001 (DO L 232 de 14.9.2000, p. 1). 3. La letra b) del apartado 3 del artículo 1 del Reglamento (CE) nº 2894/94 del Consejo, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, prevé que el Consejo establecerá la posición comunitaria ante dichas decisiones a propuesta de la Comisión. 4. El proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE se somete a la aprobación del Consejo. La Comisión espera poder presentar la posición comunitaria en el Comité Mixto del EEE en octubre de 2000. Proyecto de DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades EL COMITÉ MIXTO DEL EEE, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, sus artículos 86 y 98, Considerando lo siguiente: (1) El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión nº ... del Comité Mixto del EEE, de ... [1]. [1] DO L ... (2) Procede ampliar la cooperación de las Partes Contratantes en el Acuerdo para incluir la Decisión nº 1934/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, por la que se establece el Año Europeo de las Lenguas 2001 [2]. [2] DO L 232 de 14.9.2000, p. 1. (3) Debe modificarse en consecuencia el Protocolo 31 del Acuerdo para que esta cooperación ampliada tenga lugar desde el 1 de enero de 2001. DECIDE: Artículo 1 El artículo 4 del Protocolo 31 del Acuerdo se modificará como sigue: 1. Después del apartado 2d (Línea Presupuestaria B3-1003) se insertará el siguiente apartado: "2e. A partir del 1 de enero de 2001, los Estados miembros participarán en el siguiente programa: - 32000 D 1934: Decisión n° 1934/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, por la que se establece el Año Europeo de las Lenguas 2001 (DO L 232 de 14.9.2000, p. 1)." 2. El texto del apartado 3 se sustituirá por el siguiente: "De conformidad con lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 82, los Estados EEE contribuirán financieramente a los programas y acciones mencionados en los apartados 1, 2, 2a, 2b, 2c, 2d y 2e." Artículo 2 La presente Decisión entrará en vigor el [..........], siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas por el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo [3]. [3] [Se han indicado preceptos constitucionales.][No se han indicado preceptos constitucionales.] La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2001. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el ... de 2000. Por el Comité Mixto del EEE El Presidente Los Secretarios del Comité Mixto del EEE