Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 51994PC0068(07)

    Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se adopta un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico en el campo de las ciencias y tecnologías marinas (1994-1998)

    /* COM/94/68 final - CNS 94/0085 */

    DO C 228 de 17.8.1994, p. 96–106 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    51994PC0068(07)

    Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se adopta un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico en el campo de las ciencias y tecnologías marinas (1994-1998) /* COM/94/68FINAL - CNS 94/0085 */

    Diario Oficial n° C 228 de 17/08/1994 p. 0096


    Propuesta de Decisión del Consejo por la que se adopta un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico en el campo de las ciencias y tecnologías marinas (1994-1998) (94/C 228/07) (Texto pertinente a los fines del EEE) COM(94) 68 final - 94/0085 (CNS)

    (Presentada por la Comisión el 30 de marzo de 1994)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 4 de su artículo 130 I,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Visto el dictamen del Parlamento Europeo,

    Visto el dictamen del Comité Económico y Social,

    Considerando que el Consejo y el Parlamento Europeo, mediante la Decisión . . ./. . ./CE, adoptaron el Cuarto Programa Marco de acciones comunitarias de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (en lo sucesivo IDT) para el período comprendido entre 1994 y 1998, que establece, en particular, las actividades que deben llevarse a cabo en el campo de la ciencia y tecnología marina; que la presente Decisión se ha adoptado habida cuenta de los motivos expuestos en el preámbulo de dicha Decisión;

    Considerando que, según el apartado 3 del artículo 130 I, el Programa Marco se ejecutará mediante programas específicos desarrollados dentro de cada una de las acciones y que cada programa específico precisará las modalidades de su realización, fijará su duración y preverá los recursos que se estimen necesarios;

    Considerando que el presente programa debe realizarse principalmente por medio de acciones de gastos compartidos, así como de acciones concertadas y medidas de preparación, acompañamiento y apoyo (1);

    Considerando que, en virtud del apartado 3 del artículo 130 I, deben calcularse los recursos financieros necesarios para la realización del presente programa específico; que la Autoridad Presupuestaria adoptará los importes definitivos de acuerdo con la prioridad relativa establecida con respecto al campo objeto del presente programa en la Primera Acción del Cuarto Programa Marco;

    Considerando que la Decisión . . ./. . ./CE (Cuarto Programa Marco) establece que el importe global máximo del Cuarto Programa Marco volverá a examinarse como muy tarde el 30 de junio de 1996 con vistas a un posible incremento; que como consecuencia de ese nuevo examen podría aumentar el importe estimado necesario para la realización del presente programa;

    Considerando que el presente programa puede contribuir sensiblemente al aumento del crecimiento y de la competitividad y al desarrollo del empleo en la Unión, como está indicado en el Libro Blanco «Crecimiento, Competitividad y Empleo»;

    Considerando que es necesario promover el conocimiento del medio marino y su interacción con otros componentes de la biosfera, con el objetivo de predecir cambios y fortalecer la base tecnológica de la industria europea en relación con la exploración, protección y explotación sostenida del legado de la humanidad, los océanos;

    Considerando que el contenido del cuarto programa marco de actividades IDT comunitarias ha sido establecido en base al principio de subsidiaridad; considerando que el programa específico precisa el contenido de las actividades a desarrollar según este principio en el campo de las ciencias y tecnologías marinas;

    Considerando que la Decisión . . ./. . ./CE (Cuarto Programa Marco) establece que la acción comunitaria está justificada si la investigación ayuda a reforzar la cohesión económica y social de la Unión y a promover su desarrollo armonioso, cumpliendo al mismo tiempo el objetivo de calidad científica y técnica; considerando que este programa está concebido para ayudar a cumplir estos objetivos;

    Considerando que este programa ayudará a fortalecer la sinergia entre las actividades de IDT desarrolladas en el campo de las ciencias y tecnologías marinas por centros de investigación, universidades y empresas, en particular pequeñas y medianas, en los Estados miembros y entre éstos y las actividades de IDT comunitarias correspondientes;

    Considerando que las reglas de participación de empresas, centros de investigación (incluido el CCI) y las universidades, así como las reglas que gobiernan la diseminación de los resultados de investigación establecidas en el artículo 130 J del Tratado, son de aplicación a este programa específico;

    Considerando que, para llevar a cabo este programa, según el artículo 130 M del Tratado, puede ser necesario participar en actividades de cooperación internacional con organizaciones internacionales y terceros países distintos de los países cubiertos por el Acuerdo del Espacio Económico Europeo (EEE);

    Considerando que la ejecución del presente programa incluye también actividades de difusión y explotación de los resultados de la IDT, en particular con respecto a las pequeñas y medianas empresas, especialmente las situadas en los Estados miembros o regiones que menos participen en el programa, así como actividades de fomento de la movilidad y formación de investigadores, que se realizarán dentro del presente programa en la medida necesaria para su correcta ejecución;

    Considerando que en la ejecución del presente programa deben establecerse medidas para favorecer la participación de las PYME, en particular medidas de estímulo tecnológico;

    Considerando que debe fomentarse la investigación fundamental en el campo de las ciencias y tecnologías marinas porque es necesario conocer los procesos fundamentales que rigen el clima y el cambio climático;

    Considerando que deben evaluarse la repercusión económica y social y el impacto de los posibles riesgos tecnológicos de las actividades que se realicen en aplicación del presente programa;

    Considerando que conviene, por un lado, examinar de forma permanente y sistemática el estado de realización del presente programa para adaptarlo, cuando sea necesario, a la evolución científica y tecnológica en este campo, y, por otro, proceder, en el momento oportuno, a una evaluación independiente del estado de las actividades del programa que proporcione todos los elementos necesarios para establecer los objetivos del Quinto Programa Marco de IDT; que, por último, al finalizar este programa, conviene realizar una evaluación final de los resultados obtenidos con respecto a los objetivos establecidos en la presente Decisión;

    Considerando que el CCI puede participar en las acciones indirectas reguladas por el presente programa;

    Considerando que, por medio de su propio programa de acciones directas, el CCI contribuye igualmente a la realización de los objetivos de la IDT comunitaria en los campos objeto del presente programa;

    Considerando que se ha consultado al Comité de Investigación Científica y Técnica (CREST),

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Se adopta un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico en el campo de las ciencias y tecnologías marinas en la forma descrita en el Anexo I para el período comprendido entre (. . .) y el 31 de diciembre de 1998.

    Artículo 2

    1. El importe estimado necesario para la ejecución del programa asciende a 228 millones de ecus, incluido un 6,7 % para los gastos de personal y funcionamiento.

    2. En el Anexo II se presenta la distribución indicativa de este importe.

    3. El importe estimado necesario para la ejecución del programa, ya citado anteriormente, podrá aumentar como consecuencia y en virtud de la Decisión mencionada en el apartado 3 del artículo 1 de la Decisión . . ./. . ./CE (Cuarto Programa Marco).

    4. La Autoridad Presupuestaria determinará los créditos disponibles en cada ejercicio habida cuenta de las prioridades científicas y tecnológicas establecidas en el Cuarto Programa Marco.

    Artículo 3

    Las modalidades de realización del presente programa además de las mencionadas en el artículo 5, se describen en el Anexo III.

    Artículo 4

    1. La Comisión examinará con carácter permanente y sistemático el estado de realización del presente programa con respecto a los objetivos enumerados en el Anexo I, contando para ello con la asistencia apropiada de expertos externos independientes. Comprobará, en particular, si los objetivos, prioridades y recursos financieros siguen siendo adecuados. Llegado el caso, presentará propuestas para adaptar o complementar este programa en función de los resultados de tal proceso de seguimiento.

    2. Como parte de la evaluación global de las actividades comunitarias a que se refiere el apartado 2 del artículo 4 de la Decisión por la que se adopta el Cuarto Programa Marco, la Comisión encargará en su momento a expertos independientes la evaluación de las actividades realizadas en los campos directamente cubiertos por el presente programa, así como de su gestión a lo largo de los cinco años que precedan a la evaluación.

    3. Cuando finalice el presente programa, la Comisión encargará a expertos independientes la evaluación final de los resultados obtenidos con respecto a los objetivos enumerados en el Anexo III del Cuarto Programa Marco y en el Anexo I de la presente Decisión. El informe de evaluación final se presentará al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social.

    Artículo 5

    1. La Comisión elaborará un programa de trabajo de acuedo con los objetivos establecidos en el Anexo I y lo actualizará donde sea necesario. Hará una relación pormenorizada de los objetivos científicos y tecnológicos y especificará las fases de ejecución del programa, así como la financiación prevista para cada modalidad de realización.

    El programa de trabajo puede también preveer la participación en ciertas acciones dentro del marco de Eureka.

    2. La Comisión establecerá convocatorias de propuestas de proyectos sobre la base del programa de trabajo.

    Artículo 6

    1. La Comisión se hará cargo de la ejecución del programa.

    2. En los casos que determina el apartado 1 del artículo 7, la Comisión será asistida por un Comité de carácter consultativo compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.

    3. El representante de la Comisión someterá al Comité un proyecto de las medidas que deban adoptarse. El Comité emitirá su opinión sobre dicho proyecto en un plazo que el presidente podrá fijar en función de la urgencia del asunto, procediendo, en caso necesario, a una votación.

    4. La opinión se incluirá en el acta; además cada Estado miembro tendrá derecho a que su posición conste en acta.

    5. La Comisión tendrá en cuenta en la mayor medida posible, la opinión emitida por el Comité. La Comisión informará al Comité sobre la manera en que se ha tenido en cuenta su opinión.

    Artículo 7

    1. El procedimiento a que se refiere el apartado 2 del artículo 6 se aplicará a

    - la elaboración y actualización del programa de trabajo a que se refiere en apartado 1 del artículo 5,

    - la evaluación de los proyectos de IDT propuestos para una financiación comunitaria, así como del importe estimado de tal financiación cuando éste sea superior a 0,35 millones de ecus por proyecto,

    - las medidas a tomar para la evaluación del programa,

    - todo ajuste de la distribución indicativa del importe que figura en el Anexo II, que no haya sido objeto de decisión presupuestaria,

    2. La Comisión informará al Comité, en cada una de sus reuniones, de la evolución de la ejecución del programa en su conjunto.

    Artículo 8

    De acuerdo con el apartado 1 del artículo 228, la Comisión está autorizada a negociar acuerdos internacionales con países europeos terceros a fin de asociarles a parte o a la totalidad del programa.

    Artículo 9

    Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

    (1) COM(93) 700 final de 5. 12. 1993.

    ANEXO I

    OBJETIVOS Y CONTENIDO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO

    Introducción

    El Programa específico de IDT sobre Ciencias y Tecnologías Marinas (MAST III) refleja fielmente el espíritu del Cuarto Programa Marco y aplica los criterios de selección y precisa los objetivos científicos y tecnológicos del mismo.

    La introducción y los apartados A y B del Capítulo 3 del Anexo III, Primera Acción de dicho Programa Marco, forma parte integrante del presente programa.

    El programa MAST III continúa, profundiza y reorienta las actividades realizadas dentro de los dos primeros programas MAST: la fase piloto de 1989-1992 y el programa MAST II de 1991-1994. Durante el período considerado, el programa MAST III representa un paso dentro de una estrategia a más largo plazo que capacitará a Europa para aportar su plena contribución al conocimiento y gestión de los océanos.

    El programa consta de cuatro áreas de actividad: (1) Ciencias marinas: si bien la cobertura geográfica de este área de investigación incluye todos los mares que rodean el EEE (incluido el Ártico), se hará énfasis en enfoques interdisciplinares para el estudio de problemas específicos de cada mar regional y de ciertos sistemas marinos extremos; (2) Investigación marina estratégica, aplicada especialmente a la zona costera, a las repercusiones socioeconómicas y a los riesgos; (3) Tecnologías marinas; (4) Iniciativas de apoyo.

    El programa pone en práctica varias disposiciones del documento de trabajo de la Comisión [COM(93) 459] y del Libro Blanco sobre crecimiento, competitividad y empleo [COM(93) 700].

    1. Aborda de forma específica varios problemas prioritarios que afectan a Europa como el cambio climático y la protección de las zonas costeras. La estrecha relación con las actividades correspondientes del Programa sobre Medio Ambiente y Clima y del CCI, producirán las sinergias necesarias y servirán para subrayar las interacciones entre los grandes compartimentos de la biosfera (tierra, aire y mar).

    2. En el capítulo que trata de las tecnologías marinas, el programa reserva un lugar importante a la investigación sobre tecnologías genéricas y tiene en cuenta la aparición progresiva de nuevas necesidades, en particular, en el sector de la observación y seguimiento de océanos y mares costeros, con el objetivo de estimular el crecimiento en Europa. Se intentará aumentar la sinergia con Eureka, especialmente con el proyecto marco Euromar.

    3. Gracias a sus actividades de coordinación y a sus iniciativas de apoyo, el programa contribuirá a consolidar la identidad y cohesión de la comunidad científica europea, a favorecer la integración de las actividades nacionales con las realizadas a nivel de la Unión y a fomentar la gestión coordinada de las infraestructuras necesarias para la investigación.

    La ejecución del programa se coordinará estrechamente, en función de las necesidades, con la de otras acciones establecidas en el Programa Marco: Los programas y actividades mencionados en el apartado 1 y los Programas de Agricultura y pesca, Biotecnología, Energías no nucleares, Medidas y ensayos, Tecnologías industriales y de los materiales, Tecnologías de la información, Telemática, Transporte e Investigación socioeconómica dirigida.

    OBJETIVO GENERAL

    Fomentar el conocimiento científico y el desarrollo tecnológico necesario para conocer el funcionamiento de los ecosistemas marinos a escala de cuencas con objeto de preparar las bases para la explotación sostenible de los océanos, así como para determinar el papel del océano en el cambio climático global.

    Área de investigación I: Ciencias marinas

    Objetivo

    Estudiar los procesos fundamentales que rigen la dinámica de los ecosistemas en los mares y océanos que rodean Europa para comprender mejor el medio marino y mejorar la predicción de su variabilidad.

    1. Investigación sobre los sistemas marinos

    Objetivo

    Estudiar los procesos físicos, químicos, biológicos y geológicos, así como sus interacciones a escala de cuencas marinas, con especial atención a los problemas científicos de importancia a nivel europeo.

    Tareas de investigación

    1. Circulación e intercambio de masas de agua: formación y progagación de las masas de agua, emergentes o no, en los taludes continentales y en las cuencas profundas del Atlántico Nororiental, en sus mares marginales en el Norte y en el Mediterráneo; modificación de las propiedades físicas, geoquímicas y biológicas de esas masas de agua durante su mezcla y propagación.

    2. Ecosistemas pelágicos y bentónicos de los mares marginales y las cuencas oceánicas: estructura y funcionamiento de sus comunidades; ciclos de energía y elementos a través de las cadenas tróficas; biodiversidad y su relación con factores bióticos y abióticos.

    3. Procesos y flujos biogeoquímicos en la interfase entre el mar y el aire: relación entre procesos marinos y atmosféricos, cuantificación de los flujos de materia orgánica, nutrientes, gases y metales implicados en los intercambios entre el mar y el aire.

    4. Flujos de calor y materia orgánica e inorgánica en la interfase agua/sedimentos: influencia sobre la dinámica de los océanos, el balance energético, la diagénesis de los sedimentos; los ecosistemas bentónicos y pelágicos.

    5. Procesos sedimentarios en los fondos profundos y sobre el talud continental: transporte y depósito en varias escalas de tiempo.

    2. Medios marinos extremos

    Objetivo

    Conocer el funcionamiento de los ecosistemas en medios marinos extremos y determinar su papel en el medio ambiente global, estudiando los procesos (físicos, químicos, biológicos y geológicos) característicos de dichos ecosistemas.

    Tareas de investigación

    1. Fondos profundos del Atlántico Norte y el Mediterráneo:

    Estudios interdisciplinares en la base de la columna de agua, en la interfase entre el agua y el fondo del mar y por debajo de esa interfase: cuantificación y estudios a largo plazo de la variabilidad espacial y temporal de procesos y flujos biogeoquímicos, químicos y biológicos (incluido el hidrotermalismo); procesos geológicos y geofísicos en las fronteras activas de las placas.

    2. Mares cubiertos de hielo en el hemisferio norte:

    Dinámica física del hielo marino; formación de agua profunda; circulación ártica a gran escala, torbellinos y procesos sobre la plataforma continental ártica; biología de sistemas hielo/mar, su papel en las cadenas tróficas árticas, estrategias del ciclo vital de los organismos marinos en los mares polares; procesos biogeoquímicos de transferencia vertical; impacto de las variaciones del tamaño de los bancos de hielo sobre las comunidades bentónicas; sedimentación en las regiones glaciares; registro geológico de las variaciones a largo plazo de la superficie helada.

    3. Zona de resaca y de «swash»:

    Estudio de los ecosistemas de las zonas litoral y sublitoral en relación con los factores físicos dominantes; adaptaciones morfológicas, fisiológicas y ontogénicas de los organismo; interacciones de los factores biológicos y de los factores físicos, químicos y de sedimentación que intervienen en la formación, estabilización y modificación de la línea de costa.

    3. Investigación sobre los mares regionales

    Objetivo

    Realizar a gran escala y con un objetivo común estudios interdisciplinares de procesos marinos con objeto de conocer el funcionamiento de los mares interiores europeos o de zonas concretas del Atlántico nororiental.

    Tareas de investigación

    1. Mar Mediterráneo

    Investigación de los procesos físicos, geoquímicos y biológicos para estudiar la evolución global del ecosistema mediterráneo; intercambios entre la margen continental y el mar abierto, así como a través de los estrechos; contribuciones de las distintas fuentes (atmósfera, ríos y corrientes ascendentes) de materia orgánica y mineral, transporte en la columna de agua, registros sedimentarios; modificaciones de los equilibrios biogeoquímicos por influencia del hombre; influencia del medio fisicoquímico sobre los procesos biológicos.

    2. Mar Báltico

    Cuantificación de los flujos contemporáneos de materia y energía con objeto de comprender mejor la repercusión del cambio climático en el Báltico; análisis de las evidencias de modificaciones del ecosistemas báltico en el pasado y el presente, tanto naturales como de origen humano, como base de una explotación equilibrada y sostenible; aplicación de estrategias e instrumentos de gestión integrada (científica, técnica y socioeconómica) de la zona costera. Estos trabajos de investigación se realizarán en estrecha cooperación con el Programa de Medio Ambiente y Clima.

    3. Regíon de Canarias-Azores y el Mar de Alborán

    Análisis y simulación de los intercambios de energía, agua, materiales en suspensión, sustancias disueltas y organismos entre el Atlántico Norte y el Mediterráneo; las investigaciones sobre el estrecho de Gibraltar y los mares adyacentes se centrarán en el análisis y simulación de flujos con sus implicaciones climáticas, geoquímicas y biológicas.

    4. Margen continental del Atlántico nororiental

    Determinación de los principales procesos que rigen los flujos de agua y partículas sobre la margen continental en diversas configuraciones geomorfológicas; estudio de las masas de agua, las corrientes, la productividad, los biogases, la sedimentación y el transporte de sedimentos; determinación de la respuesta de los procesos ante el cambio climático y la subida del nivel del mar, y viceversa.

    Área de investigación II: Investigación marina estratégica

    Objetivo

    Estudiar la dinámica de los ecosistemas marinos con vistas a su aplicación en la gestión del medio marino como recurso. La repercusión de los factores socioeconómicos sobre el medio marino se estudiará en coordinación con el Programa de Medio Ambiente y Clima.

    1. Investigación sobre los mares costeros y la plataforma continental

    Objetivo

    Conocer las complejas interacciones entre los procesos físicos, biológicos y químicos en los mares de la plataforma continental y en el medio costero; aumentar la capacidad de predicción a medio y largo plazo de la evolución de las zonas costeras para permitir la utilización sostenible de la plataforma continental y el medio costero.

    Tareas de investigación

    1. Procesos físicos y morfodinámica de la costa:

    Procesos y sus interacciones sobre la plataforma continental y en la zona costera, concretamente en relación con el transporte y la morfodinámica de sedimentos (cohesivos y no cohesivos). Dinámica de los estuarios, zonas litorales y marismas como medios protectores de la costa. Elaboración de modelos integrados de predicción de la evolución de la costa a medio y largo plazo; realización de experiencias a gran escala para contribuir a la formulación y evaluación de modelos.

    2. Estructura y dinámica de los ecosistemas de la plataforma continental y de los mares costeros:

    Interacciones entre la plataforma continental y los distintos compartimentos de la zona costera (zona nerítica, estuarios, zona litoral, lagunas y marismas); importancia relativa de las fuentes endógenas y exógenas de materia en distintos tipos de ecosistemas próximos de la costa; origen, transformación y evolución de la materia orgánica en los mares costeros; papel de los ciclos biogeoquímicos costeros en el cambio climático; modelización integrada de procesos con vistas a la creación de instrumentos de gestión de recursos de la plataforma continental (los trabajos descritos en este apartado se coordinarán con las actividades del Programa IGBP/LOICZ y del Programa de Medio Ambiente y Clima).

    3. Metodología aplicada a la vigilancia, previsión y gestión de la plataforma continental y la zona costera:

    Métodos para la puesta en práctica de sistemas de previsión y vigilancia de las propiedades físicas, químicas y biológicas de las aguas costeras; métodos para la integración de subsistemas, la evaluación de flujos de información y opciones de gestión.

    2. Ingeniería costera

    Objetivo

    Proporcionar las bases científicas y técnicas para el desarrollo de nuevos diseños de ingeniería de estructuras de protección costera y preparar la formulación de normas para el diseño de estructuras de protección costera.

    Tareas de investigación

    1. Diseño de estructuas costeras artificiales y mantenimiento de las estructuras naturales:

    Procesos hidrodinámicos que afectan al comportamiento dinámico y a la estabilidad de las estructuras costeras, con especial atención a los efectos en tres dimensiones, y modelos numéricos para su simulación. Cambios morfológicos en la proximidad de las estructuras.

    2. Elaboración de nuevas técnicas espaciales y utilización creciente de imágenes de satélites para la detección, vigilancia y análisis de procesos costeros (investigaciones en este área se coordinarán con el Programa de Medio Ambiente y Clima).

    3. Evaluación de riesgos e impactos

    Objetivo

    Identificar, estimar y predecir los riesgos e impactos negativos que pueden afectar al medio marino como consecuencia de: a) el uso de tecnologías marinas existentes o en desarrollo y la aplicación de técnicas e instrumentos de investigación y seguimiento, y b) el empleo de métodos de utilización y gestión del espacio oceánico. No se estudiarán los riesgos ni impactos de actividades comerciales como, por ejemplo, la pesca, la explotación de hidrocarburos o minerales, o el transporte.

    Tareas de investigación

    1. Riesgos e impactos de la construcción de infraestructuras costeras y del uso y gestión de los mares costeros.

    2. Riesgos e impactos del uso y gestión de los fondos marinos.

    3. Riesgos e impactos de la explotación de recursos costeros sobre el medio marino.

    4. Riesgos e impactos sobre la vida marina de la aplicación de tecnologías existentes o en desarrollo para la observación de los océanos.

    5. Riesgos e impactos del uso de métodos invasivos de investigación sobre el medio marino.

    6. Impactos socioeconómicos de los riesgos e impactos a que se refieren las tareas 1-5 anteriores.

    Área de investigación III: Tecnologías marinas

    Objetivo

    Fomentar la investigación en tecnologías genéricas y sistemas avanzados (plataformas y dispositivos instrumentales) con objeto de crear o perfeccionar instrumentos de observación, vigilancia y gestión del medio marino y explotar sus recursos. Se prestará especial atención al fomento de la competitividad de la industria europea y se velará por proteger el medio ambiente al realizar estos trabajos.

    1. Tecnologías genéricas

    Objetivo

    Ofrecer a la comunidad de investigadores y demás usuarios del medio marino tecnologías genéricas para el futuro, desarrollando nuevas tecnologías, perfeccionando las existentes o adaptando al medio marino tecnologías que se utilizan en otros sectores.

    Tareas de investigación

    1. Tecnologías no destructivas

    Investigación de técnicas no destructivas para las observaciones oceanográficas (comunidades biológicas, estructura tridimensional de los oceános, etc.), incluidos la modelización y el análisis de señales sonoras.

    2. Comunicación y orientación submarina

    Puesta a punto de sistemas de gran precisión para el posicionamiento, la navegación y la comunicación, con vistas a la investigación, seguimiento y reconocimiento a gran escala. La investigación se limitará a los sistemas efectivos en distancias horizontales muy superiores a la profundidad del agua.

    3. Visión submarina

    Puesta a punto de sistemas avanzados de imágenes y visión para la investigación química, biológica, geológica y geofísica.

    4. Explotación de recursos biológicos marinos distintos de la pesca y la acuicultura. Elaboración de técnicas de identificación y cultivo de organismos marinos capaces de producir sustancias bioactivas; extracción, purificación, caracterización estructural y análisis de componentes bioactivos; evaluación del potencial de estas sustancias desde los puntos de vista de la investigación ecológica fundamental, la ingeniería marina, las tecnologías alimentarias y la medicina.

    2. Sistemas avanzados

    Objetivo

    Diseñar y desarrollar sistemas y subsistemas avanzados para la medición de parámetros oceánicos y de las características del fondo marino, para la toma de muestras y la aplicación de tecnologías utilizadas como apoyo a las actividades de exploración, seguimiento y explotación del medio marino. La utilización de esos sistemas avanzados permitirá seguir las modificaciones estacionales y a largo plazo del medio marino, tanto a escala regional como global.

    Tareas de investigación

    1. Plataformas no tripuladas para aguas profundas y el Ártico

    Elaboración de dispositivos y subsistemas para plataformas no tripuladas en aguas profundas y el Ártico: vehículos teledirigidos y vehículos autónomos, módulos bentónicos de medición, laboratorios bentónicos, boyas, etc.; este punto del programa incluye trabajos de investigación sobre materiales avanzados, fuentes de energía y sistemas de propulsión, así como sobre los sistemas de gestión de las misiones y sistemas de mantenimiento a bordo de buques oceanográficos.

    2. Equipos de medición y muestreo

    Elaboración de sensores e instrumentos de medición y de muestreo con vistas a su uso prolongado en medios hostiles, tanto en la columna de agua como en los fondos marinos. Se tendrán en cuenta también las necesidades de instrumentación del futuro GOOS (1) y de otros grandes programas internacionales, así como los que sirven de asistencia a las actividades de exploración o explotación en aguas profundas. Por otra parte, se favorecerá la adaptación al medio marino de sensores utilizados en otros sectores.

    3. Biosensores

    Investigación sobre biosensores de uso en aguas marinas o salobres que permitan identificar compuestos orgánicos naturales y artificiales y seguir sus procesos de degradación.

    Área IV: Iniciativas de apoyo

    Objetivo

    Aumentar la coordinación, la cooperación y el intercambio de información entre investigadores europeos; contribuir a la correcta ejecución de los programas nacionales e internacionales mediante un uso racional de las infraestructuras de investigación y la transferencia de experiencias y conocimientos.

    Temas de actividad

    1. Formación avanzada (becas, cursos).

    2. Estándares de formación y trabajo en algunos sectores especializados de la investigación marina (ej. submarinismo científico, técnicos).

    3. Coordinación de la modelización, intercambio y control de calidad de datos oceanográficos para la investigación y algunas aplicaciones prácticas: lanzamiento de iniciativas europeas de modelización de sistemas marinos, de intercambio de datos e información, y de control de calidad. Ayudar a centros especializados, organismos nacionales y empresas (en particular las PYME) a participar de forma coordinada.

    4. Empleo coordinado de equipos experimentales pesados y grandes equipos informáticos a escala regional y europea.

    5. Diseño de sistemas y componentes para equipos experimentales y operativos avanzados pesados.

    6. Técnicas de calibrado y normas aplicables a la instrumentación marina y a los métodos de observación.

    (1) Global Ocean Observing System.

    ANEXO II

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    ANEXO III

    MODALIDADES DE REALIZACIÓN DEL PROGRAMA

    1. La contribución económica de la Comunidad se hará según las normas establecidas en el Anexo IV de la Decisión relativa al Cuarto Programa Marco.

    La participación de las empresas, los centros de investigación y las universidades, así como la difusión de los resultados, se llevarán a cabo según las normas descritas en el artículo 130 J. No obstante, en la ejecución del presente programa, la participación con arreglo al apartado 2 del artículo 2 de la Decisión del Consejo relativa a las normas de participación en los programas se limitará a las organizaciones internacionales con sede en Europa y a las entidades a que se refiere la letra c) del apartado 2 del artículo 2 de la citada Decisión. Los laboratorios internacionales situados en Europa podrán, excepcionalmente, ser financiados en las mismas condiciones que las organizaciones comunitarias.

    En la ejecución del presente programa se aplicarán las siguientes precisiones:

    - De manera general, las propuestas tendrán que incluir una evaluación de los posibles riesgos al medio marino derivadas de las actividades de investigación o de desarrollo tecnológico propuestas.

    - Para consolidar la cooperación internacional necesaria en el marco de la oceanografía y los grandes programas internacionales de medio ambiente, las iniciativas de apoyo y las medidas de acompañamiento, con excepción de la formación avanzada, podrán realizarse en cooperación con terceros países.

    2. El presente programa se realizará en forma de:

    2.1. Participación económica de la Comunidad en actividades de IDT realizadas por terceros o por institutos del CCI en asociación con terceros:

    a) Acciones de gastos compartidos, que incluyen las modalidades siguientes:

    - Proyectos de IDT realizados por empresas, centros de investigación y universidades, incluyendo consorcios para proyectos integrados con un tema común.

    - Estímulo tecnológico, que tiene por objeto fomentar y facilitar la participación de las PYME mediante una prima que cubre la fase exploratoria de una acción de IDT, incluyendo la búsqueda de socios, y por medio de la investigación en cooperación. La concesión de esa prima se hará después de una selección de borradores de propuestas que pueden presentarse en cualquier momento;

    - Ayudas para la financiación de infraestructuras o instalaciones indispensables para la realización de una acción coordinada (actividad reforzada de coordinación).

    b) Acciones concertadas, que consisten en la coordinación, sobre todo por medio de redes de concertación, de proyectos de IDT ya financiados por autoridades públicas u organismos privados. La acción concertada puede servir también para coordinar el funcionamiento de las redes temáticas que, por mediación de proyectos de IDT de acciones de gastos compartidos (véase el primer guión de la letra a) del apartado 2.1) agrupando en torno a un mismo objetivo tecnológico o industrial a fabricantes, usuarios, universidades y centros de investigación.

    c) Medidas específicas como, por ejemplo, medidas en favor de la normalización y medidas dirigidas a la elaboración de instrumentos generales al servicio de los centros de investigación, universidades y empresas. La participación de la Comunidad cubrirá hasta el 100 % del coste de tales medidas.

    Para concentrar el esfuerzo comunitario de investigación y darle más realce dentro de la investigación a nivel mundial sobre cambio climático, los trabajos de investigación en este área se realizarán dentro de la red ENRICH (1). Esta acción se orientará de manera que el esfuerzo de investigación contribuya a la consecución de los objetivos de los Programas mundiales IGBP (2), WCRP (3), HDP (4) y algunos aspectos del desarrollo de GOOS (5).

    El programa se ejecutará en estrecha relación con las actividades correspondientes del CCI y en colaboración con los siguientes programas comunitarios de investigación: Agricultura y pesca, Energía no nuclear, Medio ambiente y clima, Medidas y ensayos, Tecnologías industriales y de los materiales y Tecnologías de la información. Asimismo se establecerá la coordinación adecuada con otros organismos internacionales como, por ejemplo, COI (6), CIEM (7) y CIESM (8) y con las actividades correspondientes del Programa Eureka (Euromar) y los centros de investigación de la OTAN (9).

    2.2. Medidas de preparación, acompañamiento y apoyo:

    - Estudios de apoyo al presente programa y de preparación de actividades futuras.

    - Conferencias, seminarios, talleres y demás reuniones científicas o técnicas, incluidas las reuniones de coordinación intersectorial o multidisciplinar.

    - Uso de recursos externos, por ejemplo, acceso a bases de datos científicos.

    - Publicaciones científicas, incluidas la difusión, promoción y explotación de resultados (en coordinación con las actividades de la Tercera Acción).

    - Estudios de evaluación de la repercusión socioeconómica y del impacto de los posibles riesgos tecnológicos del conjunto de proyectos del presente programa.

    - Actividades de formación relacionadas con la investigación objeto del programa.

    - Evaluación independiente (estudios incluidos) de la gestión y ejecución de las actividades del programa.

    - Coordinación y apoyo de infraestructuras y equipos pesados.

    - Medidas de apoyo a la operación de redes de información para proporcionar asistencia descentralizada a PYMES en coordinación con la acción Euromanagement-Auditoría de IDT.

    Las actividades de difusión y explotación de los resultados de este programa serán complementarias de las incluidas en la Tercera Acción y se realizarán en estrecha coordinación con ella. Los participantes en proyectos de IDT constituyen redes privilegiadas de difusión y explotación de resultados. Su efecto se reforzará por medio de publicaciones, conferencias, promoción de resultados, estudios de las posibilidades tecnológicas y económicas, etc. Para su óptima explotación, los factores que puedan favorecer el uso posterior de los resultados deberán ser tenidos en cuenta desde el principio y durante todo el seguimiento de los proyectos de IDT.

    Estas modalidades de aplicación de las medidas de preparación, acompañamiento y apoyo se aplicarán, en particular, al Área IV del Programa.

    (1) European Network for Research in Global Change.

    (2) International Geosphere-Biosphere Programme.

    (3) World Climate Research Programme.

    (4) Human Dimensions of Global Environmental Change Programme.

    (5) Global Ocean Observing System.

    (6) Comisión Oceanográfica Intergubernamental de la UNESCO.

    (7) Objetivo Internacional de Explotación del Mar.

    (8) Comisión Internacional de Exploración Científica del Mar Mediterráneo.

    (9) Organización del Tratado del Atlántico Norte.

    Top