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Document 32025R1480
Council Implementing Regulation (EU) 2025/1480 of 18 July 2025 implementing Regulation (EU) 2023/2147 concerning restrictive measures in view of activities undermining the stability and political transition of Sudan
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1480 del Consejo, de 18 de julio de 2025, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2023/2147 relativo a la adopción de medidas restrictivas motivadas por actividades que menoscaban la estabilidad y la transición política de Sudán
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1480 del Consejo, de 18 de julio de 2025, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2023/2147 relativo a la adopción de medidas restrictivas motivadas por actividades que menoscaban la estabilidad y la transición política de Sudán
ST/7677/2025/INIT
DO L, 2025/1480, 18.7.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1480/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2025/1480 |
18.7.2025 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/1480 DEL CONSEJO
de 18 de julio de 2025
por el que se aplica el Reglamento (UE) 2023/2147 relativo a la adopción de medidas restrictivas motivadas por actividades que menoscaban la estabilidad y la transición política de Sudán
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2023/2147 del Consejo, de 9 de octubre de 2023, relativo a la adopción de medidas restrictivas motivadas por actividades que menoscaban la estabilidad y la transición política de Sudán (1), y en particular su artículo 13, apartado 1,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 9 de octubre de 2023, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2023/2147. |
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(2) |
El 27 de noviembre de 2023, el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad emitió una Declaración en nombre de la Unión, en la que la Unión y sus Estados miembros reiteraban su firme condena a los continuos combates entre las Fuerzas Armadas de Sudán y las Fuerzas de Apoyo Rápido y sus respectivas milicias afines. También se lamentaba en la Declaración la dramática escalada de la violencia y el coste irreparable en vidas humanas que se está produciendo en Darfur y en todo el país, así como las violaciones del Derecho internacional de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario. |
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(3) |
Habida cuenta de la gravedad de la situación, procede incluir a dos personas y dos entidades en la lista de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2023/2147. |
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(4) |
Por tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2023/2147 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (UE) 2023/2147 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 18 de julio de 2025.
Por el Consejo
La Presidenta
M. BJERRE
(1) DO L, 2023/2147, 11.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2147/oj.
ANEXO
El anexo I del Reglamento (UE) 2023/2147 se modifica como sigue:
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1) |
En el epígrafe «A. Personas físicas», se añaden las entradas siguientes:
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2) |
En el epígrafe «B. Entidades», se añaden las entradas siguientes:
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ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1480/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)