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Έγγραφο 32025R1462

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1462 de la Comisión, de 11 de julio de 2025, relativo a la inscripción de la indicación geográfica Kőszeg/Kőszegi (DOP) en el registro de indicaciones geográficas de la Unión de conformidad con el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo

C/2025/4803

DO L, 2025/1462, 18.7.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1462/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Νομικό καθεστώς του εγγράφου Ισχύει

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1462/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2025/1462

18.7.2025

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/1462 DE LA COMISIÓN

de 11 de julio de 2025

relativo a la inscripción de la indicación geográfica «Kőszeg/Kőszegi» (DOP) en el registro de indicaciones geográficas de la Unión de conformidad con el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 (1), y en particular su artículo 21, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 97, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la solicitud de Hungría de registro de la indicación geográfica «Kőszeg/Kőszegi», que había recibido la Comisión antes de la fecha de entrada en vigor del Reglamento (UE) 2024/1143 (3).

(2)

La Comisión no ha recibido ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 17 del Reglamento (UE) 2024/1143, aplicable a la solicitud de registro de conformidad con el artículo 90, apartado 2, de dicho Reglamento.

(3)

Procede, por tanto, inscribir la indicación geográfica «Kőszeg/Kőszegi» en el registro de indicaciones geográficas de la Unión.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda inscrita en el registro de indicaciones geográficas de la Unión contemplado en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2024/1143 la indicación geográfica «Kőszeg/Kőszegi» (DOP).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 11 de julio de 2025.

Por la Comisión,

en nombre de la Presidenta,

Christophe HANSEN

Miembro de la Comisión


(1)   DO L, 2024/1143, 23.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1143/oj.

(2)  Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/1308/oj).

(3)   DO C, C/2025/1600, 12.3.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/1600/oj.


ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1462/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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