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Documento 32025R0160
Commission Implementing Regulation (EU) 2025/160 of 29 January 2025 concerning the authorisation of L-threonine produced with Escherichia coli CGMCC 7.455 as a feed additive for all animal species
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/160 de la Comisión, de 29 de enero de 2025, relativo a la autorización de la L-treonina producida con Escherichia coli CGMCC 7.455 como aditivo para piensos destinado a todas las especies animales
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/160 de la Comisión, de 29 de enero de 2025, relativo a la autorización de la L-treonina producida con Escherichia coli CGMCC 7.455 como aditivo para piensos destinado a todas las especies animales
C/2025/534
DO L, 2025/160, 30.1.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/160/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Vigente
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2025/160 |
30.1.2025 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/160 DE LA COMISIÓN
de 29 de enero de 2025
relativo a la autorización de la L-treonina producida con Escherichia coli CGMCC 7.455 como aditivo para piensos destinado a todas las especies animales
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 regula la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. |
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(2) |
De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización de la L-treonina producida con Escherichia coli CGMCC 7.455. La solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. |
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(3) |
La solicitud se refiere a la autorización de la L-treonina producida con Escherichia coli CGMCC 7.455 como aditivo para piensos destinado a ser utilizado en los piensos y el agua de beber para todas las especies animales, y en ella se pide que el aditivo en cuestión se clasifique en la categoría «aditivos nutricionales» y en el grupo funcional «aminoácidos, sus sales y análogos». |
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(4) |
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó en su dictamen de 12 de marzo de 2024 (2) que, en las condiciones de uso propuestas, la L-treonina producida con Escherichia coli CGMCC 7.455 es segura para las especies objetivo. Sin embargo, la Autoridad alberga dudas sobre la seguridad de la sustancia para las especies objetivo debido a la administración simultánea de L-treonina a través del agua de beber y los piensos por los posibles desequilibrios de aminoácidos y por razones higiénicas. El uso de la L-treonina producida con Escherichia coli CGMCC 7.455 en la alimentación animal se considera seguro para los consumidores y el medio ambiente. A falta de datos, la Autoridad no pudo llegar a una conclusión sobre el potencial de irritación cutánea u ocular del aditivo ni sobre su potencial de sensibilización cutánea. En cuanto a la actividad endotóxica del aditivo, la Autoridad llegó a la conclusión de que no plantea ningún riesgo para los usuarios por inhalación. La Autoridad concluyó además que la sustancia se considera una fuente eficaz del aminoácido esencial L-treonina para las especies no rumiantes y que, para que la sustancia sea plenamente eficaz en los rumiantes, debe protegerse contra la degradación en el rumen. La Autoridad no consideró que fuesen necesarios requisitos específicos de seguimiento consecutivo a la comercialización. La Autoridad verificó también el informe sobre el método de análisis del aditivo para piensos presentado por el laboratorio de referencia establecido en el Reglamento (CE) n.o 1831/2003. |
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(5) |
En vista de lo anterior, la Comisión considera que la L-treonina producida con Escherichia coli CGMCC 7.455 cumple los requisitos establecidos en el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. Por consiguiente, debe autorizarse el uso de esa sustancia como aditivo para piensos. Cuando se administre a rumiantes, la L-treonina debe protegerse contra la degradación en el rumen. Conviene advertir a los usuarios de que han de tener en cuenta la aportación a la dieta de todos los aminoácidos esenciales y condicionalmente esenciales, en particular en el caso de la suplementación con L-treonina a través del agua de beber. Además, la Comisión considera que deben adoptarse medidas de protección adecuadas para evitar efectos adversos en la salud de los usuarios del aditivo. |
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(6) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos, |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Autorización
Se autoriza el uso como aditivo para alimentación animal de la sustancia que figura en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos nutricionales» y al grupo funcional «aminoácidos, sus sales y análogos», en las condiciones que se establecen en dicho anexo.
Artículo 2
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 29 de enero de 2025.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2003/1831/oj.
(2) EFSA Journal, 22(4):e8708.
ANEXO
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Número de identificación del aditivo para piensos |
Aditivo |
Composición, fórmula química, descripción y método analítico |
Especie animal o categoría de animales |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Fin del período de autorización |
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mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % |
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Categoría: aditivos nutricionales. Grupo funcional: aminoácidos, sus sales y análogos |
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3c412 |
L-treonina |
Composición del aditivo Polvo con un mínimo del 98,5 % de L-treonina y un contenido máximo de humedad del 1 % Caracterización de la sustancia activa L-treonina producida con Escherichia coli CGMCC 7.455 Fórmula química: C4H9NO3 Número CAS: 72-19-5 Método analítico (1) Para la identificación de la L-treonina en el aditivo para piensos:
Para la determinación de la treonina en el aditivo para piensos:
Para la determinación de la treonina en las premezclas:
Para la determinación de la treonina en los piensos compuestos:
Para la determinación de la treonina en el agua:
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Todas las especies animales |
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19 de febrero de 2035 |
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(1) Puede consultarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: https://joint-research-centre.ec.europa.eu/eurl-fa-eurl-feed-additives/eurl-fa-authorisation/eurl-fa-evaluation-reports_es.
(2) Reglamento (CE) n.o 152/2009 de la Comisión, de 27 de enero de 2009, por el que se establecen los métodos de muestreo y análisis para el control oficial de los piensos (DO L 54, de 26.2.2009, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2009/152/oj).
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/160/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)