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Document 32025D1705
Council Implementing Decision (EU) 2025/1705 of 29 July 2025 implementing Decision (CFSP) 2015/1333 concerning restrictive measures in view of the situation in Libya
Decisión de Ejecución (UE) 2025/1705 del Consejo, de 29 de julio de 2025, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia
Decisión de Ejecución (UE) 2025/1705 del Consejo, de 29 de julio de 2025, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia
ST/10872/2025/INIT
DO L, 2025/1705, 30.7.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/1705/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2025/1705 |
30.7.2025 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2025/1705 DEL CONSEJO
de 29 de julio de 2025
por la que se aplica la Decisión (PESC) 2015/1333 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,
Vista la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC (1), y en particular su artículo 12, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 31 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1333. |
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(2) |
Sobre la base del artículo 17, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2015/1333, el Consejo ha revisado las listas de personas y entidades designadas que figuran en los anexos II y IV de dicha Decisión. |
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(3) |
El Consejo ha llegado a la conclusión de que deben suprimirse la entrada correspondiente a una persona, y de que deben mantenerse las medidas restrictivas contra todas las demás personas y entidades incluidas en las listas que figuran en los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333. |
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(4) |
Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2015/1333 en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Los anexos II y IV de la Decisión (PESC) 2015/1333 se modifican de conformidad con lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 29 de julio de 2025.
Por el Consejo
La Presidenta
M. BJERRE
(1) DO L 206 de 1.8.2015, p. 34, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/1333/oj.
ANEXO
La Decisión (PESC) 2015/1333 se modifica como sigue:
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1) |
En el anexo II («Lista de personas y entidades a que se refiere el artículo 8, apartado 2»), parte A («Personas»), se suprime la entrada 9 (relativa a Mohamad Ali HOUEJ). |
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2) |
En el anexo IV («Lista de personas y entidades a que se refiere el artículo 9, apartado 2»), parte A («Personas»), se suprime la entrada 9 (relativa a Mohamad Ali HOUEJ). |
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/1705/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)