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Document 32024D2638
Commission Implementing Decision (EU) 2024/2638 of 9 October 2024 on the harmonised standards drafted in support of Regulation (EU) 2016/2281 laying down ecodesign requirements for air heating products, cooling products, high temperature process chillers and fan coil units
Decisión de Ejecución (UE) 2024/2638 de la Comisión, de 9 de octubre de 2024, relativa a las normas armonizadas elaboradas en apoyo del Reglamento (UE) 2016/2281, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos de calentamiento de aire, los productos de refrigeración, las enfriadoras de procesos de alta temperatura y los ventiloconvectores
Decisión de Ejecución (UE) 2024/2638 de la Comisión, de 9 de octubre de 2024, relativa a las normas armonizadas elaboradas en apoyo del Reglamento (UE) 2016/2281, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos de calentamiento de aire, los productos de refrigeración, las enfriadoras de procesos de alta temperatura y los ventiloconvectores
C/2024/6885
DO L, 2024/2638, 11.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/2638/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Diario Oficial |
ES Serie L |
2024/2638 |
11.10.2024 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2638 DE LA COMISIÓN
de 9 de octubre de 2024
relativa a las normas armonizadas elaboradas en apoyo del Reglamento (UE) 2016/2281, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos de calentamiento de aire, los productos de refrigeración, las enfriadoras de procesos de alta temperatura y los ventiloconvectores
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con el artículo 9, apartado 2, de la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se presume que los ventiloconvectores que se ajusten a normas armonizadas o parte de estas y cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea cumplen los requisitos pertinentes de la medida de ejecución aplicable a la que se refieren dichas normas. Estas normas se mencionan en el artículo 9, apartado 2, de la Directiva 2009/125/CE y figuran en el anexo VII de la Directiva, y están contempladas por las normas armonizadas o partes de estas. |
(2) |
La Comisión, mediante su Decisión de Ejecución C(2019) 1725 final (3), solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN) que elaborase varias normas armonizadas en apoyo de la aplicación del Reglamento (UE) 2016/2281 de la Comisión (4). |
(3) |
Sobre la base de la solicitud formulada en la Decisión de Ejecución C(2019) 1725 final, el CEN publicó normas adaptadas (5), en particular, la norma EN 1397:2021, relativa a los ventiloconvectores. |
(4) |
La Comisión, junto con el CEN, ha evaluado si la norma EN 1397:2021, elaborada por el CEN, se ajusta a la solicitud M/560, de 11 de marzo de 2019. |
(5) |
La norma satisface los requisitos que pretende cubrir y que se establecen en el Reglamento (UE) 2016/2281. Procede, por tanto, publicar las referencias de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
(6) |
El cumplimiento de una norma armonizada confiere la presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes, incluidos los objetivos de seguridad, que se hayan establecido en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de la norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por consiguiente, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La referencia de la norma armonizada sobre ventiloconvectores elaborada en apoyo del Reglamento (UE) 2016/2281 que figura en el anexo de la presente Decisión se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 9 de octubre de 2024.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 316 de 14.11.2012, p. 12, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2012/1025/oj.
(2) Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía (DO L 285 de 31.10.2009, p. 10, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2009/125/oj).
(3) Decisión de Ejecución C(2019) 1725 final de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, relativa a una solicitud de normalización dirigida a las organizaciones europeas de normalización en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos de calentamiento de aire, los productos de refrigeración, las enfriadoras de procesos de alta temperatura y los ventiloconvectores en apoyo del Reglamento (UE) 2016/2281 de la Comisión.
(4) Reglamento (UE) 2016/2281 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, que aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía, en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos de calentamiento de aire, los productos de refrigeración, las enfriadoras de procesos de alta temperatura y los ventiloconvectores (DO L 346 de 20.12.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/2281/oj).
(5) En lo que respecta a los ventiloconvectores, la Comisión ha solicitado al CEN que adapte las normas EN 1397:2015, EN 13053 y EN 16583:2015, o cualquier otra norma pertinente. La adopción de una norma que incluya el consumo de energía en modo desactivado, en modo desactivado por termostato y en modo preparado, junto con procedimientos de ensayo para determinar sus prestaciones, es crucial para garantizar la eficiencia energética y la sostenibilidad medioambiental.
ANEXO
N.o |
Referencia de la norma |
1. |
EN 1397:2021 Intercambiadores de calor. Ventiloconvectores (fan coils) hidráulicos. Procedimientos de ensayo para determinar sus prestaciones. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/2638/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)