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Document 32023R2793
Council Implementing Regulation (EU) 2023/2793 of 11 December 2023 implementing Regulation (EU) 2023/1529 concerning restrictive measures in view of Iran’s military support of Russia’s war of aggression against Ukraine
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2793 del Consejo, de 11 de diciembre de 2023, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2023/1529 relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2793 del Consejo, de 11 de diciembre de 2023, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2023/1529 relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania
ST/15789/2023/INIT
DO L, 2023/2793, 11.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/2793/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Diario Oficial |
ES Serie L |
2023/2793 |
11.12.2023 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/2793 DEL CONSEJO
de 11 de diciembre de 2023
por el que se aplica el Reglamento (UE) 2023/1529 relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2023/1529 del Consejo, de 20 de julio de 2023, relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania (1), y en particular su artículo 7, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 20 de julio de 2023, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2023/1529. |
(2) |
En sus Conclusiones de 20 y 21 de octubre de 2022, 15 de diciembre de 2022, 23 de marzo de 2023, 29 y 30 de junio de 2023 y 26 y 27 de octubre de 2023, el Consejo Europeo condenó enérgicamente el apoyo militar prestado por las autoridades iraníes a la guerra de agresión de Rusia, que debe cesar. |
(3) |
En sus Conclusiones de 12 de diciembre de 2022, el Consejo condenó enérgicamente y consideró inaceptable cualquier apoyo militar de Irán, concretamente el suministro de vehículos aéreos no tripulados (VANT), en lo que respecta a la guerra de agresión ilegal, no provocada e injustificada de Rusia contra Ucrania, que constituye una grave violación del Derecho internacional y los principios de la Carta de las Naciones Unidas. Las armas que suministra Irán están siendo utilizadas indiscriminadamente por Rusia contra la población civil y las infraestructuras ucranianas, causando gran destrucción y sufrimiento humano. |
(4) |
Rusia viene utilizando VANT fabricados en Irán, también contra civiles e infraestructuras civiles, en apoyo de su guerra de agresión, que viola la soberanía, la independencia y la integridad territorial de Ucrania. Por lo tanto, el programa iraní para el desarrollo y la fabricación de vehículos aéreos no tripulados, auspiciado por el Estado, contribuye a la violación de la Carta de las Naciones Unidas y de los principios fundamentales del Derecho internacional. Este programa lo dirigen el Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas de Irán y el Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica, ambos sancionados por la Unión, e incluye la adquisición, desarrollo, fabricación y transferencia de VANT, en especial a Rusia. Se apoya en empresas públicas y privadas y se beneficia de las capacidades de investigación nacionales. |
(5) |
En ese contexto, debe incluirse a seis personas y cinco entidades en la lista de personas físicas o jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo III del Reglamento (UE) 2023/1529. |
(6) |
El título del Reglamento (UE) 2023/1529 debe modificarse en determinadas versiones lingüísticas a fin de que coincida con el título de la Decisión (PESC) 2023/1532 del Consejo (2). |
(7) |
Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2023/1529 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento (UE) 2023/1529 se modifica como sigue:
1) |
El título se sustituye por el texto siguiente: «(no afecta a la versión española)». |
2) |
El anexo III se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento. |
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 11 de diciembre de 2023.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORRELL FONTELLES
(1) DO L 186 de 25.7.2023, p. 1.
(2) Decisión (PESC) 2023/1532 del Consejo, de 20 de julio de 2023, relativa a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania (DO L 186 de 25.7.2023, p. 20).
ANEXO
En el anexo III del Reglamento (UE) 2023/1529 se añaden el encabezado y las entradas siguientes bajo el epígrafe «Lista de personas físicas o jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 3»:
«A. |
Personas físicas
|
B. |
Personas jurídicas, entidades y organismos
|
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/2793/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)