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Document 32023D2754
Council Decision (EU) 2023/2754 of 4 December 2023 on the position to be adopted, on behalf of the European Union, within the EEA Joint Committee concerning the amendment to Annex XX (Environment) to the EEA Agreement (ETS Maritime and Stationary)
Decisión (UE) 2023/2754 del Consejo, de 4 de diciembre de 2023, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, con respecto a la modificación del anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE (RCDE del transporte marítimo y de instalaciones fijas)
Decisión (UE) 2023/2754 del Consejo, de 4 de diciembre de 2023, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, con respecto a la modificación del anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE (RCDE del transporte marítimo y de instalaciones fijas)
ST/14989/2023/INIT
DO L, 2023/2754, 8.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/2754/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Diario Oficial |
ES Serie L |
2023/2754 |
8.12.2023 |
DECISIÓN (UE) 2023/2754 DEL CONSEJO
de 4 de diciembre de 2023
relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, con respecto a la modificación del anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE (RCDE del transporte marítimo y de instalaciones fijas)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 192, apartado 1, en relación con su artículo 218, apartado 9,
Visto el Reglamento (CE) n.o 2894/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (1), y en particular su artículo 1, apartado 3,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (2) (en lo sucesivo, «Acuerdo EEE») entró en vigor el 1 de enero de 1994. |
(2) |
En virtud del artículo 98 del Acuerdo EEE, el Comité Mixto del EEE puede decidir la modificación, entre otros, del anexo XX (Medio Ambiente) de dicho Acuerdo. |
(3) |
Deben incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2023/957 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), la Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), la Decisión (UE) 2023/852 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) y la Decisión (UE) 2023/1575 de la Comisión (6). |
(4) |
Por lo tanto, procede modificar en consecuencia el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE. |
(5) |
La posición de la Unión en el Comité Mixto del EEE debe basarse, por lo tanto, en el proyecto de Decisión adjunto. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE con respecto a la propuesta de modificación del anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE adjunto a la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 4 de diciembre de 2023.
Por el Consejo
El Presidente
F. BOLAÑOS GARCÍA
(1) DO L 305 de 30.11.1994, p. 6.
(3) Reglamento (UE) 2023/957 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015/757 con el fin de incorporar las actividades de transporte marítimo al régimen para el comercio de derechos de emisión en la Unión y de seguir, notificar y verificar las emisiones de gases de efecto invernadero adicionales y las emisiones procedentes de tipos adicionales de buques (DO L 130 de 16.5.2023, p. 105).
(4) Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, que modifica la Directiva 2003/87/CE por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y la Decisión (UE) 2015/1814, relativa al establecimiento y funcionamiento de una reserva de estabilidad del mercado en el marco del régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión (DO L 130 de 16.5.2023, p. 134).
(5) Decisión (UE) 2023/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de abril de 2023, por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/1814 en lo relativo a la cantidad de derechos de emisión que deben incorporarse a la reserva de estabilidad del mercado en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión hasta 2030 (DO L 110 de 25.4.2023, p. 21).
(6) Decisión (UE) 2023/1575 de la Comisión, de 27 de julio de 2023, relativa a la cantidad de derechos de emisión que deben expedirse para el conjunto de la Unión en 2024 de conformidad con el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (DO L 192 de 31.7.2023, p. 30).
PROYECTO DE
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o …
de …
por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2023/957 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015/757 con el fin de incorporar las actividades de transporte marítimo al régimen para el comercio de derechos de emisión en la Unión y de seguir, notificar y verificar las emisiones de gases de efecto invernadero adicionales y las emisiones procedentes de tipos adicionales de buques (1). |
(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, que modifica la Directiva 2003/87/CE, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión, y la Decisión (UE) 2015/1814, relativa al establecimiento y funcionamiento de una reserva de estabilidad del mercado en el marco del régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión (2). |
(3) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión (UE) 2023/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de abril de 2023, por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/1814 en lo relativo a la cantidad de derechos de emisión que deben incorporarse a la reserva de estabilidad del mercado en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión hasta 2030 (3). |
(4) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión (UE) 2023/1575 de la Comisión, de 27 de julio de 2023, relativa a la cantidad de derechos de emisión que deben expedirse para el conjunto de la Unión en 2024 de conformidad con el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (4). |
(5) |
La Comisión publicará la cantidad total de derechos de emisión que se expedirán para el año 2027 en el marco del nuevo régimen de comercio de derechos de emisión para los edificios, el transporte por carretera y otros sectores a más tardar el 1 de enero de 2025 y, al igual que en el caso del actual régimen de comercio de derechos de emisión, establecerá el límite máximo en forma de una cantidad de derechos de emisión para el conjunto del EEE. Los Estados AELC del EEE deben facilitar datos de entrada y se les consultará durante el proceso de preparación de la correspondiente Decisión de la Comisión. |
(6) |
La incorporación de la Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo se entiende sin perjuicio de la evaluación por parte de los Estados de la AELC del Reglamento (UE) 2023/955 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por el que se establece un Fondo Social para el Clima en el contexto del ámbito de aplicación del Acuerdo EEE. |
(7) |
Sobre la base de la unión regional de Liechtenstein con Suiza y de conformidad con su tratado bilateral sobre tasas medioambientales (5), en Liechtenstein se aplica un impuesto sobre el CO2 cuya administración, en particular la recaudación, el seguimiento y la notificación, corre a cargo de las autoridades y entidades suizas. Por lo tanto, en lo que atañe a Liechtenstein respecto del nuevo régimen de comercio de derechos de emisión para los edificios, el transporte por carretera y otros sectores, procede revisar la fecha de finalización de la excepción prevista en el artículo 30 sexies, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE y conceder una exención de las normas administrativas conexas hasta esa fecha, así como realizar los ajustes correspondientes en las fuentes de datos de emisiones. |
(8) |
Las cifras publicadas en la Decisión (UE) 2023/1575 relativas a la cantidad de derechos de emisión para el conjunto de la Unión para 2024 y a la reducción anual de los derechos de emisión que deben expedirse como resultado de la aplicación del factor de reducción lineal incluyen a los Estados de la AELC, en consonancia con la Directiva (UE) 2023/959. |
(9) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XX del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo XX del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
1) |
El punto 21al (Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) se modifica como sigue:
|
2) |
En el punto 21alj [Decisión (UE) 2015/1814 del Parlamento Europeo y del Consejo] se añaden los guiones siguientes:
|
3) |
Después del punto 21apn [Decisión (UE) 2020/1722 de la Comisión] se inserta el punto siguiente:
|
4) |
El punto 21aw [Reglamento (UE) 2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo] se modifica como sigue:
|
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) 2023/957, de la Directiva (UE) 2023/959 y de las Decisiones (UE) 2023/852 y (UE) 2023/1575 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el … o al día siguiente de la última notificación transmitida al Comité Mixto del EEE de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE, si esta fuera posterior (*1).
[Será aplicable a partir del 31 de diciembre de 2023.]
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el …
Por el Comité Mixto del EEE
La Presidenta/El Presidente
Las Secretarias / Los Secretarios
del Comité Mixto del EEE
(1) DO L 130 de 16.5.2023, p. 105.
(2) DO L 130 de 16.5.2023, p. 134.
(3) DO L 110 de 25.4.2023, p. 21.
(4) DO L 192 de 31.7.2023, p. 30.
(5) Vertrag zwischen dem Fürstentum Liechtenstein und der Schweizerischen Eidgenossenschaft betreffend die Umweltabgaben im Fürstentum Liechtenstein, abgeschlossen am 29. Januar 2010 (LGBl. 2010 Nr. 12).
(*1) [No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.]
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/2754/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)