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Document 32023D1017
Commission Implementing Decision (EU) 2023/1017 of 23 May 2023 amending Implementing Decision (EU) 2020/1729 as regards the monitoring of methicillin-resistant Staphylococcus aureus (MRSA) in fattening pigs (notified under document C(2023)3251) (Text with EEA relevance)
Decisión de Ejecución (UE) 2023/1017 de la Comisión de 23 de mayo de 2023 por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729 en lo que respecta a la vigilancia de Staphylococcus aureus resistente a la meticilina (SARM) en cerdos de engorde [notificada con el número C(2023) 3251] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Decisión de Ejecución (UE) 2023/1017 de la Comisión de 23 de mayo de 2023 por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729 en lo que respecta a la vigilancia de Staphylococcus aureus resistente a la meticilina (SARM) en cerdos de engorde [notificada con el número C(2023) 3251] (Texto pertinente a efectos del EEE)
C/2023/3251
DO L 136 de 24.5.2023, p. 78–82
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
24.5.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 136/78 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2023/1017 DE LA COMISIÓN
de 23 de mayo de 2023
por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729 en lo que respecta a la vigilancia de Staphylococcus aureus resistente a la meticilina (SARM) en cerdos de engorde
[notificada con el número C(2023) 3251]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2003/99/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonóticos y por la que se modifica la Decisión 90/424/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 92/117/CEE del Consejo (1), y en particular su artículo 4, apartado 5, su artículo 7, apartado 3, y su artículo 9, apartado 1, párrafo cuarto,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con la Directiva 2003/99/CE, los Estados miembros han de cerciorarse de que la vigilancia arroje datos comparables sobre la aparición de resistencia a los antimicrobianos (RAM) de los agentes zoonóticos y, en la medida en que supongan una amenaza para la salud pública, de otros agentes. |
(2) |
La Directiva 2003/99/CE establece, asimismo, que los Estados miembros deben evaluar en su territorio las tendencias y las fuentes de la RAM y transmitir a la Comisión un informe cada año con los datos recopilados de conformidad con dicha Directiva. |
(3) |
La Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729 de la Comisión (2) establece las normas de vigilancia y notificación armonizadas de la RAM de las bacterias zoonóticas y comensales. Las normas fijadas en dicha Decisión de Ejecución abarcan el período 2021-2027 y establecen un sistema de rotación anual del muestreo de las especies animales. De conformidad con dicho sistema de rotación, los cerdos de engorde deben ser objeto de muestreo en 2025. |
(4) |
El Staphylococcus aureus resistente a la meticilina (SARM) es un patógeno que causa muchas infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria y extrahospitalarias que son difíciles de tratar en los seres humanos, ya que son resistentes a múltiples antibióticos. En las últimas décadas, la aparición y la creciente prevalencia de SARM asociado al ganado, en particular la secuencia tipo 398, perteneciente al complejo clonal 398, en cerdos se han convertido en una preocupación mundial, ya que su propagación puede comprometer el tratamiento eficaz de las enfermedades infecciosas en los seres humanos. La cría y el sacrificio de cerdos infectados por SARM asociado al ganado también son posibles factores de riesgo de infección en determinadas poblaciones humanas, como los ganaderos y los trabajadores de los mataderos. Por lo tanto, el seguimiento de la prevalencia de SARM asociado al ganado en los cerdos de engorde sería muy valioso para obtener información completa, comparable y fiable sobre el desarrollo y la propagación de SARM a escala de la Unión, con vistas a desarrollar, si se considera necesario, intervenciones adecuadas para prevenir y controlar las infecciones por SARM. |
(5) |
El 17 de octubre de 2022, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) publicó un informe científico acerca de las especificaciones técnicas para un estudio de referencia sobre la prevalencia de Staphylococcus aureus resistente a la meticilina (SARM) en cerdos (3) («las especificaciones técnicas de la EFSA»). Dicho informe destaca la conveniencia de llevar a cabo un estudio de un año a escala de la UE en lotes de cerdos de engorde en el momento del sacrificio para estimar la prevalencia de SARM en la población europea de cerdos de engorde, y define un protocolo para este estudio que incluye la población objetivo, los requisitos de muestreo, los métodos analíticos y los requisitos de notificación de datos. |
(6) |
Las especificaciones técnicas de la EFSA deben tenerse en cuenta al establecer normas para la vigilancia y la notificación armonizadas de SARM en cerdos de engorde en la Unión. |
(7) |
A fin de aprovechar el muestreo de cerdos de engorde previsto en 2025 para otras bacterias de conformidad con el sistema de rotación anual ya existente, los requisitos para la vigilancia de SARM en cerdos de engorde deben establecerse en la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729 y aplicarse a partir del 1 de enero de 2025. |
(8) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729 en consecuencia. |
(9) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Modificaciones de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729
La Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729 se modifica como sigue:
1) |
En el artículo 1, apartado 2, se añade la letra f) siguiente:
|
2) |
En el artículo 3, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2) Los laboratorios nacionales de referencia para la RAM u otros laboratorios designados por la autoridad competente de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (UE) 2017/625 serán los encargados de llevar a cabo:
|
3) |
El anexo se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión. |
Artículo 2
Aplicación
La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2025.
Artículo 3
Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 23 de mayo de 2023.
Por la Comisión
Stella KYRIAKIDES
Miembro de la Comisión
(1) DO L 325 de 12.12.2003, p. 31.
(2) Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2020, relativa a la vigilancia y la notificación de la resistencia a los antimicrobianos de las bacterias zoonóticas y comensales y por la que se deroga la Decisión de Ejecución 2013/652/UE de la Comisión (DO L 387 de 19.11.2020, p. 8).
(3) https://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/7620.
ANEXO
En el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1729 de la Comisión, la parte A se modifica como sigue:
1. |
En el punto 1, se añade la siguiente letra f):
|
2. |
En el punto 2, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:
|
3. |
El punto 3.1 se sustituye por el texto siguiente:
|
4. |
En el punto 4.1, se añade el párrafo siguiente: «SARM:
|
5. |
El punto 4.2 se modifica como sigue:
|
6. |
Después del punto 5, se inserta el punto 5 bis siguiente:
A fin de detectar el SARM en las muestras nasales recogidas de conformidad con el punto 1, letra f), los laboratorios a que se refiere el artículo 3, apartado 2, utilizarán el método de aislamiento y el método de confirmación basado en la RCP (4) contemplados en las especificaciones técnicas de la EFSA para un estudio de referencia sobre la prevalencia de Staphylococcus aureus resistente a la meticilina (SARM) en cerdos (5) y detallados en los protocolos del laboratorio de referencia de la UE para la RAM (6). Para confirmar las presuntas cepas de SARM, los laboratorios podrán decidir sustituir el método de confirmación basado en la RCP por un método de secuenciación del genoma completo (WGS) aplicado de conformidad con los protocolos del laboratorio de referencia de la UE para la RAM (7). Todas las cepas de SARM confirmadas, con un máximo de 208 cepas, identificadas mediante el método basado en la RCP o el método de la WGS se someterán a ensayo con el grupo de sustancias antimicrobianas con arreglo al cuadro 4 bis. No se someterá a ensayo más de una cepa por unidad epidemiológica. Las cepas de SARM que hayan sido confirmadas por el método basado en la RCP y que no pertenezcan al complejo clonal 398 se someterán a ensayo mediante el método de la WGS aplicado de conformidad con los protocolos del laboratorio de referencia de la UE para la RAM (8). El 20 % de las cepas de SARM confirmadas por el método basado en la RCP y pertenecientes al complejo clonal 398 se someterán a ensayo mediante el método de la WGS, con un máximo de veinte cepas sometidas a ensayo.». |
(1) https://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/6364
(2) https://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/7620
(3) https://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/7620
(4) Método basado en pruebas de reacción en cadena de la polimerasa (RCP).
(5) https://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/7620
(6) https://www.eurl-ar.eu/protocols.aspx
(7) https://www.eurl-ar.eu/protocols.aspx
(8) https://www.eurl-ar.eu/protocols.aspx