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Document 32023D0570

    Decisión de Ejecución (UE) 2023/570 de la Comisión de 10 de marzo de 2023 por la que se conceden a determinados Estados miembros excepciones a la aplicación del Reglamento (CE) n.o 138/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las cuentas económicas de la agricultura [notificada con el número C(2023) 1562] (Los textos en lenguas eslovena, española, italiana y polaca son los únicos auténticos)

    C/2023/1562

    DO L 74 de 13.3.2023, p. 63–65 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2023/570/oj

    13.3.2023   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 74/63


    DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2023/570 DE LA COMISIÓN

    de 10 de marzo de 2023

    por la que se conceden a determinados Estados miembros excepciones a la aplicación del Reglamento (CE) n.o 138/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las cuentas económicas de la agricultura

    [notificada con el número C(2023) 1562]

    (Los textos en lenguas eslovena, española, italiana y polaca son los únicos auténticos)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n.o 138/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de diciembre de 2003, sobre las cuentas económicas de la agricultura de la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 4 ter, apartado 1,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    De conformidad con el artículo 4 ter, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 138/2004, el Reino de España, la República Italiana, la República de Polonia y la República de Eslovenia han presentado solicitudes de excepción a más tardar el 21 de agosto de 2022.

    (2)

    La información que estos Estados miembros han proporcionado a la Comisión indica que las solicitudes del Reino de España, la República Italiana, la República de Polonia y la República de Eslovenia se justifican por la necesidad de introducir adaptaciones importantes en sus sistemas estadísticos nacionales por lo que respecta a la aplicación del programa para la transmisión de los datos de las cuentas económicas de la agricultura regionales (CEAR) establecido en el anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004.

    (3)

    Por tanto, conviene conceder las excepciones solicitadas al Reino de España, la República Italiana, la República de Polonia y la República de Eslovenia.

    (4)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo (2).

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Se conceden las excepciones a la aplicación del Reglamento (CE) n.o 138/2004 establecidas en el anexo de la presente Decisión a los Estados miembros mencionados en él.

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión son el Reino de España, la República Italiana, la República de Polonia y la República de Eslovenia.

    Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2023.

    Por la Comisión

    La Presidenta

    Ursula VON DER LEYEN


    (1)  DO L 33 de 5.2.2004, p. 1.

    (2)  Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1101/2008, relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico, el Reglamento (CE) n.o 322/97 del Consejo, sobre la estadística comunitaria, y la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo, por la que se crea un Comité del programa estadístico de las Comunidades Europeas (DO L 87 de 31.3.2009, p. 164).


    ANEXO

    Disposición en cuestión

    Estado miembro

    Período de excepción concedido

    Años de referencia cubiertos por la excepción

    Ámbito de la excepción

    Anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004

    Reino de España

    2 años (30.9.2023-29.9.2025)

    2021, 2022

    Transmisión de 7 variables:

    Partida 32.1 (FBCF en plantaciones);

    Partida 32.2 (FBCF en animales);

    Partida 33.1 (FBCF en material);

    Partida 33.3 (otras FBCF);

    Partida 36 (variación de existencias);

    Partida 37.1 (ayudas a la inversión);

    Partida 37.2 (otras transferencias de capital).

    Anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004

    República Italiana

    2 años (30.9.2023-29.9.2025)

    2021, 2022

    Transmisión de variables según la terminología del anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004 de la partida 21 (consumo de capital fijo) a la partida 37 (transferencias de capital).

    Anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004

    República de Polonia

    2 años (30.9.2023-29.9.2025)

    2021, 2022

    Transmisión de todas las variables del anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004 en relación con las CEAR.

    Anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004

    República de Eslovenia

    2 años (30.9.2023-29.9.2025)

    2021, 2022

    Transmisión de todas las variables del anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004 en relación con las CEAR.


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