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Document 32023D0106
Commission Implementing Decision (EU) 2023/106 of 11 January 2023 fixing the indicative allocations of Union aid to Member States for school fruit and vegetables and for school milk for the period from 1 August 2023 to 31 July 2029
Decisión de Ejecución (UE) 2023/106 de la Comisión de 11 de enero de 2023 por la que se fijan las asignaciones indicativas de la ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2029
Decisión de Ejecución (UE) 2023/106 de la Comisión de 11 de enero de 2023 por la que se fijan las asignaciones indicativas de la ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2029
C/2023/15
DO L 12 de 13.1.2023, p. 84–86
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
13.1.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 12/84 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2023/106 DE LA COMISIÓN
de 11 de enero de 2023
por la que se fijan las asignaciones indicativas de la ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2029
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (1), y en particular su artículo 5, apartado 4, párrafo tercero,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El artículo 23 bis del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) establece el importe global de la ayuda de la Unión por curso escolar en el marco del programa escolar para el conjunto de la Unión y criterios objetivos para la asignación de dicho importe global entre los Estados miembros. |
(2) |
En el anexo I del Reglamento (UE) n.o 1370/2013 figuran las asignaciones indicativas anuales de ayuda de la Unión, por Estado miembro, para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2017 y el 31 de julio de 2023. Transcurrido ese período transitorio de seis años, a partir del 1 de agosto de 2023, la Comisión debe fijar las asignaciones indicativas de la ayuda de la Unión a cada Estado miembro basándose en los criterios contemplados en el artículo 23 bis, apartado 2, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013. Al fijar las asignaciones indicativas, debe tenerse en cuenta el importe mínimo de la ayuda de la Unión al que tienen derecho los Estados miembros, de modo que los Estados miembros de pequeño tamaño demográfico puedan aplicar un régimen rentable. |
(3) |
De conformidad con el artículo 23, apartado 8, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 y con el artículo 2, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2017/40 de la Comisión (3), los Estados miembros deben elaborar sus estrategias para el período de seis años comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2029 y notificarlas a la Comisión a más tardar el 30 de abril de 2023. A fin de que los Estados miembros puedan planificar eficazmente la aplicación del régimen durante el período cubierto por sus estrategias, las asignaciones indicativas de la ayuda de la Unión deben abarcar el mismo período. Estas asignaciones indicativas se entienden sin perjuicio de las futuras decisiones relativas al marco financiero plurianual de la Unión para el período posterior a 2027. |
(4) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo figuran las asignaciones indicativas de la ayuda de la Unión concedida a cada Estado miembro para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares, por curso escolar, durante el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2029.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 11 de enero de 2023.
Por la Comisión
Janusz WOJCIECHOWSKI
Miembro de la Comisión
(1) DO L 346 de 20.12.2013, p. 12.
(2) Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671).
(3) Reglamento Delegado (UE) 2017/40 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la ayuda de la Unión para el suministro de frutas y hortalizas, plátanos y leche en los centros escolares y se modifica el Reglamento Delegado (UE) n.o 907/2014 de la Comisión (DO L 5 de 10.1.2017, p. 11).
ANEXO
ASIGNACIONES INDICATIVAS DE LA AYUDA DE LA UNIÓN POR CURSO ESCOLAR DURANTE EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE AGOSTO DE 2023 Y EL 31 DE JULIO DE 2029 A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1
Estado miembro |
Asignaciones indicativas para frutas y hortalizas destinadas a centros escolares en EUR |
Asignaciones indicativas para leche destinada a centros escolares en EUR |
Bélgica |
3 648 727 |
1 600 475 |
Bulgaria |
2 110 411 |
1 800 090 |
Chequia |
3 349 886 |
3 048 057 |
Dinamarca |
1 671 583 |
1 632 431 |
Alemania |
20 373 277 |
8 910 720 |
Estonia |
396 340 |
754 955 |
Irlanda |
1 889 775 |
826 537 |
Grecia |
3 149 503 |
1 464 086 |
España |
13 407 407 |
6 023 462 |
Francia |
22 720 501 |
9 979 209 |
Croacia |
1 278 964 |
610 533 |
Italia |
15 293 816 |
6 910 347 |
Chipre |
290 000 |
252 652 |
Letonia |
649 309 |
868 581 |
Lituania |
891 870 |
1 236 781 |
Luxemburgo |
290 000 |
193 000 |
Hungría |
2 894 429 |
2 970 122 |
Malta |
290 000 |
193 000 |
Países Bajos |
4 977 290 |
2 176 932 |
Austria |
2 320 736 |
1 015 027 |
Polonia |
12 138 186 |
12 791 591 |
Portugal |
2 804 412 |
1 301 261 |
Rumanía |
6 178 236 |
11 303 390 |
Eslovenia |
665 306 |
305 638 |
Eslovaquia |
1 851 325 |
1 659 402 |
Finlandia |
1 672 943 |
2 731 455 |
Suecia |
3 404 234 |
7 635 935 |
Total |
130 608 466 |
90 195 669 |