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Document 32022R2119

Reglamento Delegado (UE) 2022/2119 de la Comisión de 13 de julio de 2022 por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la ficha de datos fundamentales de la inversión (Texto pertinente a efectos del EEE)

C/2022/4844

DO L 287 de 8.11.2022, p. 63–75 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2022/2119/oj

8.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 287/63


REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2022/2119 DE LA COMISIÓN

de 13 de julio de 2022

por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la ficha de datos fundamentales de la inversión

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas, y por el que se modifican el Reglamento (UE) 2017/1129 y la Directiva (UE) 2019/1937 (1), y en particular su artículo 23, apartado 16, párrafo cuarto,

Considerando lo siguiente:

(1)

Para garantizar la comparabilidad entre las fichas de datos fundamentales de la inversión de las diferentes ofertas de financiación participativa y facilitar la elaboración de estas fichas por parte de los promotores de proyectos, debe establecerse un modelo común para la presentación de la información en cuestión. Este modelo debe garantizar que los promotores de proyectos sigan pautas de presentación similares en cuanto a su forma y contenido, que permitan al mismo tiempo la flexibilidad necesaria que tenga en cuenta las especificidades de cada oferta de financiación participativa, teniendo en cuenta su naturaleza, escala y complejidad.

(2)

Para garantizar la interoperabilidad de los datos y permitir las referencias cruzadas de la información incluida en la ficha de datos fundamentales de la inversión con otra información, en particular la información comunicada de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2120 de la Comisión (2), cada ficha de datos fundamentales de la inversión debe contener un identificador único de la oferta de financiación participativa a la que se refiera.

(3)

A fin de dar a los promotores de proyectos la posibilidad de proporcionar a los inversores potenciales información adicional pertinente, deben poder incluirse hipervínculos que se ajusten a un modelo común. No obstante, estos hipervínculos no deben afectar a la exhaustividad de la ficha de datos fundamentales de la inversión como documento independiente. Por consiguiente, el uso de hipervínculos no debe eximir a los promotores de proyectos de la obligación de incluir en la ficha la información pertinente de manera clara y exhaustiva.

(4)

A fin de que los inversores potenciales puedan tomar decisiones de inversión fundamentadas, la ficha de datos fundamentales de la inversión debe contener una descripción específica y no genérica de todos los riesgos pertinentes relacionados con el proyecto de financiación participativa, la oferta de financiación participativa y el promotor del proyecto.

(5)

Para permitir la comparabilidad y claridad de la información financiera contenida en la ficha de datos fundamentales de la inversión y aumentar así la transparencia para los inversores potenciales, la información y estados financieros deben presentarse de conformidad con normas y principios comúnmente reconocidos.

(6)

A fin de permitir una información transparente sobre las comisiones, tarifas y otros costes de transacción soportados por el inversor a lo largo de toda la vida del proyecto de financiación participativa, la ficha de datos fundamentales de la inversión debe presentar un desglose de los costes directos e indirectos, en el que se especifiquen los costes de entrada, los costes de salida, los costes soportados durante el proyecto y los costes adicionales.

(7)

El presente Reglamento se basa en los proyectos de normas técnicas de regulación presentados por la Autoridad Europea de Valores y Mercados a la Comisión.

(8)

La Autoridad Europea de Valores y Mercados ha llevado a cabo consultas públicas abiertas sobre los proyectos de normas técnicas de regulación en que se basa el presente Reglamento, ha analizado los costes y beneficios potenciales correspondientes y ha recabado el dictamen del Grupo de partes interesadas del sector de valores y mercados establecido de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

(9)

El Supervisor Europeo de Protección de Datos, al que se consultó de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), emitió su dictamen el 1 de junio de 2022.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Ficha de datos fundamentales de la inversión

1.   Al facilitar la información contenida en la ficha de datos fundamentales de la inversión a que se refiere el artículo 23 del Reglamento (UE) 2020/1503, los proveedores de servicios de financiación participativa utilizarán el modelo establecido en el anexo del presente Reglamento.

2.   La información a que se refiere el apartado 1 se pondrá a disposición tan pronto como el proveedor de servicios de financiación participativa publique la oferta de financiación participativa pertinente.

Artículo 2

Requisitos lingüísticos y de formato del modelo de ficha de datos fundamentales de la inversión

1.   La información a que se refiere el artículo 1 se presentará de forma que sea fácil de leer y se expresará de manera que se facilite su comprensión, incluso por inversores potenciales no experimentados, y teniendo en cuenta las posibles dificultades de comprensión derivadas de la naturaleza, escala y complejidad de la oferta de financiación participativa.

2.   El lenguaje utilizado será claro y sucinto y se evitarán los términos técnicos cuando puedan sustituirse por palabras cotidianas.

Artículo 3

Identificador de la oferta de financiación participativa

1.   La ficha de datos fundamentales de la inversión incluirá un identificador normalizado, permanente y único de la oferta de financiación participativa pertinente.

2.   El identificador a que se refiere el apartado 1 será el resultado de la concatenación de los siguientes elementos en orden que sigue:

a)

el identificador de entidad jurídica (LEI) del proveedor de servicios de financiación participativa conforme a la norma ISO 17442;

b)

un código compuesto de ocho caracteres numéricos, que será generado internamente por el proveedor de servicios de financiación participativa y que será único de cada oferta de financiación participativa publicada por dicho proveedor.

3.   El identificador creado de conformidad con el apartado 2 no se alterará cuando se modifique la ficha de datos fundamentales de la inversión por uno de los siguientes motivos:

a)

la traducción de la ficha de datos fundamentales de la inversión a diferentes lenguas, de conformidad con el artículo 23, apartados 4 y 13, del Reglamento (UE) 2020/1503;

b)

la actualización de la ficha de datos fundamentales de la inversión con arreglo al artículo 23, apartados 8 y 12 del Reglamento (UE) 2020/1503;

c)

la introducción de otras modificaciones no significativas de la información de la ficha de datos fundamentales de la inversión.

Artículo 4

Elección de términos en el modelo de ficha de datos fundamentales de la inversión

Cuando el modelo de ficha de datos fundamentales de la inversión establecido en el anexo permita la elección de términos o expresiones, dicha elección se hará de la manera siguiente:

a)

se utilizarán las expresiones «objetivo de capital» o «captación de capital» para las ofertas de financiación participativa relativas a valores negociables de renta variable o los instrumentos admitidos para la financiación participativa;

b)

se utilizarán las expresiones «objetivo de financiación» o «tomar prestados fondos» para las ofertas de financiación participativa relativas a préstamos, instrumentos distintos de acciones o participaciones o instrumentos híbridos;

c)

Se utilizarán los términos «valores negociables» o «instrumentos admitidos para la financiación participativa» de conformidad con el tipo de instrumentos ofrecidos.

Artículo 5

Utilización de hipervínculos en el modelo de ficha de datos fundamentales de la inversión

1.   La ficha de datos fundamentales de la inversión podrá contener hipervínculos como se establece en el modelo que figura en el anexo.

2.   Los hipervínculos serán complementarios de la información facilitada y no sustituirán a dicha información, salvo disposición en contrario en el modelo.

3.   Los hipervínculos deberán ser coherentes con la información facilitada en otras partes de la ficha de datos fundamentales de la inversión y los recursos externos a los que se hace referencia deberán ser de acceso fácil y gratuito.

Artículo 6

Tipos de riesgos principales asociados a una oferta de financiación participativa

1.   Los tipos de riesgos principales asociados a una oferta de financiación participativa se divulgarán en la ficha de datos fundamentales de la inversión relativa a dicha oferta de conformidad con las instrucciones que figuran en la parte C del anexo. Cuando proceda, también se comunicarán otros riesgos.

2.   La descripción de los riesgos asociados a una oferta de financiación participativa será pertinente para esa oferta específica y se redactará únicamente en beneficio de los inversores potenciales y no formulará declaraciones generales sobre los riesgos de inversión ni limitará la responsabilidad del promotor del proyecto o de cualquier persona que actúe en su nombre.

Artículo 7

Información, coeficientes y estados financieros en el modelo de ficha de datos fundamentales de la inversión

La información y estados financieros a que se refiere el modelo de ficha de datos fundamentales de la inversión establecido en el anexo se presentarán de conformidad con la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) o los principios contables generalmente aceptados (PCGA) locales, según proceda.

Artículo 8

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 13 de julio de 2022.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)  DO L 347 de 20.10.2020, p. 1.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2120 de la Comisión, de 13 de julio de 2022, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas y los formatos de datos, plantillas y procedimientos para la comunicación de información sobre los proyectos financiados a través de plataformas de financiación participativa (véase la página 76 del presente Diario Oficial).

(3)  Reglamento (UE) n.o 1095/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados), se modifica la Decisión n.o 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/77/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 84).

(4)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).


ANEXO

MODELO DE FICHA DE DATOS FUNDAMENTALES DE LA INVERSIÓN

La presente oferta de financiación participativa no ha sido verificada ni aprobada por [las autoridades competentes: insértese la denominación completa de las autoridades competentes] ni por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM).

La idoneidad de su experiencia y conocimientos no se ha evaluado necesariamente antes de que se le concediera acceso a esta inversión.

Al realizar esta inversión, usted asume plenamente el riesgo que comporta, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido.

Advertencia sobre los riesgos

Invertir en este proyecto de financiación participativa entraña riesgos, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido. Su inversión no está cubierta ni por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (1) ni por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión.

No se trata de un producto de ahorro y recomendamos no invertir más del 10 % de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa.

Es posible que no pueda vender los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda venderlos, podría sufrir pérdidas.

(1)

Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a los sistemas de garantía de depósitos (DO L 173 de 12.6.2014, p. 149).

(2)

Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de marzo de 1997, relativa a los sistemas de indemnización de los inversores (DO L 84 de 26.3.1997, p. 22).

Período de reflexión precontractual para inversores no experimentados

Los inversores no experimentados se benefician de un período de reflexión durante el cual pueden, en cualquier momento, revocar su oferta de inversión o manifestación de interés en la oferta de financiación participativa sin indicar el motivo y sin incurrir en una sanción. El período de reflexión comienza en el momento en que el inversor potencial no experimentado hace una oferta de inversión o indica su manifestación de interés y expira cuatro días naturales después.

[Indíquense aquí las modalidades en virtud de las cuales los inversores no experimentados puedan ejercer su derecho de revocación durante el período de reflexión, junto con información sobre este proceso y sus consecuencias.]

Resumen de la oferta de financiación participativa

Identificador de la oferta

Identificador de la oferta establecido en el artículo 3

Promotor y nombre del proyecto

 

Tipo de oferta e instrumento

 

Importe objetivo

Importe objetivo y moneda de la oferta de financiación participativa, incluido el valor equivalente en euros y la fecha del tipo de cambio, si la oferta de financiación participativa prevé una moneda distinta del euro.

Plazos límite

La fecha de cierre de la oferta para los inversores potenciales.

Parte A: Información sobre el promotor o promotores del proyecto y el proyecto de financiación participativa

a)

Promotor del proyecto y proyecto de financiación participativa  (1)

[Cumpliméntese la presente sección incluyendo la información que se indica a continuación, según proceda]

Identidad:

Nombre legal del promotor del proyecto, país de constitución o registro y número de registro.

Forma jurídica:

Forma jurídica.

Datos de contacto:

Sitio web, dirección del domicilio social, correo electrónico y número de teléfono.

Titularidad:

La fecha del último cambio de titularidad y una breve descripción de la estructura de titularidad del promotor del proyecto y, en su caso, del proyecto. Esta información podrá presentarse en forma de diagrama (2).

Puestos directivos:

Breve descripción de los órganos de dirección del promotor del proyecto. Cuando esté disponible y se considere oportuno, puede incluirse un hipervínculo a los currículos de los miembros de los órganos de dirección.

b)

Responsabilidad de la información facilitada en esta ficha de datos fundamentales de la inversión

«El promotor del proyecto declara que, hasta donde alcanza su conocimiento, no se ha omitido ningún dato y la información no es sustancialmente engañosa ni inexacta. El promotor del proyecto es responsable de la redacción de esta ficha de datos fundamentales de la inversión».

[Cumpliméntese la presente sección enumerando las personas físicas y jurídicas responsables de la información facilitada en la ficha de datos fundamentales de la inversión de conformidad con la legislación nacional. En el caso de personas físicas, como los miembros de los órganos de administración, de dirección o de control del promotor del proyecto, indíquense sus nombres y funciones. En el caso de las personas jurídicas, indíquese su nombre y domicilio social.]

«La declaración de [cada una de] las personas antes mencionadas en relación con su responsabilidad por la información que figura en la presente ficha de datos fundamentales de la inversión, de conformidad con el artículo 23, apartado 9, del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo* (3), se incluye como [anexo [A] (4)]».

c)

Actividades principales del promotor del proyecto; productos o servicios que ofrece el promotor del proyecto

Una breve descripción de la naturaleza de las principales actividades y logros empresariales actuales del promotor del proyecto, incluida, cuando proceda, una breve presentación de su estrategia y del valor añadido que ha aportado.

d)

Hipervínculo a los estados financieros más recientes del promotor del proyecto

En la medida en que esté disponible, se incluirá un hipervínculo a los estados financieros más recientes del promotor del proyecto.

Si los estados financieros han sido auditados, también puede incluirse un hipervínculo a los informes de auditoría pertinentes.

Si no se dispone de los estados financieros más recientes, este hecho se mencionará explícitamente. Podrán especificarse los motivos de tal indisponibilidad. Solo cuando no se disponga de los estados financieros más recientes, podrá incluirse en su lugar un hipervínculo al balance actualizado del promotor del proyecto, si está disponible.

Cuando exista una entidad instrumental interpuesta entre el promotor del proyecto y los inversores, la información anterior podrá facilitarse también con respecto a dicha entidad.

e)

Principales cifras y coeficientes financieros anuales del promotor del proyecto de los tres últimos años

Presentación de las principales cifras y coeficientes financieros anuales, tales como:

i)

volumen de negocios,

ii)

beneficio anual neto,

iii)

total de los activos,

iv)

márgenes de beneficio bruto, de explotación y neto,

v)

deuda neta; relación deuda-capital,

vi)

relación activo disponible-pasivo corriente; ratio de cobertura del servicio de la deuda,

vii)

beneficios antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones (EBITDA),

viii)

rentabilidad de los recursos propios,

ix)

relación activos fijos inmateriales-total de los activos.

f)

Descripción del proyecto de financiación participativa, incluidas su finalidad y características principales

Descripción del proyecto de financiación participativa, incluidas su finalidad y sus principales características y el uso previsto de los fondos recaudados.

Parte B: Principales características del proceso de financiación participativa y condiciones para [captar capital] o [tomar prestados fondos]

a)

Importe mínimo de [capital que se ha de captar] o de [fondos que se han de tomar en préstamo] en una única oferta de financiación participativa

[Importe y moneda]

Número de ofertas (públicas o no públicas) que ya han sido completadas por el promotor del proyecto o el proveedor de financiación participativa para este proyecto de financiación participativa

Tipo de oferta e instrumentos ofrecidos

Fecha de conclusión

Importe [captado o tomado en préstamo] e importe objetivo (incluido el valor equivalente en euros y la fecha del tipo de cambio en el caso de monedas distintas del euro)

Otra información pertinente, en su caso

 

 

 

 

b)

Plazo para alcanzar el [objetivo del capital que se ha de captar] o de [fondos que se han de tomar en préstamo]:

[La fecha en que se cerrará la oferta para los inversores potenciales.]

c)

Información sobre las consecuencias si no se alcanza dentro del plazo el [objetivo del capital que se ha de captar] o los [fondos que se han de tomar en préstamo]

Información sobre las consecuencias relacionadas con el proceso de financiación participativa y las participaciones de los inversores, si la oferta de financiación participativa no alcanza el importe mínimo previsto, en particular:

i)

si se cancelarían la oferta de financiación participativa y los compromisos de los inversores,

ii)

si se reembolsarían los importes pagados por los inversores y, en caso afirmativo, con arreglo a qué modalidades y cuándo,

iii)

si los inversores deberían abonar tarifas o incurrirían en gastos como consecuencia de que la oferta no alcanzara el importe previsto.

d)

Importe máximo de la oferta, si difiere del importe mínimo del [objetivo del capital] o del [objetivo de financiación] que se menciona en la letra a)

Importe máximo de la oferta y moneda (incluido el valor equivalente en euros en el caso de una moneda distinta del euro), si dicho importe es diferente del [objetivo del capital] o del [objetivo de financiación].

e)

Importe de los recursos propios comprometidos por el promotor del proyecto en el proyecto de financiación participativa

Una indicación de si los principales accionistas o miembros de los órganos de dirección, control o administración del promotor del proyecto han suscrito los instrumentos ofrecidos, o se han comprometido a hacerlo, o han invertido o se han comprometido a invertir en estos instrumentos, y el importe, incluido el porcentaje con respecto al importe de la oferta.

f)

Modificaciones de la composición del capital o de los préstamos del promotor del proyecto relacionados con la oferta de financiación participativa

Descripción de las modificaciones en la composición del capital y el endeudamiento del promotor del proyecto como consecuencia de la oferta de financiación participativa.

Parte C: Factores de riesgo

Presentación de los riesgos principales

Complétese esta sección describiendo los riesgos principales asociados al proyecto de financiación participativa en función de los tipos de riesgos principales identificados a continuación.

La siguiente lista de tipos de riesgos principales no es exhaustiva. Se describirán también, en esta parte, otros riesgos principales que sean pertinentes para el proyecto de financiación participativa, la oferta de financiación participativa, el promotor del proyecto, los valores negociables y los instrumentos admitidos para la financiación participativa o los préstamos.

Tipo 1 — Riesgos del proyecto

Riesgos inherentes al proyecto y que pueden hacer que este fracase. Estos riesgos podrán incluir, pero no se limitarán a:

i)

dependencias del proyecto, como la financiación, la legislación, la concesión de licencias o los derechos de autor,

ii)

situaciones adversas con repercusiones negativas,

iii)

avances tecnológicos de competidores o productos competitivos,

iv)

riesgos derivados del propietario del proyecto.

Tipo 2 — Riesgos sectoriales

Riesgos inherentes al sector específico. Estos riesgos pueden deberse, por ejemplo, a un cambio en las circunstancias macroeconómicas, a una disminución de la demanda en el sector en el que opera el proyecto de financiación participativa y a la dependencia de otros sectores.

Se describirá el sector del proyecto utilizando la clasificación a que hace referencia el artículo 2, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (5).

Tipo 3 — Riesgo de incumplimiento

El riesgo de que un proyecto o el promotor del proyecto puedan ser objeto de un procedimiento de quiebra u otro procedimiento de insolvencia, y de otros sucesos relacionados con el proyecto o el promotor del proyecto que puedan dar lugar a que los inversores pierdan su inversión.

Estos riesgos pueden deberse a una serie de factores, entre ellos:

a)

un cambio (grave) en las circunstancias macroeconómicas;

b)

mala gestión;

c)

falta de experiencia;

d)

fraude;

e)

financiación que no se ajusta a la finalidad de la empresa;

f)

lanzamiento infructuoso del producto;

g)

falta de flujo de tesorería.

Tipo 4 — Riesgo de que la inversión no produzca ningún rendimiento, de que la obtención del rendimiento se retrase o de que el rendimiento sea más bajo

El riesgo de que el rendimiento sea inferior a lo previsto, de que su obtención se retrase o de que el proyecto incumpla los pagos de capital o intereses.

Tipo 5 — Riesgo de fallo en la plataforma

El riesgo de que la plataforma de financiación participativa no pueda prestar sus servicios de forma temporal o permanente.

Tipo 6 — Riesgo de iliquidez de la inversión

El riesgo de que los inversores no puedan vender su inversión.

Tipo 7 — Otros riesgos

Riesgos que, entre otras cosas, escapan al control del promotor del proyecto, como los riesgos políticos y reguladores.

Parte D: Información relativa a la oferta de valores negociables y a los instrumentos admitidos para la financiación participativa

a)

Importe total y tipo de [valores negociables] o [instrumentos admitidos para la financiación participativa] que se van a ofrecer

Deberá especificarse la siguiente información:

i)

una descripción del tipo y la clase de instrumentos que se van a ofrecer,

ii)

cuando proceda, el número de instrumentos que se van a ofrecer, su denominación, moneda y condiciones,

iii)

la prelación relativa de los instrumentos dentro de la estructura de capital del emisor en caso de insolvencia, incluida, cuando proceda, información sobre el nivel de subordinación de los valores.

b)

Precio de suscripción

El precio al que se ofrecerán los [valores negociables] o [los instrumentos admitidos para la financiación participativa]. Cuando proceda, la presente sección indicará también el importe mínimo de suscripción por inversor.

c)

Si se acepta la sobredemanda de suscripciones y cómo se asigna

d)

Condiciones de suscripción y pago

La presente sección incluirá una descripción clara de las condiciones de suscripción, en particular, la transferencia del precio de suscripción, y el proceso de pago, incluidos el calendario y el método.

Esta sección también puede incluir un hipervínculo a una descripción del proceso de suscripción y las instrucciones.

e)

Custodia y entrega a los inversores de los [valores negociables] o los [instrumentos admitidos para la financiación participativa]

La presente sección especificará la fecha de entrega (o, en caso de que no pueda asumirse dicho compromiso firme, la última fecha de entrega posible) y el proceso de entrega de los instrumentos pertinentes (incluidas las garantías reales de los instrumentos), y se indicará el nombre y los datos de contacto (incluido el correo electrónico) del emisor o de su agente.

Cuando el proveedor de servicios de financiación participativa no preste servicios de custodia, se hará una declaración clara a tal efecto.

Esta sección incluirá la identidad, el número de registro y los datos de contacto del custodio. Se indicará si el inversor debe o no pagar alguna comisión al custodio.

f)

Información relativa al aval o la garantía real que garantiza la inversión (cuando proceda)

i)

¿es el [avalista] o el [proveedor de la garantía real] una persona jurídica?

ii)

la identidad, la forma jurídica y los datos de contacto del [avalista] o del [proveedor de la garantía real]

iii)

información sobre la naturaleza y las condiciones de la [garantía real] o del [aval] (incluida su clasificación)

g)

Información relativa al compromiso firme de recompra de los [valores negociables] o los [instrumentos admitidos para la financiación participativa] (cuando proceda)

Descripción del acuerdo de recompra

La presente sección proporcionará información clara y concisa con respecto a cualquier compromiso de recompra. Cuando proceda, podrá facilitarse información más detallada mediante un hipervínculo.

Plazo para la recompra

Descripción de las condiciones para participar en la recompra (incluidos los plazos aplicables).

h)

Información sobre los tipos de interés y vencimientos

La presente sección se aplicará a los instrumentos distintos de acciones o participaciones (como los bonos) o a los instrumentos híbridos (como los bonos convertibles en acciones).

Tipo de interés nominal:

Se indicará claramente el tipo de interés nominal anual. Además, la presente sección incluirá una breve explicación del método utilizado para su cálculo o un hipervínculo al sitio web del proveedor de servicios de financiación participativa que incluye dicha explicación.

El tipo de interés anual se divulgará con dos decimales de precisión y en el formato preferido siguiente:

[•] % anual (calculado mediante [inclúyase el método de cálculo aplicado]); o, cuando el tipo de interés sea variable, información breve sobre los factores clave que determinan el tipo de interés (por ejemplo, tipo interbancario de oferta en euros, EURIBOR, más X %) y su cálculo.

Fecha de devengo de los intereses:

Fechas de pago de intereses:

Fecha de vencimiento (incluidos los reembolsos intermedios, cuando proceda):

Rendimiento aplicable:

El rendimiento se calculará como un tipo anual y de acuerdo con el método utilizado para el cálculo del tipo de interés nominal anual y se proporcionará con dos decimales de precisión. Asimismo, se describirán brevemente los principales supuestos en los que se basa el cálculo del rendimiento.

Parte E: Información sobre la entidad instrumental

a)

¿Existe una entidad instrumental interpuesta entre el promotor del proyecto y el inversor?

Sí/no

b)

Datos de contacto de la entidad instrumental

Si la respuesta a la pregunta anterior es afirmativa, esta sección especificará la identidad, la forma jurídica y el domicilio social de la entidad instrumental.

Parte F: Derechos del inversor

[De conformidad con el artículo 23, apartado 7, del Reglamento (UE) 2020/1503, en el caso de instrumentos admitidos para la financiación participativa, cuando la información exigida con arreglo a la parte F del presente anexo exceda de un formato en papel de tamaño A4 por una sola cara en formato impreso, el resto se incluirá en un anexo adjunto a la ficha de datos fundamentales de la inversión.]

a)

Derechos principales inherentes a los [valores negociables] o [los instrumentos admitidos para la financiación participativa]

Breve descripción de los derechos principales inherentes a los instrumentos, agrupados por tipos, tales como:

i)

derechos a dividendos,

ii)

derechos de voto,

iii)

derechos de acceso a la información,

iv)

derechos preferentes en las ofertas de suscripción de valores de la misma clase,

v)

derecho de participación en los beneficios del emisor,

vi)

derecho de participación en cualquier excedente en caso de liquidación;

vii)

derechos de reembolso,

viii)

derechos de conversión,

ix)

derechos de desprenderse de la inversión de forma conjunta en caso de que se produzca un hecho generador (es decir, cambio de control, derechos de acompañamiento).

Puede incluirse un hipervínculo a los documentos de constitución del promotor del proyecto o cualquier otro documento jurídico pertinente, junto con referencias a los artículos o números de sección pertinentes.

b) y c)

Las restricciones a las que están sujetos los [valores negociables] o [los instrumentos admitidos para la financiación participativa] y las restricciones a la transferencia de los instrumentos.

La presente sección incluirá una descripción de cualquier acuerdo de los accionistas u otro acuerdo que impida o, en cualquier caso, limite la transferibilidad de los instrumentos, como las cláusulas que restringen el derecho a venderlos (por ejemplo, cláusulas de aprobación o cláusulas temporales de no enajenación).

Asimismo, incluirá una descripción de otras restricciones a las que estén sujetos los instrumentos, como cualquier cláusula de enajenación forzosa (por ejemplo, cláusulas de exclusión, cláusulas de recompra, obligación de desprenderse de inversión de forma conjunta en caso de cambio de control, derechos de arrastre), especificando, en particular, las condiciones financieras.

d)

Posibilidades del inversor de desprenderse de la inversión

e)

En relación con los instrumentos de renta variable, la distribución del capital y los derechos de voto antes y después de la ampliación de capital resultante de la oferta (suponiendo que se suscriban todos los [valores negociables] o [los instrumentos admitidos para la financiación participativa])

Al presentar la distribución del capital y los derechos de voto antes y después de la ampliación de capital resultante de la oferta, se incluirá la siguiente información para cada categoría de capital social:

i)

el total del capital social autorizado del emisor,

ii)

el número de acciones emitidas y desembolsadas totalmente, así como las emitidas pero aún no desembolsadas en su totalidad, y

iii)

el valor nominal por acción, o que las acciones no tienen ningún valor nominal.

Si hay acciones que no representan capital, se declarará el número y las principales características de esas acciones.

Parte G: Comunicaciones relacionadas con préstamos

a)

La naturaleza, la duración y las condiciones del préstamo

b)

Los tipos de interés aplicables o, en su caso, cualquier otra forma de compensación al inversor

Se indicarán claramente los tipos de interés anuales aplicables. Además, la presente sección incluirá una breve explicación del método utilizado para su cálculo o un enlace al sitio web del proveedor de servicios de financiación participativa que incluye dicha explicación.

Los tipos de interés anuales se divulgarán con dos decimales de precisión y en el formato preferido siguiente:

[•]% anual (calculado mediante [inclúyase el método de cálculo aplicado]); o, cuando el tipo de interés sea variable, información breve sobre los factores clave que determinan el tipo de interés (por ejemplo, EURIBOR más X %) y su cálculo.

c)

Las medidas de mitigación del riesgo, especialmente si existen avalistas o proveedores de garantía real u otro tipo de garantías

d)

El calendario de reembolso del principal y de abono de los intereses

Cuando se permita el reembolso anticipado, por iniciativa del promotor del proyecto o del prestamista, se describirá, estipulando las condiciones de reembolso.

e)

Cualquier incumplimiento de los contratos de crédito por parte del promotor del proyecto en los últimos cinco años

[A efectos de la presente sección, se aplicará la definición de impago establecida en el artículo 1 del Reglamento Delegado (UE) 2022/2115 de la Comisión  (6)

f)

La gestión del préstamo (especialmente en situaciones en las que el promotor del proyecto no cumple sus obligaciones)

La presente sección especificará la entidad (incluyendo su nombre legal, número y lugar de registro, domicilio social y datos de contacto) responsable de la gestión del préstamo y proporcionará una descripción breve de su política de gestión, que incluirá información sobre los procedimientos en caso de que no se cumplan las obligaciones del préstamo. Puede facilitarse un hipervínculo a la página o documento pertinente que contenga la política de gestión detallada.

Parte H: Tarifas, información y vías de recurso

a)

Las tarifas cobradas al inversor y los costes soportados por este en relación con las inversiones (especialmente los costes administrativos que resulten de la venta de instrumentos admitidos para la financiación participativa.)

La presente sección incluirá una presentación en formato de tablas de todas las tarifas, comisiones, costes y cargas directos e indirectos soportados por el inversor en relación con su inversión y su desprendimiento de ella.

Cuando se indiquen importes en euros (u otra moneda aplicable) y valores porcentuales, se calcularán para una inversión hipotética de 10 000  EUR y de manera anual.

 

Tarifas, cargas y otros costes

En EUR

(u otra moneda aplicable)

como porcentaje del importe total de la inversión

Ejemplos

(no exhaustivos)

Puntuales

Costes de entrada (facilítense detalles)

EUR […]

[…]%

Los costes que el inversor paga al proceder a la inversión. Estos costes comprenden los costes relativos a la suscripción del inversor (como los gastos notariales, las cargas iniciales y los derechos de timbre) y los costes relacionados con el activo subyacente (los honorarios de búsqueda y del agente, los gastos notariales, los impuestos sobre bienes inmuebles y otros impuestos de adquisición).

Costes de salida

(aporte información detallada al respecto)

EUR […]

[…]%

Los costes que el inversor paga al salir de la inversión al vencimiento (como honorarios de búsqueda y del agente, los gastos notariales, los impuestos sobre bienes inmuebles y otros impuestos de adquisición y gastos de liquidación).

Acumulables

 

EUR […]

[…]%

Los costes soportados por el inversor durante el período de tenencia de la inversión (tales como las comisiones de custodia y gestión, los honorarios de auditoría y los gastos de asesoría jurídica, los impuestos corrientes relativos a la inversión o al activo subyacente).

Adicionales

Comisiones de gestión

Comisiones de gestión sobre resultados (facilítense detalles)

EUR […]

[…]%

Retribuciones que el inversor paga al promotor o promotores del proyecto si se cumplen determinados parámetros de éxito

Otras retribuciones accesorias (facilítense detalles)

EUR […]

[…]%

Honorarios de búsqueda, comisiones de refinanciación, comisiones de transacción (en la medida en que no estén ya incluidas en los gastos puntuales)

b)

Dónde y cómo obtener de forma gratuita información complementaria sobre el proyecto de financiación participativa, el promotor del proyecto [y, en su caso, la entidad instrumental]

c)

Cómo y a quién puede dirigir el inversor una reclamación sobre la inversión o sobre la conducta del promotor del proyecto o el proveedor de servicios de financiación participativa

Se facilitará, de forma resumida, la siguiente información:

i)

los pasos que deben seguirse para presentar una reclamación sobre la inversión o sobre la conducta del promotor del proyecto o el proveedor de servicios de financiación participativa,

ii)

un enlace a la página web pertinente y al formulario para presentar dichas reclamaciones,

iii)

un sitio web o una dirección de correo electrónico actualizados a los que puedan enviarse dichas reclamaciones.


(1)  Sin perjuicio de la obligación de facilitar la información establecida en la presente sección, el promotor del proyecto también podrá incluir su logotipo.

(2)  Por ejemplo, si el promotor del proyecto forma parte de un grupo, el diagrama podría mostrar la estructura del grupo y la posición del promotor del proyecto en dicho grupo.

(3)  Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas, y por el que se modifican el Reglamento (UE) 2017/1129 y la Directiva (UE) 2019/1937 (DO L 347 de 20.10.2020, p. 1).

(4)  La declaración de cada persona responsable se ajustará a lo dispuesto en el artículo 23, apartado 9, del Reglamento (UE) 2020/1503.

(5)  Reglamento (CE) n.o 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) n.o 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos (DO L 393 de 30.12.2006, p. 1).

(6)  Reglamento Delegado (UE) 2022/2115 de la Comisión, de 13 de julio de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican la metodología para calcular las tasas de impago de los préstamos ofrecidos en una plataforma de financiación participativa (véase la página 33 del presente Diario Oficial).


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