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Document 32022D2186
Council Decision (CFSP) 2022/2186 of 8 November 2022 amending Decision (CFSP) 2019/1894 concerning restrictive measures in view of Turkey’s unauthorised drilling activities in the Eastern Mediterranean
Decisión (PESC) 2022/2186 del Consejo de 8 de noviembre de 2022 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1894 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental
Decisión (PESC) 2022/2186 del Consejo de 8 de noviembre de 2022 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1894 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental
ST/13479/2022/INIT
DO L 288 de 9.11.2022, p. 81–81
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
9.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 288/81 |
DECISIÓN (PESC) 2022/2186 DEL CONSEJO
de 8 de noviembre de 2022
por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1894 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 11 de noviembre de 2019, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2019/1894 (1) relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental. |
(2) |
El Consejo ha revisado las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2019/1894. Con arreglo a los resultados de esta revisión, es necesario prorrogar las citadas medidas hasta el 12 de noviembre de 2023. |
(3) |
Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2019/1894 en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 8 de la Decisión (PESC) 2019/1894 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 8
La presente Decisión será aplicable hasta el 12 de noviembre de 2023 y estará sujeta a revisión continua. Se prorrogará o modificará, según proceda, si el Consejo estima que no se han cumplido sus objetivos.».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 8 de noviembre de 2022.
Por el Consejo
El Presidente
Z. STANJURA
(1) Decisión (PESC) 2019/1894 del Consejo, de 11 de noviembre de 2019, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental (DO L 291 de 12.11.2019, p. 47).