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Document 32022D0628
Council Decision (CFSP) 2022/628 of 13 April 2022 amending Decision (CFSP) 2022/266 concerning restrictive measures in response to the recognition of the non-government controlled areas of the Donetsk and Luhansk oblasts of Ukraine and the ordering of Russian armed forces into those areas
Decisión (PESC) 2022/628 del Consejo de 13 de abril de 2022 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2022/266 relativa a medidas restrictivas en respuesta al reconocimiento de las zonas de las provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno y a la orden de entrada de fuerzas armadas rusas en dichas zonas
Decisión (PESC) 2022/628 del Consejo de 13 de abril de 2022 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2022/266 relativa a medidas restrictivas en respuesta al reconocimiento de las zonas de las provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno y a la orden de entrada de fuerzas armadas rusas en dichas zonas
ST/8110/2022/INIT
DO L 116 de 13.4.2022, p. 8–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
13.4.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 116/8 |
DECISIÓN (PESC) 2022/628 DEL CONSEJO
de 13 de abril de 2022
por la que se modifica la Decisión (PESC) 2022/266 relativa a medidas restrictivas en respuesta al reconocimiento de las zonas de las provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno y a la orden de entrada de fuerzas armadas rusas en dichas zonas
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 23 de febrero de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/266 (1). |
(2) |
El 24 de febrero de 2022, el presidente de la Federación de Rusia anunció una operación militar en Ucrania y las fuerzas armadas rusas iniciaron un ataque contra Ucrania. |
(3) |
Con las acciones militares ilegales que ha emprendido, Rusia está violando gravemente la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania, así como el Derecho internacional y los principios de la Carta de las Naciones Unidas. |
(4) |
En vista de la crisis humanitaria resultante de la invasión no provocada de Ucrania por las fuerzas armadas de la Federación de Rusia, el Consejo considera que, de conformidad con el Derecho internacional humanitario, la acción humanitaria basada en principios por parte de agentes humanitarios imparciales que atienden las necesidades humanitarias de la población civil ucraniana debe continuar en Ucrania, también en las zonas de las provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno. |
(5) |
Por consiguiente, el Consejo considera que determinadas categorías, claramente definidas, de organismos, personas, entes, organizaciones y agencias deben quedan exentas de las restricciones al comercio de bienes y tecnología para su uso en ciertos sectores, al suministro de determinados servicios y asistencia en relación con dichos bienes y dicha tecnología y a la prestación de servicios relacionados con infraestructuras en determinados sectores, cuando ello resulte necesario para fines exclusivamente humanitarios en las zonas de las provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno. |
(6) |
Por otra parte, y con la misma finalidad, el Consejo considera asimismo que debe instaurarse un mecanismo de excepción respecto de las actividades humanitarias que no queden cubiertas por la exención mencionada. |
(7) |
Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2022/266 en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2022/266 se modifica como sigue:
1) |
En el artículo 6, se insertan los apartados siguientes: «2 bis. Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a:
2 ter. En los casos no contemplados en el apartado 2 bis, y no obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes de un Estado miembro podrán conceder autorizaciones específicas o generales, en las condiciones generales o específicas que consideren oportunas, para la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los bienes o tecnología contemplados en el apartado 1 y la prestación de los servicios o la asistencia contemplados en el apartado 2, una vez hayan determinado que dichos bienes, tecnología, servicios o asistencia sean necesarios para fines exclusivamente humanitarios en las zonas de las provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno. El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida con arreglo al presente apartado en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.». |
2) |
En el artículo 7, se insertan los apartados siguientes: «1 bis. La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a:
1 ter. En los casos no contemplados en el apartado 1 bis, y no obstante lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes de un Estado miembro podrán conceder autorizaciones específicas o generales, en las condiciones generales o específicas que consideren oportunas, para la prestación de la asistencia o los servicios contemplados en el apartado 1, una vez hayan determinado que tal prestación de asistencia y servicios sea necesaria para fines exclusivamente humanitarios en las zonas de las provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno. El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida con arreglo al presente apartado en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.». |
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 13 de abril de 2022.
Por el Consejo
El Presidente
J.-Y. LE DRIAN
(1) Decisión (PESC) 2022/266 del Consejo, de 23 de febrero de 2022, relativa a medidas restrictivas en respuesta al reconocimiento de las zonas de las provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno y a la orden de entrada de fuerzas armadas rusas en dichas zonas (DO L 42 I de 23.2.2022, p. 109).