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Document 32021R1921
Commission Implementing Regulation (EU) 2021/1921 of 4 November 2021 correcting the Croatian language version of Implementing Regulation (EU) 2020/464 laying down certain rules for the application of Regulation (EU) 2018/848 of the European Parliament and of the Council as regards the documents needed for the retroactive recognition of periods for the purpose of conversion, the production of organic products and information to be provided by Member States (Text with EEA relevance)
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1921 de la Comisión de 4 de noviembre de 2021 por el que se corrige la versión croata del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464, por el que se establecen determinadas normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los documentos necesarios para el reconocimiento retroactivo de los períodos de conversión, la producción de productos ecológicos y la información que los Estados miembros deben facilitar (Texto pertinente a efectos del EEE)
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1921 de la Comisión de 4 de noviembre de 2021 por el que se corrige la versión croata del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464, por el que se establecen determinadas normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los documentos necesarios para el reconocimiento retroactivo de los períodos de conversión, la producción de productos ecológicos y la información que los Estados miembros deben facilitar (Texto pertinente a efectos del EEE)
C/2021/7761
DO L 391 de 5.11.2021, pp. 41–42
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
5.11.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 391/41 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/1921 DE LA COMISIÓN
de 4 de noviembre de 2021
por el que se corrige la versión croata del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464, por el que se establecen determinadas normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los documentos necesarios para el reconocimiento retroactivo de los períodos de conversión, la producción de productos ecológicos y la información que los Estados miembros deben facilitar
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6, su artículo 14, apartado 3, su artículo 15, apartado 3, su artículo 16, apartado 3, su artículo 17, apartado 3, y su artículo 26, apartado 7, letra d),
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La versión en lengua croata del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464 de la Comisión (2) contiene un error en el título, en lo que respecta al reconocimiento retroactivo de los períodos a efectos de la conversión al método de producción ecológica, y errores en el artículo 26, apartados 1 a 7, ya que dicha versión hace referencia a la fecha de entrada en vigor en lugar de a la fecha de aplicación de dicho Reglamento de Ejecución. |
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(2) |
Procede, por tanto, corregir la versión croata del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464 en consecuencia. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas. |
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(3) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al Dictamen del Comité de Producción Ecológica. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
(no afecta a la versión española)
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 4 de noviembre de 2021.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 150 de 14.6.2018, p. 1.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464 de la Comisión, de 26 de marzo de 2020, por el que se establecen determinadas normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los documentos necesarios para el reconocimiento retroactivo de los períodos de conversión, la producción de productos ecológicos y la información que los Estados miembros deben facilitar (DO L 98 de 31.3.2020, p. 2).