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Document 32021D2018

    Decisión (UE) 2021/2018 del Consejo de 15 de noviembre de 2021 por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, en lo que respecta al auditor externo del Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland

    ST/12464/2021/INIT

    DO L 413 de 19.11.2021, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/2018/oj

    19.11.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 413/1


    DECISIÓN (UE) 2021/2018 DEL CONSEJO

    de 15 de noviembre de 2021

    por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, en lo que respecta al auditor externo del Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Protocolo n.o 4 sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 27.1,

    Vista la Recomendación del Banco Central Europeo, de 29 de septiembre de 2021, al Consejo de la Unión Europea, sobre el auditor externo del Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland (BCE/2021/44) (1),

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro deben ser controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

    (2)

    En 2016 el Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland seleccionó a Mazars como auditor externo para los ejercicios de 2016 a 2020.

    (3)

    El mandato del actual auditor externo del Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland, Mazars, expiró tras la auditoría del ejercicio de 2020. Por lo tanto, es preciso nombrar auditor externo para los ejercicios de 2021 y 2022.

    (4)

    El Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland tiene intención de ampliar el mandato de Mazars a los ejercicios de 2021 y 2022.

    (5)

    El Consejo de Gobierno del BCE ha recomendado que Mazars sea nombrado auditor externo del Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland para los ejercicios de 2021 y 2022.

    (6)

    Tras la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE, la Decisión 1999/70/CE del Consejo (2) debe modificarse en consecuencia.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 5 se sustituye por el texto siguiente:

    «5.   Mazars queda designado como auditor externo del Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland para los ejercicios de 2021 y 2022.».

    Artículo 2

    La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.

    Artículo 3

    El destinatario de la presente Decisión es el Banco Central Europeo.

    Hecho en Bruselas, el 15 de noviembre de 2021.

    Por el Consejo

    El Presidente

    J. PODGORŠEK


    (1)  DO C 403 de 6.10.2021, p. 1.

    (2)  Decisión 1999/70/CE del Consejo, de 25 de enero de 1999, relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales (DO L 22 de 29.1.1999, p. 69).


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