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Document 32021D1172
Council Decision (EU) 2021/1172 of 18 June 2021 on the conclusion, on behalf of the European Union, of the Agreement with Respect to Time Limitations on Arrangements for the Provision of Aircraft with Crew between the European Union, the United States of America, Iceland, and the Kingdom of Norway
Decisión (UE) 2021/1172 del Consejo de 18 de junio de 2021 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo relativo a los límites de tiempo en los acuerdos de suministro de aeronaves con tripulación entre la Unión Europea, los Estados Unidos de América, Islandia y el Reino de Noruega
Decisión (UE) 2021/1172 del Consejo de 18 de junio de 2021 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo relativo a los límites de tiempo en los acuerdos de suministro de aeronaves con tripulación entre la Unión Europea, los Estados Unidos de América, Islandia y el Reino de Noruega
ST/11645/2020/REV/1
DO L 256 de 19.7.2021, p. 1–2
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/1172/oj
19.7.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 256/1 |
DECISIÓN (UE) 2021/1172 DEL CONSEJO
de 18 de junio de 2021
relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo relativo a los límites de tiempo en los acuerdos de suministro de aeronaves con tripulación entre la Unión Europea, los Estados Unidos de América, Islandia y el Reino de Noruega
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 100, apartado 2, en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a),
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con la Decisión (UE) 2019/1580 del Consejo (2), el Acuerdo relativo a los límites de tiempo en los acuerdos de suministro de aeronaves con tripulación entre la Unión Europea, los Estados Unidos de América, Islandia y el Reino de Noruega (en lo sucesivo, «Acuerdo») (3) se firmó el 27 de agosto de 2019, a reserva de su celebración en una fecha posterior. El Acuerdo, adjunto a la Decisión (UE) 2019/1580 junto con el Memorando de consultas (4), ha venido aplicándose de manera provisional desde el día de su firma. |
(2) |
Según lo dispuesto en la Declaración Conjunta que forma parte integral del Acuerdo y en la Decisión (UE) 2019/1580, el Acuerdo, que se ha firmado en inglés, se ha redactado asimismo en otras lenguas oficiales de la Unión y dichas versiones lingüísticas adicionales deben ser autenticadas por un canje de notas entre las Partes. |
(3) |
Procede aprobar el Acuerdo. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se aprueba, en nombre de la Unión, el Acuerdo relativo a los límites de tiempo en los acuerdos de suministro de aeronaves con tripulación entre la Unión Europea, los Estados Unidos de América, Islandia y el Reino de Noruega, del cual forma parte integrante la Declaración conjunta (5).
Artículo 2
El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 7, apartado 1, del Acuerdo (6).
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 18 de junio de 2021.
Por el Consejo
El Presidente
J. LEÃO
(1) Aprobación de 18 de mayo de 2021 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).
(2) Decisión (UE) 2019/1580 del Consejo, de 18 de julio de 2019, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y a la aplicación provisional del Acuerdo relativo a los límites de tiempo en los acuerdos de suministro de aeronaves con tripulación entre la Unión Europea, los Estados Unidos de América, Islandia y el Reino de Noruega (DO L 245 de 25.9.2019, p. 1).
(3) Acuerdo relativo a los límites de tiempo en los acuerdos de suministro de aeronaves con tripulación (DO L 245 de 25.9.2019, p. 3).
(4) Para el Memorando de consultas véase el documento ST 11100/19 en http://register.consilium.europa.eu
(5) El texto del Acuerdo está publicado en el DO L 245 de 25.9.2019, p. 3, junto con la Decisión relativa a su firma.
(6) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.