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Document 32020R1649

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1649 del Consejo de 6 de noviembre de 2020 por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

DO L 370I de 6.11.2020, p. 7–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2020/1649/oj

6.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

LI 370/7


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1649 DEL CONSEJO

de 6 de noviembre de 2020

por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011 (1), y en particular su artículo 32, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(2)

Ante la gravedad de la situación en Siria y teniendo en cuenta los últimos nombramientos ministeriales, procede añadir a ocho personas a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar el Reglamento (UE) n.o 36/2012 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 6 de noviembre de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

M. ROTH


(1)   DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.


ANEXO

Se añaden las siguientes entradas a la lista que figura en el anexo II, sección A («Personas»), del Reglamento (UE) n.o 36/2012:

 

Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión

«303.

Bassam TOU’MA (alias TU’MA)

(بسام طعمة)

Fecha de nacimiento: 1969

Lugar de nacimiento: Safita, Siria

Sexo: masculino

Ministro de Petróleo y Recursos Minerales. Nombrado en agosto de 2020.

En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

6.11.2020

304.

Hassan GHABACHE (alias GHOBASH, AL-GHABBASH)

(حسن غباشة)

Fecha de nacimiento: 1971

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria

Sexo: masculino

Ministro de Sanidad.

Nombrado en agosto de 2020.

En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

6.11.2020

305.

Ziyad SABBAGH

(زياد صباغ)

Fecha de nacimiento: 1960

Lugar de nacimiento: Alepo, Siria

Sexo: masculino

Ministro de Industria.

Nombrado en agosto de 2020.

En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

6.11.2020

306.

Mohammad Hassan QATANA

(حسن قطانة)

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria

Sexo: masculino

Ministro de Agricultura y Reforma Agraria. Nombrado en agosto de 2020.

En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

6.11.2020

307.

Ghassan ZAMEL (alias AL-ZAMIL, AL-ZAMEL)

(غسان زامل)

Fecha de nacimiento: 1963

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria

Sexo: masculino

Ministro de Electricidad.

Nombrado en agosto de 2020.

En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

6.11.2020

308.

Mohamad (alias Mohammad) Fayez BARCHA (alias AL-BARSHA, AL-BARASHA)

(محمد فايز برشة)

Fecha de nacimiento: 1955

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria

Sexo: masculino

Secretario de Estado. Nombrado en agosto de 2020.

En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

6.11.2020

309.

Malloul (alias Maloul) HUSSEIN (alias AL-HUSSEIN)

(ملول حسين)

Fecha de nacimiento: 1950

Lugar de nacimiento: Provincia de Al-Hasakah, Siria

Sexo: masculino

Secretario de Estado. Nombrado en agosto de 2020.

En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

6.11.2020

310.

Mohammad Samir HADDAD

(محمد سمير حداد)

Fecha de nacimiento: 1956

Lugar de nacimiento: Tartus, Siria

Sexo: masculino

Secretario de Estado.

Nombrado en agosto de 2020.

En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.»

6.11.2020


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