This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32020R1649
Council Implementing Regulation (EU) 2020/1649 of 6 November 2020 implementing Regulation (EU) No 36/2012 concerning restrictive measures in view of the situation in Syria
Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1649 del Consejo de 6 de noviembre de 2020 por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria
Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1649 del Consejo de 6 de noviembre de 2020 por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria
DO L 370I de 6.11.2020, p. 7–8
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
6.11.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
LI 370/7 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1649 DEL CONSEJO
de 6 de noviembre de 2020
por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011 (1), y en particular su artículo 32, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 36/2012. |
(2) |
Ante la gravedad de la situación en Siria y teniendo en cuenta los últimos nombramientos ministeriales, procede añadir a ocho personas a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012. |
(3) |
Procede, por lo tanto, modificar el Reglamento (UE) n.o 36/2012 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 6 de noviembre de 2020.
Por el Consejo
El Presidente
M. ROTH
ANEXO
Se añaden las siguientes entradas a la lista que figura en el anexo II, sección A («Personas»), del Reglamento (UE) n.o 36/2012:
|
Nombre |
Información de identificación |
Motivos |
Fecha de inclusión |
«303. |
Bassam TOU’MA (alias TU’MA) (بسام طعمة) |
Fecha de nacimiento: 1969 Lugar de nacimiento: Safita, Siria Sexo: masculino |
Ministro de Petróleo y Recursos Minerales. Nombrado en agosto de 2020. En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil. |
6.11.2020 |
304. |
Hassan GHABACHE (alias GHOBASH, AL-GHABBASH) (حسن غباشة) |
Fecha de nacimiento: 1971 Lugar de nacimiento: Damasco, Siria Sexo: masculino |
Ministro de Sanidad. Nombrado en agosto de 2020. En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil. |
6.11.2020 |
305. |
Ziyad SABBAGH (زياد صباغ) |
Fecha de nacimiento: 1960 Lugar de nacimiento: Alepo, Siria Sexo: masculino |
Ministro de Industria. Nombrado en agosto de 2020. En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil. |
6.11.2020 |
306. |
Mohammad Hassan QATANA (حسن قطانة) |
Lugar de nacimiento: Damasco, Siria Sexo: masculino |
Ministro de Agricultura y Reforma Agraria. Nombrado en agosto de 2020. En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil. |
6.11.2020 |
307. |
Ghassan ZAMEL (alias AL-ZAMIL, AL-ZAMEL) (غسان زامل) |
Fecha de nacimiento: 1963 Lugar de nacimiento: Damasco, Siria Sexo: masculino |
Ministro de Electricidad. Nombrado en agosto de 2020. En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil. |
6.11.2020 |
308. |
Mohamad (alias Mohammad) Fayez BARCHA (alias AL-BARSHA, AL-BARASHA) (محمد فايز برشة) |
Fecha de nacimiento: 1955 Lugar de nacimiento: Damasco, Siria Sexo: masculino |
Secretario de Estado. Nombrado en agosto de 2020. En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil. |
6.11.2020 |
309. |
Malloul (alias Maloul) HUSSEIN (alias AL-HUSSEIN) (ملول حسين) |
Fecha de nacimiento: 1950 Lugar de nacimiento: Provincia de Al-Hasakah, Siria Sexo: masculino |
Secretario de Estado. Nombrado en agosto de 2020. En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil. |
6.11.2020 |
310. |
Mohammad Samir HADDAD (محمد سمير حداد) |
Fecha de nacimiento: 1956 Lugar de nacimiento: Tartus, Siria Sexo: masculino |
Secretario de Estado. Nombrado en agosto de 2020. En su calidad de ministro del Gobierno, comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.» |
6.11.2020 |