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Document 32020D2187

Decisión (UE) 2020/2187 del Consejo de 22 de diciembre de 2020 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Director Regional de la Comunidad del Transporte en lo que respecta a la aprobación del presupuesto de la Comunidad del Transporte para 2021

DO L 435 de 23.12.2020, p. 73–73 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/2187/oj

23.12.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 435/73


DECISIÓN (UE) 2020/2187 DEL CONSEJO

de 22 de diciembre de 2020

relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Director Regional de la Comunidad del Transporte en lo que respecta a la aprobación del presupuesto de la Comunidad del Transporte para 2021

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 91 y su artículo 100, apartado 2, en relación con su artículo 218, apartado 9,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Tratado constitutivo de la Comunidad del Transporte (en lo sucesivo, «TCT») fue firmado por la Unión de conformidad con la Decisión (UE) 2017/1937 del Consejo (1). El 4 de marzo de 2019 fue aprobado por la Unión mediante la Decisión (UE) 2019/392 del Consejo (2). Entró en vigor el 1 de mayo de 2019.

(2)

Según el artículo 35 del TCT, el Comité Director Regional de la Comunidad del Transporte (en lo sucesivo, «Comité Director») debe aprobar anualmente el presupuesto de la Comunidad del Transporte. El artículo 35 del TCT faculta al Comité Director para adoptar decisiones en las que se especifique el procedimiento para la ejecución del presupuesto.

(3)

El Comité Director debe adoptar una decisión sobre el presupuesto de la Comunidad del Transporte para 2021 durante su reunión de diciembre de 2020 o bien, si este asunto no se aborda durante dicha reunión, durante la reunión siguiente.

(4)

El presupuesto propuesto de la Comunidad del Transporte para 2021 es necesario para el adecuado funcionamiento de los órganos de la Comunidad del Transporte. Cubre los gastos en recursos humanos, viajes y equipos y programas informáticos, al igual que los gastos operativos, como estudios, asistencia técnica y organización de conferencias y reuniones.

(5)

Procede determinar la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Comité Director, dado que esta decisión es necesaria para el funcionamiento de la Secretaría Permanente de la Comunidad del Transporte y tendrá efectos jurídicos con respecto a la Unión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Comité Director Regional de la Comunidad del Transporte, con respecto al presupuesto de la Comunidad del Transporte para el año 2021, se basará en el proyecto de decisión del Comité Director (3) .

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

M. ROTH


(1)  Decisión (UE) 2017/1937 del Consejo, de 11 de julio de 2017, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y a la aplicación provisional del Tratado constitutivo de la Comunidad del Transporte (DO L 278 de 27.10.2017, p. 1).

(2)  Decisión (UE) 2019/392 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Tratado constitutivo de la Comunidad del Transporte (DO L 71 de 13.3.2019, p. 1).

(3)  Véase el documento ST 11356/20 en http://register.consilium.europa.eu.


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