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Document 32019R0092

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/92 del Consejo, de 21 de enero de 2019, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.° 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

ST/15425/2018/INIT

DO L 19 de 22.1.2019, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2019/92/oj

22.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 19/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/92 DEL CONSEJO

de 21 de enero de 2019

por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (1), y en particular su artículo 14, apartados 1 y 3,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 269/2014.

(2)

A raíz del fallecimiento de una persona designada, el Consejo considera que la mención de dicha persona debe suprimirse del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014.

(3)

Por lo tanto, procede modificar el anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de enero de 2019.

Por el Consejo

La Presidenta

F. MOGHERINI


(1)  DO L 78 de 17.3.2014, p. 6.


ANEXO

La mención de la siguiente persona se suprime de la lista que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014:

«150.

Iosif (Joseph) Davydovich KOBZON»


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