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Document 32019L0369
Commission Delegated Directive (EU) 2019/369 of 13 December 2018 amending the Annex to Council Framework Decision 2004/757/JHA as regards the inclusion of new psychoactive substances in the definition of ‘drug’
Directiva Delegada (UE) 2019/369 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2018, por la que se modifica el anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI del Consejo en lo que respecta a la inclusión de nuevas sustancias psicotrópicas en la definición de «droga»
Directiva Delegada (UE) 2019/369 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2018, por la que se modifica el anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI del Consejo en lo que respecta a la inclusión de nuevas sustancias psicotrópicas en la definición de «droga»
C/2018/8460
DO L 66 de 7.3.2019, p. 3–5
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
7.3.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 66/3 |
DIRECTIVA DELEGADA (UE) 2019/369 DE LA COMISIÓN
de 13 de diciembre de 2018
por la que se modifica el anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI del Consejo en lo que respecta a la inclusión de nuevas sustancias psicotrópicas en la definición de «droga»
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva (UE) 2017/2103 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2017, por la que se modifica la Decisión Marco 2004/757/JAI del Consejo para incluir las nuevas sustancias psicotrópicas en la definición de droga y por la que se deroga la Decisión 2005/387/JAI del Consejo (1), y, en particular, su artículo 3, apartado 3,
Considerando que:
(1) |
El anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI del Consejo (2) contiene una lista de las sustancias que entran en la definición de droga de conformidad con lo dispuesto en su artículo 1, apartado 1, letra b). |
(2) |
El anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI fue añadido por la Directiva (UE) 2017/2103. En él se enumeran todas las nuevas sustancias psicotrópicas que fueron sometidas a medidas de control y sanciones penales con arreglo a la Decisión 2005/387/JAI del Consejo (3) antes de la adopción de la Directiva (UE) 2017/2103. |
(3) |
La Directiva (UE) 2017/2103 derogó la Decisión 2005/387/JAI con efectos a partir del 23 de noviembre de 2018. Desde la fecha de adopción de la Directiva (UE) 2017/2103 hasta el 23 de noviembre de 2018, cinco nuevas sustancias psicotrópicas fueron sometidas a medidas de control y sanciones penales con arreglo a la Decisión 2005/387/JAI. Sin embargo, estas nuevas sustancias psicotrópicas no están todavía incluidas en el anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI. |
(4) |
Por consiguiente, debido a la derogación de la Decisión 2005/387/JAI, las nuevas sustancias psicotrópicas siguientes deben incluirse en el anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI:
|
(5) |
Irlanda está vinculada por la Directiva (UE) 2017/2103, por lo que participa en la adopción y aplicación de la presente Directiva Delegada. |
(6) |
El Reino Unido no está vinculado por la Directiva (UE) 2017/2103 y, por lo tanto, no participa en la adopción y aplicación de la presente Directiva Delegada y no queda vinculado por la misma ni sujeto a su aplicación. |
(7) |
Dinamarca no está vinculada por la Directiva (UE) 2017/2103, por lo que no participa en la adopción y aplicación de la presente Directiva Delegada y no queda vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación. |
(8) |
La Decisión Marco 2004/757/JAI debe, por tanto, modificarse en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:
Artículo 1
Modificación de la Decisión Marco 2004/757/JAI
Se añade el siguiente texto a la lista que figura en el anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI:
«13. |
N-fenil-N-[1-(2-feniletil)piperidin-4-il]furan-2-carboxamida (furanilfentanilo), mencionada en la Decisión (UE) 2017/2170 (*1). |
14. |
N-(1-amino-3,3-dimetil-1-oxobutan-2-il)-1 (ciclohexilmetil)-1H-indazol-3-carboxamida (ADB-CHMINACA), mencionada en la Decisión (UE) 2018/747 (*2). |
15. |
1-(4-cianobutil)-N-(2-fenilpropan-2-il)-1H indazol-3-carboxamida (CUMIL-4CN-BINACA), mencionada en la Decisión (UE) 2018/748 (*3). |
16. |
N-fenil-N-[1-(2-feniletil)piperidina-4-il]ciclopropanocarboxamida (ciclopropilfentanilo) y 2-metoxi-N-fenil-N-[1-(2-feniletil)piperidina-4-il]acetamida (metoxiacetilfentanilo), mencionadas en la Decisión (UE) 2018/1463 (*4). |
Artículo 2
Transposición
1. Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Directiva a más tardar el 7 de septiembre de 2019. No obstante, pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para ajustarse a lo dispuesto en el punto 16 del anexo de la Decisión Marco 2004/757/JAI a que se refiere el artículo 1 de la presente Directiva a más tardar el 29 de septiembre de 2019. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones.
Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en el momento de su publicación oficial. Los Estados miembros determinarán en qué modo debe hacerse tal referencia.
2. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.
Artículo 3
Entrada en vigor
La presente Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 4
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros de conformidad con los Tratados.
Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2018.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 305 de 21.11.2017, p. 12.
(2) Decisión Marco 2004/757/JAI del Consejo, de 25 de octubre de 2004, relativa al establecimiento de disposiciones mínimas de los elementos constitutivos de delitos y las penas aplicables en el ámbito del tráfico ilícito de drogas (DO L 335 11.11.2004, p. 8).
(3) Decisión 2005/387/JAI del Consejo, de 10 de mayo de 2005, relativa al intercambio de información, la evaluación del riesgo y el control de las nuevas sustancias psicotrópicas (DO L 127 de 20.5.2005, p. 32).
(4) Decisión de Ejecución (UE) 2017/2170 del Consejo, de 15 de noviembre de 2017, por la que se somete a la N-fenil-N-[1-(2-feniletil)piperidin-4-il]furan-2-carboxamida (furanilfentanilo) a medidas de control (DO L 306 de 22.11.2017, p. 19).
(5) Decisión de Ejecución (UE) 2018/747 del Consejo, de 14 de mayo de 2018, por la que se somete la nueva sustancia psicoactiva N-(1-amino-3,3-dimetil-1-oxobutan-2-il)-1 (ciclohexilmetil)-1H-indazol-3-carboxamida (ADB-CHMINACA) a medidas de control (DO L 125 de 22.5.2018, p. 8).
(6) Decisión de Ejecución (UE) 2018/748 del Consejo, de 14 de mayo de 2018, por la que se somete la nueva sustancia psicoactiva 1-(4-cianobutil)-N-(2-fenilpropan-2-il)-1H indazol-3-carboxamida (CUMIL-4CN-BINACA) a medidas de control (DO L 125 de 22.5.2018, p. 10).
(7) Decisión de Ejecución (UE) 2018/1463 del Consejo, de 28 de septiembre de 2018, relativa a la aplicación de medidas de control con respecto a las nuevas sustancias psicotrópicas N-fenil-N-[1-(2-feniletil)piperidina-4-il]ciclopropanocarboxamida (ciclopropilfentanilo) y 2-metoxi-N-fenil-N-[1-(2-feniletil)piperidina-4-il]acetamida (metoxiacetilfentanilo) (DO L 245 de 1.10.2018, p. 9).