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Document 32018D0176
Council Decision (EU) 2018/176 of 29 January 2018 on the position to be adopted, on behalf of the European Union, within the EEA Joint Committee concerning an amendment to Annex XIII (Transport) to the EEA Agreement
Decisión (UE) 2018/176 del Consejo, de 29 de enero de 2018, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE en lo que respecta a una modificación del anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE
Decisión (UE) 2018/176 del Consejo, de 29 de enero de 2018, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE en lo que respecta a una modificación del anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE
DO L 32 de 6.2.2018, pp. 50–51
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
6.2.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 32/50 |
DECISIÓN (UE) 2018/176 DEL CONSEJO
de 29 de enero de 2018
relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE en lo que respecta a una modificación del anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 91, en relación con su artículo 218, apartado 9,
Visto el Reglamento (CE) n.o 2894/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (1), y en particular su artículo 1, apartado 3,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (2) (en lo sucesivo, «Acuerdo EEE») entró en vigor el 1 de enero de 1994. |
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(2) |
En virtud del artículo 98 del Acuerdo EEE, el Comité Mixto del EEE puede decidir la modificación, entre otros, del anexo XIII (Transporte) de dicho Acuerdo. |
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(3) |
La Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (3) debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(4) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE. |
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(5) |
La posición de la Unión en el Comité Mixto del EEE debe basarse, por lo tanto, en el proyecto de Decisión adjunto. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE en lo que respecta a la propuesta de modificación del anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE adjunto a la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 29 de enero de 2018.
Por el Consejo
El Presidente
R. PORODZANOV
(1) DO L 305 de 30.11.1994, p. 6.
(3) Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (DO L 307 de 28.10.2014, p. 1).
PROYECTO
DECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
de …
por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, «Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(2) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 5 (suprimido) del anexo XIII del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:
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«5a. |
32014 L 0094: Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (DO L 307 de 28.10.2014, p. 1).
A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones de la Directiva se entenderán con arreglo a las adaptaciones siguientes:
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Artículo 2
Los textos de la Directiva 2014/94/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el […], siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones establecidas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Los Secretarios del Comité Mixto del EEE
(1) DO L 307 de 28.10.2014, p. 1.
(*1) [No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.]