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Document 32017R2062

    Reglamento (UE) 2017/2062 del Consejo, de 13 de noviembre de 2017, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1509 sobre la aplicación de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea

    DO L 295 de 14.11.2017, p. 4–20 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/2062/oj

    14.11.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 295/4


    REGLAMENTO (UE) 2017/2062 DEL CONSEJO

    de 13 de noviembre de 2017

    por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1509 sobre la aplicación de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 215,

    Vista la Decisión (PESC) 2016/849 del Consejo, de 27 de mayo de 2016, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por la que se deroga la Decisión 2013/183/PESC (1),

    Vista la propuesta conjunta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de la Comisión Europea,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (UE) 2017/1509 del Consejo (2) da efecto a las medidas previstas en la Decisión (PESC) 2016/849.

    (2)

    El 16 de octubre de 2017, el Consejo decidió ampliar la prohibición de inversiones de la UE en y con la RPDC a todos los sectores, reducir el importe de las remesas personales que pueden enviarse a la RPDC de 15 000 a 5 000 EUR e imponer una prohibición de exportación de petróleo a la RPDC.

    (3)

    El Reglamento (UE) 2017/1858 del Consejo (3) ha modificado el Reglamento (UE) 2017/1509 para dar efecto a las medidas previstas en la Decisión (PESC) 2016/849.

    (4)

    Asimismo, el Consejo invitó a la Comisión a revisar la lista de artículos de lujo, sujeta a una prohibición de importación y de exportación, en consulta con los Estados miembros.

    (5)

    Estas medidas entran en el ámbito de aplicación del Tratado, por lo que, con el fin, en particular, de garantizar su aplicación uniforme en todos los Estados miembros, resulta necesario un acto reglamentario de la Unión.

    (6)

    Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) 2017/1509 en consecuencia.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    El anexo VIII del Reglamento (UE) 2017/1509 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 13 de noviembre de 2017.

    Por el Consejo

    La Presidenta

    F. MOGHERINI


    (1)  DO L 141 de 28.5.2016, p. 79.

    (2)  Reglamento (UE) 2017/1509 del Consejo, de 30 de agosto de 2017, relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 329/2007 (DO L 224 de 31.8.2017, p. 1).

    (3)  Reglamento (UE) 2017/1858 del Consejo, de 16 de octubre de 2017, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1509 relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (DO L 265 I de 16.10.2017, p. 1).


    ANEXO

    El anexo VIII del Reglamento (UE) 2017/1509 se modifica como sigue:

    «

    ANEXO VIII

    Artículos de lujo a que se refiere el artículo 10

    NOTA EXPLICATIVA

    Los códigos de la nomenclatura se han tomado de los de la Nomenclatura Combinada, conforme a lo definido en el artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, y según lo establecido en su anexo I, válidos en el momento de la publicación del presente Reglamento y mutatis mutandis en su versión modificada por la legislación posterior.

    1)   Caballos

     

    0101 21 00

    Reproductores de raza pura

    ex

    0101 29 90

    Los demás

    2)   Caviar y sus sucedáneos

     

    1604 31 00

    Caviar “huevas de esturión”

     

    1604 32 00

    Sucedáneos del caviar

    3)   Trufas y elaboraciones a base de trufa

     

    0709 59 50

    Trufas

    ex

    0710 80 69

    Las demás

    ex

    0711 59 00

    Las demás

    ex

    0712 39 00

    Las demás

    ex

    2001 90 97

    Las demás

     

    2003 90 10

    Trufas

    ex

    2103 90 90

    Las demás

    ex

    2104 10 00

    Sopas y caldos y sus preparados

    ex

    2104 20 00

    Preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas

    ex

    2106 00 00

    Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte

    4)   Vinos (incluidos los espumosos), cervezas, aguardientes y bebidas espirituosas

     

    2203 00 00

    Cerveza de malta

     

    2204 10 11

    Champán

     

    2204 10 91

    Asti spumante

     

    2204 10 93

    Los demás

     

    2204 10 94

    Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

     

    2204 10 96

    Otros vinos varietales

     

    2204 10 98

    Los demás

     

    2204 21 00

    En recipientes de contenido inferior o igual a 2 l

     

    2204 29 00

    Los demás

     

    2205 00 00

    Vermut y demás vinos de uvas frescas preparados con plantas o sustancias aromáticas

     

    2206 00 00

    Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel, sake); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas con bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte

     

    2207 10 00

    Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80 % vol

     

    2208 00 00

    Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 % vol; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas

    5)   Cigarros puros y cigarritos

     

    2402 10 00

    Cigarros (puros), incluso despuntados, y cigarritos (puritos), que contengan tabaco

     

    2402 90 00

    Los demás

    6)   Perfumes, aguas de tocador y productos de cosmética, incluidos los productos de belleza y de maquillaje

     

    3303

    Perfumes y aguas de tocador

     

    3304 00 00

    Preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel (excepto los medicamentos), incluidas las preparaciones antisolares y las bronceadoras; preparaciones para manicuras o pedicuras

     

    3305 00 00

    Preparaciones capilares

     

    3307 00 00

    Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado, desodorantes corporales, preparaciones para el baño, depilatorios y demás preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones desodorantes de locales, incluso sin perfumar, aunque tengan propiedades desinfectantes

     

    6704 00 00

    Pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones y artículos análogos, de cabello, pelo o materia textil; manufacturas de cabello no expresadas ni comprendidas en otra parte

    7)   Artículos de cuero, artículos de guarnicionería y de viaje, bolsos de mano y artículos similares cuyo valor supere los 50 EUR por unidad

    ex

    4201 00 00

    Artículos de talabartería o guarnicionería para todos los animales, incluidos los tiros, traíllas, rodilleras, bozales, sudaderos, alforjas, abrigos para perros y artículos similares, de cualquier materia

    ex

    4202 00 00

    Baúles, maletas (valijas), maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios, fundas y estuches para gafas (anteojos), binoculares, cámaras fotográficas o cinematográficas, instrumentos musicales o armas y continentes similares; sacos de viaje, sacos (bolsas) aislantes para alimentos y bebidas, bolsas de aseo, mochilas, bolsos de mano (carteras), bolsas para la compra, billeteras, portamonedas, portamapas, petacas, pitilleras y bolsas para tabaco, bolsas para herramientas y para artículos de deporte, estuches para frascos y botellas, estuches para joyas, polveras, estuches para orfebrería y continentes similares, de cuero natural o regenerado, hojas de plástico, materia textil, fibra vulcanizada o cartón, o recubiertos totalmente o en su mayor parte con estas materias o papel

    ex

    4205 00 90

    Los demás

    ex

    9605 00 00

    Juegos o surtidos de viaje para aseo personal, costura o limpieza del calzado o de prendas de vestir

    8)   Abrigos cuyo valor supere los 75 EUR por unidad, u otras prendas, accesorios de vestir y zapatos (independientemente de su material) cuyo valor supere los 20 EUR por unidad

    ex

    4203 00 00

    Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de cuero natural o cuero regenerado:

    ex

    4303 00 00

    Prendas y complementos (accesorios), de vestir, y demás artículos de peletería

    ex

    6101 00 00

    Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, de punto, para hombres o niños (excepto los artículos de la partida 6103 )

    ex

    6102 00 00

    Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, de punto, para mujeres o niñas (excepto los artículos de la partida 6104 )

    ex

    6103 00 00

    Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para hombres o niños

    ex

    6104 00 00

    Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para mujeres o niñas

    ex

    6105 00 00

    Camisas de punto para hombres o niños

    ex

    6106 00 00

    Camisas, blusas y blusas camiseras, de punto, para mujeres o niñas

    ex

    6107 00 00

    Calzoncillos, incluidos los largos y los slips, camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, de punto, para hombres o niños

    ex

    6108 00 00

    Combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones), incluso las que no llegan hasta la cintura, camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, de punto, para mujeres o niñas

    ex

    6109 00 00

    T-shirts y camisetas, de punto

    ex

    6110 00 00

    Suéteres (jerséis), pulóveres, cárdigan, chalecos y artículos similares, de punto

    ex

    6111 00 00

    Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto, para bebés

    ex

    6112 11 00

    De algodón

    ex

    6112 12 00

    De fibras sintéticas

    ex

    6112 19 00

    De otras materias textiles

     

    6112 20 00

    Monos (overoles) y conjuntos de esquí

     

    6112 31 00

    De fibras sintéticas

     

    6112 39 00

    De otras materias textiles

     

    6112 41 00

    De fibras sintéticas

     

    6112 49 00

    De otras materias textiles

    ex

    6113 00 10

    Con tejidos de punto de la partida 5906

    ex

    6113 00 90

    Las demás

    ex

    6114 00 00

    Las demás prendas de vestir, de punto

    ex

    6115 00 00

    Calzas, panty-medias, leotardos, medias, calcetines y demás artículos de calcetería, incluso de compresión progresiva (por ejemplo, medias para varices), de punto

    ex

    6116 00 00

    Guantes, mitones y manoplas, de punto

    ex

    6117 00 00

    Los demás complementos (accesorios) de vestir confeccionados, de punto; partes de prendas o de complementos (accesorios) de vestir, de punto

    ex

    6201 00 00

    Abrigos, chaquetones, capas, cazadoras, anoraks y artículos similares, para hombres o niños (excepto los artículos de la partida 6203 )

    ex

    6202 00 00

    Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para mujeres o niñas (excepto los artículos de la partida 6204 )

    ex

    6203 00 00

    Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), para hombres o niños

    ex

    6204 00 00

    Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), para mujeres o niñas

    ex

    6205 00 00

    Camisas para hombres o niños

    ex

    6206 00 00

    Camisas, blusas y blusas camiseras, para mujeres o niñas

    ex

    6207 00 00

    Camisetas, calzoncillos, incluidos los largos y los slips, camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para hombres o niños

    ex

    6208 00 00

    Camisetas, combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones), incluso las que no llegan hasta la cintura, camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para mujeres o niñas

    ex

    6209 00 00

    Prendas y complementos (accesorios), de vestir, para bebés

    ex

    6210 10 00

    Con tejidos de las partidas 5602 o 5603

    ex

    6210 20 00

    Las demás prendas de vestir del tipo de las citadas en las subpartidas 6201 11 a 6201 19

    ex

    6210 30 00

    Las demás prendas de vestir del tipo de las citadas en las subpartidas 6202 11 a 6202 19

    ex

    6210 40 00

    Las demás prendas de vestir para hombres o niños

    ex

    6210 50 00

    Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas

     

    6211 11 00

    Para hombres o niños

     

    6211 12 00

    Para mujeres o niñas

     

    6211 20 00

    Monos (overoles) y conjuntos de esquí

    ex

    6211 32 00

    De algodón

    ex

    6211 33 00

    De fibras sintéticas o artificiales

    ex

    6211 39 00

    De otras materias textiles

    ex

    6211 42 00

    De algodón

    ex

    6211 43 00

    De fibras sintéticas o artificiales

    ex

    6211 49 00

    De otras materias textiles

    ex

    6212 00 00

    Sostenes (corpiños), fajas, corsés, tirantes (tiradores), ligas y artículos similares, y sus partes, incluso de punto

    ex

    6213 00 00

    Pañuelos

    ex

    6214 00 00

    Chales, pañuelos de cuello, bufandas, mantillas, velos y artículos similares

    ex

    6215 00 00

    Corbatas y lazos similares

    ex

    6216 00 00

    Guantes, mitones y manoplas

    ex

    6217 00 00

    Los demás complementos (accesorios) de vestir confeccionados; partes de prendas o de complementos (accesorios), de vestir (excepto las de la partida 6212 )

    ex

    6401 00 00

    Calzado impermeable con suela y parte superior de caucho o plástico, cuya parte superior no se haya unido a la suela por costura o por medio de remaches, clavos, tornillos, espigas o dispositivos similares, ni se haya formado con diferentes partes unidas de la misma manera

    ex

    6402 20 00

    Calzado con la parte superior de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas)

    ex

    6402 91 00

    Que cubran el tobillo

    ex

    6402 99 00

    Los demás

    ex

    6403 19 00

    Los demás

    ex

    6403 20 00

    Calzado con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo pulgar

    ex

    6403 40 00

    Los demás calzados, con puntera metálica de protección

    ex

    6403 51 00

    Que cubran el tobillo

    ex

    6403 59 00

    Los demás

    ex

    6403 91 00

    Que cubran el tobillo

    ex

    6403 99 00

    Los demás

    ex

    6404 19 10

    Pantuflas y demás calzado de casa

    ex

    6404 20 00

    Calzado con suela de cuero natural o regenerado

    ex

    6405 00 00

    Los demás calzados

    ex

    6504 00 00

    Sombreros y demás tocados, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, incluso guarnecidos

    ex

    6505 00 10

    De fieltro de pelo o de fieltro de lana y pelo fabricados con cascos o platos de la partida 6501 00 00

    ex

    6505 00 30

    Gorras, quepis y similares con visera

    ex

    6505 00 90

    Los demás

    ex

    6506 99 00

    De las demás materias

    ex

    6601 91 00

    Con astil o mango telescópico

    ex

    6601 99 00

    Los demás

    ex

    6602 00 00

    Bastones, bastones asiento, látigos, fustas y artículos similares

    ex

    9619 00 81

    Pañales para bebés

    9)   Alfombras y tapicerías tejidas a mano o no

     

    5701 00 00

    Alfombras de nudo de materia textil, incluso confeccionadas

     

    5702 10 00

    Alfombras llamadas “kelim” o “kilim”, “schumacks” o “soumak”, “karamanie” y alfombras similares tejidas a mano

     

    5702 20 00

    Revestimientos para el suelo de fibras de coco

     

    5702 31 80

    Las demás

     

    5702 32 00

    De materias textiles sintéticas o artificiales

     

    5702 39 00

    De otras materias textiles

     

    5702 41 90

    Las demás

     

    5702 42 00

    De materias textiles sintéticas o artificiales

     

    5702 50 00

    Las demás, sin aterciopelar ni confeccionar

     

    5702 91 00

    De lana o pelo fino

     

    5702 92 00

    De materias textiles sintéticas o artificiales

     

    5702 99 00

    De otras materias textiles

     

    5703 00 00

    Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, con mechón insertado, incluso confeccionados

     

    5704 00 00

    Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de fieltro (excepto los de mechón insertado y los flocados), incluso confeccionados

     

    5705 00 00

    Las demás alfombras y revestimientos para el suelo, de materia textil, incluso confeccionados

     

    5805 00 00

    Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de petit point, de punto de cruz), incluso confeccionadas

    10)   Perlas, piedras preciosas y semipreciosas, artículos elaborados con perlas, joyas y artículos de orfebrería y platería

     

    7101 00 00

    Perlas finas (naturales) o cultivadas, incluso trabajadas o clasificadas, pero sin ensartar, montar ni engarzar; perlas finas (naturales) o cultivadas, ensartadas temporalmente para facilitar el transporte

     

    7102 00 00

    Diamantes, incluso trabajados, sin montar ni engarzar

     

    7103 00 00

    Piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, incluso trabajadas o clasificadas, sin ensartar, montar ni engarzar; piedras preciosas (excepto los diamantes) o semipreciosas, naturales, sin clasificar, ensartadas temporalmente para facilitar el transporte

     

    7104 20 00

    Las demás, en bruto o simplemente aserradas o desbastadas

     

    7104 90 00

    Las demás

     

    7105 00 00

    Polvo de piedras preciosas o semipreciosas, naturales o sintéticas

     

    7106 00 00

    Plata, incluida la plata dorada y la platinada, en bruto, semilabrada o en polvo

     

    7107 00 00

    Chapado (plaqué) de plata sobre metal común, en bruto o semilabrado

     

    7108 00 00

    Oro, incluido el oro platinado, en bruto, semilabrado o en polvo

     

    7109 00 00

    Chapado (plaqué) de oro sobre metal común o sobre plata, en bruto o semilabrado

     

    7110 11 00

    En bruto o en polvo

     

    7110 19 00

    Los demás

     

    7110 21 00

    En bruto o en polvo

     

    7110 29 00

    Los demás

     

    7110 31 00

    En bruto o en polvo

     

    7110 39 00

    Los demás

     

    7110 41 00

    En bruto o en polvo

     

    7110 49 00

    Los demás

     

    7111 00 00

    Chapado (plaqué) de platino sobre metal común, plata u oro, en bruto o semilabrado

     

    7113 00 00

    Artículos de joyería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué)

     

    7114 00 00

    Artículos de orfebrería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué)

     

    7115 00 00

    Las demás manufacturas de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué)

     

    7116 00 00

    Manufacturas de perlas finas (naturales) o cultivadas, de piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas)

    11)   Monedas y billetes de banco que no tengan curso legal

    ex

    4907 00 30

    Billetes de banco

     

    7118 10 00

    Monedas sin curso legal (excepto las de oro)

    ex

    7118 90 00

    Los demás

    12)   Cuberterías de metales preciosos o revestidas o chapadas con metales preciosos

     

    7114 00 00

    Artículos de orfebrería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué)

     

    7115 00 00

    Las demás manufacturas de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué)

    ex

    8214 00 00

    Los demás artículos de cuchillería (por ejemplo: máquinas de cortar el pelo o de esquilar, cuchillas de picar carne, tajaderas de carnicería o cocina y cortapapeles); herramientas y juegos de herramientas de manicura o de pedicura, incluidas las limas para uñas

    ex

    8215 00 00

    Cucharas, tenedores, cucharones, espumaderas, palas para tarta, cuchillos para pescado o mantequilla (manteca), pinzas para azúcar y artículos similares

    ex

    9307 00 00

    Sables, espadas, bayonetas, lanzas y demás armas blancas, sus partes y fundas

    13)   Vajillas de mesa de porcelana, de cerámica, de loza o barro fino

     

    6911 00 00

    Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de porcelana

     

    6912 00 23

    De gres

     

    6912 00 25

    De loza o de barro fino

     

    6912 00 83

    De gres

     

    6912 00 85

    De loza o de barro fino

     

    6914 10 00

    De porcelana

     

    6914 90 00

    Los demás

    14)   Artículos de cristal al plomo

    ex

    7009 91 00

    Sin enmarcar

    ex

    7009 92 00

    Enmarcados

    ex

    7010 00 00

    Bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares, ampollas y demás recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conservas, de vidrio; Tapones, tapas y demás dispositivos de cierre, de vidrio

     

    7013 22 00

    De cristal al plomo

     

    7013 33 00

    De cristal al plomo

     

    7013 41 00

    De cristal al plomo

     

    7013 91 00

    De cristal al plomo

    ex

    7018 10 00

    Cuentas de vidrio, imitaciones de perlas, de piedras preciosas o semipreciosas y artículos similares de abalorio

    ex

    7018 90 00

    Los demás

    ex

    7020 00 80

    Los demás

    ex

    9405 10 50

    De vidrio

    ex

    9405 20 50

    De vidrio

    ex

    9405 50 00

    Aparatos de alumbrado no eléctricos

    ex

    9405 91 00

    De vidrio

    15)   Objetos electrónicos para uso doméstico cuyo valor supere los 50 EUR por unidad

    ex

    8414 51

    Ventiladores de mesa, pie, pared, cielo raso, techo o ventana, con motor eléctrico incorporado de potencia inferior o igual a 125 W

    ex

    8414 59 00

    Los demás

    ex

    8414 60 00

    Campanas aspirantes en las que el mayor lado horizontal sea inferior o igual a 120 cm

    ex

    8415 10 00

    De pared o para ventanas, formando un solo cuerpo o del tipo sistema de elementos separados (split-system)

    ex

    8418 10 00

    Combinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas

    ex

    8418 21 00

    De compresión

    ex

    8418 29 00

    Los demás

    ex

    8418 30 00

    Congeladores horizontales del tipo arcón (cofre), de capacidad inferior o igual a 800 litros:

    ex

    8418 40 00

    Congeladores verticales del tipo armario, de capacidad inferior o igual a 900 litros

    ex

    8419 81 00

    Para la preparación de bebidas calientes o la cocción o calentamiento de alimentos

    ex

    8422 11 00

    De tipo doméstico

    ex

    8423 10 00

    Balanzas para personas, incluidos los pesabebés; balanzas domésticas

    ex

    8443 12 00

    Máquinas y aparatos de oficina para imprimir, offset, alimentados con hojas en las que un lado sea inferior o igual a 22 cm y el otro sea inferior o igual a 36 cm, medidas sin plegar

    ex

    8443 31 00

    Máquinas que efectúan dos o más de las siguientes funciones: impresión, copia o fax, aptas para ser conectadas a una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos o a una red

    ex

    8443 32 00

    Las demás, aptas para ser conectadas a una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos o a una red

    ex

    8443 39 00

    Los demás

    ex

    8450 11 00

    Máquinas totalmente automáticas

    ex

    8450 12 00

    Las demás máquinas, con secadora centrífuga incorporada

    ex

    8450 19 00

    Los demás

    ex

    8451 21 00

    De capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 kg

    ex

    8452 10 00

    Máquinas de coser domésticas

    ex

    8470 10 00

    Calculadoras electrónicas que puedan funcionar sin fuente de energía eléctrica exterior y máquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con función de cálculo

    ex

    8470 21 00

    Con dispositivo de impresión incorporado

    ex

    8470 29 00

    Los demás

    ex

    8470 30 00

    Las demás máquinas de calcular

    ex

    8471 00 00

    Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresadas ni comprendidas en otra parte

    ex

    8472 90 40

    Máquinas para tratamiento o procesamiento de textos

    ex

    8472 90 90

    Los demás

    ex

    8479 60 00

    Aparatos de evaporación para refrigerar el aire

    ex

    8508 11 00

    De potencia inferior o igual a 1 500  W y de capacidad del depósito o bolsa para el polvo inferior o igual a 20 litros

    ex

    8508 19 00

    Los demás

    ex

    8508 60 00

    Las demás aspiradoras

    ex

    8509 80 00

    Los demás aparatos

    ex

    8516 31 00

    Secadores para el cabello

    ex

    8516 50 00

    Hornos de microondas

    ex

    8516 60 10

    Cocinas (con encimera y horno)

    ex

    8516 71 00

    Aparatos para la preparación de café o té

    ex

    8516 72 00

    Tostadoras de pan

    ex

    8516 79 00

    Los demás

    ex

    8517 11 00

    Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono

    ex

    8517 12 00

    Teléfonos móviles (celulares) y los de otras redes inalámbricas

    ex

    8517 18 00

    Los demás

    ex

    8517 61 00

    Estaciones base

    ex

    8517 62 00

    Aparatos para la recepción, conversión y transmisión o regeneración de voz, imagen u otros datos, incluidos los de conmutación y encaminamiento (switching and routing apparatus)

    ex

    8517 69 00

    Los demás

    ex

    8526 91 00

    Aparatos de radionavegación

    ex

    8529 10 31

    Para recepción vía satélite

    ex

    8529 10 39

    Los demás

    ex

    8529 10 65

    Antenas de interior para receptores de radio y televisión, incluidas las que se incorporan a estos

    ex

    8529 10 69

    Los demás

    ex

    8531 10 00

    Avisadores eléctricos de protección contra robo o incendio y aparatos similares

    ex

    8543 70 10

    Máquinas eléctricas con funciones de traducción o de diccionario

    ex

    8543 70 30

    Amplificadores de antena

    ex

    8543 70 50

    Bancos y techos solares, y aparatos similares para el bronceado

    ex

    8543 70 90

    Los demás

     

    9504 50 00

    Videoconsolas y máquinas de videojuego, excepto las de la subpartida 9504 30

     

    9504 90 80

    Los demás

    16)   Dispositivos eléctricos, electrónicos y ópticos para grabación y reproducción de sonido o de imagen cuyo valor supere los 50 EUR por unidad

    ex

    8519 00 00

    Aparatos de reproducción de sonido; aparatos de grabación y reproducción de sonido

    ex

    8521 00 00

    Aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido (vídeos), incluso con receptor de señales de imagen y sonido incorporado

    ex

    8525 80 30

    Cámaras fotográficas digitales

    ex

    8525 80 91

    Que permitan la grabación de sonido e imágenes tomadas únicamente con la cámara

    ex

    8525 80 99

    Los demás

    ex

    8527 00 00

    Receptores de radiodifusión, incluso combinados en una misma envoltura con grabadores o reproductores de sonido o con un aparato de relojería

    ex

    8528 71 00

    No concebidos para incorporar un dispositivo de visualización (display) o pantalla de vídeo

    ex

    8528 72 00

    Los demás, en colores

    ex

    9006 00 00

    Cámaras fotográficas (excepto las cinematográficas); aparatos y dispositivos, incluidos las lámparas y tubos, para la producción de destellos en fotografía (excepto las lámparas y tubos de descarga de la partida 8539 )

    ex

    9007 00 00

    Cámaras y proyectores cinematográficos, incluso con grabador o reproductor de sonido incorporados

    17)   Vehículos destinados al transporte de personas por tierra, aire o mar cuyo valor supere los 10 000 EUR por unidad, teleféricos, telesillas, telesquíes y mecanismos de tracción para funiculares y motocicletas, así como sus recambios y accesorios, cuyo valor supere los 1 000 EUR por unidad

    ex

    4011 10 00

    De los tipos utilizados en automóviles de turismo, incluidos los del tipo familiar (break o station wagon) y los de carreras

    ex

    4011 20 00

    De los tipos utilizados en autobuses o camiones

    ex

    4011 30 00

    De los tipos utilizados en aeronaves

    ex

    4011 40 00

    De los tipos utilizados en motocicletas

    ex

    4011 90 00

    Los demás

    ex

    7009 10 00

    Espejos retrovisores para vehículos

    ex

    8407 00 00

    Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión)

    ex

    8408 00 00

    Motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores diésel o semidiésel)

    ex

    8409 00 00

    Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas 8407 u 8408 :

    ex

    8411 00 00

    Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas

     

    8428 60 00

    Teleféricos, incluidos las telesillas y los telesquíes; mecanismos de tracción para funiculares

    ex

    8431 39 00

    Partes y accesorios de teleféricos, incluidos las telesillas y los telesquíes; mecanismos de tracción para funiculares

    ex

    8483 00 00

    Árboles de transmisión, incluidos los de levas y los cigüeñales, y manivelas; cajas de cojinetes y cojinetes; engranajes y ruedas de fricción; husillos fileteados de bolas o rodillos; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los convertidores de par; volantes y poleas, incluidos los motones; embragues y órganos de acoplamiento, incluidas las juntas de articulación

    ex

    8511 00 00

    Aparatos y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, para motores de encendido por chispa o por compresión (por ejemplo: magnetos, dinamomagnetos, bobinas de encendido, bujías de encendido o calentamiento, motores de arranque); generadores (por ejemplo: dínamos, alternadores) y reguladores disyuntores utilizados con estos motores

    ex

    8512 20 00

    Los demás aparatos de alumbrado o señalización visual

    ex

    8512 30 10

    Aparatos de señalización acústica de los tipos utilizados para vehículos automóviles

    ex

    8512 30 90

    Los demás

    ex

    8512 40 00

    Limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha o vaho

    ex

    8544 30 00

    Juegos de cables para bujías de encendido y demás juegos de cables de los tipos utilizados en los medios de transporte

    ex

    8603 00 00

    Automotores para vías férreas y tranvías autopropulsados (excepto los de la partida 8604 )

    ex

    8605 00 00

    Vagones de pasajeros de ferrocarriles o tranvías, excepto los autopropulsados; furgones de equipajes, coches correo y demás coches especiales, para vías férreas o similares no autopropulsados (excepto los coches de la partida 8604 )

    ex

    8607 00 00

    Partes de vehículos para vías férreas o similares

    ex

    8702 00 00

    Vehículos automóviles para transporte de diez o más personas, incluido el conductor

    ex

    8703 00 00

    Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de personas (excepto los de la partida 8702 ), incluidos los del tipo familiar (break o station wagon) y los de carreras, incluidas las motos de nieve

    ex

    8706 00 00

    Chasis de vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705 , equipados con su motor

    ex

    8707 00 00

    Carrocerías de vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705 , incluidas las cabinas

    ex

    8708 00 00

    Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705

    ex

    8711 00 00

    Motocicletas, incluidos los ciclomotores, y velocípedos equipados con motor auxiliar, con sidecar o sin él; sidecares

    ex

    8712 00 00

    Bicicletas y demás velocípedos, incluidos los triciclos de reparto, sin motor

    ex

    8714 00 00

    Partes y accesorios de vehículos de las partidas 8711 a 8713

    ex

    8716 10 00

    Remolques y semirremolques para vivienda o acampada, del tipo caravana

    ex

    8716 40 00

    Los demás remolques y semirremolques

    ex

    8716 90 00

    Partes

    ex

    8801 00 00

    Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y demás aeronaves, no propulsados con motor

    ex

    8802 11 00

    De peso en vacío inferior o igual a 2 000  kg

    ex

    8802 12 00

    De peso en vacío superior a 2 000  kg

     

    8802 20 00

    Aviones y demás aeronaves, de peso en vacío inferior o igual a 2 000  kg

    ex

    8802 30 00

    Aviones y demás aeronaves, de peso en vacío superior a 2 000  kg pero inferior o igual a 15 000  kg

    ex

    8802 40 00

    Aviones y demás aeronaves, de peso en vacío superior a 15 000  kg

    ex

    8803 10 00

    Hélices y rotores, y sus partes

    ex

    8803 20 00

    Trenes de aterrizaje y sus partes

    ex

    8803 30 00

    Las demás partes de aviones o helicópteros

    ex

    8803 90 10

    De cometas

    ex

    8803 90 90

    Los demás

    ex

    8805 10 00

    Aparatos y dispositivos para lanzamiento de aeronaves y sus partes; aparatos y dispositivos para aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares, y sus partes

    ex

    8901 10 00

    Transatlánticos, barcos para excursiones (de cruceros) y barcos similares concebidos principalmente para transporte de personas; transbordadores

    ex

    8901 90 00

    Los demás barcos para transporte de mercancías y los demás barcos concebidos para transporte mixto de personas y mercancías

    ex

    8903 00 00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte; barcas (botes) de remo y canoas

    18)   Aparatos de relojería y sus partes

     

    9101 00 00

    Relojes de pulsera, bolsillo y similares, incluidos los contadores de tiempo de los mismos tipos, con caja de metal precioso o chapado de metal precioso (plaqué)

     

    9102 00 00

    Relojes de pulsera, bolsillo y similares, incluidos los contadores de tiempo de los mismos tipos (excepto los de la partida 9101 )

     

    9103 00 00

    Despertadores y demás relojes de pequeño mecanismo de relojería (excepto relojes de la partida 9104 ):

     

    9104 00 00

    Relojes de tablero de instrumentos y relojes similares, para automóviles, aeronaves, barcos o demás vehículos

     

    9105 00 00

    Los demás aparatos de relojería

     

    9108 00 00

    Pequeños mecanismos de relojería completos y montados

     

    9109 00 00

    Los demás mecanismos de relojería completos y montados:

     

    9110 00 00

    Mecanismos de relojería completos, sin montar o parcialmente montados (chablons); mecanismos de relojería incompletos, montados; mecanismos de relojería en blanco (ébauches)

     

    9111 00 00

    Cajas de los relojes y sus partes:

     

    9112 00 00

    Cajas y envolturas similares para los demás aparatos de relojería y sus partes

     

    9113 00 00

    Pulseras para reloj y sus partes

     

    9114 00 00

    Las demás partes de aparatos de relojería

    19)   Instrumentos musicales

     

    9201 00 00

    Pianos, incluso automáticos; clavecines y demás instrumentos de cuerda con teclado

     

    9202 00 00

    Los demás instrumentos musicales de cuerda (por ejemplo: guitarras, violines, arpas)

     

    9205 00 00

    Instrumentos musicales de viento (por ejemplo: órganos de tubos y teclado, acordeones, clarinetes, trompetas, gaitas), excepto los orquestriones y los organillos

     

    9206 00 00

    Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas)

     

    9207 00 00

    Instrumentos musicales en los que el sonido se produzca o tenga que amplificarse eléctricamente (por ejemplo: órganos, guitarras, acordeones)

    20)   Objetos de arte o colección y antigüedades

     

    9700

    Objetos de arte o colección y antigüedades

    21)   Artículos y equipos de deporte, incluidos esquí, golf, submarinismo y deportes acuáticos

    ex

    4015 19 00

    Los demás

    ex

    4015 90 00

    Los demás

    ex

    6210 40 00

    Las demás prendas de vestir para hombres o niños

    ex

    6210 50 00

    Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas

     

    6211 11 00

    Para hombres o niños

     

    6211 12 00

    Para mujeres o niñas

     

    6211 20 00

    Monos (overoles) y conjuntos de esquí

    ex

    6216 00 00

    Guantes, mitones y manoplas

     

    6402 12 00

    Calzado de esquí y calzado para la práctica de snowboard (tabla para nieve)

    ex

    6402 19 00

    Los demás

     

    6403 12 00

    Calzado de esquí y calzado para la práctica de snowboard (tabla para nieve)

     

    6403 19 00

    Los demás

     

    6404 11 00

    Calzado de deporte; calzado de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares

     

    6404 19 90

    Los demás

    ex

    9004 90 00

    Los demás

    ex

    9020 00 00

    Los demás aparatos respiratorios y máscaras antigás, excepto las máscaras de protección sin mecanismo ni elemento filtrante amovible

     

    9506 11 00

    Esquís

     

    9506 12 00

    Fijadores de esquí

     

    9506 19 00

    Los demás

     

    9506 21 00

    Deslizadores de vela

     

    9506 29 00

    Los demás

     

    9506 31 00

    Palos de golf (clubs) completos

     

    9506 32 00

    Pelotas de golf

     

    9506 39 00

    Los demás

     

    9506 40 00

    Artículos y material para tenis de mesa

     

    9506 51 00

    Raquetas de tenis, incluso sin cordaje

     

    9506 59 00

    Los demás

     

    9506 61 00

    Pelotas de tenis

     

    9506 69 10

    Pelotas de cricket o de polo

     

    9506 69 90

    Los demás

     

    9506 70

    Patines para hielo y patines de ruedas, incluido el calzado con patines fijos

     

    9506 91

    Artículos y material para cultura física, gimnasia o atletismo

     

    9506 99 10

    Artículos de cricket o de polo (excepto las pelotas)

     

    9506 99 90

    Los demás

     

    9507 00 00

    Cañas de pescar, anzuelos y demás artículos para la pesca con caña; salabardos, cazamariposas y redes similares; señuelos (excepto los de las partidas 9208 o 9705 ) y artículos de caza similares

    22)   Artículos y equipos de billar, boleras automáticas, juegos de casino y juegos que funcionen con monedas o con billetes de banco

     

    9504 20 00

    Billares de cualquier clase y sus accesorios

     

    9504 30 00

    Los demás juegos activados con monedas, billetes de banco, tarjetas bancarias, fichas o por cualquier otro medio de pago, excepto los juegos de bolos automáticos (bowling)

     

    9504 40 00

    Naipes

     

    9504 50 00

    Videoconsolas y máquinas de videojuego, excepto las de la subpartida 9504 30

     

    9504 90 80

    Los demás

    ».

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