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Document 32017R0326

    Reglamento de Ejecución (UE) 2017/326 de la Comisión, de 24 de febrero de 2017, por el que se modifica por 261.a vez el Reglamento (CE) n.° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida

    C/2017/1448

    DO L 49 de 25.2.2017, p. 30–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2017/326/oj

    25.2.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 49/30


    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/326 DE LA COMISIÓN

    de 24 de febrero de 2017

    por el que se modifica por 261.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 1,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la inmovilización de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

    (2)

    El 22 de febrero de 2017, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió añadir cuatro personas físicas a la lista de personas, grupos y entidades a los que debe aplicarse la inmovilización de fondos y recursos económicos. Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 en consecuencia.

    (3)

    Con el fin de garantizar la efectividad de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor inmediatamente.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 24 de febrero de 2017.

    Por la Comisión,

    en nombre del Presidente,

    Director en funciones del Servicio de Instrumentos de Política Exterior


    (1)  DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.


    ANEXO

    En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 se añaden las entradas siguientes en el epígrafe «Personas físicas»:

    a)

    «Bassam Ahmad Al-Hasri [alias a) Bassam Ahmad Husari; b) Abu Ahmad Akhlaq; c) Abu Ahmad al-Shami]. Fecha de nacimiento: a) 1.1.1969; b) aproximadamente 1971. Lugar de nacimiento: a) Qalamun, provincia de Damasco, República Árabe Siria; b) Ghutah, provincia de Damasco, República Árabe Siria; c) Tadamon, Rif Dimashq, República Árabe Siria. Nacionalidad: a) siria, b) palestina. Dirección: República Árabe Siria (territorios del sur. Localización en julio de 2016). Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 22.2.2017.».

    b)

    «Iyad Nazmi Salih Khalil [alias: a) Ayyad Nazmi Salih Khalil; b) Eyad Nazmi Saleh Khalil; c) Iyad al-Toubasi; Iyad al-Tubasi; e) Abu al-Darda'; f) Abu-Julaybib al-Urduni; g) Abu-Julaybib]. Fecha de nacimiento: 1974. Lugar de nacimiento: República Árabe Siria Nacionalidad: Jordania. Pasaporte n.o: a) Jordania 654781 (expedido aproximadamente en 2009) b) Jordania 286062 (expedido el 5.4.1999 en Zarqa, Jordania y expirado el 4.4.2004). Dirección: República Árabe Siria (zona de Costa. Localización en abril de 2016). Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 22.2.2017.».

    c)

    «Ghalib Adbullah al-Zaidi [alias: a) Ghalib Abdallah al-Zaydi; b) Ghalib Abdallah Ali al-Zaydi; c) Ghalib al Zaydi]. Fecha de nacimiento: a) 1975; b) 1970. Lugar de nacimiento: Región de Raqqah, Gobernación de Mareb, Yemen. Nacionalidad: yemení. Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 22.2.2017.».

    d)

    «Nayif Salih Salim Al-Qaysi [alias: a) Naif Saleh Salem al Qaisi; b) Nayif al-Ghaysi]. Fecha de nacimiento: 1983. Lugar de nacimiento: Gobernación de Al Baydah, Yemen. Nacionalidad: yemení. Pasaporte n.o: Yemen 04796738. Dirección: a) Gobernación de Al-Baydah, Yemen; b) Sana'a, Yemen (localización anterior). Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 22.2.2017.».


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