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Document 32017D1331

    Decisión (UE) 2017/1331 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017, por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/435 sobre la movilización del Margen para Imprevistos

    DO L 185 de 18.7.2017, p. 35–36 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2017/1331/oj

    18.7.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 185/35


    DECISIÓN (UE) 2017/1331 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

    de 4 de julio de 2017

    por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/435 sobre la movilización del Margen para Imprevistos

    EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (1), y en particular su punto 14, párrafo segundo,

    Vista la propuesta de la Comisión Europea,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El artículo 13 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo (2) prevé un Margen para Imprevistos de hasta el 0,03 % de la renta nacional bruta de la Unión.

    (2)

    De conformidad con el artículo 6 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013, la Comisión calculó el importe total del Margen para Imprevistos para 2014 (3).

    (3)

    Mediante la Decisión (UE) 2015/435 (4), el Parlamento Europeo y el Consejo movilizaron el Margen para Imprevistos para poner a disposición los créditos de pago adicionales en 2014, que se compensarían en 2018-2020.

    (4)

    Según la previsión de pagos intermedios presentada en el contexto de la revisión intermedia, cabe esperar que aumente la presión sobre los techos de pagos anuales en los años 2018-2020.

    (5)

    El proyecto de presupuesto para el año 2017 presenta un margen por debajo del techo de pagos de 9 600 millones EUR, lo que permite la compensación del importe total movilizado en 2014.

    (6)

    Procede, por tanto, modificar la Decisión (UE) 2015/435 en consecuencia.

    HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La Decisión (UE) 2015/435 se modifica como sigue:

    1)

    El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:

    «Artículo 1

    En el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2014, el Margen para Imprevistos se movilizará para poner a disposición el importe de 2 818 233 715 EUR en créditos de pago por encima del techo de pagos del marco financiero plurianual.».

    2)

    El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente:

    «Artículo 2

    El importe de 2 818 233 715 EUR se compensará con el margen existente con respecto al techo de pagos para el año 2017.».

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Estrasburgo, el 4 de julio de 2017.

    Por el Parlamento Europeo

    El presidente

    A. TAJANI

    Por el Consejo

    El presidente

    M. MAASIKAS


    (1)  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

    (2)  Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).

    (3)  Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 20 de diciembre de 2013, relativa al ajuste técnico del marco financiero para 2014 de conformidad con las variaciones de la renta nacional bruta [COM(2013) 928].

    (4)  Decisión (UE) 2015/435 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2014, relativa a la movilización del Margen para Imprevistos (DO L 72 de 17.3.2015, p. 4).


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