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Document 32017D0860
Council Decision (EU) 2017/860 of 11 May 2017 on the position to be adopted, on behalf of the European Union, within the EEA Joint Committee concerning an amendment to Protocol 31 to the EEA Agreement, on cooperation in specific fields outside the four freedoms (Budget Line 33.02.03.01)
Decisión (UE) 2017/860 del Consejo, de 11 de mayo de 2017, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, en relación con una modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (Línea presupuestaria 33.02.03.01)
Decisión (UE) 2017/860 del Consejo, de 11 de mayo de 2017, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, en relación con una modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (Línea presupuestaria 33.02.03.01)
DO L 128 de 19.5.2017, pp. 23–24
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
19.5.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 128/23 |
DECISIÓN (UE) 2017/860 DEL CONSEJO
de 11 de mayo de 2017
relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, en relación con una modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (Línea presupuestaria 33.02.03.01)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 114, en relación con su artículo 218, apartado 9,
Visto el Reglamento (CE) n.o 2894/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (1), y en particular su artículo 1, apartado 3,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (2) (en lo sucesivo, «Acuerdo EEE») entró en vigor el 1 de enero de 1994. |
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(2) |
En virtud del artículo 98 del Acuerdo EEE, el Comité Mixto del EEE puede decidir la modificación, entre otros, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE. |
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(3) |
El Protocolo 31 del Acuerdo EEE contiene disposiciones sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades. |
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(4) |
Procede seguir con la cooperación de las Partes Contratantes en el Acuerdo EEE en las acciones de la Unión financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión Europea en lo que respecta al Derecho de sociedades. |
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(5) |
Por consiguiente, procede modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE para que esta cooperación ampliada sea efectiva a partir del 1 de enero de 2017. |
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(6) |
La posición de la Unión en el seno del Comité Mixto del EEE debe basarse en el proyecto de Decisión adjunto. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Comité Mixto del EEE en relación con la propuesta de modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades, se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE adjunto a la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 11 de mayo de 2017.
Por el Consejo
El Presidente
R. GALDES
PROYECTO DE
DECISIÓN N.o …/2017 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
de…
por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, «Acuerdo EEE»), y en particular sus artículos 86 y 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Procede seguir con la cooperación de las Partes Contratantes en el Acuerdo EEE en las acciones de la Unión financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión Europea en lo que respecta al Derecho de sociedades. |
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(2) |
Por consiguiente, procede modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE para que esta cooperación ampliada sea efectiva a partir del 1 de enero de 2017. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 7, apartado 13, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, los términos «el ejercicio de 2016» se sustituyen por los términos «los ejercicios de 2016 y 2017».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (1).
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2017.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas,
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Los Secretarios del Comité Mixto del EEE
(1) [No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.]