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Document 32016R0782

    Reglamento de Ejecución (UE) 2016/782 de la Comisión, de 19 de mayo de 2016, por el que se fija el coeficiente de asignación aplicable a las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación presentadas del 1 al 7 de mayo de 2016 en el marco de los contingentes arancelarios abiertos por el Reglamento (CE) n.° 891/2009 en el sector del azúcar y se suspende la presentación de solicitudes de estos certificados

    DO L 131 de 20.5.2016, p. 63–65 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2016/782/oj

    20.5.2016   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 131/63


    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/782 DE LA COMISIÓN

    de 19 de mayo de 2016

    por el que se fija el coeficiente de asignación aplicable a las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación presentadas del 1 al 7 de mayo de 2016 en el marco de los contingentes arancelarios abiertos por el Reglamento (CE) n.o 891/2009 en el sector del azúcar y se suspende la presentación de solicitudes de estos certificados

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 del Consejo (1), y en particular su artículo 188, apartados 1 y 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) n.o 891/2009 de la Comisión (2) ha abierto contingentes arancelarios anuales para la importación de productos del sector del azúcar.

    (2)

    Las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación presentadas del 1 al 7 de mayo de 2016 para el subperíodo del 1 al 31 de mayo de 2016 son, para el número de orden 09.4321, superiores a las cantidades disponibles. Conviene pues determinar en qué medida pueden expedirse los certificados de exportación, fijando el coeficiente de asignación aplicable a las cantidades solicitadas, calculado de conformidad con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1301/2006 de la Comisión (3). Es necesario suspender hasta el final del período arancelario la presentación de nuevas solicitudes para este número de orden.

    (3)

    A fin de garantizar la eficacia de la medida, conviene que el presente Reglamento entre en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    1.   Se aplicará el coeficiente de asignación que figura en el anexo del presente Reglamento a las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación presentadas del 1 al 7 de mayo de 2016 en virtud del Reglamento (CE) n.o 891/2009.

    2.   Queda suspendida hasta el final del período contingentario 2015/2016 la presentación de nuevas solicitudes de certificados de importación para los números de orden que figuran en el anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 19 de mayo de 2016.

    Por la Comisión,

    en nombre del Presidente,

    Jerzy PLEWA

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

    (2)  Reglamento (CE) n.o 891/2009 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2009, relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios en el sector del azúcar (DO L 254 de 26.9.2009, p. 82).

    (3)  Reglamento (CE) n.o 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación (DO L 238 de 1.9.2006, p. 13).


    ANEXO

    «Azúcar concesiones CXL»

    Período contingentario 2015/2016

    Solicitudes presentadas del 1 al 7 de mayo de 2016

    N.o de orden

    País

    Coeficiente de asignación (en %)

    Nuevas solicitudes

    09.4317

    Australia

    Suspendidas

    09.4318

    Brasil

    09.4319

    Cuba

    Suspendidas

    09.4320

    Todos los terceros países

    09.4321

    India

    50,825046

    Suspendidas


    «Azúcar Balcanes»

    Período contingentario 2015/2016

    Solicitudes presentadas del 1 al 7 de mayo de 2016

    N.o de orden

    País

    Coeficiente de asignación (en %)

    Nuevas solicitudes

    09.4324

    Albania

    09.4325

    Bosnia y Herzegovina

    09.4326

    Serbia

    09.4327

    Antigua República Yugoslava de Macedonia


    «Azúcar importación excepcional e industrial»

    Período contingentario 2015/2016

    Solicitudes presentadas del 1 al 7 de mayo de 2016

    N.o de orden

    Tipo

    Coeficiente de asignación (en %)

    Nuevas solicitudes

    09.4380

    Importación excepcional

    09.4390

    Azúcar industrial


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