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Document 32016D2114
Commission Implementing Decision (EU) 2016/2114 of 30 November 2016 determining quantitative limits and allocating quotas for substances controlled under Regulation (EC) No 1005/2009 of the European Parliament and of the Council on substances that deplete the ozone layer, for the period 1 January to 31 December 2017 (notified under document C(2016) 7715)
Decisión de Ejecución (UE) 2016/2114 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, por la que se determinan los límites cuantitativos y se asignan cuotas de sustancias reguladas en el marco del Reglamento (CE) n.° 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 [notificada con el número C(2016) 7715]
Decisión de Ejecución (UE) 2016/2114 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, por la que se determinan los límites cuantitativos y se asignan cuotas de sustancias reguladas en el marco del Reglamento (CE) n.° 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 [notificada con el número C(2016) 7715]
C/2016/7715
DO L 327 de 2.12.2016, p. 92–102
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2017
2.12.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 327/92 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2016/2114 DE LA COMISIÓN
de 30 de noviembre de 2016
por la que se determinan los límites cuantitativos y se asignan cuotas de sustancias reguladas en el marco del Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017
[notificada con el número C(2016) 7715]
(Los textos en lenguas alemana, checa, croata, española, francesa, griega, inglesa, italiana, letona, maltesa, neerlandesa, polaca y portuguesa son los únicos auténticos)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (1), y en particular su artículo 10, apartado 2, y su artículo 16, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El despacho a libre práctica en la Unión de sustancias reguladas importadas está sujeto a límites cuantitativos. |
(2) |
La Comisión debe determinar esos límites y asignar cuotas a empresas. |
(3) |
Además, la Comisión debe determinar las cantidades de sustancias reguladas distintas de los hidroclorofluorocarburos que pueden utilizarse para usos esenciales de laboratorio y análisis y las empresas que pueden utilizarlas. |
(4) |
La determinación de las cuotas asignadas para usos esenciales de laboratorio y análisis ha de garantizar el respeto de los límites cuantitativos establecidos en el artículo 10, apartado 6, del Reglamento (CE) n.o 1005/2009, aplicando el Reglamento (UE) n.o 537/2011 de la Comisión (2). Dado que esos límites cuantitativos incluyen cantidades de hidroclorofluorocarburos autorizadas para usos de laboratorio y análisis, la producción e importación de hidroclorofluorocarburos para esos usos deben cubrirse asimismo mediante dicha asignación. |
(5) |
La Comisión publicó un anuncio dirigido a las empresas que tenían la intención de importar en la Unión Europea, o exportar desde esta, sustancias reguladas que agotan la capa de ozono en 2017 y a las empresas que tenían la intención de solicitar una cuota para 2017 con objeto de utilizar dichas sustancias para usos de laboratorio y análisis (3) y, en respuesta, recibió declaraciones sobre las importaciones previstas para 2017. |
(6) |
Los límites cuantitativos y las cuotas deben determinarse para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, con arreglo al ciclo de notificación anual previsto en el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono. |
(7) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido en el artículo 25, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1005/2009. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Límites cuantitativos para el despacho a libre práctica
Las cantidades de sustancias reguladas sometidas al Reglamento (CE) n.o 1005/2009 que pueden despacharse a libre práctica en la Unión en 2017 desde fuentes exteriores a la Unión se ajustarán a lo indicado a continuación:
Sustancias reguladas |
Cantidad [en kilogramos ponderados según el potencial de agotamiento de la capa de ozono (PAO)] |
Grupo I (clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115) y grupo II (otros clorofluorocarburos totalmente halogenados) |
3 396 350,00 |
Grupo III (halones) |
22 854 750,00 |
Grupo IV (tetracloruro de carbono) |
22 330 561,00 |
Grupo V (1,1,1-tricloroetano) |
1 700 000,00 |
Grupo VI (bromuro de metilo) |
780 720,00 |
Grupo VII (hidrobromofluorocarburos) |
3 650,48 |
Grupo VIII (hidroclorofluorocarburos) |
5 947 011,50 |
Grupo IX (bromoclorometano) |
324 012,00 |
Artículo 2
Asignación de cuotas para el despacho a libre práctica
1. La asignación de cuotas de los clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo I.
2. La asignación de cuotas de halones durante el período comprendido entre el 1 de enero o y el 31 de diciembre de 2017 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo II.
3. La asignación de cuotas de tetracloruro de carbono durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo III.
4. La asignación de cuotas de 1,1,1-tricloroetano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo IV.
5. La asignación de cuotas de bromuro de metilo durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo V.
6. La asignación de cuotas de hidrobromofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo VI.
7. La asignación de cuotas de hidroclorofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo VII.
8. La asignación de cuotas de bromoclorometano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo VIII.
9. Las cuotas de cada una de las empresas corresponderán a lo que figura en el anexo IX.
Artículo 3
Cuotas para usos de laboratorio y análisis
Las cuotas para la importación y producción de sustancias reguladas para usos de laboratorio y análisis en el año 2017 se asignarán a las empresas que figuran en el anexo X.
Las cantidades máximas que podrán producirse o importarse en 2017 para usos de laboratorio y análisis asignadas a dichas empresas figuran en el anexo XI.
Artículo 4
Período de vigencia
La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2017 y expirará el 31 de diciembre de 2017.
Artículo 5
Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión serán las empresas siguientes:
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Hecho en Bruselas, el 30 de noviembre de 2016.
Por la Comisión
Miguel ARIAS CAÑETE
Miembro de la Comisión
(1) DO L 286 de 31.10.2009, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 537/2011 de la Comisión, de 1 de junio de 2011, sobre el mecanismo de asignación de las cantidades de sustancias reguladas que se autorizan para usos de laboratorio y análisis en la Unión de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (DO L 147 de 2.6.2011, p. 4).
(3) DO C 40 de 3.2.2016, p. 8.
ANEXO I
Grupos I y II
Cuotas de importación de clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima y como agentes de transformación en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Empresa Abcr GmbH (DE) Honeywell Fluorine Products Europe BV (NL) Solvay Specialty Polymers Italy SpA (IT) Syngenta Limited (UK) Tazzetti SAU (ES) Tazzetti SpA (IT) TEGA — Technische Gase und Gasetechnik GmbH (DE) |
ANEXO II
Grupo III
Cuotas de importación de halones que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima y para usos críticos en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Empresa Abcr GmbH (DE) ARKEMA FRANCE (FR) ATELIERS BIGATA (FR) BASF Agri-Production S.A.S. (FR) EAF protect s.r.o. (CZ) Fire Fighting Enterprises Ltd (UK) GIELLE DI LUIGI GALANTUCCI (IT) Halon & Refrigerant Services Ltd (UK) INTERGEO LTD (EL) Meridian Technical Services Limited (UK) P.U. POZ-PLISZKA Sp. z o.o. (PL) Safety Hi-Tech srl (IT) Savi Technologie sp. z o.o. (PL) VALVITALIA SPA — EUSEBI DIVISION (IT) |
ANEXO III
Grupo IV
Cuotas de importación de tetracloruro de carbono que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima y como agentes de transformación en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Empresa Abcr GmbH (DE) ARKEMA FRANCE (FR) Blue Cube Germany Assets GmbH & Co. KG (DE) Ceram Optec SIA (LV) |
ANEXO IV
Grupo V
Cuotas de importación de 1,1,1-tricloroetano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Empresa ARKEMA FRANCE (FR) |
ANEXO V
Grupo VI
Cuotas de importación de bromuro de metilo que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Empresa Albemarle Europe SPRL (BE) GHC Gerling, Holz & Co. Handels GmbH (DE) ICL-IP Europe B.V. (NL) Mebrom NV (BE) Sigma-Aldrich Chemie GmbH (DE) |
ANEXO VI
Grupo VII
Cuotas de importación de hidrobromofluorocarburos que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Empresa Abcr GmbH (DE) GlaxoSmithKline (UK) Hovione FarmaCiencia SA (PT) R.P. CHEM s.r.l. (IT) Sterling Chemical Malta Limited (MT) Sterling SpA (IT) VALLISCOR EUROPA LIMITED (IE) |
ANEXO VII
Grupo VIII
Cuotas de importación de hidroclorofluorocarburos que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Empresa Abcr GmbH (DE) AGC Chemicals Europe, Ltd. (UK) ARKEMA FRANCE (FR) Bayer CropScience AG (DE) Chemours Netherlands B.V. (NL) Dyneon GmbH (DE) Fenix Fluor Limited (UK) Honeywell Fluorine Products Europe BV (NL) Solvay Fluor GmbH (DE) Solvay Specialty Polymers France SAS (FR) Solvay Specialty Polymers Italy SpA (IT) Tazzetti SAU (ES) Tazzetti SpA (IT) |
ANEXO VIII
Grupo IX
Cuotas de importación de bromoclorometano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
Empresa Albemarle Europe SPRL (BE) ICL-IP Europe B.V. (NL) LABORATORIOS MIRET S.A. (ES) Sigma-Aldrich Chemie GmbH (DE) Thomas Swan & Co. Ltd. (UK) |
ANEXO IX
(Información comercial confidencial — no destinada a publicación)
ANEXO X
Empresas autorizadas a producir o importar para usos de laboratorio y análisis en 2017
La asignación de cuotas de las sustancias reguladas que pueden utilizarse para usos de laboratorio y análisis corresponderá a las empresas siguientes:
Empresa Abcr GmbH (DE) Airbus Operations SAS (FR) ARKEMA FRANCE (FR) Biovit d.o.o. (HR) Daikin Refrigerants Europe GmbH (DE) DIVERCHIM SA (FR) F-Select GmbH (DE) Honeywell Fluorine Products Europe BV (NL) Honeywell Speciality Chemicals Seelze GmbH (DE) Hudson Technologies Europe S.r.l. (IT) Labmix24 GmbH (DE) LGC Standards GmbH (DE) Ludwig-Maximilians-University (DE) Merck KGaA (DE) Mexichem UK Limited (UK) PANREAC QUÍMICA S.L.U. (ES) Quality Control North West (UK) Safety Hi-Tech srl (IT) SIGMA ALDRICH CHIMIE sarl (FR) Sigma-Aldrich Chemie GmbH (DE) SIGMA-ALDRICH COMPANY LTD (UK) Solvay Fluor GmbH (DE) Solvay Specialty Polymers France SAS (FR) SPEX CertiPrep LTD (UK) Sterling Chemical Malta Limited (MT) Sterling SpA (IT) VALLISCOR EUROPA LIMITED (IE) |
ANEXO XI
(Información comercial confidencial — no destinada a publicación)