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Document 32016D0543

Decisión de Ejecución (UE) 2016/543 del Consejo, de 15 de febrero de 2016, por la que se aprueba el programa de ajuste de Grecia (2015/1182)

DO L 91 de 7.4.2016, p. 26–26 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2016/543/oj

7.4.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 91/26


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2016/543 DEL CONSEJO

de 15 de febrero de 2016

por la que se aprueba el programa de ajuste de Grecia (2015/1182) (1)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre el refuerzo de la supervisión económica y presupuestaria de los Estados miembros de la zona del euro cuya estabilidad financiera experimenta o corre el riesgo de experimentar graves dificultades (2), y en particular su artículo 7, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (UE) n.o 472/2013 establece las normas para la aprobación del programa de ajuste macroeconómico de un Estado miembro que recibe ayuda financiera, particularmente del Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera (MEEF). Estas normas deben ser coherentes con las disposiciones del Reglamento (UE) n.o 407/2010 (3) del Consejo, por el que se establece el MEEF.

(2)

Grecia ha recibido una ayuda financiera del MEEF en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/542 (4) del Consejo relativa a la concesión de una ayuda financiera a corto plazo de la Unión a Grecia.

(3)

Por razones de coherencia, la aprobación del programa de ajuste macroeconómico de Grecia en virtud del Reglamento (UE) n.o 472/2013 debe hacerse con arreglo a las disposiciones pertinentes de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/542.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se aprueban las medidas especificadas en el artículo 3, apartado 3, de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/542, que deberá adoptar Grecia en el marco de su programa de ajuste.

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto a partir de la fecha de su notificación.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión es la República Helénica.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 15 de febrero de 2016.

Por el Consejo,

El Presidente

M.H.P. VAN DAM


(1)  El presente acto ha sido adoptado originalmente en inglés únicamente y publicado en el DO L 192 de 18.7.2015, p. 19.

(2)  DO L 140 de 27.5.2013, p. 1.

(3)  Reglamento (UE) n.o 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera (DO L 118 de 12.5.2010, p. 1).

(4)  Véase la página 22 del presente Diario Oficial.


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