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Document 32015R2044

    Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2044 del Consejo, de 16 de noviembre de 2015, por el que se aplica el artículo 13 del Reglamento (UE) n° 356/2010 por el que se imponen ciertas medidas restrictivas específicas dirigidas contra ciertas personas físicas y jurídicas, entidades u organismos dada la situación en Somalia

    DO L 300 de 17.11.2015, p. 3–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2015/2044/oj

    17.11.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 300/3


    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/2044 DEL CONSEJO

    de 16 de noviembre de 2015

    por el que se aplica el artículo 13 del Reglamento (UE) no 356/2010 por el que se imponen ciertas medidas restrictivas específicas dirigidas contra ciertas personas físicas y jurídicas, entidades u organismos dada la situación en Somalia

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (UE) no 356/2010 del Consejo, de 26 de abril de 2010, por el que se imponen ciertas medidas restrictivas específicas dirigidas contra ciertas personas físicas y jurídicas, entidades u organismos dada la situación en Somalia (1), y, en particular, su artículo 13,

    Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 26 de abril de 2010, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) no 356/2010.

    (2)

    El 11 de marzo de 2014, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas establecido en virtud de las Resoluciones (RCSNU) 751 (1992) y (RCSNU) 1907 (2009) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas suprimió a una persona de la lista de personas sujetas a las medidas restrictivas que figuran en los apartados 1, 3 y 7 de la (RCSNU) 1844 (2008).

    (3)

    Procede, por lo tanto, modificar en consecuencia el Anexo I del Reglamento (UE) no 356/210.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Se modifica el Anexo I del Reglamento (UE) no 356/2010 de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 16 de noviembre de 2015.

    Por el Consejo

    La Presidenta

    F. MOGHERINI


    (1)  DO L 105 de 27.4.2010, p. 1.


    ANEXO

    En el Anexo I del Reglamento (UE) no 356/2010 se suprime la entrada correspondiente a la siguiente persona:

    Jim'ale, Ali Ahmed Nur


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