This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32015D0514(02)
Commission Decision of 13 May 2015 prolonging the appointment of independent scientific experts to the Pharmacovigilance Risk Assessment Committee (Text with EEA relevance)
Decisión de la Comisión, de 13 de mayo de 2015, por la que se prorroga el nombramiento de expertos científicos independientes como miembros del Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia (Texto pertinente a efectos del EEE)
Decisión de la Comisión, de 13 de mayo de 2015, por la que se prorroga el nombramiento de expertos científicos independientes como miembros del Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO C 161 de 14.5.2015, p. 5–6
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 01/07/2018
14.5.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 161/5 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 13 de mayo de 2015
por la que se prorroga el nombramiento de expertos científicos independientes como miembros del Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 161/04)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y el control de los medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea de Medicamentos (1), y, en particular, su artículo 61 bis, apartados 1 y 4,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el artículo 61 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) no 726/2004 se establece que la Comisión debe nombrar a seis expertos científicos independientes como miembros del Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia. |
(2) |
En el artículo 61 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) no 726/2004 se establece que la Comisión debe nombrar a dichos miembros con el fin de garantizar que el Comité dispone de los conocimientos técnicos pertinentes. |
(3) |
Los miembros del Comité deben ser nombrados por un período de tres años, que puede prorrogarse una vez. |
(4) |
Mediante su Decisión de 21 de junio de 2012, la Comisión procedió al nombramiento de seis expertos científicos independientes por un período de tres años a partir del 2 de julio de 2012. Habida cuenta de la contribución continuada y eficiente de dichos expertos al trabajo del Comité, procede prorrogar su mandato de conformidad con el artículo 61 bis, apartado 4, del Reglamento (CE) no 726/2004, durante un período de tres años a partir del 2 de julio de 2015. |
(5) |
Cuando un experto científico independiente nombrado por la presente Decisión dimita o ya no esté en condiciones de contribuir de manera eficaz a los trabajos del Comité, la Comisión debe poder sustituirlo, recurriendo a la lista de reserva, por el tiempo restante de su mandato. |
DECIDE:
Artículo 1
Se prorroga el nombramiento de los siguientes miembros del Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia, por un mandato de tres años a partir del 2 de julio de 2015:
— |
Jane Ahlqvist RASTAD, |
— |
Marie Louise DE BRUIN, |
— |
Stephen J. W. EVANS, |
— |
Brigitte KELLER-STANISLAWSKI, |
— |
Hervé LE LOUET, |
— |
Lennart WALDENLIND. |
Artículo 2
Las siguientes personas quedan inscritas en una lista de reserva por orden de mérito:
— |
Thierry TRENQUE, |
— |
Michael THEODORAKIS, |
— |
Marie-Christine PERAULT-POCHAT, |
— |
Annemarie HVIDBERG HELLEBEK. |
Hecho en Bruselas, el 13 de mayo de 2015.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Vytenis ANDRIUKAITIS
Miembro de la Comisión
(1) DO L 136 de 30.4.2004, p. 1.