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Document 32014R0068

Reglamento (UE) n ° 68/2014 de la Comisión, de 27 de enero de 2014 , que modifica el Reglamento (UE) n ° 141/2013 de la Comisión, por el que se aplica el Reglamento (CE) n ° 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre estadísticas comunitarias de salud pública y de salud y seguridad en el trabajo, por lo que se refiere a las estadísticas basadas en la encuesta europea de salud mediante entrevista (EHIS) Texto pertinente a efectos del EEE

DO L 23 de 28.1.2014, p. 9–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2014/68/oj

28.1.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 23/9


REGLAMENTO (UE) N o 68/2014 DE LA COMISIÓN

de 27 de enero de 2014

que modifica el Reglamento (UE) no 141/2013 de la Comisión, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre estadísticas comunitarias de salud pública y de salud y seguridad en el trabajo, por lo que se refiere a las estadísticas basadas en la encuesta europea de salud mediante entrevista (EHIS)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre estadísticas comunitarias de salud pública y de salud y seguridad en el trabajo (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo II del Reglamento (UE) no 141/2013 de la Comisión (2) establece el tamaño mínimo efectivo de la muestra, calculado sobre la hipótesis de un muestreo aleatorio simple.

(2)

Es necesario adaptar el anexo II del Reglamento (UE) no 141/2013 para tener en cuenta la adhesión de Croacia.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar el Reglamento (UE) no 141/2013 en consecuencia.

(4)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) no 141/2013 se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de enero de 2014.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 354 de 31.12.2008, p. 70.

(2)  Reglamento (UE) no 141/2013 de la Comisión, de 19 de febrero de 2013, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre estadísticas comunitarias de salud pública y de salud y seguridad en el trabajo, por lo que se refiere a las estadísticas basadas en la encuesta europea de salud mediante entrevista (EHIS) (DO L 47 de 20.2.2013, p. 20).


ANEXO

«ANEXO II

Tamaños finales de las muestras que deben alcanzarse

 

Personas de 15 años o más que deben ser encuestadas

Estados miembros de la UE

 

Bélgica

6 500

Bulgaria

5 920

República Checa

6 510

Dinamarca

5 350

Alemania

15 260

Estonia

4 270

Irlanda

5 057

Grecia

6 667

España

11 620

Francia

13 110

Croacia

5 000

Italia

13 180

Chipre

4 095

Letonia

4 555

Lituania

4 850

Luxemburgo

4 000

Hungría

6 410

Malta

3 975

Países Bajos

7 515

Austria

6 050

Polonia

10 690

Portugal

6 515

Rumanía

8 420

Eslovenia

4 486

Eslovaquia

5 370

Finlandia

5 330

Suecia

6 200

Reino Unido

13 085

Total Estados miembros de la UE

199 990

Suiza

5 900

Islandia

3 940

Noruega

5 170

Total, incluidas Suiza, Islandia y Noruega

215 000»


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